Su-30MKII, obviamente que el problema lo tendrá Argentina si acepta los F-16FAV, el tema es que eso de la ingenieria inversa es un invento que solo sirve para un 2 % de todo lo que un aparato militar cuenta. Andá a hacerle ingenieria inversa a un sistema integrado, je...ahi te veo.
Podes hacerle ingenieria a una parte mecanica, pero no a una parte electronica. Podes investigar sus componentes, pero no sus capacidades, etc.
Sobre los F-16, hay documentacion que en este momento no tengo, que ratifica los envios de rotables a Venezuela, si los F-16 dejaron de volar, fue por capricho de Chavez, como todo lo que hace en su gobierno.
Bueno no veo porque necesitamos el permiso de USA, en el hipotético caso que compraramos unas 3 docenas de F-16 block 15 modernizados a USA y/o algún otro miembro OTAN, pues a los Viper venezolanos los usamos como fuente de repuestos y listo, y 21 celulas para canivalizar no es una cifra despreciable no? además alguno de esos puede ir a parar como plataforma de pruebas (con la Dardo II y demás) para reemplazar porquerías como el MIIIJ.
Saludos.
Fran, si vos queres arreglar los problemas diplomaticos con USA, lo que menos podes hacer es comprar un SdA el cual Venezuela no tiene permiso de vender.
Secretaria de estado preguntara amablemente a UK
uk debe visar la venta.
Diamond, Argentina tiene ofertas de USA via FMS de hasta F-18, esi que eso del "ok" de GB, ya es cuento viejo (para algunos SdA).
Yo eso no lo entiendo: si están comprados (no cedidos o prestados), son propiedad del estado venezolano, y se los podrá vender a quien le de la real gana, digo yo ... no me imagino yo que un juez venezolano (o de cualquier otro sitio) diga otra cosa
Otra cosa es que el comprador se quede sin repuestos hasta el día del juicio, claro.
Un saludo
Ismael, son clausulas de contrato. En terminos militares, vos le vendiste un producto a un pais determinado bajo ciertas condicones, no puede aceptarse su enajenacion por ser considerado material sensible, osea, material militar. Su uso esta solo estipulado para el pais comprador.
Tambien se da en otros paises. En el gobierno del nefasto presidente Menem (me toco el izquierdo) en Argentina, quiso vender los material de los SSK TR-1700 y el Santa Fé que está en construccion a Taiwan si no me equivoco, la empresa fabricante (Thyseen) puso su veto, pues ese sistema fue comprado por Argentina a Alemania, y no tenia el "ok" para desprenderse de el.
Si te fijas, por ejemplo, en el Codigo Civil Argentino (y hablo de codigo civil) tambien esta estipulada esta figura de contrato, donde se prohibe la enajenacion de un bien adquirido, contrato de por medio.
.- No es para nada como tú lo dices, pero en fín, ya veo que te ha dado la contestación correcta el forista Ismael, que tiene toda la razón. Saludos.
Iris, contratos son contratos y por mas que seas soberano, debes cumplirlos, caso contrario estas violando las normas establecidas y debes atenerte a sus consecuencias.
Si vos en el contrato antepusiste la prohibicion de desprenderte de ese bien sin el consentimiento previo del fabricante y/o vendedor primario, debes cumplirlo.
Quien por hierro mata...por hierro muere.