Armada Argentina

Las fuerzas navales de Latinoamérica. Su estructura, marinos y buques de guerra.
Kraken
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Mensaje por Kraken »

Para quien tenga tiempo:
10-4520 - Capital Ventures International v. Republic of Argentina
http://www.gpo.gov/fdsys/pkg/USCOURTS-ca2-10-04520


Ningún plan, por bueno que sea, resiste su primer recorte presupuestario.
OliverBR
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Mensaje por OliverBR »

jandres escribió:En Usa no son embargables los bienes que sirvan para el correcto funcionamiento del Estado(así literal), y los demás sí.

No quieras encontrar articulado más claro, por que no lo hay, al final estamos hablando de la interpretación de un juez.

Reconozco que este caso está en el limite de una interpretación u otra.


Compreendo, si trata de saber la interpretacion del juiz ghanes sobre la legislacion de USA, ya que es el caso del fundo que pidio la acion.


kraken escribió:Si alguien tiene acceso me parece que se corresponden al “PLAN FINANCIERO DE LA REPUBLICA ARGENTINA 1992”, decreto Nº 2321 de 4 de diciembre de 1992 para “DISCOUNT BONDS” SERIE L, ISIN Nros. XS0043118339 y XS0043118172.

Deberían constar las clausulas en algún anexo de dicho decreto.


De una busqueda rapida:

Nota: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar

http://legislacion.elderecho.com.ar/ind ... ecord=7291


Para acesar el sitio del boletinoficial hay que tener cadastro...por coincidencia también voy a BsAs de aqui a unas semanas... pero... ni de lejos que hare este trabajo :green: , y ni pienso que le faciliten aceso a un estranjero.

Gracias y sds estimados.


Doorman
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Mensaje por Doorman »

Kraken escribió:Si no hay más ciego que el que no quiere ver.

¿Pueden enajenarse bienes militares? Sí, se hace todos los días si se siguen los procedimientos adecuados previstos en las leyes a tales efectos. Todos los días vemos como los estados se deshacen de sistemas de combate como buques, aviones, helicópteros, etc... por resultarles obsoletos, por no poder mantenerlos o por no poder pagarlos.


¿Ahora quien me sale peras con manzanas o naranjas?...Ese es un proceso natural dentro de un estado soberano dentro de sus leyes. Acá estamos hablando de la extraterritoriedad de las leyes de un país contra otro y que lo hace efectivo un tenedor de bonos de deudas...Es muy distinta la cosa.

Ahora si nos enfocamos en el caso de los embargos y requisas sobre bienes de un estado por otro estado o institución; eso sucede cuando , en este caso un barco de guerra, todavía no ha sido comisionado/enrolado por la armada de un determinado país.Cuando sucede esto, a mi entender, es inembargable...pero antes claro que si...pues no ha sido adquirido y oficializado su enrolamiento(Caso de los 2 acorazados requisados por Inglaterra a Chile en la segunda guerra).El ARA Libertad lleva 48 años enrolado en la armada argentina y la Espora unos años menos.


¿Pueden ponerse dichos bienes militares como garantía de pago? Sí, sobretodo según el sistema judicial anglosajón, si así lo decide quien tiene el poder para hacerlo, que es el Gobierno. Otra cosa es que después no quiera hacer frente a sus compromisos, que es lo que ha pasado ahora.
...

Claro que si...bajo presión uno puede firmar clausulas abusivas en donde uno puede hasta poner la vida de una persona en garantía para dejar tranquilo al acreedor...todo es posible.

Y de la misma forma...que todo es posible,cualquiera tiene el derecho de solicitar renegociación satisfactoria para ambas partes y no solo de forma unilateral o bien negarse a ceder a presiones indebidas...

Todo es posible...

D...


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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

¿Ahora quien me sale peras con manzanas o naranjas?...Ese es un proceso natural dentro de un estado soberano dentro de sus leyes. Acá estamos hablando de la extraterritoriedad de las leyes de un país contra otro y que lo hace efectivo un tenedor de bonos de deudas...Es muy distinta la cosa.

Pues entonces, que apechugen con el proceso natural... lo que no puede ser, es que se renuncie a un derecho y luego quejarse porque alguien lo ejerce.
Y si hay dudas en la interpretación, a lo mejor, el gobierno argentino debía meter en la cárcel al departamento jurídico que asesoró esos contratos. Eso, en el caso de que alguien asesorara...porque siempre será mas fácil echarle la culpa a otros...

