Límites Marítimos Chile - Perú
- CZEKALSKI
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Hay declaraciones expresas de los Cancilleres de Colombia y Ecuador señalando que el documento que define las coordenadas del punto de inicio de la frontera marítima se basa en el Tratado de Límites de 1975 que es el documento principal y del cual deriva.
Es innegable, por otro lado que el texto del tratado de límites marítimos entre Perú y Ecuador registrado en la ONU no deriva de ningún otro documento, acuerdo o tratado vigente de lo contrario su texto lo mencionaría.
Ambas cosas son innegables.
Ante ello ¿Qué hace Desinforumest?
Volver a repetir el mismo rollo de siempre:
- Normas internas Peruanas (¿?).
- Relacionar las Actas de 1968-69 de carácter meramente pesquero con el Tratado de Límites Terrestres de 1929 (Mezclar papas con camotes) para pretender con ello modificar el punto de inicio de la frontera terrestre establecido.
- Ignorar la expresa pocisión oficial del Estado Chileno hasta inicios de la década de los 70s, que considera a los acuerdos de los años 50s como instrumentos para fines pesqueros.
- ignorar que esta posición fue avalada y sustentada por no pocos juristas Chilenos de la época en diversas obras.
Me gustaría si se animara a analizar el texto de las Notas Reversales Perú-Ecuador de 2011, párrafo por párrafo y pueda decirnos cómo Chile podría relacionarlo con los Acuerdos de 1952-54, teniendo en cuenta que Ecuador no es parte en el proceso y tampoco lo será.
Saludos.
Es innegable, por otro lado que el texto del tratado de límites marítimos entre Perú y Ecuador registrado en la ONU no deriva de ningún otro documento, acuerdo o tratado vigente de lo contrario su texto lo mencionaría.
Ambas cosas son innegables.
Ante ello ¿Qué hace Desinforumest?
Volver a repetir el mismo rollo de siempre:
- Normas internas Peruanas (¿?).
- Relacionar las Actas de 1968-69 de carácter meramente pesquero con el Tratado de Límites Terrestres de 1929 (Mezclar papas con camotes) para pretender con ello modificar el punto de inicio de la frontera terrestre establecido.
- Ignorar la expresa pocisión oficial del Estado Chileno hasta inicios de la década de los 70s, que considera a los acuerdos de los años 50s como instrumentos para fines pesqueros.
- ignorar que esta posición fue avalada y sustentada por no pocos juristas Chilenos de la época en diversas obras.
Me gustaría si se animara a analizar el texto de las Notas Reversales Perú-Ecuador de 2011, párrafo por párrafo y pueda decirnos cómo Chile podría relacionarlo con los Acuerdos de 1952-54, teniendo en cuenta que Ecuador no es parte en el proceso y tampoco lo será.
Saludos.
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Las notas reversales dicen "circunstancias especiales", ¿o no?...¿cual es la finalidad de darle una suerte de "justificación" al paralelo si se trata -como afirmas-, de un Tratado nuevo?...¿no será que no es taaaan nuevo como nos pretendes hacer creer?...
Saludos
Simplemente falso. Nunca ha sido una posición oficial chilena el considerar a los Tratados de 1952 y 1954 con finalidades puramente pesqueras.
Saludos
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Simplemente falso. Nunca ha sido una posición oficial chilena el considerar a los Tratados de 1952 y 1954 con finalidades puramente pesqueras.
Para que los malos ganen, basta que los buenos no hagan nada...
- CZEKALSKI
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
badghost escribió:Las notas reversales dicen "circunstancias especiales", ¿o no?...¿cual es la finalidad de darle una suerte de "justificación" al paralelo si se trata -como afirmas-, de un Tratado nuevo?...¿no será que no es taaaan nuevo como nos pretendes hacer creer?....
El hecho de que se haga referencia a "circunstancias especiales" está lejos de favorecer a Chile, pues como tú sabrás desde inicios de los años 50s como en la actualidad, las "circunstancias especiales" ya eran generalmente aceptadas como una de las causas por las cuales se dejaba de lado el criterio de la equidistancia y se optaba por cualquier otro en aras de la equidad.
badghost escribió:Simplemente falso. Nunca ha sido una posición oficial chilena el considerar a los Tratados de 1952 y 1954 con finalidades puramente pesqueras.
No suelo escribir sin el respectivo sustento.
Lo cierto es que el Presidente de una delegación oficial Chilena (Que, valga la redundancia representa y lleva la posición oficial de la República de Chile) lo señala claramente y lo señalan claramente también, autores Chilenos hasta por lo menos 1973:
http://www.defensa.pe/showpost.php?p=27 ... count=7563
Saludos.
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- Alférez
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
CZEKALSKI escribió:Hay declaraciones expresas de los Cancilleres de Colombia y Ecuador señalando que el documento que define las coordenadas del punto de inicio de la frontera marítima se basa en el Tratado de Límites de 1975 que es el documento principal y del cual deriva.
Así como el documento que sirvió de base para definir el inicio de la frontera marítima entre Chile y Perú fueron las Actas de 1930...parte del Tratado de Ancón...y citándote : "...es el documento principal y del cual deriva."...las Actas de 1930.
Es innegable, por otro lado que el texto del tratado de límites marítimos entre Perú y Ecuador registrado en la ONU no deriva de ningún otro documento, acuerdo o tratado vigente de lo contrario su texto lo mencionaría.
Ambas cosas son innegables.
Es innegable por otra parte, que las Actas de 1968 y 1969 no hacen mención a ningún otro documento que las Actas de 1930...a ningún otro...de lo contrario su texto lo mencionaría.
Ante ello ¿Qué hace Desinforumest?
Volver a repetir el mismo rollo de siempre:
- Normas internas Peruanas (¿?).
Siento que te concentres tanto en el manejo procesal que debe realizar Perú para desconocer un límite que ha respetado por décadas...pero una declaración unilateral ante la comunidad internacional como la realizada por Perú que distingue su "Dominio Marítimo" de sus "Zonas de Manejo y Control"...y si produce efectos internacionales respecto de sí mismo, sus vecinos y la comunidad en general...o que la ley del petróleo sea una definición de zonas de manejo de recursos y no de modificación de dominio marítimo de la nación como las distingue 1947...o que la R.S. N°23 se refiera por sí sólo a 1947 como norma del paralelo y a 1952 como "punto donde la frontera terrestre toca el mar". Y es simple, Perú quiere modificar la delimitación actual y Chile quiere mantenerla y para eso va por estoppel...no va por tratados expresos y específicos...ese es un asunto meramente peruano ante la Corte.
¿Va a decir Chile que 1952 y 1954 versan sobre delimitacion?...¡claro!...es innegable que hay delimitación de espacios marítimos...obvio, sino no hubieran tenido necesidad de sentarse a conversar sobre control y manejo de recursos en las Zonas Marítimas de Soberanía y Jurisdicción ("Dominio Marítimo") que a cada uno corresponde...pero Perú de enredarse entre tanta vuelta pretende a hacer perder lo evidente a los demás....confundir Zona Marítima General declarada en 1952, Zonas de Soberanía y Jurisdicción de cada contratante reconocidas en 1952 y 1954 con los Convenios que crean Zonas para el Control y Manejo de Recursos como vuelve a ser, por ejemplo, 1954 y todos los demás convenios de la CPPS que hacen distinción expresa a las Zonas de Soberanía y Jurisdicción de cada contratante....y las instalaciones balleneras...Zonas de Soberanía y Jurisdicción y control de especies migrantes...etc... Soberanía y Jurisdicción vs. Control y Manejo...pero no....no son lo mismo...sería como dices a continuación...mezclar peras con camotes.
Ahora, esas 3 normas (1947, Petróleo y R.S. N° 23 de 1955) SON ANTERIORES a la entrada en vigencia respecto de las partes de la Declaración de Santiago y, aunque la Corte indicara que no hay tratado expreso ni específico...Chile, para ir por estoppel no requiere de la defensa a ultranza de 1952 y 1954.
- Relacionar las Actas de 1968-69 de carácter meramente pesquero con el Tratado de Límites Terrestres de 1929 (Mezclar papas con camotes) para pretender con ello modificar el punto de inicio de la frontera terrestre establecido.
