Soberanía de las Islas Malvinas
- Emiliano
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Bueno si estuvo en la Gloriosa Juventud Peronista se puede esperar cualquier cosa comando... así es el peronismo, la versión argentina del fascismo.
Los negros en Argentina son las personas con rasgos aborígenes.
Un saludo.
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Dixi et salvavi animan meam.
La historia de la ciencia es la historia de la eliminación gradual de disparates o de su reemplazo por nuevos pero ya menos absurdos disparates.
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- Francisco Solis
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Re: Soberanía de Malvinas ¿Qué opina usted?
Francisco5585 escribió:Sólo me interesa lograr una alta participación en la encuesta para saber qué piensa la comunidad INTERNACIONAL acerca de a quién le pertenecen las islas. Por razones prácticas no voy a explicar los motivos que me llevan a creer que las islas Malvinas pertenecen a La República Argentina, porque seguramente todos ustedes, amantes de las cuestiones militares, conocen igual o mejor que yo los argumentos que mi país ha expuesto tantas veces. Ya sè que éste tema se ha discutido hasta el hartazgo, pero lo que aquí interesa es captar el voto de ustedes, cosa que nunca se ha hecho. La meta es lograr reunír al menos 100 votos para tener un resultado contundente acerca de lo que la gente de todo el mundo piensa. Podría ponerlo en el foro de sudamèrica, pero el resultado sería obvio y sin mucho valor. Saludos, y voten que es el fin de éste tema.
Estimado amigo. Hasta la médula siento que Las Malvinas son de Argentina. Cierto es que militarmente no se logró su independencia a pesar el esfuerzo de sus FFAA, que honrosamente frenaron en buena parte a los Ingleses. Me parece deplorable que en pleno siglo 21 se siga actuando como pais colonialista, posición que por el razonable poderia militar de los ingleses, nadie cuestiona con la contundencia necesaria para que las cosas vuelvan a su estado natural: Malvinas = Argentina
Infantería colombiana... paso de vencedores!!
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- Comandante
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Re: Soberanía de Malvinas ¿Qué opina usted?
Francisco Solis escribió:Estimado amigo. Hasta la médula siento que Las Malvinas son de Argentina. Cierto es que militarmente no se logró su independencia a pesar el esfuerzo de sus FFAA, que honrosamente frenaron en buena parte a los Ingleses. Me parece deplorable que en pleno siglo 21 se siga actuando como pais colonialista, posición que por el razonable poderia militar de los ingleses, nadie cuestiona con la contundencia necesaria para que las cosas vuelvan a su estado natural: Malvinas = Argentina
Gracias estimado amigo, ojalá todos pensaran como vos. T mando un fuerte abrazo desde Argentina.
- karlosculo
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- Jorge Osvaldo Eleazar
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Veo que el "Caballero karlosculo", busca convertirse en un AGENTE PROVOCADOR ( ya con el solo hecho de su nick y su dibujo identificatorio, nos estamos dando cuenta que busca), ya que no solo escribe con faltas de ortografia, tratando de disimular su raiz hispana, sino que ni siquiera se ha tomado el trabajo de de leer todo lo que mis estimados colegas han escrito y polemizado sobre el tema.-
Seria interesante que los Señores moderadores, hicieran un seguimiento sobre aquellos que recien comienzan, para ver si realmente se integran con afan de intercambiar conocimientos, y polemizar civilizadamente o solo lo hacen con la unica intencion de JODER ( perdon por el termino y las mayusculas )
Con mis respetos a aquellos que han participado y participan de los foros
Jorge
Seria interesante que los Señores moderadores, hicieran un seguimiento sobre aquellos que recien comienzan, para ver si realmente se integran con afan de intercambiar conocimientos, y polemizar civilizadamente o solo lo hacen con la unica intencion de JODER ( perdon por el termino y las mayusculas )
Con mis respetos a aquellos que han participado y participan de los foros
Jorge
- karlosculo
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- Recluta
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- Registrado: 20 Mar 2008, 19:16
Historia de las Malvinas, un poco más de investigación
Historia de las Malvinas
Relativa importancia tiene el “descubrimiento” de las Malvinas, porque su mero hecho –y menos sin arraigar en colonización- no puede fundar derecho contra los títulos españoles sobre América del sur. Los españoles de la San Antonio, que se separó de la flota de Magallanes en 1520, descubrieron las islas, en 1540 le correspondió a Esteban Gómez, los piratas Davies y Hawkins que atravesaron el estrecho dejaron la relación de una isla que llamaron Pepys, pero por su dimensión y distancia del continente no puede ser ninguna de las Malvinas; el holandés Sebaldo de Weert llegó a ellas, en 1600, pero no desembarcó: sólo dejó un nombre –Sebaldas o Sebaldinas- que no prosperaría; también anduvieron por allí los franceses De la Roche y Beauchenne en 1675 y 1701 respectivamente, sin tomar posesión.
Boungainville y el establecimiento francés en las Malvinas.
Fue el ministro de Luís XV, Choiseul, quien resolvió posesionarse de las islas y formar un establecimiento francés que en parte compensara a Francia de la pérdida de Canadá y Luisiana por la paz de 1763.
La expedición se hizo, no obstante el Pacto de Familia que aliaba a Francia con España, y se confió al capitán Luis Antonio de Boungainville, nacido en Saint Maló. Zarpado de ese puerto en setiembre de 1763, llegó a destino el 31 de enero del año siguiente: tomó posesión del archipiélago en nombre de Luis XV dándole el nombre de Malouines (de allí “Malvinas”) por su ciudad natal, y echó las bases de un fuerte y pequeña población que llamó Port-Louis.
Al enterarse el gobierno español, elevó una formal protesta, Choiseul propuso la compra de las islas, que los españoles rechazaron. Entonces, no queriendo rozar a su aliado, envió al mismo Boungainville a Madrid para concertar el traspaso de la colonia a España pagándose los gastos, más una indemnización fijada en seiscientas mil libras tornesas.
España toma posesión de las Malvinas.
Según el convenio, Bounganville pasó a Buenos Aires y se puso de acuerdo con el gobernador Bucarelli para el traspaso de la colonia y reconocimiento del dominio español en el archipiélago. El 28 de febrero de 1767 zarpó de Buenos Aires la flota franco-española con Felipe Ruiz Puente, designado gobernador; el 1 de abril se realizó en Puerto Soledad (como se llamaría la población en adelante) la ceremonia de arriar la bandera francesa e izar la española. Algunos franceses quedaron, embarcándose los demás de regreso a Saint Maló.
El establecimiento francés de Port-Luis fundado en 1764, fue devuelto a los españoles en 1767 que lo llamaron Puerto Soledad. Algo más costaría sacar a los ingleses de la isla Trinidad que habían levantado clandestinamente en 1765 Port-Egmont, creyéndose en la fabulosa isla Pepys mencionada por sus piratas.
Los ingleses.
Inglaterra tenía con España una cuenta por un compromiso arrancado al arzobispo de Manila, en Filipinas, de pagar cuatro millones de pesetas. España se negaba a hacerlo porque no podía responder de las obligaciones de un arzobispo, y porque el compromiso le había sido exigido por la fuerza al prelado al apoderarse y saquear los ingleses a Manila en la guerra terminada en 1763.
Resueltos a cobrarse los cuatro millones, buscaron los ingleses un valor de cambio que obligara a España. Al mando de John Byron (abuelo del poeta) sale una expedición en junio de 1764 a posesionarse “de la isla de S.M.B.” (Pepys), que inútilmente buscaron por las costas patagónicas. Después de recalar en Puerto Deseado y visto lo inhallable que era Pepys, Byron resuelve establecer una base en la isla Trinidad, un islote de las islas Malvinas que supone que estas estaban abandonadas.
Diversas peripecias lo demoran, y solamente el 11 de enero (de 1765) establece un fortín en una caleta, denominado Port-Egdomt en homenaje al primer Lord del Almirantazgo. No existe constancia que tomara posesión de “la isla”. Sino simplemente que estableció una pequeña base a la espera de lo que saliera. Poco después el comodoro Mac Bride, sucesor de Byron, al explorar las islas descubre la colonia de Port-Luis, todavía en poder de los franceses: se vuelve a Inglaterra a informar a los superiores, quienes se limitaron a instruirle de mantener la base en esa isla sin inmiscuirse en lo que pasaba en la isla Oriental.
Mientras tanto España ha tomado posesión de Puerto Soledad, y reclama por la intrusión, después de averiguar si en las islas donde decían haberse establecido los ingleses correspondía a alguna de las Malvinas. Pitt se limita a decir –el 22 de noviembre de 1766- que abandonaría Port-Egmont a condición de pagarse el rescate del arzobispo de Manila y darse a Inglaterra libertad de navegar el Pacífico (Considerado “mar español” por unir Filipinas a México y Perú). España no acepta; el gobernador de Buenos Aires Francisco Bucarelli ordena la expulsión de los intrusos y envía (mayo de 1770) una escuadrilla al mando del capitán Juan Ignacio Madariaga a cumplirla. Tras un corto combate el 6 de junio, los ingleses se rinden. La pequeña base queda a cargo de un oficial español.
La expulsión repercute en Londres. Jorge III exige de España la desautorización de Bucarelli y devolución de la base de Port-Egdmont, o de lo contrario iría a la guerra “por la ofensa inferida”. Por consejo de Luis XV, aliado de España que no quería ir a la guerra, Carlos III se compromete a “desagraviar a Jorge III” con la devolución de la base, bajo el compromiso de retirarse los ingleses por sí solos (22 de enero de 1771). Así, el 13 de setiembre, por pura fórmula, se devuelve la base.
Retirada de los ingleses
Los ingleses demoraron el cumplimiento del abandono. Y cuando, estrechados, lo hacen (el 20 de mayo de 1774), El virrey ordena la destrucción de la base inglesa en el islote Trinidad.
Tranquila posesión española
Desde que Boungainville dio posesión al gobernador español en el entonces Port-Luís en 1767, los españoles mantuvieron el pleno goce del archipiélago malvinense. Confirmado por el abandono de la base inglesa (nunca pasó de allí) del islote Trinidad, al norte de la isla Gran Malvina. Las islas Malvinas fue sede de los gobernadores españoles, dependientes del gobernador de Buenos Aires y luego el virrey del mismo título. Se contaron una veintena de gobernadores desde 1767 hasta 1811.