Claro que si...bajo presión uno puede firmar clausulas abusivas en donde uno puede hasta poner la vida de una persona en garantía para dejar tranquilo al acreedor...todo es posible

Siempre hay alternativas, y la mas sencilla era el no haber llegado al extremo de tener que recurrir a esos fondos. Pero claro, para eso, hay que pagar. Lo que no es de recibo es no pagar por sistema, y luego quejarse porque te embargan o porque te ponen pleitos.

Y de la misma forma...que todo es posible,cualquiera tiene el derecho de solicitar renegociación satisfactoria para ambas partes y no solo de forma unilateral o bien negarse a ceder a presiones indebidas...

Y de la misma forma, la otra parte podrá negarse a renogociar, o hartos de ver como por sistema no pagan, poner el caso en los tribunales.
Eso es lo que se hace en los países normales, cuando alguien no paga, al juzgado. Lo que no es normal es no pagar y pensar que nunca va a pasar nada.


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
ñugares
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Mensaje por ñugares »

BUENOS AIRES, Argentina - Argentina perdió el viernes su larga batalla contra tenedores de bonos en resistencia en las cortes de Estados Unidos cuando un panel de apelaciones rechazó cada uno de sus argumentos en contra de pagar 1.330 millones de dólares a inversionistas que se negaron a aceptar 25 centavos por dólar en el incumplido pago de la deuda del país.

"Sostenemos que Argentina violó su promesa", señaló la corte de apelaciones
Argentina argumentó que la ley estadounidense hace que sus activos sean inmunes a decomisos como garantía, y que en cualquier caso los tenedores adquirieron los bonos argentinos a precios de saldo durante el histórico incumplimiento de pagos del país en 2002 sabiendo cabalmente que Argentina podría no paga

Pero la corte de apelaciones dijo que "nada en la evidencia apoya la aseveración de Argentina", avalando lo señalado por el juez federal de distrito Thomas Griesa de que con más de 40.000 millones de dólares en reserva de divisas, Argentina tiene la capacidad para pagar a los tenedores de bonos.

Argentina ha pagado otros bonos desde entonces, pero se ha negado a atender a los tenedores de resistencia, quienes a su vez han ido en pos de activos argentinos en todo el mundo, incluida la fragata escuela Libertad, de la Marina de Guerra argentina, ahora confiscada en Ghana.

como dijo jandres Parece que los bonos están sujetos a la legislación de EEUU .

Un saludo .
http://www.lavozarizona.com/spanish/lat ... 93903.html


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jandres
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Mensaje por jandres »

Claro que si...bajo presión uno puede firmar clausulas abusivas en donde uno puede hasta poner la vida de una persona en garantía para dejar tranquilo al acreedor...todo es posible.

Y de la misma forma...que todo es posible,cualquiera tiene el derecho de solicitar renegociación satisfactoria para ambas partes y no solo de forma unilateral o bien negarse a ceder a presiones indebidas...


Me lo temía....

No me asusta que para algunos gobiernos de la región, la firma sea papel mojado, lo que si es preocupente es que dichas actuaciones halla gente que lo aplauda, lo aliente y lo jalee.

Vamos, seriedad la llaman.

Luego nos rasgamos las vestiduras de estar como estamos

en fin, saludos.


a inversionistas que se negaron a aceptar 25 centavos por dólar en el incumplido pago de la deuda del país.

toda una declaración de intenciones de lo que para alguien es "negociar", y tener voluntad de un acuerdo.... :pena:


Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.

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Mensaje por Doorman »

jandres escribió:
Es el fondo buitre el acreedor directo de los bonos soberanos argentinos

El acreedor directo siempre es EL TENEDOR FISICO DEL BONO.Tambien le puedo decir que los propietarios de estos bonos sean ahora mismo, obreros, desempleados, viejecitas pensionistas que inviertiron sus ahorros tras 50 años de trabajo y sacrificios, que le dejaron al Estado argentino sus ilusiones hace 11 años, y ahora mismo no tienen ni esa plata ni, ni siquiera han recibido intereses desde la fecha.
En mi pueblo eso es UN ROBO


Vamos los fondos buitres que lidera Paul Singer no son viejesitos o trabajadores...son carroñeros especuladores bursátiles voraces.

Y si hablamos de los problemas internos de ciudadanos argentinos que confieron en el estado, bueno, no estan solo:
Acá en Chile a los jubilados el estado tiene una deuda historica del 10,6 % que se debió pagar en 1985 a todos los pensionados chilenos.El gbno. de entonces,ocupó eso fondos en otra cosa y se hizo el leso.Hoy la deuda con rejustes e intereses es impagable según los "expertos en economía" y que practicamente si se paga, se afecta gravemente a la economía del país...

