Acceso a las distintas Academias Militares (II parte)

Información sobre el ingreso y acceso a las Fuerzas Armadas Españolas. Requisitos, documentación a presentar, titulaciones, pruebas, test psicotécnicos y ciclos. Condiciones de servicio y Academias.
Bilaureado_01
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Acceso a las distintas Academias Militares (II parte)

Mensaje por Bilaureado_01 »

Buenas a todos! Antes de nada me gustaría felicitar el año a todos los miembros del FMG, así como dar ánimos a aquellos que se encuentran en mitad del curso en sus respectivas Academias y esperanza a los que en el 2012 no pudieron ingresar o que lo intentan este 2013 por primera vez. Para aquellos que son "aspirantes a Cadete" os digo; el ingreso es posible, que no se os haga 2ºBachiller ni Selectividad una amargura.

A pesar de que algunos piensen que tengo el foro abandonado, no es así. Lo suelo ojear una vez por semana para ver si hay temas interesantes, gente con preguntas que pueda resolver, etc... Otra cosa es que mi participación haya disminuido casi en su totalidad.

El principal motivo de este mensaje viene a raíz de la polémica de los Alféreces de las Academias y sus licencias de arma.
Me parece raro que algunos piensen que los cadetes de 3º no sean considerados Oficiales como puede ser un Teniente, un Comandante o un Coronel.
Un CAC (Caballero Alférez Cadete) es un Oficial de los pies a la cabeza nos guste o no. Está claro que no es un Oficial que se encuentra condiciones normales puesto que no puede elegir destino, no cobra un sueldo acorde a su empleo y no tienen ni tan siquiera Arma asignada (a partir de la LXXII promoción en 3º ya tendremos elegida Arma). No obstante, cuando se pasa de 2º a 3º se realiza una entrega de Despachos en toda regla otorgándoles la titulación correspondiente que les certifica de forma oficial su estrella de 6 puntas.

Los Cadetes de 1º y 2º tienen sus ángulos correspondientes que indican que son alumnos, pero es que un Alférez tiene su estrella como la tiene, por ejemplo, un Alférez de Enfermería. Si un CAC va a cualquier Unidad, éste será tratado como un Oficial más.

He leído por ahí que se piensa que un CAC no puede arrestar. En la AGM las Normas de Régimen Interior tienen bastantes diferencias respecto al resto de Unidades y, para que te arresten, tiene que ser como mínimo el mando orgánico de tu CÍA (en el caso de la AGM, un Comandante). Un Capitán de una sección NO puede arrestar directamente, te dice que le escribas un parte que él mismo tramitará al Comandante. Los CAC también tienen esa competencia de "pedirte nota" si lo ven necesario. Además, un CAC puede pedir tu arresto preventivo en caso de cometer una infracción que lo exija. Así que un CAC tiene la misma competencia sancionadora que un Oficial.

Para terminar, respecto a la liciencia de armas os garantizo de primera mano que un CAC puede pedir su licencia y lo normal es que se la den sin problema. No entiendo de tipos de licencia y tampoco sé si con la propia TIM ya valdría (creo que no, puesto que un CAC tiene que ir expresamente a que le den la licencia, por lo que supongo que será un documento aparte) pero estoy 100% que a partir de 3º se puede tener una licencia de armas.


Terminado este sermón, os deseo un feliz 2013 y espero que los Reyes Magos nos traigan a todos la Barrett que hemos pedido. :sniper::

PD: Si alguno que quiere ingresar en una Academia tiene cualquier pregunta, que no dude en mandármela por privado.


-> La Legión pedirá siempre, siempre, combatir sin turno, sin contar los días, ni los meses, ni los años.
A1992B
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Mensaje por A1992B »

caudete escribió:Buenos dias, hoy cumplo un año en el foro :alegre: , espero que éste sea el ultimo por estos lares, por lo menos como aspirante militar :green:
Me parece que es un buen momento para agradecer vuestras ayudas y dedicacion en este foro :thumbs: , en especial a los foristas que intentan o cumplen el mismo sueño que yo busco, como A1992B (eres el alma de este hilo desde hace más de un año :guino: ), Elestor, IQ1993 y Ulan, que son los que han intervenido por aquí en este ultimo cuatrimestre.
Otros compañeros que buscan mi sueño Revan, Vael, Mikeloncio, Cé, Heckler, Wolfram Amadeus, JAlbarracin, Hak, Ferchol555, Coruña, os deseo mucha suerte.

Felicito a los foristas que la mayoria creo que están ingresados en las Academias, Lochopo, Rockybalboa, Aguilarjo (Tio pasate por aqui alguna vez :militar7: ), Bilaureado, Chintapinto, culebrillanbq, Kspain_4 (no recuerdo lo que hacía), Caldevillus, Calamandrei (otro que no recuerdo), sromog, Aspirante01, Moralzarzal, Snake, Ambrosio, JaimeAn, Obstacle3, Sergiio, Jastur, Figer, JZA (tampoco recuerdo)

Mención especial a Carlos Perez Llera siempre leyéndonos y participando. También a otros veteranos como Kerigma89, Gabriel Garcia Garcia, Tercioidiaquez, SLKNTKYO, mma...

Perdonar si he olvidado a alguno, Josu13 ¿al final que vas a hacer?, MoreGas y Medran_27, espero que os vaya bien en vuestra nueva vida. Comandante ALF nada se supo de ti.

saludos


Felicidades por tu aniversario!! jajaja. Y gracias por tu mención! :green: Vaya ejercicio de memoria que has plasmado en tu comentario, leyendo los nombres de los foristas me acuerdo de todos, pero creo que hubiera sido incapaz de recordar motu proprio una lista tan larga como la tuya!! jajaja


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No me pronuncio sobre el tema de las armas porque no tengo ni idea de la normativa jajaja.


destinoagm
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Mensaje por destinoagm »

Perdonad el retraso, ¡Feliz navidad y Año Nuevo!
Escribo tan poco que se me conoce poco por aquí... a ver si este año me puedo pasar más.
En 6-7 meses estamos muchos haciendo las pruebas de ingreso. Yo voy a la AGM-GC primera
opción y AGM-ET segunda opción...
¿Cómo lleváis las medias? ¿Y el inglés y las físicas?
Un saludo.


mma
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Mensaje por mma »

Me parece raro que algunos piensen que los cadetes de 3º no sean considerados Oficiales como puede ser un Teniente, un Comandante o un Coronel.
Un CAC (Caballero Alférez Cadete) es un Oficial de los pies a la cabeza nos guste o no. Está claro que no es un Oficial que se encuentra condiciones normales puesto que no puede elegir destino, no cobra un sueldo acorde a su empleo y no tienen ni tan siquiera Arma asignada (a partir de la LXXII promoción en 3º ya tendremos elegida Arma). No obstante, cuando se pasa de 2º a 3º se realiza una entrega de Despachos en toda regla otorgándoles la titulación correspondiente que les certifica de forma oficial su estrella de 6 puntas.


Pues a mi lo que me extraña es que alguien, sobre todo un alumno de una Academia, venga diciendo que un alumno es un oficial de los piés a la cabeza para acto seguido añadir que no es un oficial normal porque no puede hacer lo mismo que cualquier otro oficial.

O se es o no se es, pero no se puede ser y no serlo al mismo tiempo.

Es muy sencillo si no queremos complicarnos la vida con leyes que diferencian perfectamente lo que es ser un alumno y ser oficial, suboficial o tropa, que tiene mandanga tener que andar diciendo esto con gente que luego va a tener que vivir con arreglo a esas leyes y aplicarlas, que es lo peor. En ese acto tan brillante en el que te certifican con un despacho esa estrella, ¿sale por algún lado que el citado alumno ingresa en la escala de oficiales? No, porque no lo hace hasta que no es teniente. Ese es el primer empleo de la escala de oficiales, es cuando se accede a ella y cuando se es oficial porque para cualquiera es evidente que si no has accedido a la escala de oficiales no eres oficial.

Mientras tanto se es alumno y como dejan bien claro las leyes correspondientes el empleo, las estrellas y los despachos son con caracter eventual, a efectos académicos, retributivos y de prácticas.

A partir de ahí, de verdad, que cada uno se monte las películas que quiera y que maree a la perdiz hasta que se aburra pero es lo que hay, solo son oficiales los que pertenecen a cualquiera de sus escalas, el alumno no pertenece a ninguna de ellas.

Y con respecto a la licencia volvemos a lo de antes, si, creo que se puede, me han dicho que se puede, no se como se hace, no se si con la TIM o con otro documento. Por otro lado hay unas leyes que dicen lo que dicen. Pues nada, creo que me han dicho que a lo mejor si se puede pero no se como se hace ni quien puede hacerlo pero lo que diga la ley no me interesa porque eso me lo ha dicho la prima del vecino de mi amigo que trabaja en el comedor de la académia.

