Noticias relativas a la Política de Defensa

Programas de Defensa Nacional, presupuesto militar. El nacionalismo, Cataluña y País Vasco. Ceuta y Melilla frente a Marruecos. Relaciones con la OTAN.
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Skafloc
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Mensaje por Skafloc »

Aplicandolo o no, el tema de los arrestos me parece algo arcaico, es una opinion y como tal puede o no gustar, pero vamos en el año en el que estamos, que se sigan usando cosas asi, da mucho que pensar, pero lo dicho, las opiniones son como los culos y no tienen porque gustarnos la de los demas.


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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

A mí, en cambio, el que se descarten por "arcaicas", medidas que se han usado durante siglos, y a las que no se les ha encontrado una solución mejor, en el año en el que estamos, también me da mucho que pensar, pero efectivamente, cada uno tiene su opinión, solo que algunas están basadas en los hechos y otras en opiniones. Demostrando además un profundo desconocimiento de como funciona, pero eso también es como los culos...


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
Gaspacher
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Mensaje por Gaspacher »

A mi el que pueda privarse de libertad a una persona discrecionalmente, sin juicio ni derecho a la defensa...arcaico se queda corto, sobre todo porque los arrestos son, salvo excepciones, un castigo que solo se aplica a la tropa. Y el mismo hecho tiene diferentes varas de medir dependiendo de quien cometa la falta.


A todo hombre tarde o temprano le llega la muerte ¿Y cómo puede morir mejor un hombre que afrontando temibles opciones, defendiendo las cenizas de sus padres y los templos de sus dioses?" T. M.
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Skafloc
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Mensaje por Skafloc »

Bueno, si el funcionamiento se basa en que arresto a este por tres pelos porque me cae mal, pero a mi "amigo", que llega media hora tarde porque le sale de los webs, no, siendo que el primero es una persona bastante mas currante que la segunda, solo que la segunda le cae mejor al que tiene potestad sancionadora, cierto prefiero no entenderlo, ni de como en el año en el que estamos se pueda privar de libertad a una persona simple y llanamente porque me sale de los webs, como bien reflejado en uno de los articulos para poder arrestar, bueno viene mas fino, pero se da a entender el 15 o 14 no recuerdo bien, desde luego toda una forma de modernidad...


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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

Bueno, si el funcionamiento se basa en que arresto a este por tres pelos porque me cae mal, pero a mi "amigo", que llega media hora tarde porque le sale de los webs, no, siendo que el primero es una persona bastante mas currante que la segunda, solo que la segunda le cae mejor al que tiene potestad sancionadora, cierto prefiero no entenderlo,

Bueno, si empezamos a poner casos, yo tampoco entiendo como puede haber gente que entre en determinados trabajos y no sea capaz de darse cuenta de donde está. Sobre todo en los tiempos que corren, que sancionar a alguien, es mas trabajoso e improbable que ser sancionado, sí, no es que no prefieras entenderlo, es que no puedes...

ni de como en el año en el que estamos se pueda privar de libertad a una persona

Ya hubo gente que pensaba parecido, y ciertos jueces determinaron que no era privación, sino restricción de libertad.

una persona simple y llanamente porque me sale de los webs, como bien reflejado en uno de los articulos para poder arrestar, bueno viene mas fino, pero se da a entender el 15 o 14 no recuerdo bien, desde luego toda una forma de modernidad...

No, no se da a entender, es que te lo estás inventando o ni siquiera conoces el RD...cualquiera de las dos opciones son posibles.


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

Gaspacher escribió:A mi el que pueda privarse de libertad a una persona discrecionalmente, sin juicio ni derecho a la defensa...arcaico se queda corto, sobre todo porque los arrestos son, salvo excepciones, un castigo que solo se aplica a la tropa. Y el mismo hecho tiene diferentes varas de medir dependiendo de quien cometa la falta.

Gaspacher, hace ya tiempo que eso del derecho a la defensa está mas que garantizado. Ahora mismo, para sancionar hay que ir con pies de plomo, y aun así, es complicado. Hay, que los conozco, gente que prefiere no arrestar por no verse implicado en el eterno papeleo de una sanción.
Por no contar, que se puede volver contra uno y encima te metan a ti un cuerno por no respetar el procedimiento. Que también ha pasado.


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
carlos perez llera
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Mensaje por carlos perez llera »

No entiendo, bajo ningún concepto la posibilidad de una sanción económica...
Ya se que la GC si establece esa opción y me parece igual de mal...
saludos


simplemente, hola
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Skafloc
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Mensaje por Skafloc »

...
Última edición por Skafloc el 20 May 2013, 21:33, editado 1 vez en total.


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Skafloc
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Mensaje por Skafloc »

Bueno, si empezamos a poner casos, yo tampoco entiendo como puede haber gente que entre en determinados trabajos y no sea capaz de darse cuenta de donde está. Sobre todo en los tiempos que corren, que sancionar a alguien, es mas trabajoso e improbable que ser sancionado, sí, no es que no prefieras entenderlo, es que no puedes...


No es que no pueda entenderlo, es que no quiero entender el como una persona puede arrestar por cosas asi, lo siento pero no me entra en la cabeza, que razon tienes en lo que dices de que hay que saber donde se esta, pero que sigan existiendo los favoritismos aqui dentro es un hecho.


