Límites Marítimos Chile - Perú

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
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Chuck
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Mensaje por Chuck »

EDITADO POR EL MODERADOR

No sé a quién crees que mareas con tu uso "dual" de la palabra soberanía.

:green:

Mejor aún, cítame a un funcionario chileno diciendo que tenemos "soberanía" de extracción de recursos en aguas de la ZEE... mejor aún, uno chileno o de cualquier país (excepto peruano, claro). Google te la pone fácil.

Nadie te ha dicho (últimamente, claro) que esperamos que se metan a la Convemar, estoy haciendo notar el uso mañoso de la palabra soberanía, acá en el foro, en los medios peruanos y entre los políticos de tu país.

Típico, tirar la piedra y esconder la mano, haciéndose el "leso". Tiras una nota de protesta, pones en entredicho el cumplimiento de un fallo internacional y luego reculas, pero la piedra ya voló.

Saludos.


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CZEKALSKI
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Mensaje por CZEKALSKI »

Chuck escribió:Mejor aún, cítame a un funcionario chileno diciendo que tenemos "soberanía" de extracción de recursos en aguas de la ZEE... mejor aún, uno chileno o de cualquier país (excepto peruano, claro). Google te la pone fácil.

Sólo con un razonamiento básico de puede llegar a la conclusión de que no importa no que digan los "funcionarios Chilenos", solo basta que lo diga la Convención del Mar, de la que son firmantes.
Osea los derechos de soberanía Chile los tenían así sus "funcionarios" lo negaran en todos los idiomas.
Sería bueno que de vez en cuando hagas uso del razonamiento básico, al menos...
Chuck escribió:Nadie te ha dicho (últimamente, claro) que esperamos que se metan a la Convemar, estoy haciendo notar el uso mañoso de la palabra soberanía, acá en el foro, en los medios peruanos y entre los políticos de tu país.

La concepción del Dominio Marítimo Peruano no tiene nada que ver con la CONVEMAR, es un concepto totalmente diferente con características peculiares, en donde se ejerce y se ejercerá soberanía respetando la libre navegación y comunicación, tal como se viene haciendo hace casi 40 años y no desde la sentencia de la CIJ.
Es algo parecido al concepto de "Mar Presencial Chileno", sólo que en el caso del concepto de Dominio marítimo, éste sí es reconocido por la ONU como "un área singular de 200 millas náuticas" que "está considerada en una categoría especial como otros, en lugar de ser clasificado como un mar territorial que se extiende más allá de las 12 millas", mientras que la teoría del "Mar Presencial" no ha sido reconocida por nadie más que por Chile.
Chuck escribió:Típico, tirar la piedra y esconder la mano, haciéndose el "leso". Tiras una nota de protesta, pones en entredicho el cumplimiento de un fallo internacional y luego reculas, pero la piedra ya voló.

Qué risible situación .. ¿Dónde quedaron los foristas Chilenos que insinuaban que la ejecución del fallo iba a demorar 10 años??? ¿Dónde están???
El fondo del asunto es otro...
El Perú ya ejerce soberanía en toda el área incorporada por la CIJ, Chile no puede hacer nada al respecto.
Asimismo, se está avanzando (Considerando lo burocrático del trámite) en la adecuación de nuestra legislación al fallo de la CIJ y a la Constitución de 1993. Si el gobierno Chileno está tan desesperado por inscribir la cartografía en la ONU, deben empezar primero por derogar su teoría del "Mar Presencial", con ello me parece que agilizarían un poco la burocracia en el Congreso del Perú, de lo contrario tendrán que esperar a que nuestro paquidérmico sistema burocrático cumpla el "trámite regular"...
Ese es el punto, no otro...
Saludos.


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Mensaje por GRUMO »

Chuck escribió:
GRUMO escribió:
Estimado amigo

Sin acritud y sin ningún animo confrontacional, por favor me indiques a que "tontera" te refieres

Saludos y mis disculpas. La verdad que no tengo claro a que declaraciones d emanera específica te refieres. Luego de ubicarla, recien te podria comentar

Grumo

"Yapos" Grumo... soberanía sobre su nueva ZEE para consumo interno pero no para las normas internacionales.

Decirlo tan ligeramente es para reforzar la "victoria" en la Haya y lisa y llanamente una tontera en el aspecto comunicacional, visto desde el punto de vista chileno, ya que Chile nunca tuvo soberanía sobre esas aguas.


Lo cierto es que no encuentr las declaraciones , pero adelanto algo.

No se si el canciller ha empleado la denominación ZEE, pero esta es propia de los paises signatarios de la CONVEMAR.

