He llamado al Ministerio de Defensa a preguntar por las consecuencias de la sentencia que se publicó ayer, y me han dicho que entienden que la sentencia sólo afecta a los oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
Y me han informado de que hoy se ha publicado en el BOE una resolución que modifica algunos límites de edad, de oficiales de los Cuerpos de Intendencia, de las Escalas de Oficiales y Escalas Técnicas de los Cuerpos de Ingenieros, y de militar de complemento, a los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
Este es el enlace a la resolución:
http://www.boe.es/boe/dias/2014/07/16/p ... 4-7538.pdfY este es el texto de la resolución:
Resolución 452/38078/2014, de 14 de julio, de la Subsecretaría, por la que se modifican diversas resoluciones por las que se convocan procesos de selección para el ingreso en las Fuerzas Armadas.
Artículo primero.
Modificación del apartado 1.1 b) de la base segunda de la Resolución 452/38068/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a las ESCALAS DE OFICIALES DE LOS CUERPOS DE INTENDENCIA (BOE 08/07/2014), que queda redactado en los siguientes términos:
«b) No cumplir ni haber cumplido en el año 2014 las siguientes edades máximas:
– Ingreso directo: sin límite de edad máxima.
– Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo: 40 años, excepto los
Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, que están exentos de los límites de edad.»
Artículo segundo.
Modificación del apartado 1.1 b) de la base segunda de la Resolución 452/38069/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a las ESCALAS DE OFICIALES Y ESCALAS TÉCNICAS DE LOS CUERPOS DE INGENIEROS (BOE 08/07/2014), que queda redactado en los siguientes términos:
«b) No cumplir ni haber cumplido en el año 2014 las siguientes edades máximas:
– Ingreso directo: 31 años.
– Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo: 40 años, excepto los Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina que están exentos de los límites de edad.»
Artículo tercero.
Modificación de la Resolución 452/38072/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera, o la adscripción como MILITAR DE COMPLEMENTO, A LOS CUERPOS COMUNES DE LAS FUERZAS ARMADAS (BOE 09/07/2014).
Uno. Se modifica el párrafo del apartado 1.1 b) de la base segunda: «Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo», que queda redactado en los siguientes términos:
«Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo:
– Escalas de Oficiales: 40 años, excepto los Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, para cambio de cuerpo y los Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares, para cambio de escala que están exentos de los límites de edad.
– Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares: 33 años.»
Dos. Se modifica el apartado 1.2.2 g) de la base segunda, en el sentido de añadir el siguiente párrafo:
«Los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, realizarán la misma prueba de lengua inglesa que la establecida para los de ingreso directo, siendo dicha prueba puntuable pero no eliminatoria.»
Tres. Se modifica el quinto párrafo del punto 2.2 (prueba de lengua inglesa) de la base décima, que queda redactado en los siguientes términos:
«El personal que participe en alguno de los procesos para ingreso por promoción, excepto los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, y no esté en posesión del perfil del idioma inglés especificado en el apartado 1.2.2.g) de la base segunda, realizará la misma prueba de lengua inglesa que la que se define para la forma de ingreso directo. En este caso dicha prueba no formará parte de la fase de oposición y no será puntuable. Continuarán en el proceso de selección aquellos que hayan obtenido un número total de respuestas correctas igual o superior a treinta (30) para las Escalas de Oficiales de los distintos cuerpos, e igual o superior a veinticuatro (24) para la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares. No restan puntos las respuestas no contestadas o contestadas erróneamente».
Como consecuencia de ello, se amplía el plazo de presentación de solicitudes, para los suboficiales afectados por las modificaciones recogidas en los artículos primero, segundo y tercero apartado uno, en diez (10) días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de julio de 2014.–La Subsecretaria de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña.