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- Recluta
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Derogada o no, lo ocurrido no es correcto y debemos actuar contra ello. Debemos informar a Reclutamiento y al Ministerio de Defensa sobre lo ocurrido y denunciarlo cuanto antes. Conozco personalmente el caso de un aspirante, de este mismo año, que se presenta tras haber subido su nota de selectividad en Julio. Algo injusto contra aquellos aspirantes cuya segunda convocatoria de selectividad se realiza en septiembre. Deben de corregir lo ocurrido y contar solo las primeras notas de selectividad. Debemos actuar todos de todas las formas posibles.
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- Sargento Primero
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Bingo.
Enlace al acuerdo de 27 de mayo de 2014, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por la que se establece el procedimiento de admisión, los criterios de valoración y el orden de prelación en la adjudicación de plazas para determinadas vías de acceso a estudios oficiales de grado (modificado por acuerdo de 27 de junio de 2014, de Consejo de Gobierno): http://wzar.unizar.es/servicios/acceso/norma/acuerdo20140527.pdf
Dice así:
Un saludo.
Enlace al acuerdo de 27 de mayo de 2014, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por la que se establece el procedimiento de admisión, los criterios de valoración y el orden de prelación en la adjudicación de plazas para determinadas vías de acceso a estudios oficiales de grado (modificado por acuerdo de 27 de junio de 2014, de Consejo de Gobierno): http://wzar.unizar.es/servicios/acceso/norma/acuerdo20140527.pdf
Dice así:
Artículo 17. Orden de prelación de la adjudicación de plazas dentro de cada cupo.
1. La Universidad de Zaragoza adjudicará las plazas atendiendo a los siguientes criterios:
a) En primer lugar, se adjudicarán plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a
la universidad en la convocatoria ordinaria del año en curso o en convocatorias ordinarias o
extraordinarias de años anteriores, así como las de aquellos estudiantes que acrediten alguno de
los criterios de valoración a que se refieren los artículos 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 del presente
acuerdo. Para la adjudicación de la fase ordinaria de admisión, no serán computables las
calificaciones de las pruebas de acceso de la convocatoria extraordinaria del año en curso.
b) En segundo lugar, se adjudicarán plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso
a la universidad en la convocatoria extraordinaria del año en curso y a los que hayan superado las
enseñanzas que conducen a los títulos a que se refiere el artículo 5 después de la adjudicación
realizada en la fase ordinaria según lo establecido en el párrafo a) anterior.
Un saludo.
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- Comandante
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Si algunos de los de primer año le han computado las notas de segunda convocatoria de selectividad sería un agravio.
Leeros nuevamente la convocatoria por si consta el procedimiento de impugnación, si no, hay que formalizar una RECLAMACIÓN PREVIA a la administración, en este caso, al Ministerio de Defensa, (arts. 120 a 124 ley 30/92), y si la respuesta no es favorable, iniciar un contencioso-administrativo ya en vía judicial.
No sé cuántos casos habrá, pero puede haber 20/30 q les hayan valorado la segunda nota. Yo si me quedara fuera por 40/50 puestos, reclamaría.
Saludos
Leeros nuevamente la convocatoria por si consta el procedimiento de impugnación, si no, hay que formalizar una RECLAMACIÓN PREVIA a la administración, en este caso, al Ministerio de Defensa, (arts. 120 a 124 ley 30/92), y si la respuesta no es favorable, iniciar un contencioso-administrativo ya en vía judicial.
No sé cuántos casos habrá, pero puede haber 20/30 q les hayan valorado la segunda nota. Yo si me quedara fuera por 40/50 puestos, reclamaría.
Saludos
- Arenquin
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Decimonovena. Norma final.
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Órgano de Selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE número 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-A-2014-7150
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación del Órgano de Selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE número 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-A-2014-7150
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Creo que no hay que confundir los criterios para el acceso a las universidades públicas con la valoración de los méritos en una oposición.
En esta oposición el requisito para presentarse es tener bachillerato y PAU, las notas no son requisito, son méritos (méritos académicos), al igual que los servicios prestados al ejército (méritos militares); que se pueden tener o no tener.