Como el Perú no es signatario d ela CONVEMAR, no está obligado a reconocer sus términos. Por ende, de manera unilateral declara tener soberanía sobre la porción de oceano entregado por el fallo de la CIJ.

Si Chile es signatario de la CONVEMAR, es claro, nunca tuvo soberanía

Saludos

Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por jandres »

Hola:

GRUMO escribió:
Chuck escribió:"Yapos" Grumo... soberanía sobre su nueva ZEE para consumo interno pero no para las normas internacionales.

Decirlo tan ligeramente es para reforzar la "victoria" en la Haya y lisa y llanamente una tontera en el aspecto comunicacional, visto desde el punto de vista chileno, ya que Chile nunca tuvo soberanía sobre esas aguas.


Lo cierto es que no encuentr las declaraciones , pero adelanto algo.

No se si el canciller ha empleado la denominación ZEE, pero esta es propia de los paises signatarios de la CONVEMAR.

Como el Perú no es signatario d ela CONVEMAR, no está obligado a reconocer sus términos. Por ende, de manera unilateral declara tener soberanía sobre la porción de oceano entregado por el fallo de la CIJ.

Si Chile es signatario de la CONVEMAR, es claro, nunca tuvo soberanía

Saludos

Grumo


Así es Grumo, esa es la explicación...

pero todos sabemos que el uso del lenguaje nunca es casual, sino premeditado en estas personalidades.

Utilizan la palabra soberanía premeditamente y para un público, en este caso dos, primero el público afín y a la vez restregarle al contrario el vocablo para el público no comulgante.

Seguro que con no hubiese utilizado el termino, "derechos pesqueros" o "soberanía restringida" o "derechos economicos"

:green:

Saludos


Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.

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Mensaje por GRUMO »

Estimado amigo

Cierto. Nadie da puntada sin hilo,

Un cordial saludo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por Chuck »

CZEKALSKI escribió:[
Si hasta la CONVEMAR señala que en la ZEE los países firmantes ejercen "Derechos de soberanía con fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales" ...

Exacto, a tu canciller le faltó decir todo ese apellido al concepto de soberanía que la mayoría de los países aplica a la ZEE.

Insisto, no te hagas el leso con lo que planteo, tu sabes perfectamente la conveniencia de usar la palabrita soberanía a secas de parte de tus autoridades. Ustedes quedense con su "soberanía con liberta de tránsito" y celebren a los cuatro vientos sobre la recuperación del glorioso "Mar de Grau", feriado incluido, mientras nosotros esperamos que tu país aplique el fallo y el concepto de ZEE, "hacia afuera" (ya que internamente será imposible que lo hagan, debido a ese extraño nacionalismo del que ostentan) y no solo a lo regalado, sino que a todo su territorio marítimo, tal como lo indica el fallo. Si, entiendo amigo, ustedes y para ustedes aplican el concepto de soberanía, que bueno, sean felices. En nuestro caso, como "extranjeros", esperamos que nos respeten los derechos de tránsito por un área que, para nosotros, es ZEE. Se entiende? Distinto es que se hable de soberanía con "ligeresa"... pero bueno, tu capacidad de entendimiento al parecer baja en la medida de tu conveniencia.

CZEKALSKI escribió:Este no es un foro cloaca ...

Afortunadamente y como tal, esperaría que dejes de lanzar insultos velados, escudandote en una especie de "superioridad" moral.

CZEKALSKI escribió:utilizan los borreguitos del pozo séptico para hacerse creer a sí mismos que "ganaron" en La Haya:

Hombre, espero que no hables de tí mismo, ya que estás convencido que el Perú efectivamente "ganó". Yo ni siquiera hablo de ganar o perder, hablo de un fallo que le dió el paralelo a Chile pero "hasta ahí no más", por razones que hasta ahora son difíciles de aceptar.

CZEKALSKI escribió:El decir que Chile "nunca tuvo soberanía" sobre esas aguas es otra mentira piadosa muy popular en foros cloaca, que sólo busca reconfortar autoestimas alicaídas.

Y dale con los foros cloaca... mijito, Chile nunca tuvo la soberanía que Perú se autoaplica sobre esa área, entiende? Por lo mismo, nuestras autoridades nunca utilizaron el concepto de soberanía como ustedes lo hacen (y con gusto) en cada oportunidad.