Bah! eran papas con camotes....¿Dónde se relacionan las actas con los peruanísimos "convenios pesqueros"?...vuelve a ser innegable que :
y que :"la misión que les ha sido encomendada por sus respectivos Gobiernos en orden a estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito número uno (N°.1)"
"Finalmente, en vista de que el paralelo que se proyecta materializar es el correspondiente a la situación geográfica que para el Hito de concreto N°. 1 señala el Acta suscrita en Lima el primero de agosto de 1930, los Representantes sugieren se verifique por una Comisión Mixta la posición de esta pirámide antes de la realización de los trabajos que recomiendan."
¿Qué mención hay a 1952 o 1954?...ninguna.
- Ignorar la expresa pocisión oficial del Estado Chileno hasta inicios de la década de los 70s, que considera a los acuerdos de los años 50s como instrumentos para fines pesqueros.
Como ves...Chile para estoppel no requiere de mucho más que "las normas internas" que tiendes a despreciar...y claro, lo que Perú va a intentar impugan como "meros documentos"...las Actas de 1968 y 1969.
¿Entonces me dices que los tratados de los 50 no hablan de zonas de Soberanía y jurisdicción?...los mencionan expresamente y muy seguido al interior de muchos de los Convenios incluso posteriores de la CPPS...otra cosa curiosa (por inversa) es que yendo a definir asuntos de Control y Manejo de Recursos...hagan casi siempre mención a las Zonas de Soberanía y Jurisdicción de cada contratante....cabrá a la Corte averiguar como se llevaron y siguen llevando esos acuerdos en la práctica.
- ignorar que esta posición fue avalada y sustentada por no pocos juristas Chilenos de la época en diversas obras.
A que darse más vueltas...el paralelo de 1947 no era "meramente pesquero"....nop...era de "Dominio Marítimo de la Nación"...el mismo paralelo que respetaron ambos países desde a lo menos 1947 y hasta la entrada en vigencia respecto de
ambos contratantes de la "Declaración de Santiago" y el Convenio Zona especial fronteriza marítima...que crea una zona buffer especial...DE MANEJO DE RECURSOS... para los nacionales de cada país...a cada lado del paralelo que divide los "DOMINIOS MARÍTIMOS" de cada cual.
La Declaración de Santiago y 1954 son uno sólo...pero refleja claramente las áreas buffer "RESPECTO DE LOS DOMINIOS MARÍTIMOS NACIONALES...¿siguen reflejándo sólo acuerdos meramente pesqueros?...nop...1954 por sí mismo o incorporado a 1952 refleja 1947 en toda su fuerza y extensión...el paralelo que fija y divide los DOMINIOS MARÍTIMOS NACIONALES DE 1947...ESTÁ EN 1954...Y POR ENDE EN 1952.
Me gustaría si se animara a analizar el texto de las Notas Reversales Perú-Ecuador de 2011, párrafo por párrafo y pueda decirnos cómo Chile podría relacionarlo con los Acuerdos de 1952-54, teniendo en cuenta que Ecuador no es parte en el proceso y tampoco lo será.
¿Y para qué interesaría el análisis de las notas reversales sobre un entendimiento que fija un punto de inicio en base a un criterio preexistente, si Chile y Perú tienen lo suyo en 1930, 1947, 1968 y 1969?...
Saludos
Des
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Desinforumest escribió:CZEKALSKI escribió:Me gustaría si se animara a analizar el texto de las Notas Reversales Perú-Ecuador de 2011, párrafo por párrafo y pueda decirnos cómo Chile podría relacionarlo con los Acuerdos de 1952-54, teniendo en cuenta que Ecuador no es parte en el proceso y tampoco lo será.
¿Y para qué interesaría el análisis de las notas reversales sobre un entendimiento que fija un punto de inicio en base a un criterio preexistente, si Chile y Perú tienen lo suyo en 1930, 1947, 1968 y 1969?...
Ya no me sorprende el inmenso terror que le tienen los foristas Chilenos al texto de las Notas Reversales del 02 de Mayo de 2011 y la enternecedora impotencia mal disimulada de no tener siquiera medio argumento para descalificarlas como Tratados de Límites.
Lo que no sé si calificar como risible o patética es la capacidad de los foristas Chilenos de enredarse en argumentos tan creativos como novedosos.
