Los amigos foristas Chilenos
EDITADO POR EL MODERADORintentan "legalizar" la falsa línea de frontera que supuestamente iría desde el Hito N°1 hasta el PIFM siguiendo el paralelo, línea que aparte de no tener sustento jurídico alguno, transgrede lo dispuesto en el Tratado de 1929, ya que sobrepasa la distancia de 10 Km. medidos desde el puente sobre el río Lluta...
La imagen precedente (Que no tiene nada de oficial) grafica claramente aquella falsa línea de frontera que los amigos foristas Chilenos no han logrado justificar hasta la fecha, porque no se sustenta en ningún documento bilateral relacionado con el Tratado de 1929 y sus instrumentos complementarios de 1930 que definieron el límite terrestre.
EDITADO POR EL MODERADORlos amigos foristas Chilenos cometen nuevamente la equivocación remitirse a los documentos sobre los cuáles se basó la CIJ para definir el límite marítimo, que no tienen nada que ver con lo acordado en 1929-30 por obvias razones.
Los amigos foristas Chilenos reinician
EDITADO POR EL MODERADOR su ya conocido círculo
EDITADO POR EL MODERADOR de mezclar papas con camotes, es decir, mezclar límite terrestre con límite marítimo y se "olvidaron" de que su
EDITADO POR EL MODERADORcancillería ya aceptó durante los alegatos escritos ante la CIJ, que el Tratado de 1929 definió y formalizó nuestros límites terrestres y que
no ha sido modificado en ninguno de sus extremos hasta la fecha.
Entonces, resulta
absurdo que por el simple hecho de que en las actas de instalación de los faros de enfilación de 1968-69, se haya elegido al Hito N°1 como
punto de referencia se le pretenda dar ahora a ese hito un "valor" que no tiene porque nada tiene que ver con el límite terrestre....
Hay que recordar que la CIJ determinó finalmente que ambas partes acordaron que el límite marítimo se iniciara en la intersección de la bajamar con el paralelo, tomando como
punto de referencia el Hito N° 1, pero como podrán comprender, eso no tiene nada que ver con la frontera terrestre ni con el Tratado de 1929....
Los amigos foristas Chilenos ya no recuerdan lo que su
EDITADO POR EL MODERADORcancillería aceptó en su Dúplica de los alegatos escritos ante la CIJ:
2.161. Perú está en lo correcto en cuanto a que el mandato de las delegaciones en 1968 1969 no incluía volver a examinar ni revisar el acuerdo de las Partes sobre su frontera terrestre, alcanzado en 1929-1930. Las Partes simplemente determinaron que el punto de referencia para el paralelo de su límite marítimo era el Hito Nº 1, es decir, el punto de la frontera terrestre más cercano al mar, punto cuyas coordenadas habían sido acordadas y registradas por las Partes.....
Clarísimo, El Hito N°1 no es el punto de orígen sinó un
punto de referencia para determinar el paralelo por donde correría el límite marítimo y de esa misma manera lo interpretó la CIJ al determinar el inicio del límite marítimo en un punto distinto y distante del Hito N° 1:
- Coordenadas del Hito N° 1 : 18º21´03” Latitud Sur y 70º22´56” Longitud Oeste.
- Coordenadas del punto de Inicio de la frontera marítima : 18º21´00.42” Latitud Sur y 70º22´49.80” Longitud Oeste.
Los amigos Chilenos Chilenos se quejan de que les hacemos preguntas
que no pueden responder, pero las seguiremos haciendo muy a su pesar,
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¿Delimitación es igual que demarcación???
¿Brieba y Basadre tuvieron poderes para delimitar???
Considerando que elHito N° 1 se encuentra 300 metros tierra adentro ¿En 1929-30 de dejó una porción de territorio sin delimitar???
Considerando que la delimitación acordada establecía una línea en arco de círculo que interceptara al Océano Pacífico ¿Por qué los amigos foristas Chilenos no se atreven a publicar el documento en que las partes acuerdan "retrotraer" esa línea desde ese punto y trasladar su inicio al primer punto de demarcación que es el Hito N° 1???
¿Cuál es el sustento jurídico de la falsa línea de frontera que supuestamente iría desde el Hito N°1 hasta el PIFM, siguiendo el paralelo???
La cartografía oficial Chilena emitida entre 1930 y 1997, fue un "error"???
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La diferencia ahora es que, dos estimados foristas Chilenos
EDITADO POR EL MODERADOR pretenden contestarlas con personalísimas "interpretaciones" de textos
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El consejo es que se pongan en perspectiva, no mezclen papas con camotes ni le den al Hito N° 1 un valor que no tiene, porque se trata simplemente de un
punto de referencia para ubicar el PIFM en la bajamar y no tiene nada que ver con el límite terrestre.
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Saludos.