Considero un argumento demasiado débil, el pretender descalificar lo escrito por Llanos Mardones, sólo por la distancia que él afirmó que había entre el Punto Concordia y el Hito N°1 (140 metros) ya que, por lo cambiante que es la configuración de las costas en aquel sector, la distancia entre ambos puntos que existe hoy, es distinta a la de 1995 y distinta a la de 1930...
Es evidente que aquel argumento se basa en un razonamiento demasiado básico, que se fija en la forma y no en el fondo del asunto, lo importante ahí no son las distancias, lo importante es que un diplomático Chileno nos da la razón en cuanto a que el PIFT es el Punto Concordia y no el Hito N° 1.
Parece que se creyera que Llanos Mardones fue un apitutado más de los que abundan en la cancillería Chilena. Lamentablemente para quienes creen aquello, el Dr. Ignacio Llanos Mardones era Primer Secretario del Servicio Diplomático Chileno en ejercicio, cuando en 1995, sustentó su tesis doctoral "El Derecho de la Delimitación Marítima en el Pacífico Sudeste", ante el Instituto de Altos Estudios Internacionales de Ginebra, tesis doctoral que se convirtió en libro en 1999.
Sería iluso pensar que Llanos no haya tenido acceso a documentación de primera mano que manejaba la Cancillería de Chile al respecto, documentos que tuvo que consultar para elaborar su tesis, lo cuál no debería extrañarnos, ya que es sólo hasta 1998 que Chile "cambia de opinión" respecto al PIFT.
¿A quién creerle entonces?? ¿Al Dr. Ignacio Llanos Mardones o a .... Pineau????
Nuevamente la respuesta es obvia porque no hay punto de comparación...
Ahora, no sé a que apunta presentar un supuesto "informe" de los jefes de las delegaciones de la Comisión Mixta de 1969 (Estamos esperando se publique el Link) si al final esa comisión no tuvo el poder para modificar el curso del límite terrestre, lo cual ha sido aceptado por Chile.
No sé a que apuntan, si ya se ha repetido que el documento principal, firmado el 22 de agosto de 1969, señala claramente que todo el territorio al Oeste del Hito N°1 es territorio Peruano.
Nuevamente solicito que nos demuestren cómo sería posible que el faro Peruano estuviese en territorio Peruano, si se traza una supuesta línea de frontera, siguiendo el paralelo, desde el Hito N°1 hacia el Oeste, hasta la línea de bajamar...
¿Tendrán el valor de hacer ese ejercicio o no se atreverán??
Otra prueba de origen Chileno es la cartografía oficial del SHOA de la Rada y Puerto de Arica correspondiente al año 1973, o sea, cuatro años después de suscritas las Actas de 1969, en donde no se aprecia cambio alguno en la línea de frontera terrestre. Incluimos además el mapa de 1998, cuando Chile "cambia de opinión", para que el lector pueda apreciar la diferencia:
Las Actas de 1968-69 establecieron el tramo inicial del límite marítimo, que sería luego completado por la CIJ, de ninguna manera, coinciden ambos países, modificaron el límite terrestre establecido en 1929-1930, es más en esas actas se respeta la línea de frontera terrestre que ahora Chile pretende desconocer.
Finalmente, con respecto al Hito N° 1 (Que insisten en llamar "Hito Concordia") ubicado a 140 metros, o 300 metros de la baja marea (Como les guste, no es relevante) y que los amigos Chilenos dicen que es el PIFT, llama la atención la siguiente fotografía, en la que Enrique Brieba de puño y letra escribe "LA FRONTERA EN LA PLAYA", en donde aparece él junto con otros miembros de su delegación Chilena, señalando la línea de frontera hacia el mar....
Nótese que están casi mojándose los zapatos en la
verdadera orilla del mar y no tierra adentro, junto al Hito N° 1 como debería ser si lo que afirman los amigos Chilenos fuese cierto.
Saludos.