Invasión y apoderamiento de las islas Malvinas por los ingleses en 1833.
Los españoles estuvieron en el dominio de las islas desde 1767 hasta 1811. El 14 de enero de 1811 la junta española de guerra, de Montevideo, resolvió por razones de defensa, abandonar Puerto Soledad. Durante nueve años no hubo autoridad en las islas Malvinas, hasta el 27 de octubre de 1820 en que el comandante David Jewett del corsario argentino Heroína, cumpliendo órdenes dadas en marzo por el gobierno de Sarratea, entró en el abandonado Puerto Soledad, tomando posesión en nombre del gobierno de Buenos Aires, la bandera argentina quedó izada en un mástil, fue saludada por salvas reglamentarias y se pasó nota a los capitanes de los buques anclados en las inmediaciones –que mataban lobos o se abastecían con carne de las ovejas salvajes reproducidas en gran cantidad- para reconocer la jurisdicción argentina. Así lo hicieron. Ningún gobierno reclamó en los años siguientes las islas.
Desde 1823 el argentino Jorge Pacheco tenía una concesión del gobierno de Buenos Aires para explotar el ganado lanar en las islas Malvinas. Formó una sociedad con el alemán Luis Vernet y armó una expedición para reconstruir Puerto Soledad, puesta al mando del capitán de milicia Pablo Areguati. En 1826 la base de Soledad esta reinstalada. El 3 de enero de 1828 Dorrego, a un requerimiento de Vernet y Pacheco, les concedía en propiedad parcelas de tierras fiscales; el 10 de junio de 1829, el gobierno revolucionario de Lavalle creaba la comandancia política y militar de Soledad con jurisdicción en las islas Malvinas “e islas adyacentes al cabo de hornos”, nombrando a Vernet que la instaló el 29 de agosto.
El afincamiento argentino en las islas Malvinas esquiló ovejas, levantó saladeros para faenar ovinos (desde 1826 a 1831 fueron trabajadas 5.553 reses, vendidas a los balleneros que tocaban Puerto Soledad), y extendió sus actividades hasta la isla de los Estados donde llevó ganado vacuno. Reglamentó la pesca de ballenas y cacería de lobos, cobrando derecho de anclaje a quienes lo hacían.
Conflicto con los norteamericanos: atropello de la “Lexington” (diciembre de 1831).
Las expoliaciones que los buques balleneros, especialmente los norteamericanos armados en Nantucket, hacían al apoderarse sin freno de ballenas y lobos marinos, llevaron a Viamonte a dictar el 29 de octubre de 1829 un decreto que prohibía la “pesca de anfibios”, cuyo cumplimiento encargó a Vernet, comandante en el cargo-, como no tenía buques para vigilar las costas patagónicas y malvineras, Anchorena, ministro de Rosas –que mantuvo a Vernet en el cargo-, lo derogó el 6 de julio de 1831 sustituyéndolo “por ahora” con un impuesto de cinco pesos por tonelada de buque pesquero.
En su cumplimiento Vernet apresó a algunos buques de bandera norteamericana, reteniéndolos como garantía de los derechos. Enterado el cónsul norteamericano en Buenos Aires, Jorge W. Slacum, a cargo interinamente de la legación, reclamó al gobierno. Pero sin esperar sus resultados mandó a la corbeta de guerra Lexington a rescatar las presas y someter a las autoridades argentinas en las islas. La Lexington disimulándose con pabellón francés entró a Puerto Soledad el 28 de diciembre: se apoderó del comandante delegado Brisbane –Vernet había ido a Buenos Aires-, secuestró a los argentinos que no consiguieron escapar, clavó la artillería, quemó la pólvora, destruyó las pocas armas, saqueó las propiedades y destruyó las casas. Los argentinos capturados fueron llevados a Montevideo en febrero de 1832, y los balleneros norteamericanos pudieron pescar en libertad.
Balcarce, a cargo interinamente del gobierno, protestó a los Estados Unidos “por una conducta tan opuesta al derecho de las naciones como contraria a las relaciones de amistad y buena inteligencia que conservan ambas Repúblicas”, pidiendo que desautorizara al comandante de la Lexington e indemnizase el daño causado.
Rosas canceló la patente del cónsul Slacum y dio sus pasaportes al ministro Bayles como “persona no grata”. Este debió irse de Buenos Aires el 26 de setiembre de 1832, aconsejando al secretario de Estado, Livingstone, que “los Estados Unidos declarasen la guerra al gobierno de Buenos Aires”. La guerra no llegó al río de la plata porque el presidente Jackson de los Estados Unidos no tomó más medida que dejar sin proveer la legación norteamericana en Buenos Aires. Rosas mantuvo acéfala en Washington hasta 1838 en que se nombró a Alvear, con instrucciones “de entenderse directamente con la secretaría de Estado” sobre la reclamación por el atropello. Como a poco se había producido la agresión inglesa a las islas Malvinas, el problema con los norteamericanos pasó a segundo plano.
Atropello inglés de la “Clío” (3 enero de 1833)
Inglaterra dejó de hablar de su pretensión a las islas desde que los españoles estuvieron en posesión en 1767, que, por otra parte, no se fundaba en ningún derecho positivo y establecido. Pero hacia 1829 la colonización inglesa de Australia y Tasmania, cuyo tránsito se hacía en gran parte por el cabo de Hornos, señaló la conveniencia de poseer una base cerca de este. Desde luego se pensó en las Malvinas.
El Foreign Office, desempeñado en 1829 por Lord Aberdeen, encomendó al abogado real, Heberto Jenner, un estudio de los derechos ingleses a la isla Occidental. Jenner se expidió en julio de 1829 sosteniendo el título del descubrimiento. El 8 de agosto el Foreign ordenó a Parish dejar constancia al gobierno argentino de las “pretensiones” británicas a Puerto Egdmont (un islote en la isla Occidental de las Malvinas) “por ser altamente deseable la posesión de algún punto seguro donde los buques que hacen el tránsito para el Pacífico puedan abastecerse y ser carenados”, pero advirtiéndole “que no está en mis medios (del Foreign) informar ahora a usted acerca de la determinación final del gobierno británico con respecto a esas islas”. En su cumplimiento Parish dejó esa constancia en Buenos Aires el 17 de setiembre de 1830, de las pretensiones inglesas “a Puerto Egdmont” en una nota rutinaria.
La despoblación forzada de Puerto Soledad por el atropello de la Lexington, movieron al almirantazgo británico a apoderase nuevamente de Puerto Egdmont. No parecía interesarle todo el archipiélago, sino solamente una base para reparo de sus buques.
El 29 de noviembre de 1832 el capitán John James Onslow con la nave Clío, levó anclas en Río de Janeiro con instrucciones de tomar posesión de la caleta de la isla Occidental. Semanas más tarde llegó a la desolada bahía, después, y sin instrucciones, se presentó el 2 de enero de 1833 frente a Puerto Soledad en la isla Oriental.
Rosas había nombrado comandante de las islas Malvinas, mientras durase la ausencia de Vernet, al mayor de artillería Esteban Mestivier. En la goleta Sarandí, al mando de José María Pinedo, llegada a Soledad en octubre (de 1832), se habían traído algunos presos comunes para fundar una colonia penal, que fueron desembarcados. Mientras Pinedo con la Sarandí recorría las costas ahuyentando a los pesqueros norteamericanos, los confinados se sublevaron matando a Mestivier (30 de noviembre). A su regreso a Soledad en diciembre Pinedo consiguió imponerse.
El 2 de enero se presentaba Onslow con la Clío en puerto Soledad intimando a Pinedo el reconocimiento de la soberanía inglesa, aduciendo falsamente haberse convenido así entre los gobiernos argentino y británico. Pinedo, con pocas fuerzas para resistirse, se limitó a poner en un mástil en tierra la bandera argentina y dejar que los ingleses hicieran un acto de fuerza; al día siguiente 3 de enero, los británicos desembarcaron, arriaron la bandera argentina e izaron la inglesa sin que Pinedo –como dice el investigador francés Groussac- se sintiera “capaz de intentar una heroica locura”. Se limitó a ir a Buenos Aires a informar al gobierno de Balcarse.
Reclamaciones argentinas.
Conocido el atropello inglés, mereció la censura unánime de la prensa porteña. Hubo reuniones “de notables” y se convocó a la legislatura el 24 de enero. El ministro de relaciones exteriores, Maza, después de pedir –y no conseguir- una explicación del ministro inglés Gore, circuló a las provincias y a los gobiernos americanos el atropello británico. El 14 de febrero dio instrucciones a Manuel Moreno, ministro argentino en Londres, de formular una protesta “poniendo en claro los fundamentos sólidos en que se apoya deducidos de la historia”. Moreno se había adelantado el 24 de abril al enterarse por los diarios londinenses, y pedido explicaciones al gobierno, que no se le dieron. En virtud de las órdenes de Maza presentó un memorial el 17 de junio que hizo publicar en el Times de Londres junto con la nota de su gobierno.
La Argentina no podía asumir otra actitud, por su situación de deudora del empréstito Baring. Un deudor no puede romper relaciones con su acreedor, y la Argentina no estaba en condiciones de pagar su deuda y asumir la actitud gallarda correspondiente. Esto, por lo demás lo sabía perfectamente el gabinete británico.
No quedó a la Confederación más actitud que la protesta lírica.
Historia de las Malvinas
Relativa importancia tiene el “descubrimiento” de las Malvinas, porque su mero hecho –y menos sin arraigar en colonización- no puede fundar derecho contra los títulos españoles sobre América del sur. Los españoles de la San Antonio, que se separó de la flota de Magallanes en 1520, descubrieron las islas, en 1540 le correspondió a Esteban Gómez, los piratas Davies y Hawkins que atravesaron el estrecho dejaron la relación de una isla que llamaron Pepys, pero por su dimensión y distancia del continente no puede ser ninguna de las Malvinas; el holandés Sebaldo de Weert llegó a ellas, en 1600, pero no desembarcó: sólo dejó un nombre –Sebaldas o Sebaldinas- que no prosperaría; también anduvieron por allí los franceses De la Roche y Beauchenne en 1675 y 1701 respectivamente, sin tomar posesión.