Ya hubo gente que pensaba parecido, y ciertos jueces determinaron que no era privación, sino restricción de libertad.


Nada, el que te puedan dejar durante 30 dias dentro de un recinto militar, sin posibilidad de salir, no es privacion, es restriccion... :pena:


El articulo al que me referia era el 33, me confundi

33. Las demás que, no estando castigadas en otro concepto, constituyan leve desobediencia o ligera irrespetuosidad para con los jefes y superiores, infieran perjuicio al buen régimen de los ejercitos o consistan en la infracción u olvido de alguno de los deberes que señalan las Reales Ordenanzas y demas disposiciones que rigen la Institución Militar.

Y vamos, se entiende y bastante claro, que cualquier cosa que no este en los demas articulos es sancionable, que en mi pueblo es, te puedo arrestar por lo que me salga de las narices.


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Mensaje por Luis M. García »

Mira tú por donde me acabo de enterar de donde viene el dicho "hacer tal cosa por el art.33"... :militar7:


Qué gran vasallo, si hubiese buen señor...
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Mensaje por tercioidiaquez »

que razon tienes en lo que dices de que hay que saber donde se esta, pero que sigan existiendo los favoritismos aqui dentro es un hecho.

Lo que es un hecho, es que, aunque torpemente, se intenta dar a entender que lo particular y excepcional es lo común y general.

Nada, el que te puedan dejar durante 30 dias dentro de un recinto militar, sin posibilidad de salir, no es privacion, es restriccion..

Vas y se lo dices a los jueces si no estás de acuerdo...

Y vamos, se entiende y bastante claro, que cualquier cosa que no este en los demas articulos es sancionable, que en mi pueblo es, te puedo arrestar por lo que me salga de las narices.

Procura entonces no ir por tu pueblo...pero vamos, ya que citas el 33, deberías decir, que siempre que se puede, se debe evitar aplicarlo, y que sí se hace hay que justificarlo muy, pero que muy bien...ahora, eso a lo mejor no interesa decirlo, porque no queda muy "arcaico"...

"...nada mas expuesto que verse precisado a alardes de carácter y autoridad aquel jefe que se ha familiarizado anteriormente y nada mas desorganizador que aquel vaivén violento entre la debilidad y el abuso del mando.
No se debe dispensar nada de lo pequeño, para no verse obligado a castigar, lo grave..."
Es de mediados del XIX, aunque por lo visto debe ser arcaico para algunos...


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Mensaje por brenan »

Me gustaria que alguien me explicase como se pueden sancionar ciertas cosas no graves si no se debe sancionar economicamente y tampoco se deb de utilizar el procedimiento del arresto disciplinario

¿ Que hacer en esos casos ?. Repito faltas leves, no delitos


De noche todos los gatos son pardos. Menos los negros, que no se ven
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carlos perez llera
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Mensaje por carlos perez llera »

Yo no he manifestado en ningún momento mi cabreo ante el segundo supuesto, primo.
Es lógico dentro de un ambiente castrense.
Y, evidentemente, poco utilizado...


simplemente, hola
mma
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Mensaje por mma »

brenan escribió:Me gustaria que alguien me explicase como se pueden sancionar ciertas cosas no graves si no se debe sancionar economicamente y tampoco se deb de utilizar el procedimiento del arresto disciplinario

¿ Que hacer en esos casos ?. Repito faltas leves, no delitos


Pues posiblemente lo mas sencillo sea establecer un procedimiento de arresto disciplinario en el que una persona versada en leyes, no cualquiera, decida si existe falta y su posible sanción. Si es un juez ni te cuento.

¿que llegas tarde? Doy parte y otra persona con conocimientos específicos. Y si lo considera falta establece el castigo.

Así me quitas problemas a mi que lo único que tengo a mi favor es tener un empleo superior, no unos conocimientos de leyes, y te aseguras un trato mas justo por parte de alguien teóricamente mas preparado y neutral.

Y ya si lo aplicamos también al procedimiento por faltas graves seria para tocar palmas de alegria.

Personalmente me parece inconcebible que a estas alturas alguien cuya preparación es, con suerte, haber estudiado un par de asignaturas de derecho por encima en la academia (eso el que tenga suerte, porque como te toque un oficial de complemento con una formación nula en los pocos meses de academia que hace está listo) pueda decidir sobre la libertad de una persona.

Al final por no querer reconocer algo tan sencillo lo único que hacemos es seguir manteniendo una cosa completamente arcaica y fuera de toda lógica mientras complicamos hasta el infinito el procedimiento del arresto precisamente para que no se aplique por aburrimiento. Con lo que en vez de un problema tenemos dos, el arresto sigue siendo igual de aleatorio, injusto y arcaico que antes y las faltas no se penalizan por el miedo al procedimiento y al posible error en la tramitación.

En vez de resolver problemas los multiplicamos y vamos cada vez peor.


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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

Pues posiblemente lo mas sencillo sea establecer un procedimiento de arresto disciplinario en el que una persona versada en leyes, no cualquiera, decida si existe falta y su posible sanción. Si es un juez ni te cuento.

Algo parecido le dije yo a un jurídico hace dos meses, y la respuesta es que no hay medios materiales para ello.
¿Colocamos un jurídico por cada compañía o como lo hacemos?


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