Por otra parte, esa desigualdad que dicen, se hubiera producido de todas formas con los opositores que aprobaron el bachillerato en 2013 (esos han tenido no 2, sino 3 o 4 oportunidades de presentarse a la PAEG) o en 2012 (este año aumentaron la edad para presentarse, otro agravio mas).
De todas formas, están en su perfecto derecho a reclamar lo que estimen oportuno, eso si, no olviden que en la convocatoria pone que para realizar alegaciones a la fase de concurso hay un plazo de 2 días desde que se publiquen los resultados provisionales del concurso.
En esta oposición el requisito para presentarse es tener bachillerato y PAU, las notas no son requisito, son méritos (méritos académicos), al igual que los servicios prestados al ejército (méritos militares); que se pueden tener o no tener.
Por otra parte, esa desigualdad que dicen, se hubiera producido de todas formas con los opositores que aprobaron el bachillerato en 2013 (esos han tenido no 2, sino 3 o 4 oportunidades de presentarse a la PAEG) o en 2012 (este año aumentaron la edad para presentarse, otro agravio mas).
De todas formas, están en su perfecto derecho a reclamar lo que estimen oportuno, eso si, no olviden que en la convocatoria pone que para realizar alegaciones a la fase de concurso hay un plazo de 2 días desde que se publiquen los resultados provisionales del concurso.
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jaea escribió:Creo que no hay que confundir los criterios para el acceso a las universidades públicas con la valoración de los méritos en una oposición.
En esta oposición el requisito para presentarse es tener bachillerato y PAU, las notas no son requisito, son méritos (méritos académicos), al igual que los servicios prestados al ejército (méritos militares); que se pueden tener o no tener.
Por otra parte, esa desigualdad que dicen, se hubiera producido de todas formas con los opositores que aprobaron el bachillerato en 2013 (esos han tenido no 2, sino 3 o 4 oportunidades de presentarse a la PAEG) o en 2012 (este año aumentaron la edad para presentarse, otro agravio mas).
De todas formas, están en su perfecto derecho a reclamar lo que estimen oportuno, eso si, no olviden que en la convocatoria pone que para realizar alegaciones a la fase de concurso hay un plazo de 2 días desde que se publiquen los resultados provisionales del concurso.
Pero, ¿no está acaso la valoración de méritos de la oposición en contradición con los criterios para el acceso a las universidades públicas? Y en este caso, superar el concurso-oposición implica necesariamente el acceso a un estudio de grado.
Eso sí, efectivamente, entiendo que las reclamaciones no deberían ir formuladas contra la fase de concurso, sino contra el procedimiento en general.
Un saludo.
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- Recluta
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Buenas tardes, mi hermano es abogado y me acaba de hacer un escrito para dirigirlo a los siguientes correos electronicos: cuerposgeneralesoficiales @ oc. mde. es, infodefensa @ mde. es, webminisdef @ oc. mde. es. Todos los interesados debemos enviarlo como medida de presion. Caso de que no atendiesen a la reclamacion nuestra, tendriamos de plazo hasta el proximo 28 de agosto, para formular un recurso de reposicion contra la publicacion de las calificaciones provisionales del pasado 29 de julio. El escrito es el siguiente (recuerden poner al final del mismo el nombre y apellido del aspirante y de su tutor legal, caso de ser menor de edad):
Por medio del presente pongo en su conocimiento que en la Comunicación de los resultados provisionales de la fase de concurso del proceso de selección convocado por Resolución 452/38067/2014 de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo SIN exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las ESCALAS DE OFICIALES DE LOS CUERPOS GENERALES Y DEL CUERPO DE INFANTERÍA DE MARINA, Y A LA ESCALA SUPERIOR DE OFICIALES DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL; se ha efectuado una valoración que vulneraría el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española, entre otros, y ello por cuanto:
En el BOE del pasado 8 de Julio 2014, la Resolución antes citada, en su base Cuarta, apartado 1.1.6 exigía como documentación a aportar:
Original o copia compulsada del documento oficial y definitivo que acredite la superación de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU).
