ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.
Artículo 23. Guardia Civil.
La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza militar, dependiente del Ministro del Interior en el desempeño de las funciones que se le atribuyen por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y del Ministro de Defensa en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que se le encomienden.
¿Militar o Guardia civil?
- gabriel garcia garcia
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Añado algun dato mas
Nunc minerva, postea palas
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- Cabo
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gabriel garcia garcia escribió:Añado algun dato masley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.
Artículo 23. Guardia Civil.
La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza militar, dependiente del Ministro del Interior en el desempeño de las funciones que se le atribuyen por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y del Ministro de Defensa en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que se le encomienden.
si tienes razon . la guardia civil es un instituto armado de naturalleza militar pero no forma parte de las fuersas armadas . es un problema ligal. por eso el tribunal de strasburgo(tribunal de justicio europeo) hace tres años condenó al estado español a indimnizar a todos los guardias civiles que han sido condenados con arreglo a normativa penal militar, desde 1991. porque para ellos, y para todos, un militar tiene que ser miembro de las fuerzas armadas.y la guardia civil no lo es ni lo puede ser sin privia reforma constitucional
art.8 CE 1978 FAS=ET+FN+EA.
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- Cabo Primero
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- gabriel garcia garcia
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bueno dejando aparte discusiones semanticas
¿tienen los guardias actualmente en España la condicion de militar?
¿aunque tengan su legislacion especifica se les juzga en tribunales militares?
¿dependen del ministerio de defensa para determinados asuntos?
¿les es de aplicacion el codigo penal miltar en determinadas situaciones?(no olvide responder esta por favor, aunque yo ya he encontrado la respuesta en 2 minutos con el google)
¿tienen obligacion de saludar a sus superiores y cumplir esactamente las normas que lo regulan?
¡
¿tienen los guardias actualmente en España la condicion de militar?
¿aunque tengan su legislacion especifica se les juzga en tribunales militares?
¿dependen del ministerio de defensa para determinados asuntos?
¿les es de aplicacion el codigo penal miltar en determinadas situaciones?(no olvide responder esta por favor, aunque yo ya he encontrado la respuesta en 2 minutos con el google)
¿tienen obligacion de saludar a sus superiores y cumplir esactamente las normas que lo regulan?
¡
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- Cabo
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gabriel garcia garcia escribió:bueno dejando aparte discusiones semanticas
¿tienen los guardias actualmente en España la condicion de militar?
¿aunque tengan su legislacion especifica se les juzga en tribunales militares?
¿dependen del ministerio de defensa para determinados asuntos?
¿les es de aplicacion el codigo penal miltar en determinadas situaciones?(no olvide responder esta por favor, aunque yo ya he encontrado la respuesta en 2 minutos con el google)
¿tienen obligacion de saludar a sus superiores y cumplir esactamente las normas que lo regulan?
¡
de nuevo querido gabriel volvemos a discutir lo mismo. pero me alegra mucho responder a tus preguntas.
¿tienen los guardias actualmente en España la condición de militar?
---sí, actualmente los guardias civiles tienen la concisión de militar de carrera. los guardias civiles tienen la concederacion de suboficiales transcurridos tres años de su ingreso en la escala de cabos y guardias.
¿aunque tengan su legislacion especifica se les juzga en tribunales militares?
---los guardias civiles no se les aplica el código penal militar desde el 2 de noviembre de 2006 fecha de la publicacion de la sentencia de la corte europea de derechos humanos y de forma efectiva y legal desde la aprobacion en las cortes generales de la L.O del R.D.G.C 12/2007 salvo algunos supuestos que la citada ley establece (estado de excepción).
¿dependen del ministerio de defensa para determinados asuntos?
SÍ,como dependen también del ministerio de economía y hacienda (como servicio fiscal), ministerio de medio ambiente (como seprona), ministerio de cultura (brigada de patrimonio histórico). de la DGT (guardia civil de trafico) también te digo que hay muchos organismos que dependen de forma total o parcial del ministerio de defensa y no son cuerpos militares (pj:CNI)
¿les es de aplicacion el codigo penal miltar en determinadas situaciones?
SÍ en estado de excepción como muchos funcionados y cargos publicos y el resto de los cuidadanos en determinados casos
¿tienen obligacion de saludar a sus superiores y cumplir esactamente las normas que lo regulan?