Respecto a nuestro mar presencial, mira que feo, malo y estúpido el concepto chileno:

En esta zona no existe reclamo o ejercicio de soberanía propiamente tal, sólo una declaración relativa a la mayor preocupación en la alta mar circundante a los espacios marítimos de soberanía y jurisdicción. Tal concepto involucra la idea de una suerte de vínculo espacial, no jurídico, entre el territorio continental, el antártico y la isla de Pascua. Entre otras tareas, las de búsqueda y rescate, la relación con los recursos marinos transzonales, la pesca en la alta mar adyacente, etc.


Si se van a agarrar de esto para dilatar las modificaciones pertinentes a su legislación interna, pues demorense, son ustedes los que tienen que buscar una manera de plantear una soberanía "con libre tránsito" y tratar que eso no les hiera su orgullo nacional.

Saludos.


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Mensaje por CZEKALSKI »

Respuestas rápidas como para no seguir perdiendo el tiempo...
Chuck escribió:Exacto, a tu canciller le faltó decir todo ese apellido al concepto de soberanía que la mayoría de los países aplica a la ZEE.

Es que el Perú no es signatario de la CONVEMAR, por lo tanto, dentro del concepto de Dominio Marítimo no cabe hablar de ZEE ni de "Derechos de soberanía con fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales".
Dentro del concepto de Dominio Marítimo, sólo cabe la palabra soberanía.
Chuck escribió:Ustedes quedense con su "soberanía con liberta de tránsito" y celebren a los cuatro vientos sobre la recuperación del glorioso "Mar de Grau", feriado ............... esperamos que nos respeten los derechos de tránsito por un área que, para nosotros, es ZEE........ pero bueno, tu capacidad de entendimiento al parecer baja en la medida de tu conveniencia.

El párrafo me parece muy bueno como flaco consuelo, pero si en realidad crees lo que escribes y es para tí como una catársis escribirlo, entonces sigue creyéndolo estimado amigo, pero la realidad es otra....
Hay que tener una cuasi nula capacidad de entendimiento como para no comprender que carece de importancia que Chile "crea" que esa área es ZEE, ya que lo que prima son las normas del país del que forma parte, osea, lo que priman son la Constitución y las leyes Peruanas y desde el punto de vista Peruano esa área no es ZEE, por tanto, está de más aquella mentira piadosa Chilena...
Treinta y cinco años antes del fallo de la CIJ, el Perú ya ejercía soberanía respetando las libertades de tránsito y de comunicaciones internacionales, o sea no hay novedad sobre el tema, no ha cambiado nada, lo único que resta hacer son algunos ajustes en la legislación interna.
Chuck escribió:Afortunadamente y como tal, esperaría que dejes de lanzar insultos velados, escudandote en una especie de "superioridad" moral..

Una apreciación totalmente subjetiva, te invito a no leerme entonces, siempre he dicho que yo no escribo para los amigos Chilenos.
Chuck escribió:Hombre, espero que no hables de tí mismo, ya que estás convencido que el Perú efectivamente "ganó". Yo ni siquiera hablo de ganar o perder, hablo de un fallo que le dió el paralelo a Chile pero "hasta ahí no más", por razones que hasta ahora son difíciles de aceptar..

Me referería a los borreguitos del pozo séptico, averigua quiénes son, y no te ofendas porque yo no creo que tú hayas formado parte de ese peculiar rebaño alguna vez ... ¿O sí? ....
El Perú incorporó un área de 50 mil Km. cuadrados de mar sobre el cual no tenía control antes del 27-01-2014 y no se logró la equidistante desde el Punto Concordia, por errores propios cometidos al firmar el Acuerdo de 1954 y las Actas de 1968-69, debilidades de las que siempre estuvo conciente Torre Tagle y quienes seguimos el asunto desde sus inicios y considerando eso, fue un excelente resultado para el Perú.
Tú en cambio, como la mayoría de tus compatriotas, prefieres borrar de tu mente la parte fea de la historia, la parte en que tienen que ceder 22 mil Km. cuadrados de espacio marítimo y tienen que tirar al tacho su "teoría del Mar Presencial" y esa es la razón por la que tienen que vivir hasta hoy de mentiras piadosas...
Chuck escribió:Respecto a nuestro mar presencial, mira que feo, malo y estúpido el concepto chileno: ....

