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jandres
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Mensaje por jandres »

Gaspacher escribió: 26 Oct 2020, 00:15 Es que precisamente estamos defendiendo que una prorroga de seis meses no es legal
Pues el PP, al menos no opina igual, cuando ya está ofreciendo dos meses de estado de alarma para intentar "salvar" la Navidad....
y el partido naranja tambien hablo de plazos y no habla de inconstitucionalidad....
En cualquier caso,quien lo tenga claro, hay está el organismo competente para dilucidarlo.


Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.

Uy!!..ya no, ahora no hay que subirles el sueldo
minoru genda
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Mensaje por minoru genda »

Hay una cosa que yo tengo clara, si se aprueba un estado de alarma con duración superior a los 15 días, cuando haya reunión en el congreso, y un grupo dice no y Vox va a hacerlo, habrá interposición de recurso en los tribunales, luego se verá que dicen los jueces al respecto.
El problema está en que se quiere acabar con los contagios y eso será imposible si no se pone coto a tanto irresponsable que hay "suelto" y eso solo se consigue controlando la movilidad de las personas y solo puede hacerse poniendo normas bajo el escudo del estado de alarma, está claro que la gente se salta a la torera con subterfugios y excusas baratas cuando no negando la existencia de una grave y peligrosa enfermedad, todo lo que se quiere hacer para acabar con esto.
Las cosas deben hacerse bien pero eso es imposible cuando quienes deben obedecer o asumir las recomendaciones de las autoridades actúan de manera irresponsable.
En otros países se ve que pasa algo parecido nadie quiere restricciones (por supuesto yo tampoco) pero para no tenerlas debemos seguir los consejos de los expertos y por mucho que no nos gusten seguir las normas establecidas.
La estupidez de unos pocos que proporcionalmente son muchos nos está llevando a un callejón sin salida. Cada cual, desde su propia responsabilidad, puede hacer mucho porque las cosas mejoren hasta que se consiga la dichosa y deseada vacuna.
Echar las culpas al gobierno no va a arreglar las cosas, en este momento se trata de remar todos en la misma dirección luego ya llegará el momento de pedir responsabilidades a quien pueda tenerlas


No hay viento favorable para quien no sabe que puerto se dirige.

Si oyes rebuznar al asno no pierdas el tiempo escuchando y sigue tu camino. Provervio giponés
Kraken
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Mensaje por Kraken »

Después de 6 meses que sigamos sin:

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Es de vergüenza.


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Luis M. García
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Mensaje por Luis M. García »

jandres escribió: 26 Oct 2020, 14:38
VirtusF. escribió: 25 Oct 2020, 15:47 Lo que está proponiendo este personaje no es constitucional. Nos está colando un estado de sitio camuflado.


La Constitución española de 1978.
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Artículo 116

Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.

El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.


Pues viendo el redactado de la ley, entiendo que si se puede pactar esa prorroga por 6 meses....(ayer opinaba lo contrario)(notese como en el estado de sitio, si que se hace una alusión explicita, mientras que en el de alarma NO)
En cualquier caso seria conveniente para dar una estabilidad juridica más estable. Entiendo que cualquier modificación si necesitaria el visto bueno de la cámara, pero también entiendo las posturas de quien no lo vea como yo, y para eso está la cámara(cualquier grupo) pudiendo reclamar una aclaración al Tribunal Constitucional


Pues no me parece jandres, ya que en primer lugar fija el plazo en 15 días y luego dice que se notificará al Congreso, sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo; o sea, el plazo antedicho de 15 días. Date cuenta que todo va en una misma oración subordinada, mediante una conjunción copulativa que deja bien claro que lo que se dice antes y después de la conjunción está íntimamente relacionado.

Eso sí, coincido en que el redactado del Estado de Sitio es más claro y taxativo, pero estas diferencias suelen ser habituales en textos legales.

Saludos.


Qué gran vasallo, si hubiese buen señor...
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Mensaje por Ocell Dodo »

Y si las cosas fuesen tan bien tan bien que el Ejecutivo solo pidiese una prórroga por -digamos- 5 días... ¿también sería inconstitucional?


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Mensaje por Kraken »

Ocell Dodo escribió: 26 Oct 2020, 18:22 Y si las cosas fuesen tan bien tan bien que el Ejecutivo solo pidiese una prórroga por -digamos- 5 días... ¿también sería inconstitucional?
Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días
De comprensión lectora bien gracias


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Mensaje por Ocell Dodo »

Me refiero a la prórroga, no a la declaración inicial.