Boungainville y el establecimiento francés en las Malvinas.
Fue el ministro de Luís XV, Choiseul, quien resolvió posesionarse de las islas y formar un establecimiento francés que en parte compensara a Francia de la pérdida de Canadá y Luisiana por la paz de 1763.
La expedición se hizo, no obstante el Pacto de Familia que aliaba a Francia con España, y se confió al capitán Luis Antonio de Boungainville, nacido en Saint Maló. Zarpado de ese puerto en setiembre de 1763, llegó a destino el 31 de enero del año siguiente: tomó posesión del archipiélago en nombre de Luis XV dándole el nombre de Malouines (de allí “Malvinas”) por su ciudad natal, y echó las bases de un fuerte y pequeña población que llamó Port-Louis.
Al enterarse el gobierno español, elevó una formal protesta, Choiseul propuso la compra de las islas, que los españoles rechazaron. Entonces, no queriendo rozar a su aliado, envió al mismo Boungainville a Madrid para concertar el traspaso de la colonia a España pagándose los gastos, más una indemnización fijada en seiscientas mil libras tornesas.
España toma posesión de las Malvinas.
Según el convenio, Bounganville pasó a Buenos Aires y se puso de acuerdo con el gobernador Bucarelli para el traspaso de la colonia y reconocimiento del dominio español en el archipiélago. El 28 de febrero de 1767 zarpó de Buenos Aires la flota franco-española con Felipe Ruiz Puente, designado gobernador; el 1 de abril se realizó en Puerto Soledad (como se llamaría la población en adelante) la ceremonia de arriar la bandera francesa e izar la española. Algunos franceses quedaron, embarcándose los demás de regreso a Saint Maló.
El establecimiento francés de Port-Luis fundado en 1764, fue devuelto a los españoles en 1767 que lo llamaron Puerto Soledad. Algo más costaría sacar a los ingleses de la isla Trinidad que habían levantado clandestinamente en 1765 Port-Egmont, creyéndose en la fabulosa isla Pepys mencionada por sus piratas.
Los ingleses.
Inglaterra tenía con España una cuenta por un compromiso arrancado al arzobispo de Manila, en Filipinas, de pagar cuatro millones de pesetas. España se negaba a hacerlo porque no podía responder de las obligaciones de un arzobispo, y porque el compromiso le había sido exigido por la fuerza al prelado al apoderarse y saquear los ingleses a Manila en la guerra terminada en 1763.
Resueltos a cobrarse los cuatro millones, buscaron los ingleses un valor de cambio que obligara a España. Al mando de John Byron (abuelo del poeta) sale una expedición en junio de 1764 a posesionarse “de la isla de S.M.B.” (Pepys), que inútilmente buscaron por las costas patagónicas. Después de recalar en Puerto Deseado y visto lo inhallable que era Pepys, Byron resuelve establecer una base en la isla Trinidad, un islote de las islas Malvinas que supone que estas estaban abandonadas.
Diversas peripecias lo demoran, y solamente el 11 de enero (de 1765) establece un fortín en una caleta, denominado Port-Egdomt en homenaje al primer Lord del Almirantazgo. No existe constancia que tomara posesión de “la isla”. Sino simplemente que estableció una pequeña base a la espera de lo que saliera. Poco después el comodoro Mac Bride, sucesor de Byron, al explorar las islas descubre la colonia de Port-Luis, todavía en poder de los franceses: se vuelve a Inglaterra a informar a los superiores, quienes se limitaron a instruirle de mantener la base en esa isla sin inmiscuirse en lo que pasaba en la isla Oriental.
Mientras tanto España ha tomado posesión de Puerto Soledad, y reclama por la intrusión, después de averiguar si en las islas donde decían haberse establecido los ingleses correspondía a alguna de las Malvinas. Pitt se limita a decir –el 22 de noviembre de 1766- que abandonaría Port-Egmont a condición de pagarse el rescate del arzobispo de Manila y darse a Inglaterra libertad de navegar el Pacífico (Considerado “mar español” por unir Filipinas a México y Perú). España no acepta; el gobernador de Buenos Aires Francisco Bucarelli ordena la expulsión de los intrusos y envía (mayo de 1770) una escuadrilla al mando del capitán Juan Ignacio Madariaga a cumplirla. Tras un corto combate el 6 de junio, los ingleses se rinden. La pequeña base queda a cargo de un oficial español.
La expulsión repercute en Londres. Jorge III exige de España la desautorización de Bucarelli y devolución de la base de Port-Egdmont, o de lo contrario iría a la guerra “por la ofensa inferida”. Por consejo de Luis XV, aliado de España que no quería ir a la guerra, Carlos III se compromete a “desagraviar a Jorge III” con la devolución de la base, bajo el compromiso de retirarse los ingleses por sí solos (22 de enero de 1771). Así, el 13 de setiembre, por pura fórmula, se devuelve la base.
Retirada de los ingleses
Los ingleses demoraron el cumplimiento del abandono. Y cuando, estrechados, lo hacen (el 20 de mayo de 1774), El virrey ordena la destrucción de la base inglesa en el islote Trinidad.
Tranquila posesión española
Desde que Boungainville dio posesión al gobernador español en el entonces Port-Luís en 1767, los españoles mantuvieron el pleno goce del archipiélago malvinense. Confirmado por el abandono de la base inglesa (nunca pasó de allí) del islote Trinidad, al norte de la isla Gran Malvina. Las islas Malvinas fue sede de los gobernadores españoles, dependientes del gobernador de Buenos Aires y luego el virrey del mismo título. Se contaron una veintena de gobernadores desde 1767 hasta 1811.
Invasión y apoderamiento de las islas Malvinas por los ingleses en 1833.
Los españoles estuvieron en el dominio de las islas desde 1767 hasta 1811. El 14 de enero de 1811 la junta española de guerra, de Montevideo, resolvió por razones de defensa, abandonar Puerto Soledad. Durante nueve años no hubo autoridad en las islas Malvinas, hasta el 27 de octubre de 1820 en que el comandante David Jewett del corsario argentino Heroína, cumpliendo órdenes dadas en marzo por el gobierno de Sarratea, entró en el abandonado Puerto Soledad, tomando posesión en nombre del gobierno de Buenos Aires, la bandera argentina quedó izada en un mástil, fue saludada por salvas reglamentarias y se pasó nota a los capitanes de los buques anclados en las inmediaciones –que mataban lobos o se abastecían con carne de las ovejas salvajes reproducidas en gran cantidad- para reconocer la jurisdicción argentina. Así lo hicieron. Ningún gobierno reclamó en los años siguientes las islas.
Desde 1823 el argentino Jorge Pacheco tenía una concesión del gobierno de Buenos Aires para explotar el ganado lanar en las islas Malvinas. Formó una sociedad con el alemán Luis Vernet y armó una expedición para reconstruir Puerto Soledad, puesta al mando del capitán de milicia Pablo Areguati. En 1826 la base de Soledad esta reinstalada. El 3 de enero de 1828 Dorrego, a un requerimiento de Vernet y Pacheco, les concedía en propiedad parcelas de tierras fiscales; el 10 de junio de 1829, el gobierno revolucionario de Lavalle creaba la comandancia política y militar de Soledad con jurisdicción en las islas Malvinas “e islas adyacentes al cabo de hornos”, nombrando a Vernet que la instaló el 29 de agosto.
El afincamiento argentino en las islas Malvinas esquiló ovejas, levantó saladeros para faenar ovinos (desde 1826 a 1831 fueron trabajadas 5.553 reses, vendidas a los balleneros que tocaban Puerto Soledad), y extendió sus actividades hasta la isla de los Estados donde llevó ganado vacuno. Reglamentó la pesca de ballenas y cacería de lobos, cobrando derecho de anclaje a quienes lo hacían.
Conflicto con los norteamericanos: atropello de la “Lexington” (diciembre de 1831).
Las expoliaciones que los buques balleneros, especialmente los norteamericanos armados en Nantucket, hacían al apoderarse sin freno de ballenas y lobos marinos, llevaron a Viamonte a dictar el 29 de octubre de 1829 un decreto que prohibía la “pesca de anfibios”, cuyo cumplimiento encargó a Vernet, comandante en el cargo-, como no tenía buques para vigilar las costas patagónicas y malvineras, Anchorena, ministro de Rosas –que mantuvo a Vernet en el cargo-, lo derogó el 6 de julio de 1831 sustituyéndolo “por ahora” con un impuesto de cinco pesos por tonelada de buque pesquero.
En su cumplimiento Vernet apresó a algunos buques de bandera norteamericana, reteniéndolos como garantía de los derechos. Enterado el cónsul norteamericano en Buenos Aires, Jorge W. Slacum, a cargo interinamente de la legación, reclamó al gobierno. Pero sin esperar sus resultados mandó a la corbeta de guerra Lexington a rescatar las presas y someter a las autoridades argentinas en las islas. La Lexington disimulándose con pabellón francés entró a Puerto Soledad el 28 de diciembre: se apoderó del comandante delegado Brisbane –Vernet había ido a Buenos Aires-, secuestró a los argentinos que no consiguieron escapar, clavó la artillería, quemó la pólvora, destruyó las pocas armas, saqueó las propiedades y destruyó las casas. Los argentinos capturados fueron llevados a Montevideo en febrero de 1832, y los balleneros norteamericanos pudieron pescar en libertad.
Balcarce, a cargo interinamente del gobierno, protestó a los Estados Unidos “por una conducta tan opuesta al derecho de las naciones como contraria a las relaciones de amistad y buena inteligencia que conservan ambas Repúblicas”, pidiendo que desautorizara al comandante de la Lexington e indemnizase el daño causado.
