Eliminar los límites de edad para los militares

Información sobre el ingreso y acceso a las Fuerzas Armadas Españolas. Requisitos, documentación a presentar, titulaciones, pruebas, test psicotécnicos y ciclos. Condiciones de servicio y Academias.

¿Crees que se deberían eliminar los límites de edad dentro del Ejército para los militares?

SI
195
67%
NO
94
33%
 
Votos totales: 289

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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

AguilaReal escribió:Rafael te equivocas, la permanencia es hasta los 45 años, a los 45 años te jubilan en el ejercito y te mandan a casa con una pensioncilla y siendo reservista de máxima disponiblidad. Lo entendiste mal, la permanencia se hace antes de los 45 años ya que son contratos de 2-3 años, 45 años es lo máximo que se puede tirar un soldado, cabo, cabo primero.


Eso no es la permanencia, eso es el contrato de larga duración.
La tropa permanente se tira en las FAS igual que oficiales y suboficiales, cuando les toque por edad, a la reserva, y luego jubilados.


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
valle4
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Mensaje por valle4 »

Lo edito para no marear más la perdiz. Creo que el resultado de la encuesta es bastante claro.


Vicente Navarret
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Mensaje por Vicente Navarret »

AguilaReal escribió:Esque un tio de 30 años de soldado es como un tio de 30 años estudiando la primaria, anda que no has tenido tiempo para ascender.



Con mis 29 años te aseguro que podría dar mucho, para ingresar, para ascender y para darle vueltas a más de uno. El límite de edad es absurdo, superando pruebas fisicas, psicotécnicos y lo que haga falta, si uno puede es válido como cualquier otro. No hay más que ver a la gente que practica deportes de élite, muchos tienen menos de 30 años, pero ojo que "muchos" que pasan de los 30 siguen marcando records mundiales. Dejemos las ironías y ajustémonos a la realidad, abramos debate, comentemos novedades pero reírse de los demás... creo que esta de más, animo a todos! Lo evidente es la realidad, y el futuro es nuestra esperanza, nuestro orgullo y nuestra vocación. Viva España!!!


Rafael Baro
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Mensaje por Rafael Baro »

Vicente Navarret escribió:
AguilaReal escribió:Esque un tio de 30 años de soldado es como un tio de 30 años estudiando la primaria, anda que no has tenido tiempo para ascender.



Con mis 29 años te aseguro que podría dar mucho, para ingresar, para ascender y para darle vueltas a más de uno. El límite de edad es absurdo, superando pruebas fisicas, psicotécnicos y lo que haga falta, si uno puede es válido como cualquier otro. No hay más que ver a la gente que practica deportes de élite, muchos tienen menos de 30 años, pero ojo que "muchos" que pasan de los 30 siguen marcando records mundiales. Dejemos las ironías y ajustémonos a la realidad, abramos debate, comentemos novedades pero reírse de los demás... creo que esta de más, animo a todos! Lo evidente es la realidad, y el futuro es nuestra esperanza, nuestro orgullo y nuestra vocación. Viva España!!!


Estoy contigo


Rafael Baro
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Mensaje por Rafael Baro »

AguilaReal escribió:Rafael te equivocas, la permanencia es hasta los 45 años, a los 45 años te jubilan en el ejercito y te mandan a casa con una pensioncilla y siendo reservista de máxima disponiblidad. Lo entendiste mal, la permanencia se hace antes de los 45 años ya que son contratos de 2-3 años, 45 años es lo máximo que se puede tirar un soldado, cabo, cabo primero.



Me parece a mi que el que lo ha entendido mal eres tu, lee:


LEY 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería (BOE 98 de 25/04/06)

Artículo 6. Modalidades de relación de servicios.

1. La relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas se establece con las siguientes modalidades:

a) El compromiso inicial, renovable hasta completar un máximo de 6 años.

b) El compromiso de larga duración, hasta los 45 años de edad, al que se accederá desde el compromiso inicial.

c) La condición de permanente, a la que se podrá acceder durante la vigencia del compromiso de larga duración.


Artículo 12. Condición de permanente.

1. Los militares profesionales de tropa y marinería que tengan suscrito un compromiso de larga duración podrán acceder a la condición de permanente en las plazas que se determinen en la provisión anual, conservando el empleo que tuvieran. Para participar en los correspondientes procesos de selección, se requerirá estar en posesión, como mínimo, de la titulación de técnico del sistema educativo general o equivalente, tener cumplidos catorce años de servicio activo desde su ingreso en las Fuerzas Armadas y las demás condiciones que se determinen reglamentariamente, y se valorará especialmente el empleo, los méritos profesionales y los años de servicios.