La deuda historica con los profesores chilenos del pago de imposiciones de los municipios.Y empecemos a ver ejemplos en el sector privado como se quedan con las imposiciones de ahorro previsional de los trabajadores algunas empresas privadas.

O sea...no es una practica exclusiva del gbno. argentino.


o bien éstos son quienes les compraron a los acreedores que compraron estos bonos primero a Argentina?.

Seguramente los compraron...y?, cambio eso algo del caso?


Claro que cambia, porque ya las intenciones son otras:Para empezar es otro fondo de inversión, uno de mas alto riesgo y que mas voraz a la hora de cobrar.Con muy discutibles formas de hacer efectivo el pago de la deuda.

D...


OliverBR
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Mensaje por OliverBR »

Kraken escribió:Para quien tenga tiempo:
10-4520 - Capital Ventures International v. Republic of Argentina
http://www.gpo.gov/fdsys/pkg/USCOURTS-ca2-10-04520


En una lectura rápida del pdf que ud. he puesto, es una lectura morosa y el documento esta lleno de enlaces pero una nota de pie de la pagina 7 me llamó la atencion:

"The parties have filed the proposal for the 2010 exchange under seal. To preserve confidentiality, we refer to it in the general terms available in the public record, to the extent necessary to make our opinion intelligible."

Al que parece los terminos son sigilosos, pero quizás alguno conocedor de leyes y demandas pueda interpretar mellor ya que no soy avogado.

Sds y gracias novamente por el aporte.


jandres
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Mensaje por jandres »

Vamos los fondos buitres que lidera Paul Singer no son viejesitos o trabajadores...son carroñeros especuladores bursátiles voraces.


No, probablemente estos bonos esten continuamente negociandose, en manos de fondos de inversion e incluso de algun plan de pensiones algo agresivo.
en definitiva que no tiene ni idea de quien es el dueño ahora mismo

Que mania que tenemos de visualizar a vampiros con los dientes largos, en cuanto se habla de inversión.Y la verdad es que los fondos se nutren de los 30 dolares al mes que ahorra un negro trabajador de la linea de produccion de automoviles de Detroit o de los 50 dolares al mes que ahorra para su jubilación la espalda mojada mexicana que limpia en las casas de Berbely Hills.
Pero en cualquier caso da igual, que sean de Rockefeller que de Juan Gonzalez

Y si hablamos de los problemas internos de ciudadanos argentinos que confieron en el estado, bueno, no estan solo

No, no hablamos de esos problemas.En cualquier caso la reclamación al maestro armero

Claro que cambia, porque ya las intenciones son otras:Para empezar es otro fondo de inversión, uno de mas alto riesgo y que mas voraz a la hora de cobrar.Con muy discutibles formas de hacer efectivo el pago de la deuda.


Ya...es tan voraz y de formas tan discutibles, que utilizan la misma forma que usted si le debiera dinero el vecino de la esquina.
Ir a un Tribunal


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Mensaje por Doorman »

Bah ¿Que no tenían claro en que consistián esas garantías especiales ?



jandres escribió:Sobre el asunto:


Conocemos lo que dice realmente las garantías especiales de la venta de bonos soberanos?...¿

si, sabemos lo que dice.
Por eso le digo que para mí si lo es en este caso, coincido con la interpretación del juez ghanés, en otro tipos de activos no lo tengo tan claro, decantandome por la inenbargabilidad


Ahora me salen que no la conocen...Y en la otra página, yo hablando tonteras y vosotros lo tenían todo claro. :pena:

Increible...

D...


jandres
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Mensaje por jandres »

Doorman escribió:Ahora me salen que no la conocen...Y en la otra página, yo hablando tonteras y vosotros lo tenían todo claro. :pena:


Has dicho algo?


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Mensaje por Doorman »

Jandres...no te hagas, asume:

jandres escribió:
Sobre el asunto:


Conocemos lo que dice realmente las garantías especiales de la venta de bonos soberanos?...¿

si, sabemos lo que dice.
Por eso le digo que para mí si lo es en este caso, coincido con la interpretación del juez ghanés, en otro tipos de activos no lo tengo tan claro, decantandome por la inenbargabilidad


¿Porqué ahora buscas algo que ya me dijiste que conocias lo que dice y tenías claro...?

D...


jandres
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Mensaje por jandres »

Jandres...no te hagas, asume:



No si lo preguntaba, porque a veces me cuesta entender lo que usted quiere decir, debe ser sin duda algun fallo mio.


¿Porqué ahora buscas algo que ya me dijiste que conocias lo que dice y tenías claro...?


