Isocrates escribió:La obligación de la potencia que ostentaba el mandato era poner en marcha un sistema legal que protegiese los derechos de la población que residía en palestina. No era obligación de los habitantes cumplir los requisitos que la potencia impusiera para poder conservar sus propiedades, sino que era obligación de la potencia establecer (o mantener) un sistema que permitiese a los habitantes defender sus derechos. Al formase un Estado como sucesor de mandato británico en una parte del territorio, asumió las mismas obligaciones. Decir que la culpa de que un estado (o potencia) adopte un sistema de reconocimiento de la propiedad que impide el reconocimiento de los derechos de propiedad de un completísimo sector de población, es un disparate.
Isocrates,
Lo que dice Experten no es incorrecto. A lo largo de los años las cortes se han encontrado con casos para nada claros intentado esteblecer quiénes son los dueños legales de territorio en Cisjordania. Es un problema que data de la era Otomana y del complicado sistema de propiedad de tierras que tenían, donde existían figuras legales en la que las tierras le pertenecían al Estado y eran cedidas a particulares con derecho a trabajarlas. Por no mencionar las enormes extensiones que eran tierras del Estado a secas y que en el caos que sigue a la guerra simplemente fueron tomadas por particulares, que luego las mejoraban con bienhechurías.
Una gran mayoría harían como hace todo el que tiene una familia y piensa en su seguridad: ponerla a salvo. Y luego intentó volver a sus casas. Y diría que la mayor parte no de "anexaron" a nada. No, desde luego, antes de que se les denegase el retorno (y cualquier indemnización por sus propiedades). Y tampoco después.
Más o menos como les pasó a los refugiados Judíos, ¿No? Jerusalén la vaciaron los Jordanos a cañonazo limpio y todas las propiedades Judías se las quedaron, gracias. Ni indemnización ni nada. Y lo mismo la masa de refugiados Judíos que tuvieron que irse de países Arabes... la mayoría una maleta y los demás dejado atrás y perdido para la historia.
Y digo "mas o menos" porque el valor de las propiedades dejadas atrás por cada uno ha sido estudiada con los años, empezando por la Comisión de Conciliación de las Naciones Unidas establecida por la Resolución 194. Según la Comisión, el valor total de las propiedades dejadas atrás por Arabes en Israel sumaba 350 millones de dólares. Lo expropiado a dueños Judíos en los países Arabes suma mas o menos el doble.
¿Entonces?
El tratado Sykes-Picot es anterior, incluso, a la declaración de Balfour, no digamos al establecimiento del mandato británico.
Madre mía, qué verguenza. Disculpa la burrada, eso me pasa por escribir a la rápida.
No es el tratado Sykes-Picot, es el acuerdo bilateral de Marzo de 1923 donde el Reino Unido intercambia el Golán por ajustes territoriales en la frontera Libanesa.
Por otra parte, tanto la declaración de San Remo como su origen, la declaración de Balfour, hacen referencia, en cuanto al establecimiento de un "hogar nacional judio" a una "Palestina" que no es la que luego se integra en el mandato. De hecho y por obvios motivos, la referencia de Balfour solo puede ser histórica y geográfica, y ni histórica ni geográficamente habían recibido la denominación de "Palestina" las grandes extensiones de transjordania. Ese hecho quedó recogido en el white paper de 1.922 y en propio artículo 25 del mandato, que señala de forma expresa que las disposiciones (relativas al establecimiento de un hogar nacional juicio) podrían quedar sin aplicar en lo que conocemos como transjordania.
Ya, no digo lo contrario. No por eso deja de ser cierto que la gran mayoría del territorio del Mandato fué asignado a los Arabes de la región. Y más cierto todavía es que el destino de la población Arabe si estuvo considerado por la jefatura Sionista. No sólo en papel desde
Altneuland mismo... Hay que recordar que las grandes potencias eran las que negociaban los repartos territoriales, pero detrás de esos acuerdos habían discusiones entre las demás partes.
Quiénes se iban a quedar con qué cosa estaba ya delineado a grosso modo antes de San Remo. Cuando se trata de la repartición del Mandato, la jefatura Sionista ya había alcanzado un entendimiento con el liderazgo reconocido de la parte Arabe, el Rey Faisal. Obviamente me refiero al Acuerdo Faisal-Weizmann de 1919.