SÍ lo guardias civiles tienen obligacion de saludar a sus superiores,igual que lo tiene los miembros del cuerpo nacional de policía y algunos policías locales y autonómicos, no hay norma escrita que lo regula.
espero haber respondido a tus preguntas
FÉLIZ AÑO NUEVO
- FERNAN37
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LAS ASOCIACIONES.¡¡¡
Lo que pedian era: Total desvinculación con las Fuerzas Armadas (incluido el que los Oficiales de carrera NO cursasen estudios en la A.G.M.), Unificación con la Policía Nacional, No aplicación bajo ningún concepto de las Leyes Penales Militares, y divisas no militares.
Representaban al 20 % aproximadamente de la plantilla.¡¡¡
Desde la expulsión de las Residencias Militares, este sentimiento afecta a mas del 80 % de la plantilla.
Ahora ya si sabemos que NO somos militares, y tambien sabemos que esa situación es irreversible, aunque los veteranos nos sintamos fuera de nuestro ambiente y desplazados, yo personalmente nunca creí que fuesen a negarme la entrada en un bar de una residencia Militar.¡¡¡
Si en la actualidad fuese militar (como fui - y muy orgulloso- en su día), no me hubiesen negado la entrada en el bar de la Residencia Militar ¿verdad?.
Hotel Residencia Infante D. Juan, de Madrid (detras del Cuartel General del Áire),
Representaban al 20 % aproximadamente de la plantilla.¡¡¡
Desde la expulsión de las Residencias Militares, este sentimiento afecta a mas del 80 % de la plantilla.
Ahora ya si sabemos que NO somos militares, y tambien sabemos que esa situación es irreversible, aunque los veteranos nos sintamos fuera de nuestro ambiente y desplazados, yo personalmente nunca creí que fuesen a negarme la entrada en un bar de una residencia Militar.¡¡¡
Si en la actualidad fuese militar (como fui - y muy orgulloso- en su día), no me hubiesen negado la entrada en el bar de la Residencia Militar ¿verdad?.
Hotel Residencia Infante D. Juan, de Madrid (detras del Cuartel General del Áire),
- gabriel garcia garcia
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¿tienen los guardias actualmente en España la condición de militar?
---sí, actualmente los guardias civiles tienen la concisión de militar de carrera. los guardias civiles tienen la concederacion de suboficiales transcurridos tres años de su ingreso en la escala de cabos y guardias.
Bueno ahi queria yo llegar, que en la actualidad aunque con legislacion propia y tendiendo a la desmilitarizacion total, todavia los guardias son militares
Saludos
Nunc minerva, postea palas
- FERNAN37
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MILITARES DE CARRERA.¡¡¡
De la Guardia Civil.¡¡¡
Es así, y lo que no es militar es La Guardia Civil, que ya NO es un Cuerpo, es un Instituto Armado de Caracter Civil.¡¡
¿A que no lo entiendes?, pues nosotros tampoco.¡¡¡¡
Es así, y lo que no es militar es La Guardia Civil, que ya NO es un Cuerpo, es un Instituto Armado de Caracter Civil.¡¡
¿A que no lo entiendes?, pues nosotros tampoco.¡¡¡¡
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- Cabo Primero
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Ahora ya si sabemos que NO somos militares, y tambien sabemos que esa situación es irreversible, aunque los veteranos nos sintamos fuera de nuestro ambiente y desplazados, yo personalmente nunca creí que fuesen a negarme la entrada en un bar de una residencia Militar.¡¡¡
...evidentemente, si no quiero ser militar y estan desmilitarizando a mi cuerpo (en este caso GC) no me quejare si dejo de tener las pocas ventajas que tiene un militar...
Esto no es un ataque ni nada, pero yo lo veo normal que se desvincule totalmente, igual que no me parece bien que todas las mañanas vengan los mossos al cuartel a tomarse el cafe porque es mas barato que fuera (ya que estamos me quejo de esto que me da mucha rabia...)
Saludos
Pro Patria Pugno
- FERNAN37
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ES UN POST QUE SUSCRIBO AL 95 %
Solo querría hacer una salvedad, es que NO nos han preeguntado a nadie si queremos o no queremos, si nos sentimos o no nos sentimos, simplemente han tomado la decisión de excluirnos de los pocos derechos que efectivamente tiene un militar, y ahoaa racanean (o eso parece) en desvincularnos totalmente.
Concretamente los Guardias Civiles tenemos menos prestaciones en el ISFAS que en MUFACE ¿porque no nos echan del ISFAS si no somos militares?
Total si ya nos han quitado los pocos beneficios que había ¿que prisa tienen en quitarnos las obligaciones?.
Esa es la queja de los que fuimos -militares del Cuerpo de la Guardia Civil- y somos los que nos sentimos damnificados..
