GRUMO escribió:Estimado J
Dado que has traido a tu apá a colación, parece que no te enseño adecuadamente.
Cédula viva
El oficial fallece, se abre su carta declaratoria donde se indican los porcentajes de su pensión. Normalmente de distribuye entre la viuda y los hijos.
Si la viuda se vuelve a casar, pierde la pensión.
LOs hijos al cumplir los 24 años, pierden la pensión, salvo aquellos incapacitados con certificado del médico legista y un proceso judicial donde se declara su incapacidad.
Si las hijas se casan antes d los 24 años, pierden la pensión.
Por ello, estimado J, antes de lanzar improperios, propio del cobarde caviaraje, mejor pregunta. de mi parte siempre un gusto sacarte de tu reiterativa ignorancia de lo militar
Grumo
Esta claro que todavía no has muerto y no has visto de cerca como todos los meses las Viudas e Hijas hacen cola los días 20 de cada mes en el Circulo Militar o en alguna otra dependencia, y lo que has escrito es Verdad, pero una verdad que se cuida de no decirla completa.
Si se muere el "General de División" y este deja una niña fruto de un amor extra-matrimonial. La viuda recibe el 50% como pensión y la niña el otro 50%, con lo que logra vivir y hacerse de una profesión que no puede ejercer pues perdería la Cedula Viva que de por vida le corresponde. No recibiendo nunca el 100% así se muera la viuda.
Se muere el "General de División" y la Viuda por lo avanzado de la edad también muere y deja una señorita hija, quien recibe el 100% siempre y cuando permanezca soltera, solo le queda convivir y nunca casarse para no perder la Cedula Viva que la tiene de por vida. Hasta embarazada hacia su cola, pero la verdad es que no sabemos si el marido la abandona o no durante su vida.
En su declaratoria de Herederos, el "General de División" deja sentado que le deja todo a su viuda y en caso de muerta ella a sus hijos en partes iguales, Es el caso de los hombres y si es cierto que hasta los 24 años siempre y cuando no exista viuda y él se encuentre estudiando en una universidad, pero en este caso lo más aconsejable es que ingrese al instituto armado y asunto arreglado (como que ocurre con frecuencia, es su derecho y esta bien)
A mi no me la han contado, Yo lo he constado e inclusive indagado con los mismos beneficiaros de este Montepío. Y no es que este en contra de él, si no que hay casos en los que no debería ser así. Si no dale una revisada a los que sacan un "Certificado Médico Legal" que los declara incapacitados.
Y no digo nada de las segundas nupcias, que existen y se convierte en todo un acuerdo económico,
Saludos,
JRIVERA