Pues bien, dada la fecha de publicación del meritado boletín y los plazos concedidos para la aportación de documentación (hasta el 18 de Julio de 2014); se ha permitido a decenas de aspirantes aportar la superación de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU), en convocatoria extraordinaria, y ello por cuanto en las Comunidades Autónomas de Asturias (1 a 3 de Julio), Comunidad Valenciana (8 a 10 de Julio), Extremadura (8 a 10 de Julio), Islas Canarias (9 a 11 de Julio), La Rioja (7 a 9 de Julio), Murcia (9 a 11 de Julio), Navarra (25 a 27 de Junio) y País Vasco (2 a 4 de Julio); los aspirantes se han visto beneficiados de la posibilidad de presentarse a dos convocatorias PAU y presentar al proceso selectivo la nota más alta; sin que el resto de aspirantes hayamos podido gozar de tan ventajosa circunstancia al establecer el resto de Comunidades Autónomas la convocatoria extraordinaria de PAU para el mes de Septiembre, produciéndose así un agravio comparativo entre unos y otros aspirantes.
Es por lo anteriormente expuesto, que al derecho de esta parte interesa que se proceda a la modificación de los los resultados provisionales de la fase de concurso del proceso de selección convocado por Resolución 452/38067/2014, de 7 de julio teniendo en cuenta la superación de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU), en la primera convocatoria ordinaria. En Madrid a 16 de agosto de 2014.
Por medio del presente pongo en su conocimiento que en la Comunicación de los resultados provisionales de la fase de concurso del proceso de selección convocado por Resolución 452/38067/2014 de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo SIN exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las ESCALAS DE OFICIALES DE LOS CUERPOS GENERALES Y DEL CUERPO DE INFANTERÍA DE MARINA, Y A LA ESCALA SUPERIOR DE OFICIALES DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL; se ha efectuado una valoración que vulneraría el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española, entre otros, y ello por cuanto:
En el BOE del pasado 8 de Julio 2014, la Resolución antes citada, en su base Cuarta, apartado 1.1.6 exigía como documentación a aportar:
Original o copia compulsada del documento oficial y definitivo que acredite la superación de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU).
Pues bien, dada la fecha de publicación del meritado boletín y los plazos concedidos para la aportación de documentación (hasta el 18 de Julio de 2014); se ha permitido a decenas de aspirantes aportar la superación de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU), en convocatoria extraordinaria, y ello por cuanto en las Comunidades Autónomas de Asturias (1 a 3 de Julio), Comunidad Valenciana (8 a 10 de Julio), Extremadura (8 a 10 de Julio), Islas Canarias (9 a 11 de Julio), La Rioja (7 a 9 de Julio), Murcia (9 a 11 de Julio), Navarra (25 a 27 de Junio) y País Vasco (2 a 4 de Julio); los aspirantes se han visto beneficiados de la posibilidad de presentarse a dos convocatorias PAU y presentar al proceso selectivo la nota más alta; sin que el resto de aspirantes hayamos podido gozar de tan ventajosa circunstancia al establecer el resto de Comunidades Autónomas la convocatoria extraordinaria de PAU para el mes de Septiembre, produciéndose así un agravio comparativo entre unos y otros aspirantes.
Es por lo anteriormente expuesto, que al derecho de esta parte interesa que se proceda a la modificación de los los resultados provisionales de la fase de concurso del proceso de selección convocado por Resolución 452/38067/2014, de 7 de julio teniendo en cuenta la superación de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU), en la primera convocatoria ordinaria. En Madrid a 16 de agosto de 2014.
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- Teniente Coronel
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Bilaureado_01 escribió:jaea escribió:¿Militar?.
Para lo malo...... SI, pero para lo bueno....... NO.
Para estar sometidos a disciplina castrense y que te apliquen la legislación militar, SI; pero para cobrar, NO.
