GRUMO escribió:
Ante la pregunta tozuda, una respuesta tozuda
Artículo Tercero
La línea fronteriza a que se refiere el inciso primero del artículo segundo, será fijada y señalada en el territorio con hitos, por una comisión mixta compuesta de un miembro designado por cada uno de los Gobiernos signatarios, los que costearán, por mitad, los gastos comunes que esta operación requiera. Si se produjera algún desacuerdo en la comisión, será resuelto con el voto dirimente de un tercer miembro designado por el Presidente de los Estados Unidos de América, cuyo fallo será inapelable.
La Comisión, a posteriori, y considerando que el verbo ser esta en futuro
"será", tratando de interpreta la lengua de Cervantes, lo hará posteriormente con la demarcación
Grumo
Estimado, ese es tu respuesta?............osea, el art 2º del Tratado no delimito una linea divisoria en la costa, lo hizo a posterior?
Perdón, pero tu interpretación es por decir lo menos bien Sui generi!, casi una tomadura de pelo.
Cito:
http://www4.congreso.gob.pe/comisiones/ ... RALIMA.htm
"Artículo Tercero
La línea fronteriza a que se refiere el inciso primero del artículo segundo, será fijada y señalada en el territorio con hitos....."
Con manzanas;
Cual es la linea fronteriza que se refiere el inciso primero del articulo segundo?...........
No hay otra;
Artículo Segundo
La línea divisoria entre dichas partes y, en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará "Concordia", distante diez kilómetros al norte del puente del Río Lluta, para seguir hacia el oriente paralela a la vía de la sección chilena del Ferrocarril de Arica a La Paz y distante diez kilómetros de ella , con las inflexiones necesarias para utilizar, en la demarcación, los accidentes geográficos cercanos que permitan dejar en territorio chileno las azufreras del Tacora y sus dependencias, pasando luego por el centro de la Laguna Blanca, en forma que una de sus partes quede en el Perú y la otra en Chile
Lectura fácil y didáctica!
Este art 2º dice que: la LINEA DIVISORIA parte en la costa con el punto Concordia a 10 kms del puente del rio Lluta para seguir hacia el oriente paralela (LINEA PARALELA) a la via férrea Arica - La Paz.
los 10 kms que consigna es la distancia de la PARALELA con la via férrea, y no la interpretación con demasiada imaginación que se lee de algunos.