Dudas y preguntas sobre el Ejército de Tierra (archivo)
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- Recluta
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- Registrado: 06 May 2008, 20:19
Duda. Ingeniero Ejercito o Guardia Civil
Hola, soy ingeniero superior industriales y tengo una duda existencial que quizás me podéis aclarar. Actualmente no se si opositar al ejercito o bien a la escala facultativa de la guardia civil, siempre me ha gustado las fuerzas armadas.
El caso es que tengo las siguientes dudas:
1.- Para entrar en ingenieros del ejercito lo puedes hacer por complemento o bien por militar de carrera. La primera es contrato temporal y la segunda es para toda la vida. La pregunta es que de complemento te vas del cuerpo si quieres cuando te cumple, pero militar de carrera ¿puedes abandonar el cuerpo cuando te plazca? Imaginemos que estalla una guerra, iba a ver muchos oficiales ingenieros que iban a abandonar el cuerpo cuando lo vieran chungo , no? Un amigo alferez ingeniero me dijo que solo para bandonar la FF.AA tendría que ser por una causa muy justificada y que si te ibas por tu cuenta te podían acusar de desertar.
2.- ¿El trabajo de ingeniero del ejercito esta bien? ¿Os gusta? ¿te daarrollas profesionalmente dentro de lo que has estudiado o la vida se hace monótina dentro del cuartel? ¿que hacen los ingenieros del aire o del ejercito? ¿El ejercito está hecho para ingenieros civiles o pensais que es mejor que nosotros nos desarrollemos en empresa privada?
3.- Sueldo. He visto que el ejercito no paga como debería, son los que menos ganan, los pobres, los facultativos de la Guardia Civil, están muy bien pagados, una pasada, ¿crees que a igualdad de excalafón, por ejemplo un comandante del ejercito tiene un sueldo similar al de un comandante de la guardia civil? La experiencia dice que lamentablemente hay comandantes que ganan incluso menos que policias locales, que injusticia, ya que hay locales que sobrepasan los 200o euros netos
4.- Con mi titulación, ingeniero superior, ¿creeis que con mi carrera me iba a desarrollar profesionalmente en el ejercito o crees que mejor vaya a la empresa privada o incluso como facultativo de la Guardia civil?
Muchas gracias por su atención y espero recibir vuestras respuestas.
El caso es que tengo las siguientes dudas:
1.- Para entrar en ingenieros del ejercito lo puedes hacer por complemento o bien por militar de carrera. La primera es contrato temporal y la segunda es para toda la vida. La pregunta es que de complemento te vas del cuerpo si quieres cuando te cumple, pero militar de carrera ¿puedes abandonar el cuerpo cuando te plazca? Imaginemos que estalla una guerra, iba a ver muchos oficiales ingenieros que iban a abandonar el cuerpo cuando lo vieran chungo , no? Un amigo alferez ingeniero me dijo que solo para bandonar la FF.AA tendría que ser por una causa muy justificada y que si te ibas por tu cuenta te podían acusar de desertar.
2.- ¿El trabajo de ingeniero del ejercito esta bien? ¿Os gusta? ¿te daarrollas profesionalmente dentro de lo que has estudiado o la vida se hace monótina dentro del cuartel? ¿que hacen los ingenieros del aire o del ejercito? ¿El ejercito está hecho para ingenieros civiles o pensais que es mejor que nosotros nos desarrollemos en empresa privada?
3.- Sueldo. He visto que el ejercito no paga como debería, son los que menos ganan, los pobres, los facultativos de la Guardia Civil, están muy bien pagados, una pasada, ¿crees que a igualdad de excalafón, por ejemplo un comandante del ejercito tiene un sueldo similar al de un comandante de la guardia civil? La experiencia dice que lamentablemente hay comandantes que ganan incluso menos que policias locales, que injusticia, ya que hay locales que sobrepasan los 200o euros netos
4.- Con mi titulación, ingeniero superior, ¿creeis que con mi carrera me iba a desarrollar profesionalmente en el ejercito o crees que mejor vaya a la empresa privada o incluso como facultativo de la Guardia civil?
