gabriel garcia garcia escribió:Bueno volvamos al mismo tema, para empezar el que las fuerzas del orden no actuen correctamente dentro de la gravedad que pudiera tener no justifica que ya cualquiera tenga "carta blanca" para hacer lo que le de la gana.
Por otra parte
delito :
Supone una conducta infraccional del Derecho penal
(vuelvo a la wikipedia)
Aqui si entra perfectamente injurias, calumnias e incluso el asaltar un colegio lanzando proclamas que incitan al odio, en cambio y que el policia no lleve identificacion visible es una infraccion administrativa puede que grave por tratarse de quien se trata pero no comparable con
delitos
El tema de la identificación se a debatido aquí hasta la saciedad .
Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre
Artículo 18. Todos los uniformes llevarán obligatoriamente la placa-emblema del Cuerpo, con indicación del número de identificación personal, en el pecho, por encima del bolsillo superior derecho de la prenda de uniformidad.
Artículo 19. Dos. El personal que vista uniforme reglamentario llevará el carné profesional, y en el uniforme, la placa-emblema con el número identificativo personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.
Artículo 21. Dos. Los funcionarios que realizan servicio de uniforme acreditarán su condición de Agentes de la Autoridad con el mismo. No obstante, llevarán obligatoriamente el carné profesional, que será exhibido cuando sean requeridos para identificarse por los ciudadanos, con motivo de sus actuaciones policiales.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
Se autoriza al Ministro del Interior para dictar las disposiciones que requiera el desarrollo del presente Real Decreto y, especialmente, para determinar:
La descripción, diseño y características técnicas de las prendas, equipo y efectos que compongan la uniformidad.
El diseño, contenido y características técnicas del carné profesional y placa-emblema, e igualmente las divisas y lugar de colocación de las mismas en las prendas de uniformidad.La placa y el distintivo es parte de la uniformidad por tanto el Sr ministro esta facultado para decir donde se ponen , debajo del chaleco .
Lo que si están obligados es en identificarse en cuanto procedan a detenerte , que normalmente es en el furgón policial ( cosa lógica si es en el pifostio de una manifestación .
Un saludo .