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Se les escapa un pequeño detalle, que hay opositores de diferentes cursos académicos.
Si todos los opositores hubieran acabado el bachillerato el mismo año, por supuesto que sería un agravio, pero es que hay opositores de tres años distintos (los que cumplen 18, los que cumplen 19 y los que cumplen 20 años en 2014).
Si no van a valer las notas de la segunda convocatoria de 2014, ¿que pasa con las de segunda convocatoria de 2013 (para los que acabaron bachillerato en 2012 y 2013), también las quitamos?, es que esos han tenido, como mínimo, 3 oportunidades y los que ustedes dicen solo una, también será injusto, ¿no?.
Y que decir de la fase general, porque también se puede repetir (y vale para siempre, no solo para dos años como las específicas), los de 2012 la habrán podido hacer CINCO veces, los de 2013 TRES veces y los de 2014 solo UNA, ¿hay que quedarse con la nota de la fase general de la primera vez que uno se presentó?, es que si no se tiene ventaja.
Por otra parte, la supuesta ventaja y según mi criterio personal, tampoco es escandalosa, en un mes no creo que se puedan adquirir los conocimientos que no se adquirieron en 2 años, si en junio te pusieron un 5, dudo mucho que en julio te pongan un 10.
Si todos los opositores hubieran acabado el bachillerato el mismo año, por supuesto que sería un agravio, pero es que hay opositores de tres años distintos (los que cumplen 18, los que cumplen 19 y los que cumplen 20 años en 2014).
Si no van a valer las notas de la segunda convocatoria de 2014, ¿que pasa con las de segunda convocatoria de 2013 (para los que acabaron bachillerato en 2012 y 2013), también las quitamos?, es que esos han tenido, como mínimo, 3 oportunidades y los que ustedes dicen solo una, también será injusto, ¿no?.
Y que decir de la fase general, porque también se puede repetir (y vale para siempre, no solo para dos años como las específicas), los de 2012 la habrán podido hacer CINCO veces, los de 2013 TRES veces y los de 2014 solo UNA, ¿hay que quedarse con la nota de la fase general de la primera vez que uno se presentó?, es que si no se tiene ventaja.
Por otra parte, la supuesta ventaja y según mi criterio personal, tampoco es escandalosa, en un mes no creo que se puedan adquirir los conocimientos que no se adquirieron en 2 años, si en junio te pusieron un 5, dudo mucho que en julio te pongan un 10.
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jaea escribió:Se les escapa un pequeño detalle, que hay opositores de diferentes cursos académicos.
Si todos los opositores hubieran acabado el bachillerato el mismo año, por supuesto que sería un agravio, pero es que hay opositores de tres años distintos (los que cumplen 18, los que cumplen 19 y los que cumplen 20 años en 2014).
Si no van a valer las notas de la segunda convocatoria de 2014, ¿que pasa con las de segunda convocatoria de 2013 (para los que acabaron bachillerato en 2012 y 2013), también las quitamos?, es que esos han tenido, como mínimo, 3 oportunidades y los que ustedes dicen solo una, también será injusto, ¿no?.
Y que decir de la fase general, porque también se puede repetir (y vale para siempre, no solo para dos años como las específicas), los de 2012 la habrán podido hacer CINCO veces, los de 2013 TRES veces y los de 2014 solo UNA, ¿hay que quedarse con la nota de la fase general de la primera vez que uno se presentó?, es que si no se tiene ventaja.
Por otra parte, la supuesta ventaja y según mi criterio personal, tampoco es escandalosa, en un mes no creo que se puedan adquirir los conocimientos que no se adquirieron en 2 años, si en junio te pusieron un 5, dudo mucho que en julio te pongan un 10.
Y sin embargo si es escandaloso, está claro que por edad hay gente que la ha podido hacer más veces, nunca 5 por cierto, por que los que tengan 20 años en septiembre no sabian que se podian vovler a presentar, el año pasado la edad limite era 19.
Digo que si es escandaloso por que el que haya teniado la extraordinaria en julio siempre tendrá una oportunidad más que el resto y además no ulvide el potencial de las especificas, cada punto en un examen es 0.2 más en la nota general ( la que va sobre 14), alguien que haya sacado un 6, por ejemplo (teniendo bien 3 de 5 ejercicios) perfectamente puede sacar un 8 (solo un ejercicio bien más), lo que supondrían cuatro decimas o lo que es lo mismo,adelantar a por ejemplo, 190 puesto que hay del 10.4 al 10.8
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lombardo escribió:Me parece increible que haya gente a la que le parezca lógico que haya aspirantes que se puedan presentar habiendo tenido una sóla oportunidad de subir notas frente a otros que han tenido dos oportunidades.
Si tuvieran razón ¿porque no han permitido a los andaluces que sus notas de la fase específica que aquí valen para el año que se presentan y para los dos siguientes fueran admitidas?; no, sólo han admitido las notas de la fase específica del año de la primera vez que se presentaron y uno más como en el resto de España y si quieres que te cuenten te tienes que volver a presentar aunque tuvieras un 10.
No se puede dar ventajas a unas comunidades frente a otras y luego a las que tienen alguna ventaja quitársela para que todos vayan "con las mismas oportunidades".
Mire, a mí personalmente NO me parece lógico, y además creo que no debería ser así, pero con la estructura administrativa que hay en este país pasan estas cosas.
En unos sitios te operan gratis de ciertos asuntos y en otros no, en unos te pagan un sueldo A y en otros un sueldo B (para el mismo trabajo), en unos pagas unos impuestos A y en otros unos impuestos B (con los mismos ingresos), etc...... y no pasa nada, así que este asunto no deja de ser otro mas dentro de la anormalidad.
Si entre todos decidimos que había que delegar competencias, pues habrá que aguantarse con las consecuencias, vamos, digo yo.
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pepegarciaconde escribió:Y sin embargo si es escandaloso, está claro que por edad hay gente que la ha podido hacer más veces, nunca 5 por cierto, por que los que tengan 20 años en septiembre no sabian que se podian vovler a presentar, el año pasado la edad limite era 19.
¿Cómo que 5 no?, en esas comunidades que dicen ...... hasta 6 (junio-2012, julio-2012, junio-2013, julio-2013, junio-2014 y julio-2014)
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jaea escribió:pepegarciaconde escribió:Y sin embargo si es escandaloso, está claro que por edad hay gente que la ha podido hacer más veces, nunca 5 por cierto, por que los que tengan 20 años en septiembre no sabian que se podian vovler a presentar, el año pasado la edad limite era 19.
¿Cómo que 5 no?, en esas comunidades que dicen ...... hasta 6 (junio-2012, julio-2012, junio-2013, julio-2013, junio-2014 y julio-2014)
me refiero a que los del 94 hicieron junio-sept (2012) Junio(2013) y junio (2014) por que sept 2013 en teoria ya no les valia, de modo que se hace más escandalosa aún, cuando en asturias pudieron hacer junio/julio junio/julio y otra vez junio/julio
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El el pais vasco, una de las pribilegiadas en ese aspecto (en esclusiva este año) puesto qe en el 2013 al ser la convocatoria mucho antes solo pudieron presentar la primera convocatoria, dado qe el esperar tanto para subir nota en segunda.convocatoria podria dejarte fuera a la hora de qe te diesen los resultados y te compulsasen el certificado para poder entregarlo
Se lo digo con conocimie to de.causa porqe tube qe hacer los papeles de.mi hijo y me sobro algo de tiempo con la.primera.convocatoria.
Y la nota les vale para dos años por lo menos en nuestro caso para poder acceder a la universidad y a estanoposicion
Se lo digo con conocimie to de.causa porqe tube qe hacer los papeles de.mi hijo y me sobro algo de tiempo con la.primera.convocatoria.
Y la nota les vale para dos años por lo menos en nuestro caso para poder acceder a la universidad y a estanoposicion
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Buenas tardes, siento haber abierto un melón que está provocando tantas disputas.
Leída la convocatoria, lo que procede es hacer una reclamación al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar; después, y si uno no está satisfecho con la resolución/respuesta, queda a su criterio la reclamación por vía judicial ante un Ministerio (Defensa), como en cualquier otro caso.
Sigo intentando aclarar que esto no tiene nada que ver con la normativa de acceso a las distintas Universidades de este país; se trata de un agravio comparativo producido este año por las fechas de la convocatoria y no contemplar que algunos pueden presentarse una vez más en Julio para aumentar sus "méritos", hecho no producido en otros años por las fechas de las convocatorias y las condiciones. Todos deben concurrir con las mismas oportunidades de aportar "méritos", decidan usarlas o no queda a su criterio, pero nunca más. En cuanto a los que tienen 20 años y se han podido presentar este año una vez más, salvo que fueran adivinos o tuvieran información privilegiada poco más pueden haber hecho, pero si está puesto en la convocatoria no hay más que hablar.
La intención es que en el momento de llegar a la meta todos lo hagan en las mismas condiciones y obtengan un resultado acorde con su esfuerzo.
Mañana entregaremos en la Delegación de Defensa la reclamación y a esperar, creo que este es el camino correcto y si alguien más quiere hacerlo, que lo haga a título individual; suerte a todos, ya falta menos.
Leída la convocatoria, lo que procede es hacer una reclamación al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar; después, y si uno no está satisfecho con la resolución/respuesta, queda a su criterio la reclamación por vía judicial ante un Ministerio (Defensa), como en cualquier otro caso.
Sigo intentando aclarar que esto no tiene nada que ver con la normativa de acceso a las distintas Universidades de este país; se trata de un agravio comparativo producido este año por las fechas de la convocatoria y no contemplar que algunos pueden presentarse una vez más en Julio para aumentar sus "méritos", hecho no producido en otros años por las fechas de las convocatorias y las condiciones. Todos deben concurrir con las mismas oportunidades de aportar "méritos", decidan usarlas o no queda a su criterio, pero nunca más. En cuanto a los que tienen 20 años y se han podido presentar este año una vez más, salvo que fueran adivinos o tuvieran información privilegiada poco más pueden haber hecho, pero si está puesto en la convocatoria no hay más que hablar.
La intención es que en el momento de llegar a la meta todos lo hagan en las mismas condiciones y obtengan un resultado acorde con su esfuerzo.
Mañana entregaremos en la Delegación de Defensa la reclamación y a esperar, creo que este es el camino correcto y si alguien más quiere hacerlo, que lo haga a título individual; suerte a todos, ya falta menos.
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Javierre95 escribió:Buenas tardes, siento haber abierto un melón que está provocando tantas disputas.
Leída la convocatoria, lo que procede es hacer una reclamación al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar; después, y si uno no está satisfecho con la resolución/respuesta, queda a su criterio la reclamación por vía judicial ante un Ministerio (Defensa), como en cualquier otro caso.
Sigo intentando aclarar que esto no tiene nada que ver con la normativa de acceso a las distintas Universidades de este país; se trata de un agravio comparativo producido este año por las fechas de la convocatoria y no contemplar que algunos pueden presentarse una vez más en Julio para aumentar sus "méritos", hecho no producido en otros años por las fechas de las convocatorias y las condiciones. Todos deben concurrir con las mismas oportunidades de aportar "méritos", decidan usarlas o no queda a su criterio, pero nunca más. En cuanto a los que tienen 20 años y se han podido presentar este año una vez más, salvo que fueran adivinos o tuvieran información privilegiada poco más pueden haber hecho, pero si está puesto en la convocatoria no hay más que hablar.
La intención es que en el momento de llegar a la meta todos lo hagan en las mismas condiciones y obtengan un resultado acorde con su esfuerzo.
Mañana entregaremos en la Delegación de Defensa la reclamación y a esperar, creo que este es el camino correcto y si alguien más quiere hacerlo, que lo haga a título individual; suerte a todos, ya falta menos.
Entiendo que, si se diera el caso de que la resolución de la reclamación es favorable, el resultado sería para el colectivo de aspirantes y no solo para el que efectuó la reclamación. Si no es así, le ruego que me rectifique.
Un saludo.
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Hola, efectivamente, si la respuesta a la reclamación fuera positiva y en plazo, afectaría a todos los aspirantes.
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Javierre95 escribió:Buenas tardes, siento haber abierto un melón que está provocando tantas disputas.
