La Légion Étrangère - La Legión Extranjera (2010-2014)
- s.blanclegion010
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SEGUNDO.
Artículo 9.
Indicio temporal "T".
El indicio temporal "T" puede ser atribuido a uno de los coeficientes de las siglas diversas del perfil médico (a
La excepción de la sigla C y de la sigla P).
Cuando este indicio afecta un coeficiente compatible con la aptitud para servir, se señala:
- Sea la existencia de una afección susceptible de curarse o de evolucionar favorablemente (espontáneamente o después
Tratamiento) y quien, por consiguiente, provocará sólo una restricción temporal y parcial de la aptitud;
- Sea duda en cuanto a la realidad de los síndromes funcionales, en cuanto a las manifestaciones esencialmente subjetivas
Artículo 10.
Esquema del perfil médico.
El perfil médico está establecido con la ayuda del esquema que sigue sobre cuál los coeficientes se apoyan debajo de la sigla correspondiente:
S G Y C O P
------------------------------------------------------
? I ? I ? I ? I ? I
------------------------------------------------------
TITRE II.
ESQUEMA GENERAL DE LA DETERMINACIÓN DE LA APTITUD.
Artículo 11.
Principios generales.
Los médicos de los ejércitos que tienen a pronunciarse en materia de aptitud deben constantemente estar presente a
El espíritu que se trata allí de un peritaje verdadero que reposa en los resultados de un balance médico y en el que
También intervienen elementos de prédictivité.
Conviene en efecto determinar si un sujeto es capaz de ocupar ciertos empleos, de ejecutar ciertos ejercicios
Pero también si puede cumplir estas tareas en la colectividad militar.
Artículo 12.
El peritaje médico inicial.
En el momento del peritaje médico inicial, el establecimiento del perfil médico conducido a una conclusión de orden médicomilitaire
De apreciación de la aptitud para servir o para el empleo. Esta propuesta puede ser: la aptitud, la ineptitud
Temporal o definitiva.
Es determinada refiriéndose a normas o condiciones particulares, definidas por el mando,
A los cuales conviene conformarse estrictamente. En el momento del peritaje médico inicial efectuado durante
Operaciones de selección, el médico debe escoger entre una clasificación P0 en caso de aptitud o una clasificación P5 lo
Caso de ineptitud.
Ciertas afecciones provocan la ineptitud al compromiso hasta cuando los coeficientes atribuidos a las siglas de
SIGYCOP son compatibles con perfil médico exigido.
Estas particularidades son señaladas o en las instrucciones particulares de los estados mayores y direcciones concernidos,
O en el libro II de la instrucción presente para ciertas afecciones que, en todos los casos, provocan
La ineptitud al compromiso.
articulo 13
El examen médico de incorporación.
El examen médico de incorporación al cual están sometidos los voluntarios en los primeros días de su llegada a
La unidad también da lugar al establecimiento de un perfil médico, que, salvo en los casos contemplados al artículo 15,
Reproducido, el perfil médico del peritaje médico inicial.
La aptitud es determinada refiriéndose, como en el momento del peritaje médico inicial, a normas o condiciones
Particulares definidas por el mando a quienes conviene conformarse estrictamente.
Hay que subrayar la importancia que revisten al plan medicolegal las comprobaciones hechas en el momento del examen médico
De incorporación. Éstas cuidadosamente serán consignadas sobre las piezas o los documentos médicos reservados a este
Efecto.
En el momento del examen médico de incorporación, la modificación de la sigla P debe intervenir sólo en los casos donde uno
Afección psiquiátrica intercurrente intervino en el ínterin entre el peritaje médico inicial y la visita Médica de incorporación, o fue bajo estimada en el momento de peritaje médico inicial. Puede tratarse entonces sólo
De una modificación en clasificación P4 o P5.
Artículo 14.
Período probatorio.
Su fin es observar el comportamiento del sujeto en el seno de la colectividad militar o evaluar sus posibilidades
Físicas en el curso de las sesiones de instrucción o de entrenamiento. A este título, aporta elementos
De apreciación de orden dinámica que completan los datos estadísticos y puntuales del examen médico clsico.
En materia de clasificación P, el período probatorio es el tiempo privilegiado de observación de la adaptabilidad a
Servicio activo. Así la aptitud inicial indicada por P0 debe ser reevaluada antes de finales de este período. Este
Examen de peritaje debe repetir los datos médicos iniciales, la reevaluación de los antecedentes médicos y
Psiquiátricos eventuales, pero también evaluar la calidad de la adaptación en la vida militar y en el empleo.
