brenan escribió:Una de las normas elementales de cualquier persona, que trabaje en inteligencia o información para la seguridad y/o la defensa debe de ser la discreccion y el sentido de la confidencialidad...
Totalmente de acuerdo... Un Harry el Sucio de verdad lo tendría sabido desde el primer curso de HarrySuciología y Ciencias Policiales.
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En fin, hace algunos meses que oficialmente se reconoció en el Congreso que se han hecho algunas obras de mejora en la Sala Técnica de SITEL.
http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&CONF=BRSPUB.cnf&BASE=PUW9&PIECE=PUWC&DOCS=1-1&FMT=PUWTXDTT.fmt&OPDEF=Y&QUERY=CDD201102280532.CODI.
"(184) Pregunta escrita Congreso
Autor: González Pons, Esteban (GP).
Respuesta:
El objeto del contrato denominado "Proyecto de Obras de Reforma y Ampliación de la Sala Técnica Sitel En el edificio DCET del Complejo Policial de Canillas, Madrid" no es adquirir un nuevo sotfware sino la realización de obras de reforma y ampliación. En concreto, la reestructuración de la instalación eléctrica y aire acondicionado.
Habiéndose aprobado el correspondiente proyecto de obras, las prescripciones que rigen la realización de la prestación son las recogidas en el mismo.
Se solicitó la contratación a tres empresas: Ingeciber, S. A.; Juanjo Refrigeración Industrial, S. L., y Fridec, S. L. Todas participaron en el procedimiento.
La empresa que resultó adjudicataria, Ingeciber, S. A., tiene como objeto social, además del desarrollo de software, instalaciones eléctricas, instaladora y mantenedora Rite; instaladora y mantenedora de protección contra incendios; fontanería y construcción.
El motivo de la adjudicación a dicha empresa es que fue la que presentó la oferta más ventajosa para la Administración. Obviamente el rechazo de las otras dos es que no resultaban tan ventajosas.
En cuanto a los criterios de negociación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, los únicos criterios de asignación fueron los costes de la obra.
Los términos de negociación del contrato no han sido otros que la presentación de las ofertas cumpliendo el proyecto de obras y en los términos más ventajosos económicamente para la Administración.
Respecto al procedimiento de contratación utilizado (negociado sin publicidad), se puede encontrar en la Ley de Contratos del Sector Público, en los artículos 155 apartado d, y 161.2, referencia al mismo.
Se va a financiar con la partida correspondiente al proyecto 2004 16 03 3062: Obras en Organismos Centrales en Madrid.
Madrid, 28 de enero de 2011.-El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios."
Saludos.