Rosas canceló la patente del cónsul Slacum y dio sus pasaportes al ministro Bayles como “persona no grata”. Este debió irse de Buenos Aires el 26 de setiembre de 1832, aconsejando al secretario de Estado, Livingstone, que “los Estados Unidos declarasen la guerra al gobierno de Buenos Aires”. La guerra no llegó al río de la plata porque el presidente Jackson de los Estados Unidos no tomó más medida que dejar sin proveer la legación norteamericana en Buenos Aires. Rosas mantuvo acéfala en Washington hasta 1838 en que se nombró a Alvear, con instrucciones “de entenderse directamente con la secretaría de Estado” sobre la reclamación por el atropello. Como a poco se había producido la agresión inglesa a las islas Malvinas, el problema con los norteamericanos pasó a segundo plano.
Atropello inglés de la “Clío” (3 enero de 1833)
Inglaterra dejó de hablar de su pretensión a las islas desde que los españoles estuvieron en posesión en 1767, que, por otra parte, no se fundaba en ningún derecho positivo y establecido. Pero hacia 1829 la colonización inglesa de Australia y Tasmania, cuyo tránsito se hacía en gran parte por el cabo de Hornos, señaló la conveniencia de poseer una base cerca de este. Desde luego se pensó en las Malvinas.
El Foreign Office, desempeñado en 1829 por Lord Aberdeen, encomendó al abogado real, Heberto Jenner, un estudio de los derechos ingleses a la isla Occidental. Jenner se expidió en julio de 1829 sosteniendo el título del descubrimiento. El 8 de agosto el Foreign ordenó a Parish dejar constancia al gobierno argentino de las “pretensiones” británicas a Puerto Egdmont (un islote en la isla Occidental de las Malvinas) “por ser altamente deseable la posesión de algún punto seguro donde los buques que hacen el tránsito para el Pacífico puedan abastecerse y ser carenados”, pero advirtiéndole “que no está en mis medios (del Foreign) informar ahora a usted acerca de la determinación final del gobierno británico con respecto a esas islas”. En su cumplimiento Parish dejó esa constancia en Buenos Aires el 17 de setiembre de 1830, de las pretensiones inglesas “a Puerto Egdmont” en una nota rutinaria.
La despoblación forzada de Puerto Soledad por el atropello de la Lexington, movieron al almirantazgo británico a apoderase nuevamente de Puerto Egdmont. No parecía interesarle todo el archipiélago, sino solamente una base para reparo de sus buques.
El 29 de noviembre de 1832 el capitán John James Onslow con la nave Clío, levó anclas en Río de Janeiro con instrucciones de tomar posesión de la caleta de la isla Occidental. Semanas más tarde llegó a la desolada bahía, después, y sin instrucciones, se presentó el 2 de enero de 1833 frente a Puerto Soledad en la isla Oriental.
Rosas había nombrado comandante de las islas Malvinas, mientras durase la ausencia de Vernet, al mayor de artillería Esteban Mestivier. En la goleta Sarandí, al mando de José María Pinedo, llegada a Soledad en octubre (de 1832), se habían traído algunos presos comunes para fundar una colonia penal, que fueron desembarcados. Mientras Pinedo con la Sarandí recorría las costas ahuyentando a los pesqueros norteamericanos, los confinados se sublevaron matando a Mestivier (30 de noviembre). A su regreso a Soledad en diciembre Pinedo consiguió imponerse.
El 2 de enero se presentaba Onslow con la Clío en puerto Soledad intimando a Pinedo el reconocimiento de la soberanía inglesa, aduciendo falsamente haberse convenido así entre los gobiernos argentino y británico. Pinedo, con pocas fuerzas para resistirse, se limitó a poner en un mástil en tierra la bandera argentina y dejar que los ingleses hicieran un acto de fuerza; al día siguiente 3 de enero, los británicos desembarcaron, arriaron la bandera argentina e izaron la inglesa sin que Pinedo –como dice el investigador francés Groussac- se sintiera “capaz de intentar una heroica locura”. Se limitó a ir a Buenos Aires a informar al gobierno de Balcarse.
Reclamaciones argentinas.
Conocido el atropello inglés, mereció la censura unánime de la prensa porteña. Hubo reuniones “de notables” y se convocó a la legislatura el 24 de enero. El ministro de relaciones exteriores, Maza, después de pedir –y no conseguir- una explicación del ministro inglés Gore, circuló a las provincias y a los gobiernos americanos el atropello británico. El 14 de febrero dio instrucciones a Manuel Moreno, ministro argentino en Londres, de formular una protesta “poniendo en claro los fundamentos sólidos en que se apoya deducidos de la historia”. Moreno se había adelantado el 24 de abril al enterarse por los diarios londinenses, y pedido explicaciones al gobierno, que no se le dieron. En virtud de las órdenes de Maza presentó un memorial el 17 de junio que hizo publicar en el Times de Londres junto con la nota de su gobierno.
La Argentina no podía asumir otra actitud, por su situación de deudora del empréstito Baring. Un deudor no puede romper relaciones con su acreedor, y la Argentina no estaba en condiciones de pagar su deuda y asumir la actitud gallarda correspondiente. Esto, por lo demás lo sabía perfectamente el gabinete británico.
No quedó a la Confederación más actitud que la protesta lírica.
Última edición por Eternauta el 20 Mar 2008, 19:31, editado 1 vez en total.
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El kelper que le da la razón a la Argentina
FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS ARGENTINOS SOBRE LAS ISLAS MALVINAS
Desde 1982 se ha escrito mucho sobre una disputa regional sudamericana que causó un conflicto bélico entre dos naciones que tiene una larga historia común que remonta de 1806, fecha en que una de esas naciones hizo su primer intento de invadir la otra. Estos países se llaman Gran Bretaña - el invasor de 1806 - y la Argentina que en aquel entonces todavía era una colonia española conocida como el virreinato del Río de la Plata.
El conflicto aludido duró 74 días (del 2 de abril al 14 de junio) y segó la vida de novecientos noventa y dos combatientes dejando casi dos mil hombres más heridos en distintos grados de consideración. En la batalla terrestre trece mil doscientos argentinos defensores, muchos de ellos conscriptos sin una adecuada preparación militar, lucharon contra diez mil quinientos militares profesionales ingleses por un archipiélago en los fondos del Atlántico Sur llamado las Islas Malvinas. Lo más triste de esto es que ese conflicto no tenía razón de ser y esos hogares que hoy les falta un miembro de la familia a causa de esa guerra no deberían estar huérfanos de uno de sus seres queridos.
Las raíces de la historia de la disputa por las Islas Malvinas anteceden en quinientos años los acontecimientos de 1982. Algunos estudiosos lo señalan como la controversia colonial más antigua del mundo moderno. Mucha de esa historia y la sangre que corrió innecesariamente en 1982 es producto de una intransigencia sorda y ciega de los isleños que pueblan las islas de no aceptar que la "verdad" que ellos poseen sobre los orígenes de la cuestión de los legítimos derechos soberanos de las tierras por ellos ocupadas es, en realidad, una adaptación de los hechos, moldeados a la medida de los intereses ingleses. En mi condición de nativo de las Islas como mis padres, abuelos y bisabuelos y habiendo vivido en mi terruño los primeros 34 años de mi vida, que incluye los días del conflicto armado, es mi obligación moral presentar este análisis de la controversia de la soberanía de mi tierra natal.
UN POCO DE HISTORIA
Para dirimir los conflictos por los límites territoriales del Nuevo Mundo entre Portugal y España, en 1493, el Papa Alejandro VI trazó una recta norte-sur, dividiendo el Océano Atlántico, concediendo a los Reyes Católicos de España la propiedad de las Américas... "os damos, concedemos y asignamos a perpetuidad
a vosotros y á vuestros herederos y sucesores con todos sus dominios, ciudades, fortalezas, lugares, derechos y jurisdicciones, y con todas sus pertenencias, todas aquellas islas y tierras firmes encontradas y que se encuentren descubiertas y que se descubran hacia el Occidente y el Mediodía..." transcripto de la Bula Inter Caetera.
El 7 de junio del año siguiente, 1494, los representantes del Rey de Portugal y el Rey y Reina de Castilla y Aragón se reunieron en Tordesillas para suscribir un tratado entre las respectivas coronas que reza así: "señale por el dicho océano una línea derecha de polo a polo... que es de norte a sur, la cual raya o línea se haya de dar y de derecha, como dicho es a trescientas leguas de las islas de Cabo Verde, hacia la parte del poniente... y que todo lo que hasta aquí se ha hallado y descubierto y de aquí en adelante se hallare y descubriere por el dicho señor Rey de Portugal y por sus navíos, así islas como tierra firme... pertenezca al dicho Rey de Portugal y a sus sucesores para siempre jamás, y que todo lo otro, así islas como tierra firme, halladas o por hallar, descubiertas o por descubrir que son o fuesen hallados por los dichos Señores Rey y Reina de Castilla y Aragón o por sus navíos... que todo se quede y pertenezca a los dichos señores... y a sus sucesores para siempre jamás..."
Pues en consideración de los parámetros descriptos en el tratado de Tordesillas, la ubicación geográfica de las Malvinas en el Atlántico Sur a sólo quinientos kilómetros de la costa patagónica de la Argentina es suficiente para justificar la plena jurisdicción española sobre esas tierras, aunque faltaba varios años para ser descubiertas. Es necesario saber de esos instrumentos jurídicos antes de comenzar el análisis de acontecimientos más recientes que hacen al legítimo derecho argentino a Malvinas. Otro dato que el lector común debe tener en cuenta es que, en casos que requieren de la intervención del derecho internacional, ese derecho tiene un carácter evolutivo, eso es, el fallo ajusta a las normas internacionales vigentes en los tiempos de la transgresión cometida y no por las normas que podrán estar vigentes en la actualidad.
LOS METODOS RECONOCIDOS PARA ADQUIRIR UN TITULO DE SOBERANÍA
El derecho internacional reconoce cuatro figuras "naturales" -en lenguaje jurídico títulos incoados- para adquirir la soberanía indiscutible de un territorio, a saber:
Ocupación efectiva: esto está demostrado por edificaciones permanentes,
organización administrativa o gubernamenta Prescripción: esto ocurre cuando un estado soberano no protesta la usurpación (invasión y ocupación) de su territorio ni mantiene vivo su reclamo de soberanía primogénito Cesión Voluntaria: mediante un tratado entre las partes, un estado cede voluntariamente una parte de su territorio a otro estado.