Al término de este período, el médico de unidad debe decidir una clasificación P1 o a defecto enviar al militar a
Médico especialista de psiquiatría para una decisión eventual de ineptitud.
Es pues inoportuno de proceder demasiado precozmente a la revisión de la clasificación P0, para dejar todo su
Sitio a la observación médica y comportamental en el momento de este primer período de adaptación.
Artículo 15.
Modificación del perfil médico inicial.
La reevaluación del perfil médico antes de finales del período probatorio debe permitir:
- De reparar una omisión o una subestimación en el momento del peritaje médico inicial;
- De consignar los efectos de una afección intercurrente;
- De tirar las consecuencias de una ineptitud revelada con ocasión de la vida en colectividad militar.
En suma, excepto la redistribución P de finales de período probatorio evocado al artículo 14, ninguna modificación no
Deberá intervenir sin razón médica objetiva, precisa, indiscutible que lo impone.
Artículo 16.
Determinación y apreciación de la aptitud
En curso de carrera o de contrato.
En cuanto a los militares en curso de carrera o de contrato cuando con ocasión de exámenes médicos
Que serían llamados a sufrir (examen médico periódico, examen médico de aptitud particular a uno
Especialidades o formaciones de empleo, examen médico de orden estatutaria, visita de recuperación del trabajo después de permiso de
Enfermedad, etc) la atribución de los coeficientes a las siglas del perfil médico es realizada conforme a
Disposiciones del artículo 7, teniendo en cuenta sólo de la afección a causa, las secuelas o del handicap
Presentado.
No obstante un valor del coeficiente que para candidato al compromiso habría provocado una ineptitud, no
Constituye no obligatoriamente para ellos un motivo de ineptitud definitiva que hay que servir o para el empleo. En consecuencia,
Su aptitud será apreciada teniendo en cuenta:
- Limitaciones físicas y psicológicas que les imponen su empleo o su función.
- De su experiencia profesional
- Posibilidades de compensación del déficit o del handicap;
Las conclusiones de aptitud, las restricciones eventuales de empleo o la opinión sobre la posibilidad de servir por
Derogación a las normas médicas al servicio o al empleo entonces son puestos en conocimiento de
Mando por el establecimiento de un certificado médico-administrativo de aptitud.
Artículo 17.
Derogación.
Los militares que no presentan más las condiciones médicas de aptitud para servir o para el empleo pueden solicitar ellos
Mantenimiento en servicio o en este empleo por derogación a las normas médicas establecidas por el mando.
En este caso, el experto da sólo una opinión técnica después de haber considerado las exigencias del empleo y el estado de
Salud del demandante, conforme a las disposiciones del artículo 16.
La concesión de la derogación depende exclusivamente de una decisión del mando después de opinión del consejo de salud
Regional.
Artículo 18
Contestación de las conclusiones del peritaje.
Con ocasión de los peritajes médicos iniciales de los candidatos al compromiso o los exámenes médicos
A los cuales están sometidos los militares, el establecimiento del perfil médico y formuladas las conclusiones en materia
De aptitud tienen para objeto de alumbrar la autoridad investida del poder de decisión. Consideradas como medidas
Preparatorios, ellas mismas no constituyen decisiones que hacen queja susceptibles de un recurso
Punto litigioso. Pueden no obstante ser objeto de un recurso gracioso. En caso de contestación de un diagnóstico,El experto designado conducirá el surexpertise según ellos
Reglas fijadas sobre el artículo 7. Las conclusiones de aptitud deberán, según el caso, respetar las disposiciones del artículo
12 al compromiso y los del artículo 16 en curso de carrera o del contrato.
Artículo 9.
Indicio temporal "T".
El indicio temporal "T" puede ser atribuido a uno de los coeficientes de las siglas diversas del perfil médico (a
La excepción de la sigla C y de la sigla P).
Cuando este indicio afecta un coeficiente compatible con la aptitud para servir, se señala:
- Sea la existencia de una afección susceptible de curarse o de evolucionar favorablemente (espontáneamente o después
Tratamiento) y quien, por consiguiente, provocará sólo una restricción temporal y parcial de la aptitud;
- Sea duda en cuanto a la realidad de los síndromes funcionales, en cuanto a las manifestaciones esencialmente subjetivas
Artículo 10.
Esquema del perfil médico.