Lo de "1930, 1947, 1968 y 1969" entra a engrosar aún más la inmensa montaña de "argumentos" distintos entre sí, variopintos al gusto del lector y producto de los "luminosos razonamientos" que cada forista Chileno hace, cada quien por su lado y como le conviene.
Esa es la diferencia entre ambas pocisiones en éste y otros foros: La argumenttación Peruana es una sola y clarísima de entender, ante ella surge la "variedad" de argumentos de la parte Chilena, que no es más que el producto del razonamiento neófito y personal de cada forista Chileno, sustentado de manera confusa y muy adicta a presumir.
Nuevamente Desinforumest nos ha llevado al inicio del círculo, sólo que ahora (Qué novedad) el punto de inicio no es 1947 sinó 1930 (Sí!! Lo más lejos posible del 02/05/2011 pues seguramente le empiezan ataques de urticaria).
Saludos.
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
No suelo escribir sin el respectivo sustento.
Lo cierto es que el Presidente de una delegación oficial Chilena (Que, valga la redundancia representa y lleva la posición oficial de la República de Chile) lo señala claramente y lo señalan claramente también, autores Chilenos hasta por lo menos 1973:
http://www.defensa.pe/showpost.php?p=27 ... count=7563
Malo tu sustento. De partida no es solo pesca, se incluyen como mínimo todos los recursos naturales de la zona en cuestión. Segundo, Chile nunca ha pretendido poseer 200 millas de mar territorial, nosotros distinguimos también la zona contigua y zona económica exclusiva, bueno, como la casi totalidad de los países civilizados. Léete sin anteojeras el Informe N°138 de la Asesoría de la Cancillería chilena, ahí se explica por ejemplo la naturaleza jurídica de la zona delimitada, y dice textualmente "zona sui géneris", muy similar -diría- a lo que modernamente conocemos como ZEE, ¿cual es el problema con ello?, si la CIDJ dice que en 1952 y 1954 delimitamos por el paralelo nuestras ZEE, yo feliz... Lo siento, pero lo tuyo no da ni siquiera para argumento en este nivel de debate.
El hecho de que se haga referencia a "circunstancias especiales" está lejos de favorecer a Chile, pues como tú sabrás desde inicios de los años 50s como en la actualidad, las "circunstancias especiales" ya eran generalmente aceptadas como una de las causas por las cuales se dejaba de lado el criterio de la equidistancia y se optaba por cualquier otro en aras de la equidad.
Da lo mismo en todo caso, el hecho es que Perú mete esta cuña en las notas reversales es porque reconoce que los supuestos nuevos límites tienen una historia detrás, que nace en 1947 y sigue en 1952 y 1954, que debe ser concordante con ello. No se puede negar lo evidente.
Saludos
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- Alférez
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Ya no me sorprende el inmenso terror que le tienen los foristas Chilenos al texto de las Notas Reversales del 02 de Mayo de 2011 y la enternecedora impotencia mal disimulada de no tener siquiera medio argumento para descalificarlas como Tratados de Límites.
¡Sorpresa!...es un acuerdo internacional que delimita espacios marítimos...como tantos otros...el que sea sólo Perú quien se arroga la calidad de lanzarlo a la comunidad internacional como el único "Tratado de Límites Marítimos...específico y expreso" entre Ecuador y Perú...no da ni siquiera susto...quizás una mueca de incredulidad por declararlo así...jugar con la palabra "tratado" se ha hecho fácil en Torre-Tagle.
Lo que no sé si calificar como risible o patética es la capacidad de los foristas Chilenos de enredarse en argumentos tan creativos como novedosos.
Lo de "1930, 1947, 1968 y 1969" entra a engrosar aún más la inmensa montaña de "argumentos" distintos entre sí, variopintos al gusto del lector y producto de los "luminosos razonamientos" que cada forista Chileno hace, cada quien por su lado y como le conviene.
Bueno, la desesperación se denota en la constante necesidad de descalificar, pero eso es asunto tuyo y no mío...porque 1947, 1968 y 1969...siguen ahí...aún ante las divertidas y desesperadas vueltas de carnero de gente con demasiada "imaginacion creadora"....como Wagner....o Rodríguez Cuadros...en fín.