Tratado de Paz: El método más controvertido de adquirir título legítimo a un territorio.
En lenguaje sencillo, la OCUPACIÓN de una tierra como fuente de soberanía legítima, es la colonización de un territorio que no pertenece a ningún estado independiente. Esta norma internacional fué uno de los principales métodos utilizados por las potencias europeas en su expansión colonial en el siglo quince. En la medida que esa práctica se fué consolidando, se hizo lugar a otro principio legal de que esa ocupación sólo otorgaba título soberano en aquellos territorios que aún no pertenecían a ningún otro estado independiente.
Por PRESCRIPCIÓN se entiende que una potencia extranjera posee y administra un territorio, o sector de un territorio, que pertenecía a otro Estado y adquiere título legal sobre esas tierras después de un largo, pero indeterminado período de ejercer la soberanía del territorio ocupado sin encontrarse con ninguna protesta por parte del estado invadido. Un reclamo de soberanía territorial fundamentada en una ocupación ilegal y resistida por el estado soberano original quita todo sustento jurídico a ese reclamo.
La CESIÓN VOLUNTARIA de un territorio o sector de territorio, el título legal de soberanía se traspasa de una nación a otra mediante un tratado o contrato formal de cesión. En el caso de Malvinas nunca hubo un acuerdo de tal naturaleza entre el Reino Unido y la Argentina.
El método más controvertido para la adquisición de título territorial es aquel de un TRATADO DE PAZ poniendo fin a una guerra. Las Islas nunca jamás han sido sujeto de un tratado de paz anglo-argentino. La historia contemporánea está repleta de ejemplos en que una nación vencida
por las armas ha resignado a entregar territorios al vencedor como compensa de guerra. Las grandes divisiones y subdivisiones de Europa después de conflictos regionales y mundiales durante los siglos diecinueve y veinte son elocuentes ejemplos de este tipo de arreglo. Esta práctica es el causal de muchos de los conflictos bélicos actuales que una multitud de grupos étnicos y religiosos inician en el mundo hoy.
COLONIZACIÓN
La primera colonización del archipiélago de las Malvinas fué francesa. El 31 de enero de 1764 llegó a esas Islas el joven oficial francés Louis Antoine BOUNGAVILLE, que comenzó a levantar un asentamiento en el sector noroeste de la Malvina Oriental. El 5 de abril tomó posesión formal del archipiélago invocando el nombre del Rey de Francia, Luis XV, bautizando las islas con el nombre de "Les Malouines"
La Corona Española recibió una ingrata sorpresa unos meses después al tomar conocimiento de lo sucedido en las Malvinas. De inmediato protestó vigorosamente al gobierno francés por esta penetración en territorio español. Se fundamentó su protesta en el Tratado de Utrecht de 1713 y el pacto de Familia de 1761 por los cualeslas dos partes habían acordado a respetar "...todos los estados,tierras, islas y plazas que poseían en cualquier parte del mundo..." Las consiguientes negociaciones franco-españolas llegaron a un feliz término y, el 1 de abril de 1767, Bouganville devolvió la colonia a su legítima soberana: España.
En el acta de restitución, de fecha 4 de octubre de 1766, BOUGANVILLE no tuvo reparos en declarar la ilegalidad de su asentamiento: "Acte signé par Monsieur Louis de BOUGANVILLE... et fondation de ses éstablissements illegitimes dan les Iles malvines, appartenant á Sa majesté catholique..."
El Conde Francois DE BOUGANVILLE, heredero directo del navegante que colonizó las Malvinas escribió una frase durante el conflicto bélico anglo-argentino de 1982 que enfatiza el derecho indiscutible español y argentino sobre estas Islas. "Conservo como un tesoro los documentos que prueban como Luis de BOUGANVILLE, devolvió en 1767, por orden del Rey Francés Luis XV, las Islas Malvinas a la Corona Española, por reconocer que le pertenecían legítimamente, como hoy le pertenecen a la Argentina".
Bien, esta cesión formal franco-español de 1767 constituye una acto de transferencia formal y legítimo del territorio y, como tal, es de suma importancia en el caso de las Malvinas porque ajusta al derecho y constituye en la base de otro principio aleatorio de aplicación futura que es el "uti possidetis jure" o Sucesión Territorial de Estados.
Cuando España recuperó su colonia en las Islas se nombró Gobernador del archipiélago a Don. Felipe RUIZ PUENTE que asume el cargo en el mismo acto de traspaso (1° de abril de 1767). Nuevamente, éste es un elemento jurídico de relevancia. La continuidad de la administración efectiva francés-española significa que en ningún momento el territorio estaba desprovisto de autoridad de la Corona de Carlos III. España ocupó y administró las Malvinas durante los siguientes 45 años (hasta 1811) sin que ningún otro Estado independiente cuestionara esa
presencia y administración.
El motivo del repliegue de los efectivos españoles en Malvinas en 1811 obedecía a la decisión del Virrey español exiliado en Montevideo ordenó que todas las fuerzas españolas en la región del Río de la Plata y sus dependencias transferirse a Montevideo en un intento final de resistir al movimiento independentista de Buenos Aires.
LA INDEPENDENCIA ARGENTINA Y LA SUCESION TERRITORIAL
En 1810, el pueblo del Virreinato del Río de la Plata decidió liberarse del colonialismo impuesto desde Madrid e inició su lucha por la independencia. Luego de tres años de batallas, las fuerzas españolas en Montevideo fueron finalmente derrotadas y presentaron su rendición al comandante de los insurgentes, Carlos María de ALVEAR, el 20 de junio de 1814. Dos años después, en el Congreso de Tucumán de 1816, las Provincias Unidas del Río de la Plata declaró formalmente la independencia de España. El estado emergente reclamó, de acuerdo con el principio internacional de sucesión territorial, todo el territorio que le había pertenecido al Virreinato del Río de la Plata constituido en 1776. Las Malvinas fueron incorporadas a la jurisdicción establecida para este Virreinato en la fecha de su creación. Es más, el gobernador español de las islas se encontraba subordinado a la autoridad del virrey español en Buenos Aires.
El principio de la sucesión territorial establece que cuando una colonia se independiza, el nuevo estado hereda el territorio que poseía como colonia. Este derecho (sobre las Malvinas) podría haber sido lesionado por alguna protesta proveniente del Paraguay o el Uruguay porque estos estados independientes formaron parte también del antiguo Virreinato.
Sin embargo, la herencia argentina está resguardada por el mismo principio que sanciona que en casos en que la independencia de una colonia resulta en la creación de dos o más estados, éstos dividen el territorio de la antigua colonia entre ellos por medio de acuerdos o tratados. Cuando el Virreinato del Río de la Plata se transformó en el estado independiente de las Provincias Unidas del Río de la Plata (o de América del Sud) - hoy la Argentina -, dos provincias, la Audiencia de Asunción (hoy el Paraguay) y la Margen Oriental (actualmente la República Oriental del Uruguay), se separaron del gobierno central de Buenos Aires y formaron dos naciones independientes. Tanto Paraguay como Uruguay han apoyado reiterada y enérgicamente el reclamo argentino de recuperar su legítima soberanía de las Islas Malvinas.
La Argentina ejerció la posesión efectiva del territorio entre 1820 hasta el 3 de enero de 1833, fecha del desalojo forzoso inglés de la colonia argentina asentada en el mismo sitio a la Española en Puerto de la Soledad o Puerto Luis.
Por lo tanto, la Argentina conserva su inquebrantable derecho originario de título por sobre la pretensión inglesa de manifestar la soberanía del territorio malvinense como suyo.
PRESCRIPCION
Ningún análisis serio de la cuestión de la soberanía de las Malvinas puede alegar que el reclamo argentino ha proscripto. Este argumento ha sido esgrimido en base de la administración británica de la Colonia ininterrumpida desde 1833. El factor del tiempo por sí solo no transforma un acto ilegal en legal. La prescripción o pérdida del derecho legal por efecto del transcurrir del tiempo, solamente ocurre cuando el Estado lesionado acepta pasivamente el status quo nuevo en su territorio, o sector del mismo, que ha sido arrebatado.
Para que ello ocurra la Argentina debería haberse allanado) aceptado el derecho incuestionable del Reino unido al territorio) en la controversia por las Islas. En virtud de la verdad, hizo todo lo contrario. Una simple cita es suficiente para demostrar esto. El ministro argentino en Londres, Manuel Moreno, recibió instrucciones de buscar satisfacciones por el atropello inglés en las Malvinas. Su primera nota de protesta repudiando el arrebato del territorio lleva la fecha 17 de junio de 1833 es está dirigida al Lord Palmerston.
Este fue la primera de una larga serie de comunicaciones entre Moreno y funcionarios ingleses que culminó el 10 de marzo de 1842. En este último nota de protesta de Moreno se defendió enérgicamente el derecho argentino a las islas y cerró su misiva con la siguiente observación: "El abajo firmante, se ve en la obligación de declarar que el silencio de las Provincias Unidas no sea interpretado como un asentimiento tácito (de la ocupación inglesa de las Malvinas) y que el gobierno de las Provincias Unidas depositaba sus protestas contra la ocupación inglesa del territorio dejándolas con todo el valor que actualmente y en cualquier otra época puedan tener."
No hay duda entonces, que el contenido de esta nota fue una afirmación categórica y definitiva por parte del gobierno de Buenos Aires de que la Argentina nunca abandonará su legítimo derecho de soberanía a las Islas, y, en realidad, se ha continuado manteniendo firme su título a través de las repetidas protestas diplomáticos.
Desde la creación de las Naciones Unidas en 1945, la Argentina ha ventilado su reclamo en reiteradas oportunidades dentro de esta organización por la ocupación ilegítima británica de las islas Malvinas. La continua negativa argentina de consentir la usurpación de su territorio cometida en 1833 es sobrada razón para que no pueda considerarse que el título de soberanía argentino sobre éste haya fenecido por prescripción.