2. Los militares profesionales de tropa y marinería, que tengan la condición de permanente, a partir de los 45 años de edad desempeñarán, preferentemente y de acuerdo con las necesidades de los Ejércitos, funciones logísticas y de apoyo a la Fuerza. Para ello, accederán a la enseñanza de perfeccionamiento que se requiera.

Otra cosa es que cuando estés en el ejercito te acomodes y pases de hacer los cursos que te exigen para la permanencia que si no tengo mal entendido es el de técnico en seguridad, que se realiza en Cáceres, en el mismo cefot 1.

Digo lo mismo que en anteriores mensajes, el prosperar tanto en el ejercito como en la vida cotidiana está en cada uno, el que vale vale y el que no, no lo va a hacer ni en un sitio ni en otro, ah y van sin acritud xDD

Si Dios quiere, en unos meses podremos ser compañeros, ojalá!!

Saludos!


Rafael Baro
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Mensaje por Rafael Baro »

Aquí os pongo el enlace del BOE donde aparece toda la ley, con los motivos que llevaron a las cortes a promulgarla, a ver si así asentamos un poco nuestro criterio, ya que creo que ellos si saben lo que hacen.

http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases ... 19#refpost


Saludos!!


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josher
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Mensaje por josher »

Vael, dices “Vamos a ver los limites estan por unos motivos, no por que a X general o ministro le salga del nabo.”

Pues según el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, no hay motivos que justifiquen esos límites en la Escala Técnica de Oficiales. Ese mismo Tribunal dijo lo mismo para la Escala Básica del CNP, y el Tribunal Supremo ha dicho lo mismo para la Escala Ejecutiva del CNP. Así que parece que ni el TSJM, ni el TS están de acuerdo contigo. Y aún tengo alguna impugnación más pendiente, en las que espero que ambos tribunales mantengan su doctrina.

Sobre la Reserva Voluntaria, fui publicado en el BOE como reservista voluntario en abril del 2009, y todavía no h sido activado ni un día. Por tanto, no puedo estar de acuerdo contigo en eso de que nos queda la RV.


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josher
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Mensaje por josher »

Tercioidiaquez, creo que se ha aprobado una ley en la que, como propones, se deba dejar un porcentaje de las plazas de las FAS a minusválidos, como en todas las grandes empresas. Lo que no se es si les dejarán entrar sin pasar ninguna prueba, como propones, o sí les harán alguna.


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josher
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Mensaje por josher »

Valle4, hace unos cuantos post me pedías que contase qué hay que hacer para impugnar. Pues es sencillo, pero hay que pagar abogado y procurador. Básicamente:

- Se espera a que salga una convocatoria, y se echa la instancia.

- Cuando sales como no admitido, impugnas.

Pero antes tienes que haberte puesto de acuerdo con el abogado, para que lo tenga todo preparado y le de tiempo a echarlo rápido, porque para el procedimiento por los derechos fundamentales (que es más rápido) sólo hay 10 días para impugnar.

Impugnar la edad de soldado es más fácil porque se puede aprovechar cualquier ciclo.


Vael
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Mensaje por Vael »

josher, sin acritud. ¿ El TSJM que competencias militares tiene o que conocimientos militares tiene para descalificar esa medida militar ?. :cool:

Me alegra saber que eres un RV, lo siento si no te an activado. Pero esta vida no es perfecta. :roll:


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josher
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Mensaje por josher »

Vael, sobre las competencias de los tribunales, la Constitución dice que todos estamos sometidos al imperio de la ley, lo que significa que todo el mundo tiene que cumplir las leyes, incluido el ejército. El TSJM no tiene competencias para anular la ley que ha impuesto los límites de edad, pero sí para anular esa convocatoria respecto a quien la impugne, que es lo que ha hecho. Y ahora eleva la cuestión de ilegalidad al Tribunal Constitucional, que es quien puede decir si los límites de edad son legales, o no.

Sobre los conocimientos sobre el ejército del TSJM, la cosa va así: yo impugno, y alego los motivos por los que creo que los límites de edad son discriminatorios y, por tanto, anticonstitucionales. Y entonces el Ministerio de Defensa presenta los motivos por los que cree que los límites de edad están justificados. Y el TSJM juzga quien de los dos tiene razón, a la vista de los argumentos expuestos por las dos partes.