Esa es la diferencia entre ambas pocisiones en éste y otros foros: La argumenttación Peruana es una sola y clarísima de entender, ante ella surge la "variedad" de argumentos de la parte Chilena, que no es más que el producto del razonamiento neófito y personal de cada forista Chileno, sustentado de manera confusa y muy adicta a presumir.
Ejemplos de variedad : jurar de boca al suelo diciendo que 1947 no tenía validez jurídica internacional alguna...que 1952 es una mera declaración no vinculante y no un tratado...que la Ley del Petróleo había derogado el N°781 y que este último ya no estaba vigente...que la R.S. N°23 no había sido publicada así que adolecía de vicios...y/o "que hubo ¡dificultades técnicas en su implementación!"...que Peña Prado no dijo lo dijo...que 1952 y 1954 no trataban la soberanía y jurisdicción de cada cual...que las actas de 1952 y 1954 tampoco decían lo que decían respecto a límites entre signatarios vecinos...que 1968 y 1969 tampoco podían decir lo que decían y debían interpretarse como algunos foristas peruanos quisieran y que todo el episodio fué un error....que la Ley de Guardacostas poco más y era un desvarío y que los guardacostas sólo controlaban pesqueros...que la Ley Tacna era otro "error"...igual los Derroteros también se equivocaron...¡qué Colombia había ratificado la Convemar! y en fin...todo para demostrar algo que no podrán demostrar en la Corte : que entre Chile y Perú jamás han existido acuerdos internacionales que delimiten espacio marítimo alguno.
Nuevamente Desinforumest nos ha llevado al inicio del círculo, sólo que ahora (Qué novedad) el punto de inicio no es 1947 sinó 1930 (Sí!! Lo más lejos posible del 02/05/2011 pues seguramente le empiezan ataques de urticaria).
Saludos.
Es tan fácil identificar a estas alturas del foro a quienes intentan "ordenar un poquito" la indefendible posición peruana aferrándose como náufrago a aislar y separar un documento entre tantos...pero no importa, antes aislaron las Actas de los 50, luego las de los 60...intentaron aislar 1952 y 1954....pero 1947 "paralelo geográfico" y...1952/54..."paralelo del punto en que la frontera terrestre toca el mar"...sigue ahí...al igual que 1968 y 1969 cuales sólo hacen mención a las Actas de 1930...que son parte del Tratado de Ancón...y no mencionan 1952 ni 1954...."meramente pesqueros"...pero que reconocen soberanía y jurisdicción de cada cual.
Mucha "imaginación creadora"...al fin y al cabo el hecho que la Corte "a petición peruana" deba pronunciarse sobre la existencia de un tratado específco y expreso de límites marítimos sigue siendo un asunto meramente peruano...otra cosa será cuando deba definir si existe algún acuerdo internacional expreso o tácito que configure un acuerdo de voluntades sobre delimitación de espacios marítimos entre Chile y Perú...a que espacios se refieren y si existe alguna práctica bilateral respecto de su ejecución....y además como sabemos Chile vá por estoppel.
Saludos
Des
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- Mariscal de Campo
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
He leido a los amigos foristas con mucha atención
Mi duda existencial es
¿Existe un "TRatado de Limites Marítimos entre Perú y Chile"?
No lo que haga sus veces
No lo que se pueda interpretar.
No lo que tenga la misma validez conforme la Convenci{on de Viena
Sino este sencillo y especifico documento, así tenga otro título, pero con el contenido expreso de delimitación.
Simple pregunta....¡¡¡ Y que viva el loop!!!
Grumo
Mi duda existencial es
¿Existe un "TRatado de Limites Marítimos entre Perú y Chile"?
No lo que haga sus veces
No lo que se pueda interpretar.
No lo que tenga la misma validez conforme la Convenci{on de Viena
Sino este sencillo y especifico documento, así tenga otro título, pero con el contenido expreso de delimitación.
Simple pregunta....¡¡¡ Y que viva el loop!!!
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¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
- comando_pachacutec
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Tengo la misma duda sin resolver. Me salen con libros y convenciones y fechas y opiniones... de verdad que para ser abogado hay que leer y memorizar bastante.