Por otra parte, en 1965, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó con amplia mayoría la Resolución 2065 (XX), reconociendo la efectiva existencia de una disputa territorial entre Gran Bretaña y la Argentina por la soberanía del archipiélago malvinense en el fondo del Atlántico Sur y 500 kilómetros mar adentro de la costa patagónica argentina. Esta resolución es un reconocimiento implícito que el reclamo argentino de soberanía sobre ese archipiélago nunca prescribió.
Para concluir este breve resumen, es apropiado hacer una referencia a un período de ocho años entre 1766 y 1774 cuando un asentamiento británico afincó esporádicamente en el Puerto de la Cruzada, Isla de Trinidad, frente a la Gran Malvina. En 1770, el virrey español en Buenos Aires, ordenó que se expulsara los ingleses de allí cumpliéndose el cometido el 10 de junio de 1770. Un año después, se permitió el regreso de los ingleses a la Isla de Trinidad donde permanecieron hasta 1774, fecha en que se abandonaron el territorio definitivamente. En ningún momento entre 1766 y 1774 (el tiempo que duró la presencia esporádica británica) hubo una protesta por parte del gobierno británico cuestionando el dominio efectivo español sobre la totalidad del territorio malvinense. Esta falta de reclamo sólo puede interpretarse como una aceptación implícita inglés del título incontestable español sobre las Islas.
CESIÓN VOLUNTARIA
Nunca hubo - ni hay - ánimo diplomático o político argentino de ceder las islas a la Gran Bretaña. Precisamente, la ausencia de este instrumento legal hace la presencia británica en el territorio absoluta y indiscutiblemente ilegítima. El verdadero ánimo del gobierno y pueblo argentino está reflejado en la cláusula Constitucional argentina que reza, y transcribo textualmente:
"La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre
las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios
marítimos e insulares correspondientes^ por ser parte integrante del territorio nacional.
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía,
respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino." Fin de cita.
TRATADO DE PAZ
No hay ningún tratado bilateral anglo-argentino de entrega de territorio como consecuencia del conflicto bélico de 1982. Cinco meses de terminado ese conflicto, la Asamblea General de las Naciones Unidas trató el asunto de la disputa por la soberanía de las Islas Malvinas y instó a los dos Naciones involucradas en esa controversia (el Reino Unido y la Argentina) a resolverlo en la mesa de negociaciones, teniendo en cuenta los intereses de los habitantes del territorio. Es claro entonces, que los acontecimientos del 2 de abril al 14 de junio de 1982 no hicieron nada para resolver la cuestión central de la soberanía.
REFLEXIONES FINALES
La República Argentina ha expresada reiteradamente su compromiso y disposición a otorgar todas las garantías y salvaguardas necesarias con el propósito de preservar las características y el estilo de vida de los isleños. La Argentina tiene un firme mandato para desarrollar discusiones exhaustivas sobre el alcance y contenido de las garantías y salvaguardas adecuándolas conforme a los intereses de los habitantes del territorio en un contexto jurídico, legal, económico y espiritual.
La República Argentina confía que el Reino Unido, acatándose a los términos de las numerosas solicitudes de la Comunidad Internacional y dentro del marco auspicioso de las relaciones bilaterales, concede a restablecer negociaciones con fines de resolver definitivamente la disputa.
La Republica Argentina reitera su entera su entera disposición a reasumir las negociaciones de la disputa a los efectos de encontrar una solución justa, pacífica y definitiva a la cuestión de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del sur y Sandwich del Sur con los espacios marítimos e insulares correspondientes.
El Reino Unido ¿cuándo asumirá su obligación ético-moral de cumplir con las exigencias de la comunidad internacional?
Autor: Alexander J. Betts
http://elmalvinense.iespana.es/elmalvin ... rechos.htm
FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS ARGENTINOS SOBRE LAS ISLAS MALVINAS
Desde 1982 se ha escrito mucho sobre una disputa regional sudamericana que causó un conflicto bélico entre dos naciones que tiene una larga historia común que remonta de 1806, fecha en que una de esas naciones hizo su primer intento de invadir la otra. Estos países se llaman Gran Bretaña - el invasor de 1806 - y la Argentina que en aquel entonces todavía era una colonia española conocida como el virreinato del Río de la Plata.
El conflicto aludido duró 74 días (del 2 de abril al 14 de junio) y segó la vida de novecientos noventa y dos combatientes dejando casi dos mil hombres más heridos en distintos grados de consideración. En la batalla terrestre trece mil doscientos argentinos defensores, muchos de ellos conscriptos sin una adecuada preparación militar, lucharon contra diez mil quinientos militares profesionales ingleses por un archipiélago en los fondos del Atlántico Sur llamado las Islas Malvinas. Lo más triste de esto es que ese conflicto no tenía razón de ser y esos hogares que hoy les falta un miembro de la familia a causa de esa guerra no deberían estar huérfanos de uno de sus seres queridos.
Las raíces de la historia de la disputa por las Islas Malvinas anteceden en quinientos años los acontecimientos de 1982. Algunos estudiosos lo señalan como la controversia colonial más antigua del mundo moderno. Mucha de esa historia y la sangre que corrió innecesariamente en 1982 es producto de una intransigencia sorda y ciega de los isleños que pueblan las islas de no aceptar que la "verdad" que ellos poseen sobre los orígenes de la cuestión de los legítimos derechos soberanos de las tierras por ellos ocupadas es, en realidad, una adaptación de los hechos, moldeados a la medida de los intereses ingleses. En mi condición de nativo de las Islas como mis padres, abuelos y bisabuelos y habiendo vivido en mi terruño los primeros 34 años de mi vida, que incluye los días del conflicto armado, es mi obligación moral presentar este análisis de la controversia de la soberanía de mi tierra natal.
UN POCO DE HISTORIA
Para dirimir los conflictos por los límites territoriales del Nuevo Mundo entre Portugal y España, en 1493, el Papa Alejandro VI trazó una recta norte-sur, dividiendo el Océano Atlántico, concediendo a los Reyes Católicos de España la propiedad de las Américas... "os damos, concedemos y asignamos a perpetuidad
a vosotros y á vuestros herederos y sucesores con todos sus dominios, ciudades, fortalezas, lugares, derechos y jurisdicciones, y con todas sus pertenencias, todas aquellas islas y tierras firmes encontradas y que se encuentren descubiertas y que se descubran hacia el Occidente y el Mediodía..." transcripto de la Bula Inter Caetera.
El 7 de junio del año siguiente, 1494, los representantes del Rey de Portugal y el Rey y Reina de Castilla y Aragón se reunieron en Tordesillas para suscribir un tratado entre las respectivas coronas que reza así: "señale por el dicho océano una línea derecha de polo a polo... que es de norte a sur, la cual raya o línea se haya de dar y de derecha, como dicho es a trescientas leguas de las islas de Cabo Verde, hacia la parte del poniente... y que todo lo que hasta aquí se ha hallado y descubierto y de aquí en adelante se hallare y descubriere por el dicho señor Rey de Portugal y por sus navíos, así islas como tierra firme... pertenezca al dicho Rey de Portugal y a sus sucesores para siempre jamás, y que todo lo otro, así islas como tierra firme, halladas o por hallar, descubiertas o por descubrir que son o fuesen hallados por los dichos Señores Rey y Reina de Castilla y Aragón o por sus navíos... que todo se quede y pertenezca a los dichos señores... y a sus sucesores para siempre jamás..."
Pues en consideración de los parámetros descriptos en el tratado de Tordesillas, la ubicación geográfica de las Malvinas en el Atlántico Sur a sólo quinientos kilómetros de la costa patagónica de la Argentina es suficiente para justificar la plena jurisdicción española sobre esas tierras, aunque faltaba varios años para ser descubiertas. Es necesario saber de esos instrumentos jurídicos antes de comenzar el análisis de acontecimientos más recientes que hacen al legítimo derecho argentino a Malvinas. Otro dato que el lector común debe tener en cuenta es que, en casos que requieren de la intervención del derecho internacional, ese derecho tiene un carácter evolutivo, eso es, el fallo ajusta a las normas internacionales vigentes en los tiempos de la transgresión cometida y no por las normas que podrán estar vigentes en la actualidad.
LOS METODOS RECONOCIDOS PARA ADQUIRIR UN TITULO DE SOBERANÍA
El derecho internacional reconoce cuatro figuras "naturales" -en lenguaje jurídico títulos incoados- para adquirir la soberanía indiscutible de un territorio, a saber:
Ocupación efectiva: esto está demostrado por edificaciones permanentes,
organización administrativa o gubernamenta Prescripción: esto ocurre cuando un estado soberano no protesta la usurpación (invasión y ocupación) de su territorio ni mantiene vivo su reclamo de soberanía primogénito Cesión Voluntaria: mediante un tratado entre las partes, un estado cede voluntariamente una parte de su territorio a otro estado.
Tratado de Paz: El método más controvertido de adquirir título legítimo a un territorio.
En lenguaje sencillo, la OCUPACIÓN de una tierra como fuente de soberanía legítima, es la colonización de un territorio que no pertenece a ningún estado independiente. Esta norma internacional fué uno de los principales métodos utilizados por las potencias europeas en su expansión colonial en el siglo quince. En la medida que esa práctica se fué consolidando, se hizo lugar a otro principio legal de que esa ocupación sólo otorgaba título soberano en aquellos territorios que aún no pertenecían a ningún otro estado independiente.
Por PRESCRIPCIÓN se entiende que una potencia extranjera posee y administra un territorio, o sector de un territorio, que pertenecía a otro Estado y adquiere título legal sobre esas tierras después de un largo, pero indeterminado período de ejercer la soberanía del territorio ocupado sin encontrarse con ninguna protesta por parte del estado invadido. Un reclamo de soberanía territorial fundamentada en una ocupación ilegal y resistida por el estado soberano original quita todo sustento jurídico a ese reclamo.
La CESIÓN VOLUNTARIA de un territorio o sector de territorio, el título legal de soberanía se traspasa de una nación a otra mediante un tratado o contrato formal de cesión. En el caso de Malvinas nunca hubo un acuerdo de tal naturaleza entre el Reino Unido y la Argentina.