El perfil médico está establecido con la ayuda del esquema que sigue sobre cuál los coeficientes se apoyan debajo de la sigla correspondiente:
S G Y C O P
------------------------------------------------------
? I ? I ? I ? I ? I
------------------------------------------------------
TITRE II.
ESQUEMA GENERAL DE LA DETERMINACIÓN DE LA APTITUD.
Artículo 11.
Principios generales.
Los médicos de los ejércitos que tienen a pronunciarse en materia de aptitud deben constantemente estar presente a
El espíritu que se trata allí de un peritaje verdadero que reposa en los resultados de un balance médico y en el que
También intervienen elementos de prédictivité.
Conviene en efecto determinar si un sujeto es capaz de ocupar ciertos empleos, de ejecutar ciertos ejercicios
Pero también si puede cumplir estas tareas en la colectividad militar.
Artículo 12.
El peritaje médico inicial.
En el momento del peritaje médico inicial, el establecimiento del perfil médico conducido a una conclusión de orden médicomilitaire
De apreciación de la aptitud para servir o para el empleo. Esta propuesta puede ser: la aptitud, la ineptitud
Temporal o definitiva.
Es determinada refiriéndose a normas o condiciones particulares, definidas por el mando,
A los cuales conviene conformarse estrictamente. En el momento del peritaje médico inicial efectuado durante
Operaciones de selección, el médico debe escoger entre una clasificación P0 en caso de aptitud o una clasificación P5 lo
Caso de ineptitud.
Ciertas afecciones provocan la ineptitud al compromiso hasta cuando los coeficientes atribuidos a las siglas de
SIGYCOP son compatibles con perfil médico exigido.
Estas particularidades son señaladas o en las instrucciones particulares de los estados mayores y direcciones concernidos,
O en el libro II de la instrucción presente para ciertas afecciones que, en todos los casos, provocan
La ineptitud al compromiso.
articulo 13
El examen médico de incorporación.
El examen médico de incorporación al cual están sometidos los voluntarios en los primeros días de su llegada a
La unidad también da lugar al establecimiento de un perfil médico, que, salvo en los casos contemplados al artículo 15,
Reproducido, el perfil médico del peritaje médico inicial.
La aptitud es determinada refiriéndose, como en el momento del peritaje médico inicial, a normas o condiciones
Particulares definidas por el mando a quienes conviene conformarse estrictamente.
Hay que subrayar la importancia que revisten al plan medicolegal las comprobaciones hechas en el momento del examen médico
De incorporación. Éstas cuidadosamente serán consignadas sobre las piezas o los documentos médicos reservados a este
Efecto.
En el momento del examen médico de incorporación, la modificación de la sigla P debe intervenir sólo en los casos donde uno
Afección psiquiátrica intercurrente intervino en el ínterin entre el peritaje médico inicial y la visita Médica de incorporación, o fue bajo estimada en el momento de peritaje médico inicial. Puede tratarse entonces sólo
De una modificación en clasificación P4 o P5.
Artículo 14.
Período probatorio.
Su fin es observar el comportamiento del sujeto en el seno de la colectividad militar o evaluar sus posibilidades
Físicas en el curso de las sesiones de instrucción o de entrenamiento. A este título, aporta elementos
De apreciación de orden dinámica que completan los datos estadísticos y puntuales del examen médico clsico.
En materia de clasificación P, el período probatorio es el tiempo privilegiado de observación de la adaptabilidad a
Servicio activo. Así la aptitud inicial indicada por P0 debe ser reevaluada antes de finales de este período. Este
Examen de peritaje debe repetir los datos médicos iniciales, la reevaluación de los antecedentes médicos y
Psiquiátricos eventuales, pero también evaluar la calidad de la adaptación en la vida militar y en el empleo.
Al término de este período, el médico de unidad debe decidir una clasificación P1 o a defecto enviar al militar a
Médico especialista de psiquiatría para una decisión eventual de ineptitud.
Es pues inoportuno de proceder demasiado precozmente a la revisión de la clasificación P0, para dejar todo su
Sitio a la observación médica y comportamental en el momento de este primer período de adaptación.
Artículo 15.
Modificación del perfil médico inicial.
La reevaluación del perfil médico antes de finales del período probatorio debe permitir:
- De reparar una omisión o una subestimación en el momento del peritaje médico inicial;
- De consignar los efectos de una afección intercurrente;
- De tirar las consecuencias de una ineptitud revelada con ocasión de la vida en colectividad militar.
En suma, excepto la redistribución P de finales de período probatorio evocado al artículo 14, ninguna modificación no
Deberá intervenir sin razón médica objetiva, precisa, indiscutible que lo impone.