Saludos
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"SER Y NO PARECER"
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Mas preocupado que Infante en bote
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- Alférez
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
¿Para qué necesitas uno?...la Declaración unilateral del Dominio Marítimo de la Nación de 1947 es una zona "inconfundible" y los acuerdos internacionales de demarcación de 1968/69 están ahí....los 3 expresos y específicos....¿o será que Perú pretende modificar el mismo dominio marítimo que declaró la comunidad internacional, vecinos incluidos, y desconocer los acuerdos demarcatorios después de tantos años?...Dominio Marítimo, paralelo geográfico y coordenadas de inicio están contenidas en documentos expresos y específicos, uno unilateral peruano y 2 bilaterales claro, además de muchos que reflejan ese mismo acuerdo sostenido en la voluntad y en la práctica.
El que Perú requiera de un Tratado expreso y específico y le solicite a la Corte se pronuncie sobre ese punto...es un asunto peruano ante la Corte....y quizás la Corte lo conceda como un punto doctrinario....ahora de ahí a modificar el paralelo...no hay por donde...pero hasta el final ni siquiera Perú puede cantar victoria en que la Corte se pronunciará en contrario a que 1952 y 1954 no establecen límites marítimos...aún sin ser específicos y expresos.
Por eso me gusta la cuadriga del 1947 peruano, los acuerdos bilaterales de 68/69 y el estoppel.
Saludos
Des
El que Perú requiera de un Tratado expreso y específico y le solicite a la Corte se pronuncie sobre ese punto...es un asunto peruano ante la Corte....y quizás la Corte lo conceda como un punto doctrinario....ahora de ahí a modificar el paralelo...no hay por donde...pero hasta el final ni siquiera Perú puede cantar victoria en que la Corte se pronunciará en contrario a que 1952 y 1954 no establecen límites marítimos...aún sin ser específicos y expresos.
Por eso me gusta la cuadriga del 1947 peruano, los acuerdos bilaterales de 68/69 y el estoppel.
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Desinforumest escribió:¿Para qué necesitas uno?...la Declaración unilateral del Dominio Marítimo de la Nación de 1947 es una zona "inconfundible" y los acuerdos internacionales de demarcación de 1968/69 están ahí....los 3 expresos y específicos....¿o será que Perú pretende modificar el mismo dominio marítimo que declaró la comunidad internacional, vecinos incluidos, y desconocer los acuerdos demarcatorios después de tantos años?...Dominio Marítimo, paralelo geográfico y coordenadas de inicio están contenidas en documentos expresos y específicos, uno unilateral peruano y 2 bilaterales claro, además de muchos que reflejan ese mismo acuerdo sostenido en la voluntad y en la práctica.
El que Perú requiera de un Tratado expreso y específico y le solicite a la Corte se pronuncie sobre ese punto...es un asunto peruano ante la Corte....y quizás la Corte lo conceda como un punto doctrinario....ahora de ahí a modificar el paralelo...no hay por donde...pero hasta el final ni siquiera Perú puede cantar victoria en que la Corte se pronunciará en contrario a que 1952 y 1954 no establecen límites marítimos...aún sin ser específicos y expresos.
Por eso me gusta la cuadriga del 1947 peruano, los acuerdos bilaterales de 68/69 y el estoppel.
Saludos
Des
Estimado Des
Respeto tu punto de vista. Defiendes tu posición y lo haces de la mejor manera, con data dura.
En el mismo marco de ideas, es claro que no existe un Tratado de Limites expreso. Todo lo que enuncias entra en los aspectos de jurisprudencia, que sopesará la CIJ. Concuerdo contigo que mi país ha firmado uno y mil documentos referidos a los limites. No voy a tapar el sol con un dedo frente a la inoperancia de Torre Tagle. Todo este problema lo ha ocasionado la Cancillería de mi país al tener tantos improvisados por favores políticos.
Demos otra vuelta al loop. Lo demas es accesorio y ninguna de las partes tiene la plena seguridad de lo que pasará en la CIJ, por no tratarse de aplicación de leyes sino en interpretación de hechos y aqui entra el elemento subjetivo
Grumo
¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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- Alférez
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Así es Grumo...el asunto es intentar acercarse a la realidad de como va a operar la Corte, estoppel incluido...así las cosas y simplificando, la Corte está obligada a pronunciarse y creo le concederá a Perú, como estimo debería en doctrina estricta, la inexistencia de un ÚNICO documento, ratificado por los Congresos, que sea expreso y con la finalidad específica de fijar límites marítimos.