Muchas gracias por su atención y espero recibir vuestras respuestas.
armero escribió:¿cual es la edad limite para ascender de tropa a suboficial?¿y para oficial? gracais
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- Soldado Primero
- Mensajes: 78
- Registrado: 16 Mar 2008, 19:29
Re: Duda. Ingeniero Ejercito o Guardia Civil
fsanchez escribió:Hola, soy ingeniero superior industriales y tengo una duda existencial que quizás me podéis aclarar. Actualmente no se si opositar al ejercito o bien a la escala facultativa de la guardia civil, siempre me ha gustado las fuerzas armadas.
El caso es que tengo las siguientes dudas:
1.- Para entrar en ingenieros del ejercito lo puedes hacer por complemento o bien por militar de carrera. La primera es contrato temporal y la segunda es para toda la vida. La pregunta es que de complemento te vas del cuerpo si quieres cuando te cumple, pero militar de carrera ¿puedes abandonar el cuerpo cuando te plazca? Imaginemos que estalla una guerra, iba a ver muchos oficiales ingenieros que iban a abandonar el cuerpo cuando lo vieran chungo , no? Un amigo alferez ingeniero me dijo que solo para bandonar la FF.AA tendría que ser por una causa muy justificada y que si te ibas por tu cuenta te podían acusar de desertar.
2.- ¿El trabajo de ingeniero del ejercito esta bien? ¿Os gusta? ¿te daarrollas profesionalmente dentro de lo que has estudiado o la vida se hace monótina dentro del cuartel? ¿que hacen los ingenieros del aire o del ejercito? ¿El ejercito está hecho para ingenieros civiles o pensais que es mejor que nosotros nos desarrollemos en empresa privada?
3.- Sueldo. He visto que el ejercito no paga como debería, son los que menos ganan, los pobres, los facultativos de la Guardia Civil, están muy bien pagados, una pasada, ¿crees que a igualdad de excalafón, por ejemplo un comandante del ejercito tiene un sueldo similar al de un comandante de la guardia civil? La experiencia dice que lamentablemente hay comandantes que ganan incluso menos que policias locales, que injusticia, ya que hay locales que sobrepasan los 200o euros netos
4.- Con mi titulación, ingeniero superior, ¿creeis que con mi carrera me iba a desarrollar profesionalmente en el ejercito o crees que mejor vaya a la empresa privada o incluso como facultativo de la Guardia civil?
Muchas gracias por su atención y espero recibir vuestras respuestas.armero escribió:¿cual es la edad limite para ascender de tropa a suboficial?¿y para oficial? gracais
-Si te largas de las FFAA cuando estalle una guerra o conflicto ten claro que te van a acusar de desertar, no se andan con chiquitas. Las cosas claras y el chocolate como siempre.
-Si te planteas las dos posibilidades ten claro que la Guardia Civil está mejor pagada, en general, la gente que se mete en el ejército es por pura vocación, si lo que te hace es ganar dinero, pues no es precisamente un gran lugar.
-Comentabas algo sobre el desarrollo de la actividad profesional, pues bien, yo soy Ingeniero de Telecomunicación y te puedo asegurar que si te pones a trabajar ahora, en 3 o 4 años estarás ganando bastante más que lo que puedas ver en el ejército. Por otro lado la vida de civil es quizá algo más 'libre' por decirlo de alguna manera. Cuando sales de la oficina pues ya no estás currando, sin embargo un militar lo es las 24 horas del día.
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- Cabo Primero
- Mensajes: 172
- Registrado: 09 Feb 2008, 15:24
Re: Duda. Ingeniero Ejercito o Guardia Civil
dariohc escribió:fsanchez escribió:Hola, soy ingeniero superior industriales y tengo una duda existencial que quizás me podéis aclarar. Actualmente no se si opositar al ejercito o bien a la escala facultativa de la guardia civil, siempre me ha gustado las fuerzas armadas.
El caso es que tengo las siguientes dudas:
1.- Para entrar en ingenieros del ejercito lo puedes hacer por complemento o bien por militar de carrera. La primera es contrato temporal y la segunda es para toda la vida. La pregunta es que de complemento te vas del cuerpo si quieres cuando te cumple, pero militar de carrera ¿puedes abandonar el cuerpo cuando te plazca? Imaginemos que estalla una guerra, iba a ver muchos oficiales ingenieros que iban a abandonar el cuerpo cuando lo vieran chungo , no? Un amigo alferez ingeniero me dijo que solo para bandonar la FF.AA tendría que ser por una causa muy justificada y que si te ibas por tu cuenta te podían acusar de desertar.