Pues bien, los artículos del acuerdo son transparentes en ese aspecto. La jefatura Sionista se compromete a respetar los derechos de la población Arabe, declara una política de no-discriminación en cuanto derechos civiles se trata. Cede además la administración de los sitios religiosos Musulmanes al Waqf, que no es poca cosa si se tiene en mente que muchos de esos sitios religioso Musulmanes son también los sitios religioso más sagrados del Judaísmo. Se compromete además a velar por y fomentar el desarrollo económico de los Arabes de Palestina.
Ergo, es incorrecto decir que era parte del macabro plan Sionista quedarse con toda Palestina, cuando en realidad aceptaron el 14% del Mandato y desde el principio reconocieron todos los derechos de la población Arabe.
La cesión al mandato francés de los altos del Golan se realiza después de que una comisión anglo francesa fije de común acuerdo los límites entre los dos mandatos, y en el mismo acuerdo el mandato británico también "recibió" territorio. Por cierto, la de limitación fue aprobada por la Sociedad de Naciones en 1.934, así que ese firmante de la 242 que decía que era "territorio recuperado"no estaba demasiado enterado. Bueno, ni demasiado, ni mucho, y casi ni poco. Aunque un territorio formase parte del mandato británico, y estuviese a este lado del Jordán, nada en la declaración de Balfour ni en el tratado de San Remo, ni en nada... implicaba que debiera pasara formar parte de un estado separado.
Me sorprende, porque todas las fuentes que estoy revisando dicen que la última modificación al Mandato refrendada por la Sociedad de Naciones es el memorando de Septiembre, 1922, que crea un Estado Arabe en Transjordania. Maestro, si no es mucha molestia, ¿Tiene enlace o referencia?
En general el acuerdo bilateral entre Francia y el Reino Unido contraviene lo acordado durante el establecimiento del Mandato. Estos términos del Mandato fueron aprobados de modo unánime por la Liga de Naciones, incuyendo el Artículo V que establece blanco y en botella que el mandatario
no puede modificar los límites de Palestina de modo unilateral...
"Article V: The Mandatory shall be responsible for seeing that no Palestine territory shall be ceded or leased to, or in any way placed under the control of the Government of any foreign Power."Y que toda modificación
requiere consulta previa con la Sociedad de Naciones (Artículo XXVII).
Si el señor estaba enterado o no... realmente no es algo que me siento en capacidad de juzgar. Por algo él era decano de la facultad de derecho de Yale y yo nunca he pisado una escuela de derecho. Lo dejo entonces en manos de Uds. dos...
Pensar que en 1.917 Balfour estuviera pensando en establecer un estado independiente para la población judía en palestina carece de sentido y, desde luego, carece de todo sustento documental.
Falso, los Británicos sabían exactamente cuál era el objetivo final del Sionismo. Si la declaración Balfour no es más explícita es justamente por temor a revolver el avispero, sufriendo numerosos cambios y ediciones antes de ser promulgada. La Declaración Balfour no ocurre en un vacío. Resulta de la relación personal entre Haim Weizmann y David Lloyd George, una relación que antecede a la Declaración en más de una década. Sabemos de las memorias publicadas del Primer Ministro que éste estaba perfectamente al tanto de lo que el Sionismo buscaba.
Toda aclaratoria necesaria la tenemos en los términos del Tratado de Sevres y luego de los artículos del Mandato para Palestina:
Tratado de Sèvres, Artículo 95:
"The High Contracting Parties agree to entrust, by application of the provisions of Article 22, the administration of Palestine, within such boundaries as may be determined by the Principal Allied Powers, to a Mandatory to be selected by the said Powers. The Mandatory will be responsible for putting into effect the declaration originally made on November 2, 1917, by the British Government, and adopted by the other Allied Powers, in favour of the establishment in Palestine of a national home for the Jewish people, it being clearly understood that nothing shall be done which may prejudice the civil and religious rights of existing non-Jewish communities in Palestine, or the rights and political status enjoyed by Jews in any other country."Mandato para Palestina, Artículo 2:
"The Mandatory shall be responsible for placing the country under such political, administrative and economic conditions as will secure the establishment of the Jewish national home, as laid down in the preamble, and the development of self-governing institutions, and also for safeguarding the civil and religious rights of all the inhabitants of Palestine, irrespective of race and religion."No creo que dejen mucha duda...