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Mensaje por Kraken »

Ocell Dodo escribió: 26 Oct 2020, 18:40 Me refiero a la prórroga, no a la declaración inicial.
Igual, el límite fijado son esos 15 días, menos pueden pedir los que quieran, como si son 5 minutos.
Última edición por Kraken el 26 Oct 2020, 18:44, editado 1 vez en total.


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Ismael
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Mensaje por Ismael »

Hola a todos.

En el artículo de la Constitución se remite a una Ley Orgánica, que podéis consultar aquí: https://noticias.juridicas.com/base_dat ... -1981.html

Artículo 6

1. La declaración del estado de alarma se llevará a cabo mediante decreto acordado en Consejo de Ministros.

2. En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.



Y, ya puestos, el Real Decreto del estado de Alarma:

https://estaticos.elperiodico.com/resou ... 028064.pdf

En el "rollo inicial":
Resulta por ello preciso ofrecer una respuesta inmediata, ajustada y proporcional, en un marco de cogobernanza, que permita afrontar la gravedad de la situación con las máximas garantías constitucionales durante un periodo que necesariamente deberá ser superior al plazo de quince días establecido para la vigencia de este real decreto, por lo que resultará imprescindible prorrogar esta norma por un periodo estimado de seis meses.

Y el articulado:

Artículo 4. Duración.El estado de alarma declarado por el presente real decreto finalizará a las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse.
,,,
Artículo 14. Rendición de cuentas.En caso de prórroga, el Ministro de Sanidad comparecerá quincenalmente ante la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados para dar cuenta de la aplicación de las medidas previstas en este real decreto

Un saludo


Si Dios me hubiere consultado sobre el sistema del universo, le habría dado unas cuantas ideas (Alfonso X el Sabio)
Debemos perdonar a nuestros enemigos, pero nunca antes de que los cuelguen (H.Heine)
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Mensaje por Ocell Dodo »

El Consejo de Estado no se pronuncia...

Consejo de Estado: "El Gobierno puede limitar derechos con el estado de alarma".
El órgano consultivo avaló el texto del Gobierno y considera que el Ejecutivo puede limitar derechos como el de manifestación, aunque no se pronuncia sobre los plazos de prórroga.

https://www.elconfidencial.com/espana/2 ... a_2806460/


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Mensaje por Gaspacher »



A todo hombre tarde o temprano le llega la muerte ¿Y cómo puede morir mejor un hombre que afrontando temibles opciones, defendiendo las cenizas de sus padres y los templos de sus dioses?" T. M.
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Kraken escribió: 26 Oct 2020, 17:13 Después de 6 meses que sigamos sin:

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Es de vergüenza.
Solo recomendar una lectura; "Mediocracia; cuando los mediocres llegan al poder", de Alain Deneault. Explica muchas cosas de las que nos pasan...
Última edición por Gaspacher el 26 Oct 2020, 20:57, editado 1 vez en total.


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Mensaje por Ocell Dodo »

La opinión de un catedrático en derecho constitucional:

Para un virus incontrolado, ¿un Gobierno sin controles?
«La pretensión de Sánchez de requerir al Congreso para que prorrogue por seis meses el estado de alarma que acaba de declarar equivale a privar durante ese mismo lapso de tiempo a la institución que más genuinamente representa a la ciudadanía»

https://www.abc.es/espana/abci-carlos-f ... ticia.html


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Mensaje por Kraken »

Recordar también que en estos 6 meses sus señorías tampoco han modificado el reglamento de las cámaras para que "teletrabajen".


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Luis M. García
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Mensaje por Luis M. García »

Ismael escribió: 26 Oct 2020, 18:43 Hola a todos.

En el artículo de la Constitución se remite a una Ley Orgánica, que podéis consultar aquí: https://noticias.juridicas.com/base_dat ... -1981.html

Artículo 6

1. La declaración del estado de alarma se llevará a cabo mediante decreto acordado en Consejo de Ministros.

2. En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.
Pues en mi opinión la LO contradice a la Constitución en lo relativo al término de la prórroga. Pero claro, el redactado de la LO no ofrece dudas y dado que nadie lo ha llevado al TC pues imagino que es plenamente vigente, así que por ahí va a haber que envainársela.

Gracias por la gestión. :thumbs:

Saludos :militar-beer:


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