GRUMO escribió:Estimado amigo Pineau
Hemos discutidfo ad nauseam sobre la precedencia de la delimitación fenete a la demarcación
Tienes toda la razón en tus argumentos. Del mismo modo me aferro a lo que es la delimitación, que es el lugar donde el arco se intercepta con el mar.
Y a la luz de ello, me parece que también tengo razón
Te aferras bien, y de a poco estas reconociendo que la delimitación es el arco que intercepta el mar, pero omites, quizás intencionalmente, cuando se delimito la frontera. Por lo tanto, no tienes razón, ya que la delimitación se definió en las Instrucciones de abril de 1930.
Las comisiones ulteriores no delimitaron la frontera sino la demarcaron, que es sumamente distinto. Y en esa demarcación el hito uno es el inicio de la frontera, es decir el inicio de la demarcación
Y me parece que esta interpretación es tan válida como la tuya. Y en derecho internacional no se puede estar interpretando
Grumo
Otra vez no tienes la razón, porque cometes el mismo error deliberadamente, porque solo interpretas y no dices nada de lo escrito en las Instrucciones de 1930.
Las Instrucciones de 1930 fueron emanadas por las cancillerías, no por la comisión mixta, leíste la copia que consigne en el mensaje anterior? parece que no, ahí las instrucciones delimitan la linea fronteriza, y dice claro;
HITO CONCORDIA; punto inicial, en la costa, de la linea fronteriza
En el derecho internacional estas pocas palabras tienen valor jurídico, no es una interpretación, tienes alguna duda con lo que consignan estas palabras? ......para ti no son claras?
Pregunto, se indica alguna otro punto anterior al HITO CONCORDIA?.....hay otro punto inicial en la costa?.....
PD
Edito mi post. El punto inciial de la frontera es imposible que sea un hito, dado que esta donde la linea se inetersecta con el mar. es por ello que el hito se ubicó en otro lado.
Asimismo hablamos de una comisipon mixta para DEMARCAR la frontera.
Puntos mas puntos menos, creo que en cumplimiento de lo escrito, debemos pedir arbitraje a EEUU
Insistes en lo mismo, y desvirtuas lo que claramente dice el documento, pero es tu problema, y nuevamente no tienes la razón,
Quien dice que un HITO no puede ser el inicio de la linea de la frontera?
Nuevamente pongo documento oficial de las Instrucciones de Abril de 1930 que fueron emanadas por ambas Cancillerías
Si el HITO se coloco mas adentro para protegerlo del mar, cual es el problema de eso?
En el Acta de 1969 cuando la Comision Mixta comenzó su trabajo en terreno lo primero que hicieron fue verificar el punto de inicio de la linea de la frontera, y oh!!! sorpresa!.........un HITO......(lo llamaron punto auxiliar del HITO 1)
Nuevamente, la linea del arco que intercepta el mar se definio como criterio delimitador en estas instrucciones y no antes.
Y por ultimo, donde se nombra al punto Concordia en estas instrucciones?, porque el art 2 del primer escrito del Tratado de Lima no dice que ese punto nace de algun criterio especial, no habla de arco, ni distancias, en definitiva no lo posiciona en ningún lado, solo dice que es un punto en la costa......pues bien, donde lo ubicaron? todavía espero una respuesta de alguien que aclare este punto.
Si Peru insiste en su postura, créeme que ante una Corte Internacional le ira bastante mal, ya que, este documento como instrumento internacional indica claramente que hay un acuerdo tácito entre ambos países, o como lei en este foro (comentarios que dejan bastante que desear) que Chile incumplira el Tratado de Lima y movilizara sus tropas, si a razón de este documento, en que Chile estaría incumpliendo el Tratado de Lima?