2.- ¿El trabajo de ingeniero del ejercito esta bien? ¿Os gusta? ¿te daarrollas profesionalmente dentro de lo que has estudiado o la vida se hace monótina dentro del cuartel? ¿que hacen los ingenieros del aire o del ejercito? ¿El ejercito está hecho para ingenieros civiles o pensais que es mejor que nosotros nos desarrollemos en empresa privada?
3.- Sueldo. He visto que el ejercito no paga como debería, son los que menos ganan, los pobres, los facultativos de la Guardia Civil, están muy bien pagados, una pasada, ¿crees que a igualdad de excalafón, por ejemplo un comandante del ejercito tiene un sueldo similar al de un comandante de la guardia civil? La experiencia dice que lamentablemente hay comandantes que ganan incluso menos que policias locales, que injusticia, ya que hay locales que sobrepasan los 200o euros netos
4.- Con mi titulación, ingeniero superior, ¿creeis que con mi carrera me iba a desarrollar profesionalmente en el ejercito o crees que mejor vaya a la empresa privada o incluso como facultativo de la Guardia civil?
Muchas gracias por su atención y espero recibir vuestras respuestas.armero escribió:¿cual es la edad limite para ascender de tropa a suboficial?¿y para oficial? gracais
-Si te largas de las FFAA cuando estalle una guerra o conflicto ten claro que te van a acusar de desertar, no se andan con chiquitas. Las cosas claras y el chocolate como siempre.
-Si te planteas las dos posibilidades ten claro que la Guardia Civil está mejor pagada, en general, la gente que se mete en el ejército es por pura vocación, si lo que te hace es ganar dinero, pues no es precisamente un gran lugar.
-Comentabas algo sobre el desarrollo de la actividad profesional, pues bien, yo soy Ingeniero de Telecomunicación y te puedo asegurar que si te pones a trabajar ahora, en 3 o 4 años estarás ganando bastante más que lo que puedas ver en el ejército. Por otro lado la vida de civil es quizá algo más 'libre' por decirlo de alguna manera. Cuando sales de la oficina pues ya no estás currando, sin embargo un militar lo es las 24 horas del día.
Disculpa mi ignorancia, pero... ¿Qué significa que te acusen de desertar? ¿Qué ocurriría si te acusaran o qué hacen? Gracias anticipadas.
Saludos.
Luma
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- Soldado Primero
- Mensajes: 78
- Registrado: 16 Mar 2008, 19:29
Chocapic escribió:Hombre, en periodo de guerra, se llama desertor al soldado que sale huyendo, o abandona el ejército.
Las penas son muy duras (en caso de guerra), pero no sé cuales son exactamente, pero cárcel mínimo...
Mínimo. De hecho creo que te queda un expediente judicial bonito de cojo***, vamos que tu vida a partir de ahí no será fácil precisamente.
El único ejemplo que se me ocurre para comparar la deserción con la vida real sería: Un vigilante de una compañía que cobre por vigilar un edificio y que el día que detecte ladrones dentro se pire para su casita hasta que termine el posible peligro, dudo que lo metan en la cárcel pero amigos no creo que le sobren al individuo.
Mi opinión personal es: Si piensas en una posible deserción sin haber pisado una base militar, te equivocas de lugar.
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- Cabo Primero
- Mensajes: 172
- Registrado: 09 Feb 2008, 15:24
dariohc escribió:Chocapic escribió:Hombre, en periodo de guerra, se llama desertor al soldado que sale huyendo, o abandona el ejército.
Las penas son muy duras (en caso de guerra), pero no sé cuales son exactamente, pero cárcel mínimo...
Mínimo. De hecho creo que te queda un expediente judicial bonito de cojo***, vamos que tu vida a partir de ahí no será fácil precisamente.
El único ejemplo que se me ocurre para comparar la deserción con la vida real sería: Un vigilante de una compañía que cobre por vigilar un edificio y que el día que detecte ladrones dentro se pire para su casita hasta que termine el posible peligro, dudo que lo metan en la cárcel pero amigos no creo que le sobren al individuo.
Mi opinión personal es: Si piensas en una posible deserción sin haber pisado una base militar, te equivocas de lugar.