Pero eso no significará necesariamente la inexistencia de acuerdos internacionales "expresos o tácitos" que delimiten los Dominios Marítimos o las Zonas de Soberanía y Jurisdicción de cada cual, o en último término a división de recursos marinos en aguas, suelo o subsuelo...y a ellos deberá recurrir la Corte no tanto para ver su práctica respecto a ellos sino lo más importante y que siempre se deja fuera es el hecho escencial que los utiliza en un sentido capital: para tener en consideración los criterios de justicia y equidad aceptados con anterioridad por cada parte.
¿Qué rango de maniobra tendrá la Corte en su "tendencia política a compensar"?...concuerdo contigo en la apreciación de magnitud en que te refieres respecto a los actos y firmas peruanos, y en esa esfera creo que la Corte tendrá muy bajo márgen de maniobra...estoppel incluido.
Saludos
Des
Pero eso no significará necesariamente la inexistencia de acuerdos internacionales "expresos o tácitos" que delimiten los Dominios Marítimos o las Zonas de Soberanía y Jurisdicción de cada cual, o en último término a división de recursos marinos en aguas, suelo o subsuelo...y a ellos deberá recurrir la Corte no tanto para ver su práctica respecto a ellos sino lo más importante y que siempre se deja fuera es el hecho escencial que los utiliza en un sentido capital: para tener en consideración los criterios de justicia y equidad aceptados con anterioridad por cada parte.
¿Qué rango de maniobra tendrá la Corte en su "tendencia política a compensar"?...concuerdo contigo en la apreciación de magnitud en que te refieres respecto a los actos y firmas peruanos, y en esa esfera creo que la Corte tendrá muy bajo márgen de maniobra...estoppel incluido.
Saludos
Des
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- JRIVERA
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Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Recalcó además que “adoptamos una zona de exclusión de 2 millas entre la Quebrada Escritos y el mar. Evacuamos a las personas que estaban veraneando en la playa cercana”. Ministro de Defensa, Andrés Allamand
http://www.lanacion.cl/allamand-reabrir ... 63200.html
Se calcula que actualmente hay en Chile unas 189.000 minas antipersonales y antitanque que fueron colocadas en zonas fronterizas durante los años 70.
http://www.elmostrador.cl/noticias/pais ... ueva-mina/
Recuerdo que cuando los simpatizantes de Ollanta Humala en una marcha hacia el Hito 1, fue prohibida por considerar que las minas se encontraban en la zona de dicho Hito.
Creo que ya es tiempo de establecer una zona de exclusion de 200 millas en la zona, por parte de las autoridades peruanas. Para evitar que estas "minas torpedo" (por lo que se desplazan) hundan alguna bolichera.
Saludos,
JRIVERA
P.D. Interesante ejercicio, el como interpreta cada lado si uno se posiciona en el Hito 1 y se establece una zona de exclusión!!!. Con respecto a las minas, se explico en aquella oportunidad que las minas se "habian desplazado por las lluvias a territorio peruano cercano al Hito 1", lo que hace necesario YA! una accion coordinada de ambos ejercitos en el desminado de las zonas cercanas al paso de los ciudadanos de ambos paises.
http://www.lanacion.cl/allamand-reabrir ... 63200.html
Se calcula que actualmente hay en Chile unas 189.000 minas antipersonales y antitanque que fueron colocadas en zonas fronterizas durante los años 70.
http://www.elmostrador.cl/noticias/pais ... ueva-mina/
Recuerdo que cuando los simpatizantes de Ollanta Humala en una marcha hacia el Hito 1, fue prohibida por considerar que las minas se encontraban en la zona de dicho Hito.
Creo que ya es tiempo de establecer una zona de exclusion de 200 millas en la zona, por parte de las autoridades peruanas. Para evitar que estas "minas torpedo" (por lo que se desplazan) hundan alguna bolichera.
