M a r i a escribió:No es este el lugar más adecuado, pero en vista de la petición diré que en el vigente código penal, los terroristas ven endurecidas sus penas en el artículo 516, 571 y siguientes, especialmente los artículos 574, y 576, en los que se señala la pena en su mitad superior, diferenciandoles de los que no pertenezcan a los grupos terroristas.
el 516 no tiene nada que ver con el terrorismo .
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
TÍTULO III
De las penas
Artículo 76
1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho máximo, que no podrá exceder de 20 años. Excepcionalmente, este límite máximo será:
a) De 25 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión de hasta 20 años.
b) De 30 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
c) De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, dos de ellos estén castigados por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
d) De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos de terrorismo de la sección segunda del capítulo V del título XXII del libro II de este Código y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años.
Las referencias que se hacen a los delitos de terrorismo de la Sección Segunda del Capítulo V del Título XXII del Libro II en los artículos 76 y 93 del Código Penal, se entenderán hechas a delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII del Libro II de dicho Código, conforme establece la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
sobre tu afirmación :
M a r i a escribió:también quiero aclarar que tras la publicación del Código Penal del 1995, el gobierno de Aznar modificó los artículos para el cumplimiento integro de las penas, pero que tardó siete años en incluir estas modificaciones en el código penal. Yo no voy a poner en duda sus intenciones de endurecer las penas a los terroristas, pero lo cierto es que también las dejó para el final de su mandato.
Órgano JEFATURA DEL ESTADO
Publicado en BOE núm. 281 de 24 de
Noviembre de 1995Vigencia desde 24 de Mayo de 1996. Esta revisión vigente desde 17 de Enero de 2013
Tu seguro que te refieres a esto :
Las referencias que se hacen a los delitos de terrorismo de la Sección Segunda del Capítulo V del Título XXII del Libro II en los artículos 76 y 93 del Código Penal, se entenderán hechas a delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII del Libro II de dicho Código, conforme establece la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Ir a Norma
2. La limitación se aplicará aunque las penas se hayan impuesto en distintos procesos si los hechos, por su conexión o el momento de su comisión, pudieran haberse enjuiciado en uno sólo.
Ir a Norma modificadora Artículo 76 redactado por el número dos del artículo primero de la L.O. 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas («B.O.E.» 1 julio).Vigencia: 2 julio 2003 que narices tiene que ver que se modificaran algún articulo a posteriori para que según tu se tardaran en incluir esas modificaciones 7 años ? , eso es directamente mentira . En el 95 el PP acometió la reforma del código penal y entro en vigor en el 96 , eso no quiere decir que volvio a endurecer las penas contra el terrorismo en el 2003 .
Quieres defender los 14 años de ultraje manteniendo un código penal injusto y que beneficiaba a los terroristas y no dudas tergiversar los hechos .
esto si es la cruda realidad :
miércoles, 13 de noviembre de 1991Rechazada la reforma del PP para endurecer las penas de 'narcos' y terroristas .
El Congreso de los Diputados rechazó ayer la toma en consideración de una proposición de ley del Grupo Popular para garantizar que los autores de delitos de terrorismo y narcotráfico cumplan íntegramente las penas.
La toma en consideración obtuvo 99 votos y sólo fue apoyada por los proponentes y CiU. Se pronunciaron en contra los restantes grupos parlamentarios (161 votos), con la única excepción de del CDS, que se abstuvo.
http://elpais.com/diario/1991/11/13/esp ... 850215.htmun saludo .