Artículo 16.
Determinación y apreciación de la aptitud
En curso de carrera o de contrato.
En cuanto a los militares en curso de carrera o de contrato cuando con ocasión de exámenes médicos
Que serían llamados a sufrir (examen médico periódico, examen médico de aptitud particular a uno
Especialidades o formaciones de empleo, examen médico de orden estatutaria, visita de recuperación del trabajo después de permiso de
Enfermedad, etc) la atribución de los coeficientes a las siglas del perfil médico es realizada conforme a
Disposiciones del artículo 7, teniendo en cuenta sólo de la afección a causa, las secuelas o del handicap
Presentado.
No obstante un valor del coeficiente que para candidato al compromiso habría provocado una ineptitud, no
Constituye no obligatoriamente para ellos un motivo de ineptitud definitiva que hay que servir o para el empleo. En consecuencia,
Su aptitud será apreciada teniendo en cuenta:
- Limitaciones físicas y psicológicas que les imponen su empleo o su función.
- De su experiencia profesional
- Posibilidades de compensación del déficit o del handicap;
Las conclusiones de aptitud, las restricciones eventuales de empleo o la opinión sobre la posibilidad de servir por
Derogación a las normas médicas al servicio o al empleo entonces son puestos en conocimiento de
Mando por el establecimiento de un certificado médico-administrativo de aptitud.
Artículo 17.
Derogación.
Los militares que no presentan más las condiciones médicas de aptitud para servir o para el empleo pueden solicitar ellos
Mantenimiento en servicio o en este empleo por derogación a las normas médicas establecidas por el mando.
En este caso, el experto da sólo una opinión técnica después de haber considerado las exigencias del empleo y el estado de
Salud del demandante, conforme a las disposiciones del artículo 16.
La concesión de la derogación depende exclusivamente de una decisión del mando después de opinión del consejo de salud
Regional.
Artículo 18
Contestación de las conclusiones del peritaje.
Con ocasión de los peritajes médicos iniciales de los candidatos al compromiso o los exámenes médicos
A los cuales están sometidos los militares, el establecimiento del perfil médico y formuladas las conclusiones en materia
De aptitud tienen para objeto de alumbrar la autoridad investida del poder de decisión. Consideradas como medidas
Preparatorios, ellas mismas no constituyen decisiones que hacen queja susceptibles de un recurso
Punto litigioso. Pueden no obstante ser objeto de un recurso gracioso. En caso de contestación de un diagnóstico,El experto designado conducirá el surexpertise según ellos
Reglas fijadas sobre el artículo 7. Las conclusiones de aptitud deberán, según el caso, respetar las disposiciones del artículo
12 al compromiso y los del artículo 16 en curso de carrera o del contrato.
pour ce destin de chevalier, honneur et fidelite...LEGIO PATRIA NOSTRA
- s.blanclegion010
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TERCERO.
[color=orange]LIVRE II.
REPERTORIO ANALÍTICO.
INTRODUCCIÓN.
Artículo 21.
Presentación. [/color]
Este repertorio, después de haber precisado las condiciones morfológicas generales de aptitud, enumera las directoras de colegio
Enfermedades, imperfecciones o malformaciones así como los coeficientes que hay que atribuir a las siglas correspondientes del perfil
Médico.
Siendo necesariamente incompleto queda sin embargo suficiente para ofrecer, cuando se encontrará
Presencia de afecciones que no son citadas allí, posibilidades de apreciación por referencia a las que fueron
Deducciones.
TUTULO PRIMERO
morfologia general.
Anotó. Independientemente de toda afección, imperfección o malformación
El que la lista es dada en los títulos siguientes del presente libro,
La aptitud debe ser estimada con arreglo a la constitución, talla,
Musculatura, robustez.
Artículo 22.
Talla.
Talla mínima exigida para el compromiso:
A) Sujetos del órgano sexual masculino.------------------5 ou 5 T (G )
- De edad de 19 años y más: 1,54 m.
Talla inferior a 1,54 m … … … … … … … …
- De edad de 17 a 19 años.
Una tolerancia de 2 a 3 centímetros es admitida para los sujetos de
Constitución robusta pero cuyo crecimiento no es terminado.
- De edad de menos de 17 años.
Ver condiciones particulares de admisión a la formación a
El cual se destinan estos sujetos.
Artículo 23.
Musculatura, robustez física general.