No sabía qué significaba desertar, por lo que preguntaba. Gracias por la aclaración.
Jamás se me ocurriría hacerlo, pues si juro a la bandera, estoy jurando a mi país y lo defendería hasta la muerte.
Un saludo.
Luma
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- Soldado Primero
- Mensajes: 58
- Registrado: 30 Dic 2007, 17:55
Si en tiempo de paz un soldado deserta supongo que se le meterá en una prisión militar un tiempo; no se me ocurren faltas mucho más graves que la deserción, lo que no se es la pena exacta.
En tiempo de guerra la cosa cambia, ya que la pena de muerte en España en tiempo de paz no está permitida, pero en caso de guerra esto se puede modificar, por lo que supongo que si hay guerra y te da por salir corriendo abandonando a tus compañeros...pues no se qué te pasaría, pero te podrían fusilar.
En tiempo de guerra la cosa cambia, ya que la pena de muerte en España en tiempo de paz no está permitida, pero en caso de guerra esto se puede modificar, por lo que supongo que si hay guerra y te da por salir corriendo abandonando a tus compañeros...pues no se qué te pasaría, pero te podrían fusilar.
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- Soldado Primero
- Mensajes: 58
- Registrado: 30 Dic 2007, 17:55
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- Alférez
- Mensajes: 703
- Registrado: 01 Abr 2007, 18:36
El Código Penal militar no contempla la pena de muerte en ningún caso, en cuanto a la deserción:
Más informacion sobre Delitos contra los deberes del servicio:
http://www.augc.info/delegaciones/canar ... t%20VI.htm
Código Penal:
http://www.augc.info/delegaciones/canar ... Indice.htm
Un saludo
Sección 1.ª Abandono de destino o residencia
Artículo 119.
El Oficial General, Suboficial o asimilado que injustificadamente se ausentare de su unidad, destino o lugar de residencia por más de tres días o no se presentare, pudiendo hacerlo, transcurrido dicho plazo desde el momento en que debió efectuar su incorporación será castigado con la pena de tres meses y un día a tres años de prisión.
En tiempo de guerra, la ausencia por más de veinticuatro horas será castigada con la pena de prisión de tres a diez años.
Sección 2.ª Deserción
Artículo 120.
Comete deserción el militar no comprendido en el artículo anterior que injustificadamente se ausentare de su unidad, destino o lugar de residencia o no se presentare a sus Jefes o a la autoridad militar, que corresponda o exista, pudiendo hacerlo, transcurrido el plazo de tres días, que se entenderá cumplido pasadas tres noches desde que se produjo la ausencia.
En tiempo de guerra, se consumará la deserción a las veinticuatro horas.
El desertor será castigado con la pena de tres meses y un día a dos años de prisión.
En tiempo de guerra, se impondrá la pena de prisión de dos a ocho años.
Si en tiempo de paz el desertor se presentará espontáneamente a las Autoridades dentro de los quince días siguientes a la consumación de la deserción, será sancionado con la pena inferior en grado.
Sección 3.ª Quebrantamientos especiales del deber de presencia
Artículo 121.
El militar que se ausentare injustificadamente frente al enemigo, rebeldes o sediciosos, cualquiera que fuere la duración de la ausencia, será castigado con la pena de diez a veinte años de prisión.
Artículo 122.
El militar que en circunstancias críticas se ausentare injustificadamente de la unidad donde preste sus servicios, cualquiera que fuere la duración de la ausencia, será castigado con la pena de tres meses y un día a cuatro años de prisión.
En tiempo de guerra, se impondrá la pena de prisión de tres a diez años.
Artículo 123.
El militar no comprendido en los artículos anteriores que se quedare en tierra injustificadamente a la salida del buque o aeronave de cuya dotación o tripulación forme parte será castigado con la pena de tres meses y un día a seis meses de prisión.
En tiempo de guerra, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años.
Artículo 124.
El recluta que, citado reglamentariamente, no efectuare sin justa causa, su incorporación en el plazo fijado para la concentración o presentación será castigado con la pena de tres meses y un día a seis meses de prisión.
En tiempo de guerra, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años.
Más informacion sobre Delitos contra los deberes del servicio:
http://www.augc.info/delegaciones/canar ... t%20VI.htm
Código Penal:
http://www.augc.info/delegaciones/canar ... Indice.htm
Un saludo
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