Para el que quería desmilitarizarse, estas disposiciones son miel sobre hojuelas.¡¡¡¡¡
Te quejas de los mossos pero ¿dejar entrar a un barrendero del ayuntamiento (que no ha sido nunca militar, en ocasiones no ha hecho ni siquiera el servicio militar cuando era obligatorio -y encima no sabemos como piensa-) y negarselo a un Suboficial, que aunque no sea ahora militar -porque le han borrado sin consultarle-, largos años lo fue?, tiene tela ¿verdad?.
Esa es la cuestión.¡¡¡¡
Concretamente los Guardias Civiles tenemos menos prestaciones en el ISFAS que en MUFACE ¿porque no nos echan del ISFAS si no somos militares?
Total si ya nos han quitado los pocos beneficios que había ¿que prisa tienen en quitarnos las obligaciones?.
Esa es la queja de los que fuimos -militares del Cuerpo de la Guardia Civil- y somos los que nos sentimos damnificados..
Para el que quería desmilitarizarse, estas disposiciones son miel sobre hojuelas.¡¡¡¡¡
Te quejas de los mossos pero ¿dejar entrar a un barrendero del ayuntamiento (que no ha sido nunca militar, en ocasiones no ha hecho ni siquiera el servicio militar cuando era obligatorio -y encima no sabemos como piensa-) y negarselo a un Suboficial, que aunque no sea ahora militar -porque le han borrado sin consultarle-, largos años lo fue?, tiene tela ¿verdad?.
Esa es la cuestión.¡¡¡¡
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Con respecto a lo que se dijo sobre dependencias del ministerio fiscal, DGT, etc, son dependencias funcionales, no orgánicas, pues esta sólo las tiene el Ministerio del Interior y el de Defensa. Lo de que a los 3 años adquieres la condición de suboficial, es falso. Tras terminar tu periódo académico, y tras pasar 2 años de profesional puedes presentarte a los exámenes a suboficial, pero tienes que aprobar esa oposición interna para adquirir esa condión. Tu mismo te has respondido, dado que somos militares de carrera de la Guardia Civil, los reglamentos que se utilizan son aparte del reglamento interno, son las RR.OO y las RR.OO.ET, por lo menos fue lo que nos dijeron en la Académia, y no creo que nos mintiesen.
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- Cabo Primero
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Re: ES UN POST QUE SUSCRIBO AL 95 %
FERNAN37 escribió:Solo querría hacer una salvedad, es que NO nos han preeguntado a nadie si queremos o no queremos, si nos sentimos o no nos sentimos, simplemente han tomado la decisión de excluirnos de los pocos derechos que efectivamente tiene un militar, y ahoaa racanean (o eso parece) en desvincularnos totalmente.
Concretamente los Guardias Civiles tenemos menos prestaciones en el ISFAS que en MUFACE ¿porque no nos echan del ISFAS si no somos militares?
Total si ya nos han quitado los pocos beneficios que había ¿que prisa tienen en quitarnos las obligaciones?.
Esa es la queja de los que fuimos -militares del Cuerpo de la Guardia Civil- y somos los que nos sentimos damnificados..
Para el que quería desmilitarizarse, estas disposiciones son miel sobre hojuelas.¡¡¡¡¡
Te quejas de los mossos pero ¿dejar entrar a un barrendero del ayuntamiento (que no ha sido nunca militar, en ocasiones no ha hecho ni siquiera el servicio militar cuando era obligatorio -y encima no sabemos como piensa-) y negarselo a un Suboficial, que aunque no sea ahora militar -porque le han borrado sin consultarle-, largos años lo fue?, tiene tela ¿verdad?.
Esa es la cuestión.¡¡¡¡
Eso si que esta feo, lo que tendrian que desmilitarizar de golpe (aunque suene brusco y raro) y se dejarian de todas estas contradicciones. Y lo del barrendero, sin comentarios...
Pro Patria Pugno
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Laguarta escribió:Con respecto a lo que se dijo sobre dependencias del ministerio fiscal, DGT, etc, son dependencias funcionales, no orgánicas, pues esta sólo las tiene el Ministerio del Interior y el de Defensa. Lo de que a los 3 años adquieres la condición de suboficial, es falso. Tras terminar tu periódo académico, y tras pasar 2 años de profesional puedes presentarte a los exámenes a suboficial, pero tienes que aprobar esa oposición interna para adquirir esa condión. Tu mismo te has respondido, dado que somos militares de carrera de la Guardia Civil, los reglamentos que se utilizan son aparte del reglamento interno, son las RR.OO y las RR.OO.ET, por lo menos fue lo que nos dijeron en la Académia, y no creo que nos mintiesen.