A) Buena musculatura en un sujeto deportivo o armoniosamente
Desarrollado ------------------------ 1 (G )
B) Musculatura satisfactoria en un sujeto grácil del que están la robustez y
La resistencia física son. Susceptibles de mejorarse bajo el efecto
De un entrenamiento físico bien conducido … … … … … 2 (G)
C) Musculatura mediocre (asociada o no con una constitución
no armoniosa) ...... … … … … … … … … … 3 A 5 (G) O 3T A 4 T
D) Chétivité constitucional ( no se q es eso) … … … … … … 5 (G )
Artículo 24.
Delgadez.
A) Simple según robustez … … … … … … … … … 2 a 4 ( G)
B) Anorexia mental … … … … … … … … … .. 5 (G, P )
Artículo 25.
Obesidad.
La estimación de la masa grasa reposa en el cálculo del indicio de
Masa corporal (IMC). Este indicio es el informe del peso (P
Exprimido en kg) sobre el cuadrado de la talla (T exprimida en metro). IMC =P/(T) ².
A) Exceso ponderal moderado (IMC: de 25 a 29,9) no
Complicada … … … … … … … … … … … 2 (G )
B) Obesidad (IMC: de 30 a 39,9) según la presentación clínica y
Complicaciones … … … … … … … … … … … 3 A 5 (G)
C) Obesidad mórbida (IMC superior o igual a 40) … … … …5 (G)
A CONTINUCION MIRAR DOCUMENTO. (TODO ESTO TE DEJA FUERA DE SER SELECCIONABLE )
CHAPITRE PREMIER.
MALADIES D'ORIGINE MICROBIENNE OU VIRALE.
Article 27.
Maladies à évolution prolongée ou chronique.
a) Tuberculose.
b) Lèpre.
c) Brucellose.
Article 28.
Infection par le virus de l’immunodéficience humaine VIH
(LAS OTRAS ENFERMEDADES SON TRATABLES CON LA LETRA T Q TE DEJA EN OBSERVACION PARA SEGUIR EL SERVICIO .) ( O TB SI LA TRAES CONTIGO NO PODRAS SER SELECCIONABLE SEGUN EVALUACION)
[color=orange]LIVRE II.
REPERTORIO ANALÍTICO.
INTRODUCCIÓN.
Artículo 21.
Presentación. [/color]
Este repertorio, después de haber precisado las condiciones morfológicas generales de aptitud, enumera las directoras de colegio
Enfermedades, imperfecciones o malformaciones así como los coeficientes que hay que atribuir a las siglas correspondientes del perfil
Médico.
Siendo necesariamente incompleto queda sin embargo suficiente para ofrecer, cuando se encontrará
Presencia de afecciones que no son citadas allí, posibilidades de apreciación por referencia a las que fueron
Deducciones.
TUTULO PRIMERO
morfologia general.
Anotó. Independientemente de toda afección, imperfección o malformación
El que la lista es dada en los títulos siguientes del presente libro,
La aptitud debe ser estimada con arreglo a la constitución, talla,
Musculatura, robustez.
Artículo 22.
Talla.
Talla mínima exigida para el compromiso:
A) Sujetos del órgano sexual masculino.------------------5 ou 5 T (G )
- De edad de 19 años y más: 1,54 m.
Talla inferior a 1,54 m … … … … … … … …
- De edad de 17 a 19 años.
Una tolerancia de 2 a 3 centímetros es admitida para los sujetos de
Constitución robusta pero cuyo crecimiento no es terminado.
- De edad de menos de 17 años.
Ver condiciones particulares de admisión a la formación a
El cual se destinan estos sujetos.
Artículo 23.
Musculatura, robustez física general.
A) Buena musculatura en un sujeto deportivo o armoniosamente
Desarrollado ------------------------ 1 (G )
B) Musculatura satisfactoria en un sujeto grácil del que están la robustez y
La resistencia física son. Susceptibles de mejorarse bajo el efecto
De un entrenamiento físico bien conducido … … … … … 2 (G)
C) Musculatura mediocre (asociada o no con una constitución
no armoniosa) ...... … … … … … … … … … 3 A 5 (G) O 3T A 4 T
D) Chétivité constitucional ( no se q es eso) … … … … … … 5 (G )
Artículo 24.
Delgadez.
A) Simple según robustez … … … … … … … … … 2 a 4 ( G)
B) Anorexia mental … … … … … … … … … .. 5 (G, P )
Artículo 25.
Obesidad.
La estimación de la masa grasa reposa en el cálculo del indicio de
Masa corporal (IMC). Este indicio es el informe del peso (P
Exprimido en kg) sobre el cuadrado de la talla (T exprimida en metro). IMC =P/(T) ².
