JavierX escribió:Desinforumest escribió:Y es la zona de interferencia de islas porque la proyección de islas se corta "sólo en la parte donde una proyección de islas corta el paralelo"...la presencia de islas no genera una zona "a lo largo de todo el paralelo ni el paralelo en sí"....¿Qué paralelo estaría cortándo esa proyección de islas si el paralelo no existiera previamente?...es imposible, el paralelo debe existir para ser intersectado.Esto ayuda a entender mejor la posicion chilena, aqui los foristas arriba citados estan de acuerdo en que en el 52 y 54 NO SE FIJARON los limites maritimos, sino que estos eran "EXISTENTES PREVIAMENTE", y tal como lo dice la segunda cita, se ELEVARON a rango de tratado las declaraciones unilaterales del 47. Por tanto en ese orden de ideas, los limites maritimos se establecieron previamente... mediante el Decreto Supremo Nº 781 y el respectivo Decreto Chileno.
No entiendo el afán de arrogarse puntos....que la frontera estaba fijada desde el 47 es claro...Chile proyectó por la paralela matemática que en su orientación costera norte otorga un paralelo, mismo paralelo declarádo por Perú. Así se llega a 1952 en donde se recogen las declaraciones de Chile y Perú, el 52 se fija por Actas, como reconoce Peña Prado, Colombia, Chile y Ecuador, que ese paralelo es el que nace donde "la frontera terrestre toca el mar".
En 1954 ante las violaciones a ese límite por parte de embarcaciones de pequeño porte se demarca ese paralelo "donde toca el mar la frontera terrestre", ¿cómo se demarca en los hechos? mediante la instalación posterior de fanales luminosos que "materialicen el paralelo".
Y ninguno de esos tratados estaba vigente...¿qué estaba respetando Perú a esa fecha?...¿por qué el apuro peruano de invitar a levantar los faros?Pero, la posicion peruana es clara y firme en este punto: "los límites marítimos entre dos países no son susceptibles de ser determinados unilateralmente, sino que deben ser producto de negociación."
Esa es reinterpretación peruana, las actas son claras, Peña Prado es claro, Colombia y Ecuador son claros...el 52 se estableció que las áreas de jurisdicción y soberanía de cada signatario se divide de la de los demás por el "paralelo que nace donde toca el mar la frontera terrestre".La posicion de GRUMO en ese punto se aleja de la posicion peruana, el Peru no reclama re-negociar nada, pues nunca negoció sobre limites maritimos laterales, el Peru reconoce que en 52 y 54 se establecieron criterios para delimitar (posteriormente) los mares adyacentes, pero estos criterios no son aplicables al mar adyacente peruano-chileno y ademas nunca se realizaron esas negociaciones ni con Ecuador, ni con Chile. Y cuando se den con el Ecuador se aplicara el criterio del paralelo y cuando se den con Chile.... pues corresponde aplicar los medios disponibles para alcanzar una solucion equitativa (ademas Chile ya se nego oficialmente a iniciar las negociaciones, obligando con ello a acudir a la Corte Internacional).
Léo las actas de 1952, y 1954 y me queda claro que el "paralelo donde toca el mar la frontera terrestre" fue establecido en el primero y reafirmado en el segundo, tal como lo reconocen las Actas de las sesiones ratificatorias de los Congresos de Perú y Colombia (para su tratado con Ecuador), el 52 se estableció para todos los signatarios el paralelo.Va a ser imposible para Chile, sustentar que en el 52 y el 54, los paises se sentaron a negociar sobre limites maritimos laterales, sobretodo si tal como dice Des y Bad, el limite segun su criterio fue definido mediante el paralelo... "previamente", y mas aun si la Declaracion del 52, no contiene ningun articulo definitorio... sino solo uno excepcional.
¿Imposible?...las Actas son claras...200 millas para todos los signatarios, paralelo donde "la fronetra terrestre toca el mar" para todos los signatarios...extensiones a las 200 millas por el paralelo para todos los signatarios. El simple hecho de que el paralelo proviniera de instumentos unilaterales previos a 1952, no indica que la Declaración de Santiago no hubiese establecido que el "paralelo donde toca el mar la frontera terrestre" es el límite entre signatarios vecinos...en los hechos ese paralelo fué establecio, y como consta en actas de 1952 y en 1954, qu es parte de 1952...así fue establecido en derecho.?Porqué tres naciones se sentarian a negociar limites maritimos laterales, y luego asi simplemente "olvidarian" u "obviarian" consignar un articulo al respecto?
La respuesta chilena: Porque los limites se fijaron antes unilateralmente, asi solo era necesario fijar excepciones.
¿Eso dice Chile?...yo desde antes de la demanda peruana escuché a varios Cancilleres afirmándo que se iba a recurrir a la interpretación y alcance de las actas..."paralelo donde toca el mar la frontera terrestre"...para todos los signatarios...lée las actas de 1952 y 1954, a Peña Prado, al Canciller y Diputados Colombianos, las comunicaciones de Ecuador durante la negociación. Todos, incluído Chile afirman que en 1952 si se fijó un límite.La respuesta peruana: Porque realmente NO se sentaron a NEGOCIAR LIMITES laterales, sino otra cosa.
La repuesta peruana no es de extrañar, es lo que necesita para renegociar áreas y recursos, presentes y futuras...para que Chile y Ecuador no tengan 200 millas y Perú pueda coartar futuras proyecciones al Oeste de sus vecinos. Pero el 52 se estableció el paralelo para todos los signatarios vecinos.
Saludos
Des