Pues vale.


Bilaureado_01
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Mensaje por Bilaureado_01 »

Me refería a Oficial en circunstancias "especiales", pero Oficial del ET a fin de cuentas.

Que la gente saque conclusiones :thumbs:


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caudete
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Mensaje por caudete »

A1992B escribió:
caudete escribió:Buenos dias, hoy cumplo un año en el foro :alegre: , espero que éste sea el ultimo por estos lares, por lo menos como aspirante militar :green:
Me parece que es un buen momento para agradecer vuestras ayudas y dedicacion en este foro.....


Felicidades por tu aniversario!! jajaja. Y gracias por tu mención! :green: Vaya ejercicio de memoria que has plasmado en tu comentario, leyendo los nombres de los foristas me acuerdo de todos, pero creo que hubiera sido incapaz de recordar motu proprio una lista tan larga como la tuya!! jajaja

No me pronuncio sobre el tema de las armas porque no tengo ni idea de la normativa jajaja.

Yo tampoco me pronuncio :alegre: , ¿memoria?... mirando paginas de por allí y por allá, 20 minutos tirados a la basura , es broma :green:

Bilaureado me alegro de leerte :saludo2:
saludos


Elestor
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Mensaje por Elestor »

Hola Bilaureado!!, nosotros seguimos por aqui, me alegro de que estes dentro!!

Saludos


bubon
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Mensaje por bubon »

Hola, siento haber hecho esta pregunta con anterioridad en otro subforo, pero lleva tres dias y no me han respondido aun.
En el examen medico para el Ejercito del Aire, aparte de la vista ¿cuales son las exclusiones mas frecuentes?
Otra cosa, creeis que estoy demasiado verde si salgo a correr y no aguanto mas de 6km en 30 minutos. Teniendo en cuenta de que tengo 16 recien cumplidos ¿me dara tiempo?
Otra cosa, lo de la nota, va sobre 14, sobre 12,5 o sobre que que no lo entiendo bien.


Patrulla_Ascua
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Mensaje por Patrulla_Ascua »

bubon escribió:En el examen medico para el Ejercito del Aire, aparte de la vista ¿cuales son las exclusiones mas frecuentes?


SIn duda la espalda, al menos eso dicen.

bubon escribió:Otra cosa, creeis que estoy demasiado verde si salgo a correr y no aguanto mas de 6km en 30 minutos. Teniendo en cuenta de que tengo 16 recien cumplidos ¿me dara tiempo?


Verde para pasar las pruebas fisicas no, quizas no. Pero ten en cuenta que no es solo eso, sino que fisicamente la preparacion dentro de las AMs es muy dura. Te recomiendo ir empezando ya a ponerte a punto, aunque tampoco te obsesiones.


bubon escribió:Otra cosa, lo de la nota, va sobre 14, sobre 12,5 o sobre que que no lo entiendo bien


La nota es como la de acceso a la Universidad, sobre 14: 6 puntos de tus notas de Bachiller y 8 de la PAU (4 de la especifica y 4 de la comun)


"Volad, alas gloriosas de España, estrellas de un cielo radiante de sol
escribid sobre el viento la hazaña, la gloria infinita de ser español." (8)
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caudete
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Mensaje por caudete »

creeis que estoy demasiado verde si salgo a correr y no aguanto mas de 6km en 30 minutos

No... no te preocupes por las pruebas fisicas :guino:
lo de la nota, va sobre 14, sobre 12,5 o sobre que que no lo entiendo bien.

Sobre 14.

saludos


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Revan
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Mensaje por Revan »

Patrulla_Ascua escribió:Hola compañeros,

Tengo una pequeña dudilla, aunque no se si es demasiado rebuscada. Un militar en casoo de ser necesitado, algo muy urgente o una emergencia que requiera que de alguna forma tenga que servir protegiendo a su pais, hasta que punto tiene permitido por ejemplo respetar el trafico? Un policia por ejemplo, asi como bomberos y ambulancia tienen sirenas con las q se identifican para que les cedan el paso, pero un militar en caso de ser retenido por la policia por conducir de forma que pueda llegar lo mas rapido posible puede alegar que es una emergencia y entonces dejar continuar su transito?

Lo se, es muy rara esta situacion y algo rebuscada quizas. Pero, no se, es una curiosidad que me acaba de entrar ahora.