A) Exceso ponderal moderado (IMC: de 25 a 29,9) no
Complicada … … … … … … … … … … … 2 (G )
B) Obesidad (IMC: de 30 a 39,9) según la presentación clínica y
Complicaciones … … … … … … … … … … … 3 A 5 (G)
C) Obesidad mórbida (IMC superior o igual a 40) … … … …5 (G)
A CONTINUCION MIRAR DOCUMENTO. (TODO ESTO TE DEJA FUERA DE SER SELECCIONABLE )
CHAPITRE PREMIER.
MALADIES D'ORIGINE MICROBIENNE OU VIRALE.
Article 27.
Maladies à évolution prolongée ou chronique.
a) Tuberculose.
b) Lèpre.
c) Brucellose.
Article 28.
Infection par le virus de l’immunodéficience humaine VIH
(LAS OTRAS ENFERMEDADES SON TRATABLES CON LA LETRA T Q TE DEJA EN OBSERVACION PARA SEGUIR EL SERVICIO .) ( O TB SI LA TRAES CONTIGO NO PODRAS SER SELECCIONABLE SEGUN EVALUACION)
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- s.blanclegion010
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- Registrado: 24 May 2008, 03:07
-
- Capitán
- Mensajes: 1311
- Registrado: 16 Jul 2003, 10:00
Digo yo que si alguien se rompió un brazo hace 5 ó 10 años, y se le ha curado bien sin la más mínima secuela, lo más fácil es callarse la boca y punto; no van a hacer radiografías de todos los huesos a todos los candidatos, y si la lesión no dejó secuelas no la van a notar. Que tienen médicos, no Rappels...
Respecto a las operaciones de la vista, lo mismo, para detectar una operación hace falta un estudio de la cornea con la máquina correspondiente, no creo que se dediquen candidato por candidato ha realizar ese estudio. Por otra parte, si la operación tiene más de cinco años, lo más probable es que ni el mejor oftalmólogo la descubra.
Está muy bien ser sincero en cualquier procedimiento selectivo, sobre todo para que no te descarten por faltar a la verdad; pero hay cosas que, directamente, y por su falta de importancia, es mejor olvidar.
Al menos, es mi opinión...
Respecto a las operaciones de la vista, lo mismo, para detectar una operación hace falta un estudio de la cornea con la máquina correspondiente, no creo que se dediquen candidato por candidato ha realizar ese estudio. Por otra parte, si la operación tiene más de cinco años, lo más probable es que ni el mejor oftalmólogo la descubra.
Está muy bien ser sincero en cualquier procedimiento selectivo, sobre todo para que no te descarten por faltar a la verdad; pero hay cosas que, directamente, y por su falta de importancia, es mejor olvidar.
Al menos, es mi opinión...
- ente
- Subteniente
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- Registrado: 02 Ene 2009, 12:37
VALHAL escribió:Digo yo que si alguien se rompió un brazo hace 5 ó 10 años, y se le ha curado bien sin la más mínima secuela, lo más fácil es callarse la boca y punto; no van a hacer radiografías de todos los huesos a todos los candidatos, y si la lesión no dejó secuelas no la van a notar. Que tienen médicos, no Rappels...
Respecto a las operaciones de la vista, lo mismo, para detectar una operación hace falta un estudio de la cornea con la máquina correspondiente, no creo que se dediquen candidato por candidato ha realizar ese estudio. Por otra parte, si la operación tiene más de cinco años, lo más probable es que ni el mejor oftalmólogo la descubra.
Está muy bien ser sincero en cualquier procedimiento selectivo, sobre todo para que no te descarten por faltar a la verdad; pero hay cosas que, directamente, y por su falta de importancia, es mejor olvidar.
Al menos, es mi opinión...
Buenos días,
Si, es posible que no miren a todos con radiografías, examenes oculares intensos y demás, pero si no dices lo que tienes y luego te pasa algo, te hacen una radiografía por ejemplo y ven que tienes una fractura que no declaraste entonces verán que les mentiste y lo más seguro es que, o te echen o no te denieguen el reenganche en el siguiente contrato...
Yo creo, sinceramente, que todo lo que tengas que decirles, diselo, si no puedes ir al REP porque el SIGYCOP no te da, pues lo siento, c'est la vie como se suele decir... Ahora bien, si mientes y te descubren, la jodiste pudiendo quedar truncada una buena carrera por falta de sinceridad...