Fijate tú que tipo de militares serán que Defensa ni reconoce el tiempo de formación (meses en caso de tropa y AÑOS en caso de suboficiales u oficiales) a efectos de méritos militares. Dos opositores de la misma convocatoria de Defensa, uno que no estuvo nunca en el ejército y otro que se pasó, por ejemplo, 4 años en una academia de oficiales tienen los mismos méritos militares (Valoración de los Méritos Militares = CERO).
Con eso te digo todo.
Lo que dices no es del todo cierto.
Los años que pasa un alumno en la AGM como Alférez sí se tienen en cuenta a la hora de los trienios por ejemplo. Por lo que cierta consideración para "lo bueno" (como tú dices) sí que hay.
Además, cuando te nombran Sargento Alumno o CAC (Caballero Alférez Cadete), tienes derecho a solicitar la licencia de armas tipo 'A'.
Por no hablar del convenio que tiene Defensa con RENFE, el cuál se aplica a los alumnos de las academias desde el primer día que ingresan.
Con todo esto quiero decir que tenemos consideración de militar para todo lo malo y para algunas cosas buenas.
Un saludo.
Eso que dices sobre que "Los años que pasa un alumno en la AGM como Alférez sí se tienen en cuenta a la hora de los trienios" imagino que también será aplicable a los años que se pasa uno sin ser Alferez Alumno (alumno a secas, de 1º y de 2º), porque en otro caso ya sería para echarse a llorar; y siempre,por supuesto, que termines siendo teniente, porque en otro caso, dudo que te los reconozca ninguna administración.
Lo de la pistola, pues que quieres que te diga, si con eso y con los descuentos en RENFE (que no todos los tienen, como bien sabrás) te parece suficiente, pues allá tú, pero a mi me parece bastante escaso; creo que, como mínimo, Defensa debería considerar el tiempo que se está como alumno como méritos militares , que además es gratis.
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destinoagm escribió:jaea escribió:Creo que no hay que confundir los criterios para el acceso a las universidades públicas con la valoración de los méritos en una oposición.
En esta oposición el requisito para presentarse es tener bachillerato y PAU, las notas no son requisito, son méritos (méritos académicos), al igual que los servicios prestados al ejército (méritos militares); que se pueden tener o no tener.
Por otra parte, esa desigualdad que dicen, se hubiera producido de todas formas con los opositores que aprobaron el bachillerato en 2013 (esos han tenido no 2, sino 3 o 4 oportunidades de presentarse a la PAEG) o en 2012 (este año aumentaron la edad para presentarse, otro agravio mas).
De todas formas, están en su perfecto derecho a reclamar lo que estimen oportuno, eso si, no olviden que en la convocatoria pone que para realizar alegaciones a la fase de concurso hay un plazo de 2 días desde que se publiquen los resultados provisionales del concurso.
Pero, ¿no está acaso la valoración de méritos de la oposición en contradición con los criterios para el acceso a las universidades públicas? Y en este caso, superar el concurso-oposición implica necesariamente el acceso a un estudio de grado.
Eso sí, efectivamente, entiendo que las reclamaciones no deberían ir formuladas contra la fase de concurso, sino contra el procedimiento en general.
Un saludo.
¿Y en base a que principio tienen que coincidir los méritos de la oposición con los criterios para el acceso a las universidades públicas?.
Para acceder a las universidades públicas se necesita bachillerato y PAEG, y eso es precisamente lo que se exige en esta oposición, porque implica ir a la universidad.
La nota en las universidades públicas es el criterio de selección, en las convocatorias de Defensa, NO, es solo un mérito mas.
De todas formas, si se está haciendo mal, se lleva haciendo mal desde 2010, porque nunca se dijo nada en las convocatorias realizadas sobre la prioridad de las notas de PAEG en función de que sean de junio o de septiembre.