dejemé decirle que esta VD equivocado en los sigientes temas
1º:
Laguarta escribió:Con respecto a lo que se dijo sobre dependencias del ministerio fiscal, DGT, etc, son dependencias funcionales, no orgánicas, pues esta sólo las tiene el Ministerio del Interior y el de Defensa.
la guardia civil depende orgánicamente de la dirección general de policia y de la guardia civil-secretaria de estado de seguridad-ministerio de inerior
2º
Laguarta escribió: Lo de que a los 3 años adquieres la condición de suboficial, es falso. Tras terminar tu periódo académico, y tras pasar 2 años de profesional puedes presentarte a los exámenes a suboficial, pero tienes que aprobar esa oposición interna para adquirir esa condión.
los Guardia civiles tienen la consideracion de suboficial sin pasar ningún examen, alos 3 años de obtener el empleo de guardia civil (profesional) REAL DECRETO 1970/1983, DE 22 DE JUNIO, SOBRE CONSIDERACIÓN DE SUBOFICIALES DE LA GUARDIA CIVIL (BOE núm. 173, de 21 de julio)
3º
Laguarta escribió:los reglamentos que se utilizan son aparte del reglamento interno, son las RR.OO y las RR.OO.ET, por lo menos fue lo que nos dijeron en la Académia, y no creo que nos mintiesen.
Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. REDACION L.O. 11/2007
TÍTULO X.DERECHOS Y DEBERES.CAPÍTULO I.PRINCIPIOS GENERALES.
Los Guardias Civiles tendrán los derechos y estarán sujetos a las obligaciones señaladas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la Ley Orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, en la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, en la presente Ley (L.O. 11/2007)
Laguarta escribió:por lo menos fue lo que nos dijeron en la Académia, y no creo que nos mintiesen.
estudia bien, se estas en la academia. los guardia civiles igual que todos los miebros de las FF.CC.SS se le aplica el principio de lex artis la obligacion de conocer la lay.
NO CONFIES MUCHO EN LO QUE TE DIGAN..... estudia
suerte
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ESCALA DE SUBOFICIALES
La obtención del primer empleo de la escala, SARGENTO, es equivalente al título de técnico superior del sistema educativo general de Técnico Superior.
FORMA DE INGRESO:
Promoción interna. Se reserva la totalidad de las plazas convocadas a los pertenecientes a la Escala de Cabos y Guardias, con al menos dos años de tiempo de servicios en la misma.
SISTEMA SELECTIVO:
- Concurso-Oposición. Máximo cinco convocatorias.
NIVEL DE ESTUDIOS REQUERIDOS:
- Título de Bachiller.
EDAD:
No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la eda de cincuenta años.
PLAN DE ESTUDIOS:
- Duración un año académico.
ASCENSOS DENTRO DE LA ESCALA:
. De Sargento a Sargento 1º, y de éste a Brigada por el sistema de antigüedad.
. De Brigada a Subteniente por el sistema de selección.
. De Subteniente a Suboficial Mayor por sistema de elección.
PASE A LA SITUACIÓN DE RESERVA:
Para todos los empleos de la escala, al cumplir la edad de cincuenta y ocho años. Los Suboficiales Mayores también pasarán a la situación de reserva al llevar seis años de permanencia en el empleo.
*Extraído integramente de la página de la Guardia Civil, y con respeto a lo que me dijo de que estudiase (extraído de la circular número 22 de 22 de diciembre de 1997 (BOC núm.1, de 10 de enero 1998):
La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza militar y los guardias civiles militares de carrera no requiere mayores precisiones. Reconocida esta realidad, es evidente que las Reales Ordenanzas -Ley 85/1978- (en adelante RR.OO.) constituyen para nuestro Cuerpo su regla moral y el marco que definen las obligaciones y derechos de sus miembros (art. 1).
La obtención del primer empleo de la escala, SARGENTO, es equivalente al título de técnico superior del sistema educativo general de Técnico Superior.
FORMA DE INGRESO:
Promoción interna. Se reserva la totalidad de las plazas convocadas a los pertenecientes a la Escala de Cabos y Guardias, con al menos dos años de tiempo de servicios en la misma.
SISTEMA SELECTIVO:
- Concurso-Oposición. Máximo cinco convocatorias.
NIVEL DE ESTUDIOS REQUERIDOS:
- Título de Bachiller.
EDAD:
No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la eda de cincuenta años.
PLAN DE ESTUDIOS:
- Duración un año académico.