No se, que cada uno valore los pros y los contras de sus acciones...
Un saludo.
Última edición por ente el 09 Ene 2011, 16:38, editado 1 vez en total.
Étranger devenu fils de France Non par le sang reçu mais par le sang versé
-
- Capitán
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- Registrado: 16 Jul 2003, 10:00
ente escribió:Si, es posible que no miren a todos con radiografías, examenes oculares intensos y demás, pero si no dices lo que tienes y luego te pasa algo, te hacen una radiografía por ejemplo y ven que tienes una fractura que no declaraste entonces verán que les mentiste y lo más seguro es que, o te echen o no te denieguen el reenganche en el siguiente contrato...
Un saludo.
Pues ya tienes que tener mala suerte para romperte justo el mismo brazo después de 5 ó 10 años, y además dar con un médico que no tenga otra cosa que hacer más que preocuparse de tu lesión antigua en lugar de la moderna.
Vamos, que si curras bien en tu Unidad no creo que suponga ningún problema que hayas tenido una lesión hace cinco años, como no creo que suponga ningún problema que no la declarases al alistarte, como no creo que se molesten en comprobarlo, siempre que esa lesión inicial no suponga un grave inconveniente o agravamiento importante para la nueva lesión.
Por otra parte, no creo que la Legión tenga mucho interés en expulsar a un legionario bien entrenado y que cumpla en su Regimiento (después del dinero gastado en su instrucción, tanto en los cuatro primeros meses como durante el resto de su contrato) simplemente porque durante el enganche no dijera que de pequeño se hizo una fisura en la muñeca que no le inhabilita para nada.
En cualquier caso, y tal como parece que están las cosas ahora respecto al ratio candidatos/aceptados, mejor será que no te concedan un segundo contrato a que directamente te declaren inapto en la selección para el primero por una gilipollez de la que tienes un 95 por ciento de posibilidades de que no se enteren nunca.
Al menos, esa sigue siendo mi opinión...
-
- Cabo
- Mensajes: 125
- Registrado: 22 Ene 2010, 01:48
- Ubicación: Alicante
mario2V escribió:Delgado escribió:mario2V
tienes pensado ingresar en la legion?
si es asi podriamos subir juntos
Lo tengo pensado, pero no actualmente. Es un proyecto a largo plazo. Tengo 18 años y primero prefiero acabar los estudios (FP Superior de automoción), que soy joven, luego prepararme bien físicamente, que aunque estoy en forma no lo estaría para aguantar la caña que dan dentro en el caso de que me cogieran, y ya posteriormente tener el dinerillo ahorrado para pagarme el viaje a Perpignan o donde fuera, pues vivo en Madrid (no sé cómo andan los precios de avión o lo que sea).
En resumidas cuentas, que no podrá ser lo de subir juntos por desgracia. Que tengas suerte sea cuando sea que te presentes!
Si vives en Madrid lo tienes mejor un avion para Marselle con Ryanair te sale ida y vuelta menos de 50 euros cogiendolo con tiempo. Luego de alli a Aubagne, vas en bus(navette) y te plantas en el banderin. Y si terminas los estudios mejor, porque si quedas seleccionado en un futuro podrias trabajar como mecanico en la legion.
La vie ne sourit qu’aux plus forts, aux plus vaillants
L’ardeur, la fierté, la jeunesse sont dans nos rangs.
L’ardeur, la fierté, la jeunesse sont dans nos rangs.
-
- Suboficial Primero
- Mensajes: 669
- Registrado: 22 Feb 2008, 23:28
- Ubicación: ESPAÑA
Estoy de acuerdo con Valhal. Creo que si fuera mi caso, sopesaria las probabilidades. Que es más fácil , que te den inapto diciendo la verdad¿?Casi al 90% que si.
Todo despendería del caso. Si claramente se ve que hay una operación, pues para que vas a mentir.
Yo me la jugaría a una carta, y si me pillan mala suerte y que cada palo aguante su vela.
Todo despendería del caso. Si claramente se ve que hay una operación, pues para que vas a mentir.
Yo me la jugaría a una carta, y si me pillan mala suerte y que cada palo aguante su vela.
PIETRA BIERA CORSA
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- Suboficial Primero
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- Registrado: 09 Dic 2008, 16:30
- Ubicación: Madrid (Fuenlabrada)
lascar escribió:mario2V escribió:Lo tengo pensado, pero no actualmente. Es un proyecto a largo plazo. Tengo 18 años y primero prefiero acabar los estudios (FP Superior de automoción), que soy joven, luego prepararme bien físicamente, que aunque estoy en forma no lo estaría para aguantar la caña que dan dentro en el caso de que me cogieran, y ya posteriormente tener el dinerillo ahorrado para pagarme el viaje a Perpignan o donde fuera, pues vivo en Madrid (no sé cómo andan los precios de avión o lo que sea).