En realidad al Perú no le interesa lo que proclame esa teoría avalada por nadie.
Al Perú le interesa que se derogue, pues tal como está planteada actualmente no reconoce el Dominio Marítimo Peruano incorporado por la sentencia de la CIJ.
Si analizamos el mapa del límite que elaboró la CIJ y suponiendo que en el futuro los países extiendan su espacios marítimos hasta las 350 millas, el límite marítimo Perú-Chile tendría que seguir la equidistante a partir del "Punto C":
Imagen
De no derogar la teoría de Martínez Busch, de nula acogida a nivel internacional, llegado el caso, tendrán que modificarla nuevamente ....
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Mensaje por jandres »

cuidado:

Hay que tener una cuasi nula capacidad de entendimiento como para no comprender que carece de importancia que Chile "crea" que esa área es ZEE, ya que lo que prima son las normas del país del que forma parte, osea, lo que priman son la Constitución y las leyes Peruanas y desde el punto de vista Peruano esa área no es ZEE, por tanto, está de más aquella mentira piadosa Chilena...


porque eso de que no tiene importancia, igual hay que cogerlo con pinzas.
Si, que es importante lo que piensen los demás.

Afortunadamente, la zona carece de importancia(más allá de los recursos pesqueros) y/o no es zona de gran transito internacional, y por ello es improbable un conflicto, pero imaginemos, puestos a jugar a la imaginación, que yo como Presidente de una Ong,pro- lucha para la liberación de la mujer decido botar un buque hospital, con bandera Neerlandesa, y me dedico a practicar abortos o eutanasias a todo peruano/a necesitado a 25 millas de la Costa.
Ya veremos si las fuerzas de Seguridad del Estado tienen bemoles a abordarme, como según su Constitución tienen obligación de hacer.
o por poner un ejemplo más verosimil, ya veremos si un crucero con bandera italiana, pone a funcionar el Casino, abre el bar taxas free para el alcohol a 26 millas de las costas, si la agencia tributaria peruana, tiene bemoles a abordarme, como es su obligación constitucional

Treinta y cinco años antes del fallo de la CIJ, el Perú ya ejercía soberanía respetando las libertades de tránsito y de comunicaciones internacionales, o sea no hay novedad sobre el tema, no ha cambiado nada, lo único que resta hacer son algunos ajustes en la legislación interna


que ajustes..(pregunto)

saludos


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Mensaje por CZEKALSKI »

jandres escribió: ..... pero imaginemos, puestos a jugar a la imaginación, que yo como Presidente de una Ong,pro- lucha para la liberación de la mujer decido botar un buque hospital, con bandera Neerlandesa, y me dedico a practicar abortos o eutanasias a todo peruano/a necesitado a 25 millas de la Costa.
Ya veremos si las fuerzas de Seguridad del Estado tienen bemoles a abordarme, como según su Constitución tienen obligación de hacer.
o por poner un ejemplo más verosimil, ya veremos si un crucero con bandera italiana, pone a funcionar el Casino, abre el bar taxas free para el alcohol a 26 millas de las costas, si la agencia tributaria peruana, tiene bemoles a abordarme, como es su obligación constitucional

Lo que escribes no tiene sentido, absolutamente.
La libertad de tránsito es eso mismo, de tránsito si una embarcación en tránsito se detiene a pescar, a realizar abortos o a realizar apuestas ilegales; o si simplemente interrumpe su tránsito y esto es detectado, obviamente que será intervenida y si se está cometiendo un delito penado se le sancionará conforme a las leyes nacionales.
Eso me hace recordar la risa que me daba cuando los borreguitos del pozo séptico hacían fiesta porque después del fallo de la CIJ supuestamente toda la escuadra Chilena podría anclar en la milla 13 frente al Callao y nadie podría hacer nada.
Nones, esa es una ridiculez ...
Precisamente una de las normas modificadas para adecuarse al compromiso contraído en La Haya, es el DECRETO SUPREMO N° 002-2014-DE del 08 de Febrero de 2014, que modifica el Reglamento de la Ley N° 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres; que entre otros aspectos establece los procedimientos para las actividades de interdicción y persecución de naves que infrinjan la normatividad del país y entre otros se establece lo siguiente:
A-020201.- Operaciones de interdicción acuática Las unidades guardacostas o navales asignadas a la Autoridad Marítima Nacional, en el marco de una operación de interdicción acuática realizada a naves consideradas contacto de interés o contacto crítico de interés, se circunscribirán a los siguientes procedimientos:
a. Detectar, perseguir, interceptar e inmovilizar las naves.
b. Efectuar el abordaje, visita y registro de naves.
c. Escoltar y/o conducir a la nave intervenida al puerto más cercano o al que designe la Autoridad Marítima Nacional.
d. Entregar a la autoridad competente la nave y personal intervenido; así como, el material decomisado, con un informe de los hechos que hayan conducido a su detención, según las instrucciones impartidas por la Autoridad Marítima Nacional.