Poruqe esto es un foro, que va a velocidad de la luz, poruqe las personas podemos equivocarnos, y/o pensar que algo lo tenemos claro, y aun así seguir investigando, seguir escuchando lo que opinan y dicen otras personas en este foro y en otros sitios, y porque tenemos derecho a cambiar de opinión, y más cuando aparecn documentos, noticias o notas que pueden hacer cambiar las impresiones iniciales.

Supongo que hay otro tipo de personas que no, que son incapaces de cambiar la opinion predeterminada, yo no.

Y volviendo al tema, desde mi opinión primera sobre este tema, no hace más que ratificar mi primera versión, al principio sustentada en la lógica pero con dudas, ahora cada vez lo tengo más claro y sustentada en la razón.

Saludos

P.d: Como verás a medida que pasa el tiempo, y nos alejamos de los titualares periodisticos y la demagogia, ya nadie "normal", trata el tema "como un ataque a la soberanía argentina, ni como un ataque al derecho internacional".Ya las visiones, y tienes este foro como muestra, las reacciones son mucho más comedidas, ya sólo se puede hablar de la procedencia o improcedencia de la embargabilidad de esa fragata, ni el propio gobierno Argentino defiende la primera tesis
Última edición por jandres el 28 Oct 2012, 23:46, editado 1 vez en total.


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Mensaje por Rotax »

Sólo una pregunta para DOORMAN.
Si los fondos eran buitres y carroñeros y ponían unas condiciones onerosas, ¿No hubiera sido mejor no agarrar la plata?.
Porque no olvidemos que esto sale de que un gobierno Argentino legítimo agarró la pasta (y luego la cogió).
Saludos


Nosotros somos los países auténticos, no las fronteras trazadas en los mapas con los nombres de hombres poderosos.
Katharine Clifton en "El paciente Inglés"
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Mensaje por Kraken »

Doorman escribió:
Kraken escribió:Si no hay más ciego que el que no quiere ver.

¿Pueden enajenarse bienes militares? Sí, se hace todos los días si se siguen los procedimientos adecuados previstos en las leyes a tales efectos. Todos los días vemos como los estados se deshacen de sistemas de combate como buques, aviones, helicópteros, etc... por resultarles obsoletos, por no poder mantenerlos o por no poder pagarlos.


¿Ahora quien me sale peras con manzanas o naranjas?...Ese es un proceso natural dentro de un estado soberano dentro de sus leyes. Acá estamos hablando de la extraterritoriedad de las leyes de un país contra otro y que lo hace efectivo un tenedor de bonos de deudas...Es muy distinta la cosa.

No, lo que pasa que usted es tan corto de entendederas que aún no se ha dado cuenta que los bonos se vinculan a la legislación de EEUU.

Doorman escribió:Ahora si nos enfocamos en el caso de los embargos y requisas sobre bienes de un estado por otro estado o institución; eso sucede cuando , en este caso un barco de guerra, todavía no ha sido comisionado/enrolado por la armada de un determinado país.Cuando sucede esto, a mi entender, es inembargable...pero antes claro que si...pues no ha sido adquirido y oficializado su enrolamiento(Caso de los 2 acorazados requisados por Inglaterra a Chile en la segunda guerra).El ARA Libertad lleva 48 años enrolado en la armada argentina y la Espora unos años menos.

Más tonterías porque no entiende de lo que se trata.

Doorman escribió:
¿Pueden ponerse dichos bienes militares como garantía de pago? Sí, sobretodo según el sistema judicial anglosajón, si así lo decide quien tiene el poder para hacerlo, que es el Gobierno. Otra cosa es que después no quiera hacer frente a sus compromisos, que es lo que ha pasado ahora.
...

Claro que si...bajo presión uno puede firmar clausulas abusivas en donde uno puede hasta poner la vida de una persona en garantía para dejar tranquilo al acreedor...todo es posible.

Es que la presión de dar sanidad y demás servicios al pueblo es muy grande, siempre se les puede decir que se busquen la vida, pero si se pide dinero a los demás hay que devolverlo.
Y por favor déjese de divagaciones y de comparaciones tontas. Si quiere hablar del tema cíñase a dicho tema en vez de sacar asuntos y hacer comparaciones que no tienen nada que ver.
Doorman escribió:Y de la misma forma...que todo es posible,cualquiera tiene el derecho de solicitar renegociación satisfactoria para ambas partes y no solo de forma unilateral o bien negarse a ceder a presiones indebidas...

Todo es posible...

D...

Eso es una estupidez, si hay un compromiso puede solicitar una renegociación, pero quien le ha prestado el dinero no está obligado a aceptar nada, quien está obligado es el deudor, no el acreedor.


Ningún plan, por bueno que sea, resiste su primer recorte presupuestario.

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