carlos perez llera escribió:Te repito. Almogaver, Ley de Seguridad privada de 1992.
Si te la lees o la ojeas podremos debatir
Sinó, esto es estéril
saludos
En esa ley especifica una serie de funciones que han de realizar, las especialidades, el material y demás. Pero, insisto, a nivel de cobertura legal, ¿qué diferencia hay entre un VS y un particular cualquiera?.
Repito, ¿les confiere esa ley la potestad de identificar a ciudadanos, la potestad exclusiva de detener, registrar efectos personales, les otorga la condición de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones?.
Pueden portar armas en ciertos casos y demás, sí, claro, pero repito, el estar de servicio no les confiere ninguna protección especial.