El método más controvertido para la adquisición de título territorial es aquel de un TRATADO DE PAZ poniendo fin a una guerra. Las Islas nunca jamás han sido sujeto de un tratado de paz anglo-argentino. La historia contemporánea está repleta de ejemplos en que una nación vencida
por las armas ha resignado a entregar territorios al vencedor como compensa de guerra. Las grandes divisiones y subdivisiones de Europa después de conflictos regionales y mundiales durante los siglos diecinueve y veinte son elocuentes ejemplos de este tipo de arreglo. Esta práctica es el causal de muchos de los conflictos bélicos actuales que una multitud de grupos étnicos y religiosos inician en el mundo hoy.
COLONIZACIÓN
La primera colonización del archipiélago de las Malvinas fué francesa. El 31 de enero de 1764 llegó a esas Islas el joven oficial francés Louis Antoine BOUNGAVILLE, que comenzó a levantar un asentamiento en el sector noroeste de la Malvina Oriental. El 5 de abril tomó posesión formal del archipiélago invocando el nombre del Rey de Francia, Luis XV, bautizando las islas con el nombre de "Les Malouines"
La Corona Española recibió una ingrata sorpresa unos meses después al tomar conocimiento de lo sucedido en las Malvinas. De inmediato protestó vigorosamente al gobierno francés por esta penetración en territorio español. Se fundamentó su protesta en el Tratado de Utrecht de 1713 y el pacto de Familia de 1761 por los cualeslas dos partes habían acordado a respetar "...todos los estados,tierras, islas y plazas que poseían en cualquier parte del mundo..." Las consiguientes negociaciones franco-españolas llegaron a un feliz término y, el 1 de abril de 1767, Bouganville devolvió la colonia a su legítima soberana: España.
En el acta de restitución, de fecha 4 de octubre de 1766, BOUGANVILLE no tuvo reparos en declarar la ilegalidad de su asentamiento: "Acte signé par Monsieur Louis de BOUGANVILLE... et fondation de ses éstablissements illegitimes dan les Iles malvines, appartenant á Sa majesté catholique..."
El Conde Francois DE BOUGANVILLE, heredero directo del navegante que colonizó las Malvinas escribió una frase durante el conflicto bélico anglo-argentino de 1982 que enfatiza el derecho indiscutible español y argentino sobre estas Islas. "Conservo como un tesoro los documentos que prueban como Luis de BOUGANVILLE, devolvió en 1767, por orden del Rey Francés Luis XV, las Islas Malvinas a la Corona Española, por reconocer que le pertenecían legítimamente, como hoy le pertenecen a la Argentina".
Bien, esta cesión formal franco-español de 1767 constituye una acto de transferencia formal y legítimo del territorio y, como tal, es de suma importancia en el caso de las Malvinas porque ajusta al derecho y constituye en la base de otro principio aleatorio de aplicación futura que es el "uti possidetis jure" o Sucesión Territorial de Estados.
Cuando España recuperó su colonia en las Islas se nombró Gobernador del archipiélago a Don. Felipe RUIZ PUENTE que asume el cargo en el mismo acto de traspaso (1° de abril de 1767). Nuevamente, éste es un elemento jurídico de relevancia. La continuidad de la administración efectiva francés-española significa que en ningún momento el territorio estaba desprovisto de autoridad de la Corona de Carlos III. España ocupó y administró las Malvinas durante los siguientes 45 años (hasta 1811) sin que ningún otro Estado independiente cuestionara esa
presencia y administración.
El motivo del repliegue de los efectivos españoles en Malvinas en 1811 obedecía a la decisión del Virrey español exiliado en Montevideo ordenó que todas las fuerzas españolas en la región del Río de la Plata y sus dependencias transferirse a Montevideo en un intento final de resistir al movimiento independentista de Buenos Aires.
LA INDEPENDENCIA ARGENTINA Y LA SUCESION TERRITORIAL
En 1810, el pueblo del Virreinato del Río de la Plata decidió liberarse del colonialismo impuesto desde Madrid e inició su lucha por la independencia. Luego de tres años de batallas, las fuerzas españolas en Montevideo fueron finalmente derrotadas y presentaron su rendición al comandante de los insurgentes, Carlos María de ALVEAR, el 20 de junio de 1814. Dos años después, en el Congreso de Tucumán de 1816, las Provincias Unidas del Río de la Plata declaró formalmente la independencia de España. El estado emergente reclamó, de acuerdo con el principio internacional de sucesión territorial, todo el territorio que le había pertenecido al Virreinato del Río de la Plata constituido en 1776. Las Malvinas fueron incorporadas a la jurisdicción establecida para este Virreinato en la fecha de su creación. Es más, el gobernador español de las islas se encontraba subordinado a la autoridad del virrey español en Buenos Aires.
El principio de la sucesión territorial establece que cuando una colonia se independiza, el nuevo estado hereda el territorio que poseía como colonia. Este derecho (sobre las Malvinas) podría haber sido lesionado por alguna protesta proveniente del Paraguay o el Uruguay porque estos estados independientes formaron parte también del antiguo Virreinato.
Sin embargo, la herencia argentina está resguardada por el mismo principio que sanciona que en casos en que la independencia de una colonia resulta en la creación de dos o más estados, éstos dividen el territorio de la antigua colonia entre ellos por medio de acuerdos o tratados. Cuando el Virreinato del Río de la Plata se transformó en el estado independiente de las Provincias Unidas del Río de la Plata (o de América del Sud) - hoy la Argentina -, dos provincias, la Audiencia de Asunción (hoy el Paraguay) y la Margen Oriental (actualmente la República Oriental del Uruguay), se separaron del gobierno central de Buenos Aires y formaron dos naciones independientes. Tanto Paraguay como Uruguay han apoyado reiterada y enérgicamente el reclamo argentino de recuperar su legítima soberanía de las Islas Malvinas.
La Argentina ejerció la posesión efectiva del territorio entre 1820 hasta el 3 de enero de 1833, fecha del desalojo forzoso inglés de la colonia argentina asentada en el mismo sitio a la Española en Puerto de la Soledad o Puerto Luis.
Por lo tanto, la Argentina conserva su inquebrantable derecho originario de título por sobre la pretensión inglesa de manifestar la soberanía del territorio malvinense como suyo.
PRESCRIPCION
Ningún análisis serio de la cuestión de la soberanía de las Malvinas puede alegar que el reclamo argentino ha proscripto. Este argumento ha sido esgrimido en base de la administración británica de la Colonia ininterrumpida desde 1833. El factor del tiempo por sí solo no transforma un acto ilegal en legal. La prescripción o pérdida del derecho legal por efecto del transcurrir del tiempo, solamente ocurre cuando el Estado lesionado acepta pasivamente el status quo nuevo en su territorio, o sector del mismo, que ha sido arrebatado.
Para que ello ocurra la Argentina debería haberse allanado) aceptado el derecho incuestionable del Reino unido al territorio) en la controversia por las Islas. En virtud de la verdad, hizo todo lo contrario. Una simple cita es suficiente para demostrar esto. El ministro argentino en Londres, Manuel Moreno, recibió instrucciones de buscar satisfacciones por el atropello inglés en las Malvinas. Su primera nota de protesta repudiando el arrebato del territorio lleva la fecha 17 de junio de 1833 es está dirigida al Lord Palmerston.
Este fue la primera de una larga serie de comunicaciones entre Moreno y funcionarios ingleses que culminó el 10 de marzo de 1842. En este último nota de protesta de Moreno se defendió enérgicamente el derecho argentino a las islas y cerró su misiva con la siguiente observación: "El abajo firmante, se ve en la obligación de declarar que el silencio de las Provincias Unidas no sea interpretado como un asentimiento tácito (de la ocupación inglesa de las Malvinas) y que el gobierno de las Provincias Unidas depositaba sus protestas contra la ocupación inglesa del territorio dejándolas con todo el valor que actualmente y en cualquier otra época puedan tener."
No hay duda entonces, que el contenido de esta nota fue una afirmación categórica y definitiva por parte del gobierno de Buenos Aires de que la Argentina nunca abandonará su legítimo derecho de soberanía a las Islas, y, en realidad, se ha continuado manteniendo firme su título a través de las repetidas protestas diplomáticos.
Desde la creación de las Naciones Unidas en 1945, la Argentina ha ventilado su reclamo en reiteradas oportunidades dentro de esta organización por la ocupación ilegítima británica de las islas Malvinas. La continua negativa argentina de consentir la usurpación de su territorio cometida en 1833 es sobrada razón para que no pueda considerarse que el título de soberanía argentino sobre éste haya fenecido por prescripción.
Por otra parte, en 1965, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó con amplia mayoría la Resolución 2065 (XX), reconociendo la efectiva existencia de una disputa territorial entre Gran Bretaña y la Argentina por la soberanía del archipiélago malvinense en el fondo del Atlántico Sur y 500 kilómetros mar adentro de la costa patagónica argentina. Esta resolución es un reconocimiento implícito que el reclamo argentino de soberanía sobre ese archipiélago nunca prescribió.
Para concluir este breve resumen, es apropiado hacer una referencia a un período de ocho años entre 1766 y 1774 cuando un asentamiento británico afincó esporádicamente en el Puerto de la Cruzada, Isla de Trinidad, frente a la Gran Malvina. En 1770, el virrey español en Buenos Aires, ordenó que se expulsara los ingleses de allí cumpliéndose el cometido el 10 de junio de 1770. Un año después, se permitió el regreso de los ingleses a la Isla de Trinidad donde permanecieron hasta 1774, fecha en que se abandonaron el territorio definitivamente. En ningún momento entre 1766 y 1774 (el tiempo que duró la presencia esporádica británica) hubo una protesta por parte del gobierno británico cuestionando el dominio efectivo español sobre la totalidad del territorio malvinense. Esta falta de reclamo sólo puede interpretarse como una aceptación implícita inglés del título incontestable español sobre las Islas.