A-020202.- Persecución de naves en el medio acuático
a. Las unidades guardacostas o unidades navales asignadas a la Autoridad Marítima Nacional podrán emprender la persecución de una nave cuando tengan motivo fundado para considerar que esta, sus embarcaciones auxiliares o alguno de sus tripulantes haya infringido la normativa nacional, instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia que puedan ser de aplicación al Estado peruano.
b. En el caso de naves extranjeras, la persecución se iniciará mientras estas se encuentren en aguas jurisdiccionales respecto de hechos que puedan constituir ilícitos prescritos en la normativa nacional, en concordancia con los instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia que puedan ser de aplicación al Estado peruano.
c. En el caso de naves extranjeras, la persecución de naves solo podrá continuar fuera de aguas jurisdiccionales peruanas, a condición de no haberse interrumpido, en concordancia con la normativa nacional, instrumentos internacionales de los que el Perú es parte y otras normas de derecho internacional sobre la materia que puedan ser de aplicación al Estado peruano. No se considerará interrumpida la persecución cuando la unidad que la inicie sea relevada por otra.
d. Cuando una nave sea intervenida en circunstancias que no justifiquen la persecución, el propietario o armador de dicha nave podrá ser resarcido por el perjuicio o daño que haya sufrido por dicha intervención, determinado por sentencia judicial firme.

El primer considerando de esta norma dice a la letra: "Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 54°, consagra que el Estado ejerce soberanía y jurisdicción en su dominio marítimo, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional"; insisto, en nuestro caso nadie puede llamar ZEE al Dominio Marítimo del Perú, son cosas muy distintas.
Los comentarios sobran ....
jandres escribió:que ajustes..(pregunto)

Leyendo la prensa puedes hallar la respuesta ...
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Mensaje por jandres »

Lo que escribes no tiene sentido, absolutamente.


vaya por Dios... :popcorn:

La libertad de tránsito es eso mismo, de tránsito si una embarcación en tránsito se detiene a pescar, a realizar abortos o a realizar apuestas ilegales; o si simplemente interrumpe su tránsito y esto es detectado, obviamente que será intervenida y si se está cometiendo un delito penado se le sancionará conforme a las leyes nacionales.


no, si las leyes nacionales, ya sé que te las sabes.

Lo que yo digo es que no creo que haya bemoles a asaltar tanto el buque neerlandés como el buque italiano, y arriesgarse a una más que segura demanda y condena de pirateria.

Eso me hace recordar la risa que me daba cuando los borreguitos del pozo séptico hacían fiesta porque después del fallo de la CIJ supuestamente toda la escuadra Chilena podría anclar en la milla 13 frente al Callao y nadie podría hacer nada.
Nones, esa es una ridiculez ...


pues, te dará risa, pero no hay ninguna ley, norma o derecho consetudinario internacional, que le impida hacerlo

que ajustes..(pregunto)

Leyendo la prensa puedes hallar la respuesta ...


pues eso, es que sólo "veo" ajustes insuficientes, si es que lo que se pretende es hacer cumplir el fallo del tribunal.

Porque "permitir" el paso o libertad de tránsito, no es hacerlo.

p.D. por cierto que el paso, se puede hacer en la milla 2, 3 o 7


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Mensaje por CZEKALSKI »

jandres escribió:vaya por Dios... :popcorn:

Era la respuesta que esperaba, por lo bien fundamentada y sobre todo porque refleja la madurez del autor ...
jandres escribió:Lo que yo digo es que no creo que haya bemoles a asaltar tanto el buque neerlandés como el buque italiano, y arriesgarse a una más que segura demanda y condena de pirateria....

Lo que escribes no tiene sentido, absolutamente.
Pónte de acuerdo contigo mismo primero ... ¿Los abortos, los juegos clandestinos (Que fue lo que planteaste) o la pesca ilegal son delito en Holanda o en Italia??? ... Seguramente que sí.
En el Perú sí son un delito, por lo tanto ninguno de esos países podría demandar al Perú por intervenir naves que estén cometiendo delitos dentro de nuestras aguas jurisdiccionales, simplemente porque se estaría haciendo cumplir la normatividad nacional ante comisión de actos delictivos, dentro del Dominio Marítimo Peruano.
Osea, en la situación que tú mismo planteaste (Abortos, juegos clandestinos) es una incoherencia que hables de "asaltar" o de "piratería" si se les interviene, persigue o captura.
jandres escribió:pues, te dará risa, pero no hay ninguna ley, norma o derecho consetudinario internacional, que le impida hacerlo:

Tampoco hay nada que impida al Perú ejercer soberanía y jurisdicción sobre su Dominio Marítimo, respetando las libertades de tránsito y comunicaciones....
¿Existe alguna norma internacional que proscriba el concepto de Dominio Marítimo y su aplicación por parte del Perú a las embarcaciones extranjeras que ingresan y transitan por sus aguas jurisdiccionales???
No la hay, entonces me seguírá causando risa lo que crean los borreguitos del pozo séptico ...
pues eso, es que sólo "veo" ajustes insuficientes, si es que lo que se pretende es hacer cumplir el fallo del tribunal.
Porque "permitir" el paso o libertad de tránsito, no es hacerlo.
p.D. por cierto que el paso, se puede hacer en la milla 2, 3 o 7

Está visto que tienes poco qué decir sobre el tema, comprendo entonces que sólamente con leer la prensa no vas a comprenderlo...
En todo caso, la norma citada data de hace más de un año y Chile no ha hecho ninguna observación al respecto.
Lo que "veas" o creas "ver" es sólo una respetable opinión de tu parte.
Saludos.


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Mensaje por jandres »

Era la respuesta que esperaba, por lo bien fundamentada y sobre todo porque refleja la madurez del autor ..


Caballero..va por mal camino si empezamos con descalificaciones...

Lo que escribes no tiene sentido, absolutamente.


Lo que escribo,SI tiene sentido, lo que usted entiende es lo que no lo tiene.

¿Los abortos, los juegos clandestinos (Que fue lo que planteaste) o la pesca ilegal


Negativo, yo no plantee NADA de pesca ilegal, ni de juego clandestino. Hablé de aborto, de tasas sobre el alcohol y de tasas sobre el juego. Lea mejor

En el Perú sí son un delito


Me alegro

por lo tanto ninguno de esos países podría demandar al Perú por intervenir naves que estén cometiendo delito dentro de nuestras aguas jurisdiccionales,


Veo que no entiende el problema. Si, esos paises le demandarian porque está cometiendo un posible acto de pirateria.
así de sencillo, que usted crea o su Estado crea que eso son sus aguas jurisdiccionales, no significa que lo sean, simplemente significa que lo creen.

Tampoco hay nada que impida al Perú ejercer soberanía y jurisdicción sobre su Dominio Marítimo, respetando las libertades de tránsito y comunicaciones....


sí, si que las hay. La doctrina, el derecho consetudinario...así a bote pronto...

Está visto que tienes poco qué decir sobre el tema,


Vaya por Dios..(de nuevo).

comprendo entonces que sólamente con leer la prensa no vas a comprenderlo...


pues evidentemente no, y gracias a sus explicaciones o forma de expresarse, menos aún.

Lo que yo digo es que con adjuntar o incorporar a su ordenamiento jurídico la coletilla "libertad de tránsito". No es suficiente para adecuarse a la sentencia o al derecho internacional y no es suficiente para ahorrarse problemas en un futuro.

Repito, me gustaría ver como asaltan las fuerzas peruanas a un crucero de 3800 tripulantes por tirar una bolitas en la ruleta francesa o unas manos en el black jack en un trayecto de Valparaiso a L.Angeles a 30 millas de la costa peruana.

No se lo cree ni usted.
:green:


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Mensaje por CZEKALSKI »

Veo que no entiendes nada y es lamentable ....
jandres escribió:Hablé de aborto, de tasas sobre el alcohol y de tasas sobre el juego. Lea mejor

¿Ahora que comprendiste que metiste la pata, tratas de "acomodar" de la manera más pueril tu versión inicial???
Hablaste de abortos y Eutanasias a "necesitados Peruanos" eso no se puede hacer "en tránsito" sinó con una embarcación anclada, según tú "a 25 millas de la costa" ¿O sí?
Lo otro, un crucero que deja de "transitar" a 26 millas de la costa para abrir un casino que reciba "clientes" desde la costa, osea, que realice actividades económicas en territorio Peruano sin tener autorización y sin pagar los impuestos respectivos, puede tranquilamente ser sujeto de intervención y captura, porque es una actividad ilegal....
Ahora nos sales con que esa embarcación realiza abortos y eutanasias "en tránsito" osea, los "peruanos necesitados" se suben "al vuelo" a la nave ... También nos sales con que el "crucero italiano" abre su casino "en tránsito" .... Un tanto infantil tu intento de "cambiar" tu primera versión por conveniencia.
Aún así se realicen actos ilegales "en tránsito" se puede intervenir y capturar una nave extranjera, de lo contrario el tráfico de drogas por vía marítima sería totalmente libre para felicidad de muchos, afortunadamente no es así...
jandres escribió:sí, si que las hay. La doctrina, el derecho consetudinario...así a bote pronto...