Un saludoo


Rescato esto de páginas atrás porqué me parece curioso. Yo creo que "puedes hacer lo qué sea", quiero decir, si por situaciones excepcionales tienes que ir a tal sitio lo mas rápido posible, o por ejemplo, tienes que estacionar en X sitio, por una orden, a mi personalmente me puede venir el comisario de la policía nacional o quien sea que no me muevo. Me identifico, les digo qué hago ahí (dando los detalles justos) y si tienen algún problema que hablen con mi superior o quien corresponda, pero vamos, que si tienes una orden concreta, y son situaciones excepcionales, una orden importante (no que llegues tarde por la mañana jaja) pues creo que es justificable el saltarse alguna que otra ley menor (siempre que tampoco seas un temerario). Qué opináis los demás?

Un saludo


"Carthago delenda est"
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Mensaje por Elestor »

bubon escribió:Hola, siento haber hecho esta pregunta con anterioridad en otro subforo, pero lleva tres dias y no me han respondido aun.
En el examen medico para el Ejercito del Aire, aparte de la vista ¿cuales son las exclusiones mas frecuentes?
Otra cosa, creeis que estoy demasiado verde si salgo a correr y no aguanto mas de 6km en 30 minutos. Teniendo en cuenta de que tengo 16 recien cumplidos ¿me dara tiempo?
Otra cosa, lo de la nota, va sobre 14, sobre 12,5 o sobre que que no lo entiendo bien.


Con 16 años a mi lo que más me preocupaba era saber si iba a tener tiempo por la tarde para jugar con mi Xbox al CoD, sabes la de vueltas que puede dar la vida en estos 2 años??, imagino que estás en 1º de Bach no??. Sabes que sin notas no entras, verdad??. Porque de nada sirve ser bolt si luego tienes un 8 sobre 14.

Es sobre 14'5, solo que ese 0'5 extra es para méritos extras y demás que nunca me moleste en aprender porque yo no iba a aspirar a tenerlo.

Lo más frecuente es espalda, vista, pero te peuden dar la patada por corazón, oído, anemia, cualquier cosa que no esté bien, perfecta si me permites, yo que tu me miraría el cuadro médico de exclusiones o mejor aun iría con él a un médico (pero dentro de 2 años) para que me mirara, porque por ejemplo la miopia puede aumentar o aparecer hasta que alcanzas los 21 más o menos... Las pruebas físicas en 2 meses pueden prepararse, si has hecho deporte antes, pero vamos, lo ideal es cuando empieces segundo de bach pues sales a correr y esas cosillas.

Por otro lado yo corro el km en 4' y algo menos y no creo que corra 6km en 30 min... bueno, hago 5km en 25 que es lo mismo en porcentaje...

Si quieres más info la tienes en soldados.com

Saludos.

P.D.: No se si soy yo o tu profa de lengua, pero mírate el uso repetido de "otra cosa" porque en el comentario de texto te pueden quitar 0'5 por ello.


Patrulla_Ascua
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Mensaje por Patrulla_Ascua »

Ya daba el tema por olvidado jaa, gracias Revan.

Si, la verdad es que dependeria mucho de la comprension que tenga el agente. A nivel legislativo no hay nada al respecto? Una autoridad militar tendria entonces siempre mas "poder" que una civil?


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Mensaje por mma »

Rescato esto de páginas atrás porqué me parece curioso. Yo creo que "puedes hacer lo qué sea", quiero decir, si por situaciones excepcionales tienes que ir a tal sitio lo mas rápido posible, o por ejemplo, tienes que estacionar en X sitio, por una orden, a mi personalmente me puede venir el comisario de la policía nacional o quien sea que no me muevo. Me identifico, les digo qué hago ahí (dando los detalles justos) y si tienen algún problema que hablen con mi superior o quien corresponda, pero vamos, que si tienes una orden concreta, y son situaciones excepcionales, una orden importante (no que llegues tarde por la mañana jaja) pues creo que es justificable el saltarse alguna que otra ley menor (siempre que tampoco seas un temerario). Qué opináis los demás?


Por una orden, ¿de quien, en que sentido, para que? La comisión de una falta o delito alegando obediencia debida, recordemos, dejó de ser un eximente hace muchos años, tantos que la mayoria de no habiais nacido.

Hay unas leyes y tienes que cumplirlas. Si alguien te da una orden tiene el deber de no darte una que lleve a cometer una ilegalidad. Y tú tienes la obligación de saber cuando esa orden te hace cometer un acto ilegal. Si haces las cosas como debes la responsabilidad será de quien da una orden equivocada, si las haces mal será tuya pero siempre hay un responsable que desde luego no va a ser el agente de policia o ese comisario. Y también habria que recordar que a ese policia o comisario civil le importa una higa quien seas tú, quién te de las ordenes y cuales sean estas, su obligación es que se cumplan las leyes, no tus ordenes.