CESIÓN VOLUNTARIA
Nunca hubo - ni hay - ánimo diplomático o político argentino de ceder las islas a la Gran Bretaña. Precisamente, la ausencia de este instrumento legal hace la presencia británica en el territorio absoluta y indiscutiblemente ilegítima. El verdadero ánimo del gobierno y pueblo argentino está reflejado en la cláusula Constitucional argentina que reza, y transcribo textualmente:
"La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre
las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios
marítimos e insulares correspondientes^ por ser parte integrante del territorio nacional.
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía,
respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino." Fin de cita.
TRATADO DE PAZ
No hay ningún tratado bilateral anglo-argentino de entrega de territorio como consecuencia del conflicto bélico de 1982. Cinco meses de terminado ese conflicto, la Asamblea General de las Naciones Unidas trató el asunto de la disputa por la soberanía de las Islas Malvinas y instó a los dos Naciones involucradas en esa controversia (el Reino Unido y la Argentina) a resolverlo en la mesa de negociaciones, teniendo en cuenta los intereses de los habitantes del territorio. Es claro entonces, que los acontecimientos del 2 de abril al 14 de junio de 1982 no hicieron nada para resolver la cuestión central de la soberanía.
REFLEXIONES FINALES
La República Argentina ha expresada reiteradamente su compromiso y disposición a otorgar todas las garantías y salvaguardas necesarias con el propósito de preservar las características y el estilo de vida de los isleños. La Argentina tiene un firme mandato para desarrollar discusiones exhaustivas sobre el alcance y contenido de las garantías y salvaguardas adecuándolas conforme a los intereses de los habitantes del territorio en un contexto jurídico, legal, económico y espiritual.
La República Argentina confía que el Reino Unido, acatándose a los términos de las numerosas solicitudes de la Comunidad Internacional y dentro del marco auspicioso de las relaciones bilaterales, concede a restablecer negociaciones con fines de resolver definitivamente la disputa.
La Republica Argentina reitera su entera su entera disposición a reasumir las negociaciones de la disputa a los efectos de encontrar una solución justa, pacífica y definitiva a la cuestión de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del sur y Sandwich del Sur con los espacios marítimos e insulares correspondientes.
El Reino Unido ¿cuándo asumirá su obligación ético-moral de cumplir con las exigencias de la comunidad internacional?
Autor: Alexander J. Betts
http://elmalvinense.iespana.es/elmalvin ... rechos.htm
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Para el Derecho Internacional Publico, la cuestión de la cantidad de años transcurridos juega un papel relativo ya que dependen de las circunstancias particulares de cada caso, lo que a nosotros nos importa es que el Reino Unido no puede alegar la prescripción para validar su titulo porque Argentina viene reclamando por sus derechos, de distintas formas, desde el año 1833 y pasando por los años 1834, 1838, 1841, 1842, 1848, 1849, 1884, 1885, 1886, 1887, 1888, 1908, 1910, 1925, 1926, 1927, 1933, 1936, 1937, 1938, 1939, 1940, 1943, 1945, 1946 en adelante, realizando seis pedidos de arbitraje rechazados por Gran Bretaña (1884, 1888, 1936), con 9 resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 24 resoluciones del Comité Especial de Descolonización y 2 del Consejo de Seguridad.
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Islas Malvinas
Títulos jurídicos esgrimidos por Gran Bretaña
Por el doctor Martín Ferullo
Título: Abogado - Facultad de Derecho Universidad Nacional de Rosario (U.N.R.)
E-Mail: [email protected]
El Reino Unido de la Gran Bretaña apoya su discusión jurídica, basándose fundamentalmente en cuatro títulos (remito al Punto 3 la definición del concepto "Título"):
1_ Descubrimiento de las islas: Los ingleses invocan un título originario en el Derecho Internacional Público, como es el del descubrimiento. Defienden la teoría que un marino inglés, de nombre Strong fue quien descubrió las islas hacia el año 1592. A esta altura de la exposición, remito al lector preocupado por la cuestión al punto 1 de este mismo trabajo, donde abordé la problemática en orden a la cuestión histórica sobre las Islas Malvinas. Agrego, en esta intervención, que no existe certeza de dicho descubrimiento; y aún en el caso en que lo hubiera, el sólo hecho de descubrir un territorio no basta por sí sólo para reclamar la soberanía sobre el mismo.
2_ Ocupación de las Islas en 1767: Los británicos también apoyan sus argumentos en la ocupación que hicieron de las mismas, hacia el año 1767 (sobre esta consideración también me referí en el punto 1 del presente trabajo.) Este argumento también pierde seriedad si se comprende acabadamente que dicha ocupación fue ilícita, clandestina, precaria, parcial e interrumpida.
3_ Prescripción adquisitiva: Ya hice referencia al instituto de la prescripción en el punto anterior. Inglaterra también alude este falso título. Y es falso, porque para que el instituto de la prescripción adquisitiva exista y pueda dar lugar a derecho alguno, es necesario una posesión pacífica, continua, ininterrrumpida e incontestada del territorio. Es claro y evidente que ninguno de estos requisitos existió; muy por el contrario, es el caso extremadamente inverso.
4_ La conquista: Tampoco éste es un argumento válido, porque la conquista en el Derecho Internacional Público de esa época, requería de una declaración de guerra previa y de un reconocimiento posterior por parte del vencido; y en el caso de marras, ninguna de estas condiciones se dio.
Títulos jurídicos esgrimidos por Gran Bretaña
Por el doctor Martín Ferullo
Título: Abogado - Facultad de Derecho Universidad Nacional de Rosario (U.N.R.)
E-Mail: [email protected]
El Reino Unido de la Gran Bretaña apoya su discusión jurídica, basándose fundamentalmente en cuatro títulos (remito al Punto 3 la definición del concepto "Título"):
1_ Descubrimiento de las islas: Los ingleses invocan un título originario en el Derecho Internacional Público, como es el del descubrimiento. Defienden la teoría que un marino inglés, de nombre Strong fue quien descubrió las islas hacia el año 1592. A esta altura de la exposición, remito al lector preocupado por la cuestión al punto 1 de este mismo trabajo, donde abordé la problemática en orden a la cuestión histórica sobre las Islas Malvinas. Agrego, en esta intervención, que no existe certeza de dicho descubrimiento; y aún en el caso en que lo hubiera, el sólo hecho de descubrir un territorio no basta por sí sólo para reclamar la soberanía sobre el mismo.
2_ Ocupación de las Islas en 1767: Los británicos también apoyan sus argumentos en la ocupación que hicieron de las mismas, hacia el año 1767 (sobre esta consideración también me referí en el punto 1 del presente trabajo.) Este argumento también pierde seriedad si se comprende acabadamente que dicha ocupación fue ilícita, clandestina, precaria, parcial e interrumpida.
3_ Prescripción adquisitiva: Ya hice referencia al instituto de la prescripción en el punto anterior. Inglaterra también alude este falso título. Y es falso, porque para que el instituto de la prescripción adquisitiva exista y pueda dar lugar a derecho alguno, es necesario una posesión pacífica, continua, ininterrrumpida e incontestada del territorio. Es claro y evidente que ninguno de estos requisitos existió; muy por el contrario, es el caso extremadamente inverso.
4_ La conquista: Tampoco éste es un argumento válido, porque la conquista en el Derecho Internacional Público de esa época, requería de una declaración de guerra previa y de un reconocimiento posterior por parte del vencido; y en el caso de marras, ninguna de estas condiciones se dio.
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Malvinas jamás fue y nunca podrá ser NACIÓN bajo las circunstancias actuales.
por el kelper Alexander Betts
La Ley de Ciudadanía Británica de 1983 otorgó a los isleños NATIVOS del territorio, una pseudonacionalidad inglesa que no permite independizarse de la Corona Británica, como así también, le quita toda posibilidad de considerarse “pueblo isleño”, beneficiarios de la autodeterminación.
A partir de entonces, los isleños nativos se transformaron en compatriotas de los ingleses, galeses, escoceses e irlandeses del norte.
Sin embargo, hay una curiosidad aquí que valga poner a conocimiento de nuestro ilustre amigo: La Ley de Ciudadanía Británica vigente con anterioridad al año 1983, establecía, con total claridad, que los hijos de ciudadanos de territorios dependientes británicos, (entre ellos léase las Malvinas), no nacían británicos.
Eran, igual a sus padres, ciudadanos de territorios dependientes británicos”: una categoría muy especial y atípico, que no les daba derechos a vivir y trabajar en el Reino Unido.
Es decir: “individuos sin estado”. Es por demás agregar que ese estado carencia de nacionalidad no extendía a los residentes provenientes del Reino Unido.
Por supuesto, los isleños jamás atrevían a mencionar la palabra discriminación, pero, lo dejo a sus propias conclusiones para ponerle un adjetivo adecuado a esta política de estado del gobierno inglés.
Saludos!
por el kelper Alexander Betts
La Ley de Ciudadanía Británica de 1983 otorgó a los isleños NATIVOS del territorio, una pseudonacionalidad inglesa que no permite independizarse de la Corona Británica, como así también, le quita toda posibilidad de considerarse “pueblo isleño”, beneficiarios de la autodeterminación.
A partir de entonces, los isleños nativos se transformaron en compatriotas de los ingleses, galeses, escoceses e irlandeses del norte.
Sin embargo, hay una curiosidad aquí que valga poner a conocimiento de nuestro ilustre amigo: La Ley de Ciudadanía Británica vigente con anterioridad al año 1983, establecía, con total claridad, que los hijos de ciudadanos de territorios dependientes británicos, (entre ellos léase las Malvinas), no nacían británicos.
Eran, igual a sus padres, ciudadanos de territorios dependientes británicos”: una categoría muy especial y atípico, que no les daba derechos a vivir y trabajar en el Reino Unido.
Es decir: “individuos sin estado”. Es por demás agregar que ese estado carencia de nacionalidad no extendía a los residentes provenientes del Reino Unido.
Por supuesto, los isleños jamás atrevían a mencionar la palabra discriminación, pero, lo dejo a sus propias conclusiones para ponerle un adjetivo adecuado a esta política de estado del gobierno inglés.
Saludos!
- karlosculo
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Última edición por Sobremonte el 25 Mar 2008, 18:56, editado 2 veces en total.
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