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De momento, solo queda ahi, la posible negligencia en la manipulacion de las pruebas, por otra parte, tambien practica habitual, quiero creer que por dejadez habitualmente, y nada mas.
Esa es una de las cosa que me chirrian a mi del juicio
El tipo de explosivo quedó determinado en el juicio, por acuerdo de todos los peritos:dinamita. Por lo demás, como quizá recuerdes que te comenté, un vagón no puede conservarse dentro de un tubo falcon o un sobre deplástico, así que no se pueden realizar análisis espectrográficos cuatro años depués porque carecen de toda validez.
Dinamita: ¿cual de ellas? la famosa mezcla (goma2 ECO) + ( vale-ya)
> una inexactitud
¿quien es el desinformado que mantiene que no se puede mantenar un vagon en plastico y además al vacio? >otra inexactitud basada en el desconocimiento
Respecto de los analisis espectrométricos con cual de ellos no se puede hacer pasados cuatro años un analisis para obtener datos si se conservan las pruebas con unos minimos
Y nadie ha dicho que lo sea; de hecho, resultanta totalmente irrelevante y no es necesario decir nada al respecto
Ya estamos otra vez con la manida frase, lo que no me conviene para mi hipotesis es irrelevante, no amigo eso debo de decidirlo yo que soy el Juez, tu eres el abogado o el fiscal y propones pruebas
¿Un Juicio? No, preguntarte sobre la consistencia de tu criterio no tiene nada que ver con un juicio. Que no seas capaz de justificarla no es culpa de nadie
Yo no tengo que tener formado ya un criterio, en vista de las pruebas que aportais los demás y tras sopesarlas, llegaré a una conclusión que debiera de ser capaz de despejar todas las incognitas, pero tu quieres hacer los 2 papeles el de abogado y el de juez, o el de fiscal y el de juez
Va a ser que no, que el de juez me le he adjudicado yo, asi que prosiga con su exposición y despeje mis dudas con la información que dispone
espero que le exijas a Carmen Baladía esa famosa corrección y exactitud. Ah, y que le exijas que haga las manifestaciones relativas al 11M en el juicio, que ocupaba un puesto oficial como para hacerlo en programas de televisión.
¿Me puedes indicar en que ley figura la prohibición de que un cargo público no pueda acudir a un programa de televisión?
Ahora desde el desconocimiento:
¿está acreditado lo del marido de la fallecida y el clavo?,
¿hay constancia de ello por parte de algun funcionario presente?,
¿ se presento como prueba y se comprobó que era ajeno al tren?,
¿entre los viajeros del tren había algun carpintero que se dirigiese a su trabajo transportando equipo y material necesario?
¿le pregunto alguien a Carmen Baladia eso en el juicio?
Comprobaras que no tengo ningún criterio formado a priori, pero que al intentar aplicar el metodo cientifico se pretende llegar a la verdad absoluta, no tan solo a la verdad legal
PS. Para que veas que es cierto que no tengo ninguna predisposicion , ni tan siquiera he votado en la encuesta, sencillamente porque no tengo ninguna respuesta satisfactoria a :
¿que?, ¿por qué?, ¿para qué?, ¿quien?, ¿como? , ¿dondé?, ¿cuando?,...
De noche todos los gatos son pardos. Menos los negros, que no se ven
VAE VICTIS