Expónlas ... Alguna norma que señale que el Perú no tiene derecho a aplicar sus leyes dentro de sus aguas jurisdiccionales, pero no te vayas a la generalidad, sé específico, porque es precisamente eso lo que preguntaba ¿Está proscrito el concepto de Dominio Marítimo Peruano, por alguna norma internacional??? ¿Está impedido el Perú de hacer cumplir sus leyes dentro de su territorio???
Esperaremos con ansias la respuesta ...
jandres escribió:Lo que yo digo es que con adjuntar o incorporar a su ordenamiento jurídico la coletilla "libertad de tránsito". No es suficiente para adecuarse a la sentencia o al derecho internacional y no es suficiente para ahorrarse problemas en un futuro

La CIJ no nos ha obligado a adherirnos a la CONVEMAR .... Y lo que "creas" tú es sólo una respetable opinión.
Chile no ha hecho ninguna observación al respecto.
jandres escribió:Repito, me gustaría ver como asaltan las fuerzas peruanas a un crucero de 3800 tripulantes por tirar una bolitas en la ruleta francesa o unas manos en el black jack en un trayecto de Valparaiso a L.Angeles a 30 millas de la costa peruana...

Insisto en que esa es una infantil manera de "acomodar" tu primera versión para hacerte creer a tí mismo que "tienes la razón".
Lo cierto es que la comisión de algún delito en aguas jurisdiccionales Peruanas va a motivar la interdicción, persecusión y captura de las naves de cualquier bandera en tránsito por el Dominio Marítimo del Perú.
Lo que digas tú, lo que te parezca a tí, con los pocos argumentos que has presentado, resultan siendo sólo respetables opiniones tuyas que ya me cansé de comentar.
Saludos.
Última edición por CZEKALSKI el 27 Feb 2015, 21:08, editado 1 vez en total.


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Chuck
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Mensaje por Chuck »

CZEKALSKI escribió:La CIJ no nos ha obligado a adherirnos a la CONVEMAR .... Y lo que "creas" tú es sólo una respetable opinión.
Chile no ha hecho ninguna observación al respecto.

Épale.

Chile no ha hecho observaciones al respecto ya que esperamos los "ajustes finales" para que el Perú "adecúe su legislación interna" acorde a lo dictaminado por La Haya.

Cloacas más, cloacas menos, nuestro país espera ver el resultado de ese "burocrático" trámite y es que, si fuese tán simple como garantizar el tránsito por su ZEE soberana, no tendrían que ajustar nada... como ya has mencionado, eso ya viene incluido en la gloriosa constitución peruana.

Entonces, el problema que tienen ahora es como hacer hielo caliente... como dar la seguridad a Chile que se seguirá considerando su territorio marítimo bajo los conceptos de la Convemar, sin renunciar a su amada soberanía ni ingresar a la misma.

Y Chile tiene que estar de acuerdo, a completa conformidad, caso contrario sencillamente le indicamos al tribunal que la solución peruana no es satisfactoria y ahí seguiremos con la "implementación" hasta que inventen el hielo caliente... pero claro, su patrullero blanquito seguirá recorriendo esas aguas, llenas de riquezas escondidas.

Saludos.


[quote=JRIVERA Te doy la razón en cuanto a que nunca he trabajado
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Mensaje por jandres »

Veo que no entiendes nada y es lamentable ....


Si es lamentable, que mi interlocutor sea tan corto de entendederas

Hablé de aborto, de tasas sobre el alcohol y de tasas sobre el juego. Lea mejor
¿Ahora que comprendiste que metiste la pata, tratas de "acomodar" de la manera más pueril tu versión inicial???


Ignoraremos por segunda vez los calificativos.
Pero reiteraremos, donde he metido yo la pata(pregunto). Acaso no está escrito lo que dije. veamos mipost original:

pero imaginemos, puestos a jugar a la imaginación, que yo como Presidente de una Ong,pro- lucha para la liberación de la mujer decido botar un buque hospital, con bandera Neerlandesa, y me dedico a practicar abortos o eutanasias a todo peruano/a necesitado a 25 millas de la Costa.
Ya veremos si las fuerzas de Seguridad del Estado tienen bemoles a abordarme, como según su Constitución tienen obligación de hacer.
o por poner un ejemplo más verosimil, ya veremos si un crucero con bandera italiana, pone a funcionar el Casino, abre el bar taxas free para el alcohol a 26 millas de las costas, si la agencia tributaria peruana, tiene bemoles a abordarme, como es su obligación constitucional


por mucho que releo, no veo ninguna intervencion sobre aborto ilegal, sobre juego ilegal o sobre yo que sé.