ASCENSOS DENTRO DE LA ESCALA:
. De Sargento a Sargento 1º, y de éste a Brigada por el sistema de antigüedad.
. De Brigada a Subteniente por el sistema de selección.
. De Subteniente a Suboficial Mayor por sistema de elección.
PASE A LA SITUACIÓN DE RESERVA:
Para todos los empleos de la escala, al cumplir la edad de cincuenta y ocho años. Los Suboficiales Mayores también pasarán a la situación de reserva al llevar seis años de permanencia en el empleo.
*Extraído integramente de la página de la Guardia Civil, y con respeto a lo que me dijo de que estudiase (extraído de la circular número 22 de 22 de diciembre de 1997 (BOC núm.1, de 10 de enero 1998):
La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza militar y los guardias civiles militares de carrera no requiere mayores precisiones. Reconocida esta realidad, es evidente que las Reales Ordenanzas -Ley 85/1978- (en adelante RR.OO.) constituyen para nuestro Cuerpo su regla moral y el marco que definen las obligaciones y derechos de sus miembros (art. 1).
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- Recluta
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ESCALA DE SUBOFICIALES
La obtención del primer empleo de la escala, SARGENTO, es equivalente al título de técnico superior del sistema educativo general de Técnico Superior.
FORMA DE INGRESO:
Promoción interna. Se reserva la totalidad de las plazas convocadas a los pertenecientes a la Escala de Cabos y Guardias, con al menos dos años de tiempo de servicios en la misma.
SISTEMA SELECTIVO:
- Concurso-Oposición. Máximo cinco convocatorias.
NIVEL DE ESTUDIOS REQUERIDOS:
- Título de Bachiller.
EDAD:
No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la eda de cincuenta años.
PLAN DE ESTUDIOS:
- Duración un año académico.
ASCENSOS DENTRO DE LA ESCALA:
. De Sargento a Sargento 1º, y de éste a Brigada por el sistema de antigüedad.
. De Brigada a Subteniente por el sistema de selección.
. De Subteniente a Suboficial Mayor por sistema de elección.
PASE A LA SITUACIÓN DE RESERVA:
Para todos los empleos de la escala, al cumplir la edad de cincuenta y ocho años. Los Suboficiales Mayores también pasarán a la situación de reserva al llevar seis años de permanencia en el empleo.
*Extraído integramente de la página de la Guardia Civil, y con respeto a lo que me dijo de que estudiase (extraído de la circular número 22 de 22 de diciembre de 1997 (BOC núm.1, de 10 de enero 1998):
La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza militar y los guardias civiles militares de carrera no requiere mayores precisiones. Reconocida esta realidad, es evidente que las Reales Ordenanzas -Ley 85/1978- (en adelante RR.OO.) constituyen para nuestro Cuerpo su regla moral y el marco que definen las obligaciones y derechos de sus miembros (art. 1).
La obtención del primer empleo de la escala, SARGENTO, es equivalente al título de técnico superior del sistema educativo general de Técnico Superior.
FORMA DE INGRESO:
Promoción interna. Se reserva la totalidad de las plazas convocadas a los pertenecientes a la Escala de Cabos y Guardias, con al menos dos años de tiempo de servicios en la misma.
SISTEMA SELECTIVO:
- Concurso-Oposición. Máximo cinco convocatorias.
NIVEL DE ESTUDIOS REQUERIDOS:
- Título de Bachiller.
EDAD:
No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la eda de cincuenta años.
PLAN DE ESTUDIOS:
- Duración un año académico.
ASCENSOS DENTRO DE LA ESCALA:
. De Sargento a Sargento 1º, y de éste a Brigada por el sistema de antigüedad.
. De Brigada a Subteniente por el sistema de selección.
. De Subteniente a Suboficial Mayor por sistema de elección.
PASE A LA SITUACIÓN DE RESERVA:
Para todos los empleos de la escala, al cumplir la edad de cincuenta y ocho años. Los Suboficiales Mayores también pasarán a la situación de reserva al llevar seis años de permanencia en el empleo.
*Extraído integramente de la página de la Guardia Civil, y con respeto a lo que me dijo de que estudiase (extraído de la circular número 22 de 22 de diciembre de 1997 (BOC núm.1, de 10 de enero 1998):
La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza militar y los guardias civiles militares de carrera no requiere mayores precisiones. Reconocida esta realidad, es evidente que las Reales Ordenanzas -Ley 85/1978- (en adelante RR.OO.) constituyen para nuestro Cuerpo su regla moral y el marco que definen las obligaciones y derechos de sus miembros (art. 1).
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