En resumidas cuentas, que no podrá ser lo de subir juntos por desgracia. Que tengas suerte sea cuando sea que te presentes!
Si vives en Madrid lo tienes mejor un avion para Marselle con Ryanair te sale ida y vuelta menos de 50 euros cogiendolo con tiempo. Luego de alli a Aubagne, vas en bus(navette) y te plantas en el banderin. Y si terminas los estudios mejor, porque si quedas seleccionado en un futuro podrias trabajar como mecanico en la legion.
Gracias por la información, aunque para cuando quiera subir lo mismo vale 300€, jajaja. Respecto a lo de ser mecánico en la LEF, pues hombre, no es uno de mis objetivos si me cogen, porque para ser mecánico me quedo fuera , pero si no quedase más remedio... Menos da una piedra.
Si vis pacem, para bellum.
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METRALLA escribió:Estoy de acuerdo con Valhal. Creo que si fuera mi caso, sopesaria las probabilidades. Que es más fácil , que te den inapto diciendo la verdad¿?Casi al 90% que si.
Todo despendería del caso. Si claramente se ve que hay una operación, pues para que vas a mentir.
Yo me la jugaría a una carta, y si me pillan mala suerte y que cada palo aguante su vela.
aver os comento fue rotura de femur hace un año soy culturista a los 2 meses y medio ya estaba con mi muleta volviendo hacer pesas
y ai estoy sin ningun tipo de molestia cogiendo 120kg con barra haciendo sentadillas lo que tengo es un corte de la intervencion de unos 4 dedos
que lo tapa totalmente los calzoncillos veo que estan saliendo varias opiniones de que si debo decirlo, que si no y me esta descolocando un poco el tema.
que opinais? lo tengo tomado muy enserio lo de ingresar en la legion.
Saludos
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METRALLA escribió:Estoy de acuerdo con Valhal. Creo que si fuera mi caso, sopesaria las probabilidades. Que es más fácil , que te den inapto diciendo la verdad¿?Casi al 90% que si.
Todo despendería del caso. Si claramente se ve que hay una operación, pues para que vas a mentir.
Yo me la jugaría a una carta, y si me pillan mala suerte y que cada palo aguante su vela.
No se puede decir la verdad siempre y a toda costa, o por lo menos no si hay algo que es mejor que no se sepa.
Un claro ejemplo es en lo que respecta a drogas, si fumas o has fumado canutos habitualmente, ¿de qué te va a servir decirlo en una entrevista en la Légion Étrangère, o en cualquier otro proceso selectivo? ¿Creeis que por ser muy sincero seleccionarán a un drogadicto, o ex-drogadicto, frente a otro candidato sano?
Creo que precisamente ese debió de ser uno de los fallos de uno de los foristas que se presentó hace poco.
Tengo varios amigos en la Guardia Civil española que han consumido canutos y otras sustancias psicotrópicas consideradas más duras, y evidentemente se curraron los tests y la entrevista para mentir y que les creyeran cuando mentían; si hubieran dicho la verdad está claro que a día de hoy no estaría en la Guardia Civil. Y los tests y la entrevista personal que se realizan para ingresar allí, teniendo en cuenta que te van a permitir llevar un arma de fuego encima las 24 horas del día casi toda tu vida (de servicio y fuera de él), no son ninguna tontería.
Ahora (y por seguir con el mismo ejemplo), si alguno fuma diez canutos todos los días, que no se crea que por negarlo en una entrevista no va a salir en las analíticas... en ese caso, mejor ni presentarse.
Como conclusión, quiero decir que si hay alguna circunstancia que pueda perjudicar en un proceso selectivo, y tenemos la CERTEZA de que es INDETECTABLE por el seleccionador, lo mejor es olvidarse de ella y punto. Y digo olvidarse, no digo mentir, a fin de que en los tests nadie meta la gamba al contestar de manera distinta a la misma pregunta, que suelen repetirlas de distinta manera varias veces para detectar, precisamente, a los "mentirosos".
Lo dejo ahí para la reflexión, que cada uno opine lo que quiera...
Última edición por VALHAL el 09 Ene 2011, 19:54, editado 1 vez en total.
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