Aún así se realicen actos ilegales "en tránsito" se puede intervenir y capturar una nave extranjera, de lo contrario el tráfico de drogas por vía marítima sería totalmente libre para felicidad de muchos, afortunadamente no es así...


Las normas internacionales avalan las intervenciones de determinados delitos, como pueden ser la pirateria, la esclavitud, el tráfico internacional de drogas..etc..etc..INCLUSO EN AGUAS INTRNACIONALES

Hablaste de abortos y Eutanasias a "necesitados Peruanos" eso no se puede hacer "en tránsito" sinó con una embarcación anclada, según tú "a 25 millas de la costa" ¿O sí?


Eso se puede hacer donde sea, ya sea "en transito" o fondeado, en cualquier caso es indiferente. Quiere que lo haga fondeado, pues lo hago fondeado, el resultado legal internacional es EL MISMO

. Un tanto infantil tu intento de "cambiar" tu primera versión por conveniencia.


Voy a empezar a creer, que lo que tienes es un serio problema de comprensión lectora

jandres escribió:sí, si que las hay. La doctrina, el derecho consetudinario...así a bote pronto...

Expónlas ... Alguna norma que señale que el Perú no tiene derecho a aplicar sus leyes dentro de sus aguas jurisdiccionales, pero no te vayas a la generalidad, sé específico, porque es precisamente eso lo que preguntaba ¿Está proscrito el concepto de Dominio Marítimo Peruano, por alguna norma internacional??? ¿Está impedido el Perú de hacer cumplir sus leyes dentro de su territorio???
Esperaremos con ansias la respuesta ...


No, no existe ninguna ley que diga que el Perú no puede aplicar sus leyes en sus aguas jurisdiccionales, lo que si hay es un monton de leyes que hablan de la SOBERANIA DE LOS BUQUES y su INVIOLABILIDAD(y no te voy a hacer el favor de buscartelas) donde establecen el sometimiento exclusivo de estos buques a las leyes del Estado a que pertenecen y las limitaciones a dicha soberanía a traves de las convenciones, tratados o Convenios.
así pues, invertimos la carga de la prueba, dime una ley internacional o norma que impida fondear a un buque con bandera danesa a 50 millas de LIMA.

Así pues nos encontramos con que las fuerzas de seguridad peruanas han asaltado y apresado al buque de pasaje turístico "Capitán Giordano" FONDEADO :green: a 30 millas de la costa peruana, "por evasión de impuestos" y "juego ilegal", amparandose en la legislación nacional peruana, mientras el buque con bandera italiana lo hacía amparandose en la propia ley italiana, las convenciones de Viena, la Convención del Mar, la costumbre y el derecho consitudinario internacional....
:green:

Puedes adivinar, como acabará la cuestión ante un tribunal internacional....o no, puedes adivinarlo... :green:

Ya te lo digo yo...las autoridades peruanas NO TIENEN BEMOLES, a asaltar el buque.

Lo cierto es que la comisión de algún delito en aguas jurisdiccionales Peruanas va a motivar la interdicción, persecusión y captura de las naves de cualquier bandera en tránsito por el Dominio Marítimo del Perú.


Pues claro, como no podría ser de otra manera, es obligación de las autoridades peruanas, y he ahí el problema, porque chocaran frontalmente con la misma OBLIGACION de proteger la soberanía y las leyes nacionales en los buques bajo su pabellón.

La CIJ no nos ha obligado a adherirnos a la CONVEMAR ...
.

Por supuesto que no, no es ni su competencia, ni su cometido.

Lo que si ha hecho es recalcar que su ordenamiento jurídico debe amoldarse al derecho internacional consitudinario
Y lo que "creas" tú es sólo una respetable opinión.

Lo que digas tú, lo que te parezca a tí, con los pocos argumentos que has presentado, resultan siendo sólo respetables opiniones tuyas que ya me cansé de comentar


Es que en una disparidad de criterios, no suelo atribuirme la potestad de ser juez y parte,y menos en litigios de indole juridico-internacional, veo que algunos sí, algunos son juez y parte, escriben sus pareceres y dictan la sentencia y encima menosprecian o se burlan las opiniones de los demás.

Que le vamos a hacer, de todo hay y tiene que haber en la viña del Señor
Última edición por jandres el 27 Feb 2015, 22:28, editado 1 vez en total.


Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.

Uy!!..ya no, ahora no hay que subirles el sueldo

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