Saludos,
JRIVERA
P.D. Interesante ejercicio, el como interpreta cada lado si uno se posiciona en el Hito 1 y se establece una zona de exclusión!!!. Con respecto a las minas, se explico en aquella oportunidad que las minas se "habian desplazado por las lluvias a territorio peruano cercano al Hito 1", lo que hace necesario YA! una accion coordinada de ambos ejercitos en el desminado de las zonas cercanas al paso de los ciudadanos de ambos paises.
A triunfar Peruanos !!! que somos hermanos, que sea la victoria nuestra gratitud...Te daré la vida y cuando yo muera, me uniré en la tierra CONTIGO PERU !!!!
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- Coronel
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- Registrado: 02 Ene 2009, 03:57
- Ubicación: Patagonia chilena
Re: Límites Marítimos Chile - Perú
Claro las minas "torpedos" que flotan en el mar...jajaja, y si, que las autoridades peruanas establezcan una zona de exclusión de 200 millas, si claro. Creo que si hicieran eso, probablemente terminaría hundido algo bastante mas grande que una bolichera...jejeje.
Saludos
Saludos
Para que los malos ganen, basta que los buenos no hagan nada...
- Fulvio Boni
- General de Brigada
- Mensajes: 5301
- Registrado: 07 Oct 2005, 03:10
Re: Límites Marítimos Chile - Perú
J Rivera:
Cita:
..." Creo que ya es tiempo de establecer una zona de exclusion de 200 millas en la zona, por parte de las autoridades peruanas. Para evitar que estas "minas torpedo" (por lo que se desplazan) hundan alguna bolichera. ..."
Ja, pero por favor, es en serio? las minas llegan a la playa y se ponen a flotar ... Zona de exclusion y de 200 millas ni mas ni menos, ya, y la declaratoria de guerra para cuando?, hay gente que fuma de la buena y no convida.
Estimado Grumo.
tu pregunta puede ser considerada por quien no te conozca como capciosa, pero como no considero que lo sea:
La respuesta es simple y se ha repetido hasta el cansancio SI, en DERECHO si, y parte de la base de entender cual es el real sentido y alcance de la palabra tratado, una vez entendido eso, es decir sin importar el nombre que asuma o se le de por las partes al documento vinculante en cuestion, lo que importa es el contenido.
lo voy a poner de la siguiente forma, Chile y Peru firman un tratado o acuerdo ( no importa el nombre) sobre materia pesquera ( solo para el ejemplo, no reconozco esa tesis como veridica), en el se fijan los limites de cada pais.
ergo es un tratado
1.- de pesca
2.- de Limites en que cada Estado ejerce soberania.
Esto se ha tratado realmente mucho.
saludos
Cita:
..." Creo que ya es tiempo de establecer una zona de exclusion de 200 millas en la zona, por parte de las autoridades peruanas. Para evitar que estas "minas torpedo" (por lo que se desplazan) hundan alguna bolichera. ..."
Ja, pero por favor, es en serio? las minas llegan a la playa y se ponen a flotar ... Zona de exclusion y de 200 millas ni mas ni menos, ya, y la declaratoria de guerra para cuando?, hay gente que fuma de la buena y no convida.
Estimado Grumo.
tu pregunta puede ser considerada por quien no te conozca como capciosa, pero como no considero que lo sea:
La respuesta es simple y se ha repetido hasta el cansancio SI, en DERECHO si, y parte de la base de entender cual es el real sentido y alcance de la palabra tratado, una vez entendido eso, es decir sin importar el nombre que asuma o se le de por las partes al documento vinculante en cuestion, lo que importa es el contenido.
lo voy a poner de la siguiente forma, Chile y Peru firman un tratado o acuerdo ( no importa el nombre) sobre materia pesquera ( solo para el ejemplo, no reconozco esa tesis como veridica), en el se fijan los limites de cada pais.
ergo es un tratado
1.- de pesca
2.- de Limites en que cada Estado ejerce soberania.
Esto se ha tratado realmente mucho.
saludos
Llorad por él, llorad hasta que mojen, mujeres, vuestras lágrimas la tierra, la tierra que él amó, su idolatría.
Llorad, guerreros ásperos de Chile, acostumbrados a montaña y ola, este vacío es como un ventisquero, esta muerte es el mar que nos golpea.
Llorad, guerreros ásperos de Chile, acostumbrados a montaña y ola, este vacío es como un ventisquero, esta muerte es el mar que nos golpea.
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