A partir de ahí haz lo que consideres oportuno, es cosa tuya y las posibles consecuencias las vas a pagar tú. Y cuando ocurra ya nos contarás que le has dicho al juez para justificar que te saltas algunas leyes, menores según tu forma de ver, eso sí, cuando lo estimas conveniente.

Si, la verdad es que dependeria mucho de la comprension que tenga el agente. A nivel legislativo no hay nada al respecto? Una autoridad militar tendria entonces siempre mas "poder" que una civil?


¿Legislación? Para aburrir, pocos temas habrán dado mas literatura que la obediencia debida. ¿Quien tiene mas "poder"? Siempre la autoridad civil, de puertas para afuera del cuartel la autoridad militar no existe. Solo hay una excepción y está legislado también lo mismo que los límites de actuación y aún así la autoridad militar siempre queda, como es normal, bajo la autoridad del gobierno de la nación, la declaración del estado de sitio.


Calamandrei
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Mensaje por Calamandrei »

A partir de ahí, de verdad, que cada uno se monte las películas que quiera y que maree a la perdiz hasta que se aburra pero es lo que hay, solo son oficiales los que pertenecen a cualquiera de sus escalas, el alumno no pertenece a ninguna de ellas.

Y con respecto a la licencia volvemos a lo de antes, si, creo que se puede, me han dicho que se puede, no se como se hace, no se si con la TIM o con otro documento. Por otro lado hay unas leyes que dicen lo que dicen. Pues nada, creo que me han dicho que a lo mejor si se puede pero no se como se hace ni quien puede hacerlo pero lo que diga la ley no me interesa porque eso me lo ha dicho la prima del vecino de mi amigo que trabaja en el comedor de la académia.


Ya me he dado cuenta. Se conoce que como no son oficiales del ET lo son de los Boy Scouts y sus estrellas de chocolate :wink: . A ver si ahora resulta que estamos confundiendo empleo eventual con escala...

Van varios testimonios inquietantes de alumnos en relación con la licencia de armas con el mismo apoyo legal que arguyes: Las leyes dicen lo que dicen (supongo que será el Art. 114 del reglamento) y las interpretaciones para el maestro armero. Pero me parece que ellos están mas actualizados aunque no sean muy científicos en sus explicaciones y desde luego sus fuentes no provienen ni del primo, ni del vecino ni del personal del comedor :asombro3:

En efecto, me he molestado en apuntalar lo que dicen los cadetes, y efectivamente es así (al final los mas jóvenes parece que verdaderamente saben de lo que hablan).

La Instrucción Técnica del ET 10/12 que regula los trámites administrativos de armas particulares por los militares clarifica este tema:

"Será considerada como licencia de armas “A”, la Tarjeta de Identidad Militar (TIM)
de los Oficiales Generales, Oficiales, Suboficiales del Ejército de Tierra que se hallen
en la situación de servicio activo o en reserva ocupando puestos orgánicos del
Ministerio de Defensa /Interior.
Igualmente será considerada como licencia de armas “A”, en las mismas
condiciones que el personal citado en el párrafo anterior, la Tarjeta de Identidad Militar
de los alféreces y sargentos alumnos de los Centros Docentes
."


¿Te imaginas que puedan comprar munición con su TIM?

Esta instrucción de rango muy inferior al reglamento de armas (Real Decreto) se atiene al mismo. Habría que ver la instrucción anterior en el mismo sentido 16/10 que me parece contemplaba lo mismo.

La noticia divulgada en http://www.europapress.es/nacional/noticia-aume-reprocha-ejercito-licencia-armas-oficiales-suboficiales-reservistas-voluntarios-no-tropa-20120606200711.html Incide en el asunto de los reservistas...

La instrucción en el BOD (no la he localizado por caídas del servidor), o el que pueda en la intranet.

Bilaureado, lástima que mi Astra Constable del 9 corto esté inutilizada (tremendamente parecida a la famosa Walter PPK -yo diría que igual-), sino te la regalaba cuando te ganes el despacho. Para evitar susceptibilidades no digo a que despacho me refiero :wink:

De todas formas y aunque me gusten, pienso que la tenencia de armas privadas en muchos casos solo puede dar problemas.


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