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Buenas tardes, soy aspirante sin titulación previa y me he quedado a pocos puestos de la revisión médica, por lo que este tema me toca de lleno, me gustaria ponerme en contacto con Frank javierre95 y demás para unirnos y poner la reclamación. Un saludo
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La razón por la que este año se ha hecho mal y han entrado en periodo de entregar los papeles gente con la pau ordinaria y extraordinaria ha sido el atraso de la publicacion del boe, que retrasó todo un mes, por lo que de 2010 a 2013 no se pudo cometer este tipo de falta
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Murcia
10, 11 y 12 de junio
9, 10 y 11 de septiembre
Mucia no entra dentro de las conflictivas
10, 11 y 12 de junio
9, 10 y 11 de septiembre
Mucia no entra dentro de las conflictivas
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Javierre95 escribió:Efectivamente, llevas razón, pero creo correcto avisar antes con un reclamación formal (porque tiempo tienen si quieren para solucionarlo), y después llegar al proceso que indicas; si es necesario estoy dispuesto. Creo recordar que el año pasado tuvieron que admitir a un aspirante en Octubre por reclamación judicial; y la solución para este proceso es muy sencilla y rápida.
Por experiencia reconozco que el hecho de que te toque tribunal es un "marrón", pero hay que hacerlo pensando que una vez fuiste tú el que estaba en esa situación.
Me uno a su queja, el lunes a las 11.30 iré al ministerio, informaré del problema y pondré una reclamación. Me gustaría ponerme en contacto con usted, un saludo
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- Soldado Primero
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jaea escribió:Arenquin escribió:Diferencia de opiniones.
La mayoría de bajas/abandono en el inicio son de ET. La mayoría de opositores que quieren cambiar, son de ET a GC.
De todas formas no nos vamos a pelear por cual es el más deseado. En el caso de mi hijo con tradición GC no es la primera opción. Y la verdad ....me alegro de su decisión.
Es más si yo pudiera cambiarme ahora, lo haría a ET y particularmente a la gloriosa Infantería. No le quepa a Vd. duda.
Por supuesto que donde el número absoluto de abandonos es mas grande y donde mas se cambian es en ET, pero usted sabe de sobra por qué, y no es precisamente porque les guste mas o menos la plaza que a los demás, es sencillamente porque es donde hay mas cantidad de alumnos (en IM dificilmente se pueden ir en un año 17 entrando 9).
Y se lo voy a volver a demostrar con datos (del año pasado), que me parece que son mas objetivos que las opiniones (el cuadro lo he ordenado por el porcentaje de abandonos, para hacer los datos comparables):
Plazas............nº admitidos .....nº abandonos....% abandonos
EA dca................4...................1...............25,0%
IM.....................9...................2...............22,2%
CG Armada..........37...................7..............18,9%
ET..................132.................17..............12,8%
GC....................80..................9...............11,3%
EA Vuelo.............29..................3...............10,3%
--------------------------------------------------------------------
Media...............291................39...............13,40%
Conclusiones del cuadro:
-El porcentaje de abandonos en el ET (12,8%) fue inferior a la media (13,4%).
- Tres tipos de plazas (EA dca, IM y CG Armada) tuvieron porcentajes de abandono superiores al ET.
- La diferencia entre los porcentajes de GC y ET fue del 1,5%. Para el mismo nº de plazas: GC=80x0,113=9 ET=80x0,128=10 uno de diferencia tampoco es para tirar cohetes.
Y no es por discutir, pero es que muy poca gente se para a analizar si esas cosas que se dan por ciertas, por haberlas escuchado muchas veces, lo son o no.
Y esta es una de esas cosas que se dicen y se repiten sin fundamento alguno.
En la AGM el año pasado 10 ni se presentaron el primer dia, y si no me equivoco un primo mio que es alferez me dijo que fueron 42 durante el primer mes.
En Cuerpo General de la Armada fueron 17 las bajas repescadas
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- Teniente Coronel
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pepegarciaconde escribió:La razón por la que este año se ha hecho mal y han entrado en periodo de entregar los papeles gente con la pau ordinaria y extraordinaria ha sido el atraso de la publicacion del boe, que retrasó todo un mes, por lo que de 2010 a 2013 no se pudo cometer este tipo de falta
Perdone, pero en las convocatorias de 2010 a 2013 las notas se podían entregar casi hasta las mismas fechas que este año.
Concretamente en 2013 ponía esto:
"2. Los méritos académicos a valorar serán los que se posean, como fecha límite, el día 17 de julio".
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