Y en los juicios por límites de edad, la postura del M de Defensa, del Interior, o de todas las administraciones cuyos límites han sido impugnados, es decir que los límites de edad están justificados por razones objetivas y proporcionales. Pero todavía ninguna administración ha revelado el secreto de cuales son esas razones objetivas y proporcionales. Lo más que han hecho han sido, en el caso de la ETO, decir que los límites de edad son para posibilitar una carrera profesional larga y que se obtengan derechos pasivos para la jubilación. Pero el Tribunal ha respondido que esas razones son muy vagas y servirían para poner límites de edad en todos los puestos de la administración, algo que no se hace, por lo que no las ha admitido.

En resumen: quien tiene que demostrar conocimientos militares para justificar los límites de edad es el Ministerio de Defensa y sus asesores militares. Y a juicio del TSJM, no los han justificado.

Sobre la RV, es cierto que la vida no es perfecta… y la RV es un buen ejemplo de imperfección, jeje


Vael
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Mensaje por Vael »

Pero en los casos donde se an abolido eran del ministerio del Interior, no del de Defensa. No es lo mismo ser policia que militar, por lo que no se pueden medir por la misma vara.

Y las razones que se indican son las razones dadas por el ministerio del interior, no del de Defensa.


La RV tiene pocos años y asta que funcione decentemente pasaran muchos años por desgracia.


Rafael Baro
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Mensaje por Rafael Baro »

tercioidiaquez escribió:
A mí me da la sensación de que a la gente le da miedo que puedan entrar de tropa tios y tias con 28,29 años o más que tienen la cabeza muy bien amueblada y que físicamente están también muy bien, cada uno debe de tener su sitio, si no vale a la calle, pero a la calle uno de 30 como uno de 18.


Pues para estar rodeado de militares no has acertado en nada de lo que piensan...

Respecto a lo de las pruebas, estoy de acuerdo con vosotros, lo suyo sería que fueran más exigentes, tanto teórica como prácticamente, y no os hablo de físico solo, por ejemplo para sacarte la licencia de arma corta tienes que ir a un campo de tiro con la GC y te hacen un examen de puntería, pues aquí yo haría lo mismo, con fusil, pateos de 20 km con 20 kg en la espalda, un mini campamento de 2 ó 3 días, en el que te expriman un poco.


Puestos a quitar límites, vamos a quitarlos todos, pero absolutamente todos.
Que entre gente en silla de ruedas, mudos, que les falten un brazo, deficientes mentales, gente de 90 años etc... y no hace falta que pasen ninguna prueba,porque yo a todos estos, les puedo encontrar un sitio en las FAS.
Al de 90 años lo pongo de plantón en una puerta, no se tiene que mover en todo el día... etc...
Lo que no me parece normal, es que por un lado querais que quiten límites de edad, pero que pongan pruebas más díficiles...Claro, supongo que eso es lo que os convendría a vosotros...
Y repito, en todo esto, alguien ha pensado que es lo que le conviene a las FAS.


jejejeje, aunque me llame Rafael no soy Rappel, por lo que de adivinar poco xD, sólo digo lo que advierto viendo los comentarios.

Yo no digo que pueda entrar un paraplégico o un anciano con 90 años, evidentemente habrá que poner unos requisitos básicos, pero de ahí a decir que un tio de 30 no es válido, no sé que gente de 30 años conocéis, la verdad.


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josher
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Mensaje por josher »

Vael, las razones que te he comentado son las que ha dado el Mº de Defensa en el caso concreto de la Escala Técnica de Oficiales de las FAS, aunque coinciden en lo básico con las dadas por el Mº de Interior para el CNP. Y son las que no han sido consideradas suficientes para mantener los límites en dicha escala por el TSJM, por lo que se anula la convocatoria de 2010 para mí, y ahora hay que esperar a ver qué dice el Tribunal Constitucional sobre si los límites para esa escala son legales, o no.

Por cierto, también se han abolido de la Escala Ejecutiva de los Mossos de Escuadra, la policía local de Sevilla, y los bomberos de varios sitios, y en ningún caso las administraciones correspondientes han sabido decir algo más que “existen razones objetivas”, sin aportar ningún tipo de estudio científico objetivo al respecto, y sin decir qué tipo de expertos (médicos, psicólogos, sociólogos, etc) habían determinado la edad a partir de la cual un ser humano no puede entrar en ciertos cuerpos, a pesar de que en dichos cuerpos hay personas desempeñando esas funciones con más edad de la establecida en los límites.


Vael
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Mensaje por Vael »

Josher, vale pero a sido para la Escala Tecnica de Oficiales de las FAS, no para el resto de escalas.

Una escala necesita unos requisitos y otra otro. Pero los limites se pusieron por algo no por que si y no hay que mirar que te peude aportar la empresa, sino que puedes aportar tu a la empresa.

Y desde los 18 asta los 29 una persona tuvo 11 años para presentarse.


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