Leída la convocatoria, lo que procede es hacer una reclamación al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar; después, y si uno no está satisfecho con la resolución/respuesta, queda a su criterio la reclamación por vía judicial ante un Ministerio (Defensa), como en cualquier otro caso.
Sigo intentando aclarar que esto no tiene nada que ver con la normativa de acceso a las distintas Universidades de este país; se trata de un agravio comparativo producido este año por las fechas de la convocatoria y no contemplar que algunos pueden presentarse una vez más en Julio para aumentar sus "méritos", hecho no producido en otros años por las fechas de las convocatorias y las condiciones. Todos deben concurrir con las mismas oportunidades de aportar "méritos", decidan usarlas o no queda a su criterio, pero nunca más. En cuanto a los que tienen 20 años y se han podido presentar este año una vez más, salvo que fueran adivinos o tuvieran información privilegiada poco más pueden haber hecho, pero si está puesto en la convocatoria no hay más que hablar.
La intención es que en el momento de llegar a la meta todos lo hagan en las mismas condiciones y obtengan un resultado acorde con su esfuerzo.
Mañana entregaremos en la Delegación de Defensa la reclamación y a esperar, creo que este es el camino correcto y si alguien más quiere hacerlo, que lo haga a título individual; suerte a todos, ya falta menos.
No sienta usted nada, aquí debatimos, no disputamos, y el debate es bueno y nos enriquece a todos.
Me parece perfecto que vaya a presentar una reclamación, porque lo que no sirve de nada es quejarse en los foros y no hacer nada, así que adelante y ya nos contará como le va.
Respecto a los opositores de 20 años, no hacía falta ser adivino para saber que este año se iban a poder presentar, se sabía desde el 31 de mayo de 2014, fecha en la que publicaron en el BOE el "Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero".
En esa norma, que obliga a todas las de menor rango (la convocatoria lo es, por tratarse de una Resolución) pone lo siguiente:
"Cuatro. Las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 16 quedan redactados como sigue:
«a) Para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
1.º Ingreso directo sin exigencia previa de titulación universitaria: 21 años"
Si lo sabía yo, que no soy militar, pues imagine otros.
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Buenas tardes, voy a intentar aclarar algunas dudas. De ningún modo se podrá tener en cuenta la calificación de la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA antes que la CONVOCATORIA ORDINARIA (según RD1892/2008 al que remite el BOE nº165 de 8/07/14 convocatoria procesos selección ingreso centros docentes militares) por tanto el que haya habido conv. extraordinaria en algunas Com. Autónomas no afectaría nada el orden del listado de notas de los aspirantes SI SE HUBIERA HECHO CORRECTAMENTE según dicta el referido RD (incluidas todas las modificaciones de Orden DEF posteriores).
Yo voy a hacer mañana una reclamación basándome en lo expuesto anteriormente ya que lo que han hecho va en contra del BOE.
Voy a hacer referencia al BOE nº 165 de 8 de julio 2014 en el que el Mº de Defensa convoca los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares, en la base Octava pone que la orden de prelación se realizará conforme a lo establecido en los Anexos I y II de la Orden DEF/792/2010 y el Anexo I de dicha Orden (Valoración del concurso de forma de ingreso directo si exigencia de titulación universitaria) pone que se realizará conforme a lo que determina el RD1892/2008 por las que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las univ.públicas españolas que según el Art.54 el ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS es:
a) En PRIMER LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA ORDINARIA DEL AÑO EN CURSO o en CONV. ORDINARIAS o EXTRAORDINARIAS DE AÑOS ANTERIORES
b) En 2º LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL AÑO EN CURSO ( y a los que hayan superado las enseñanzas que conducen a los títulos a que se refiere el artículo 26 después de la adjudicación realizada en primer lugar según lo establecido en el párrafo a) anterior. Según modificación del apartado 1b)
(En este apartado b están incluidas las nuevas calificaciones de subida de nota en la conv. extraordinaria del año en curso)
Yo voy a hacer mañana una reclamación basándome en lo expuesto anteriormente ya que lo que han hecho va en contra del BOE.
Voy a hacer referencia al BOE nº 165 de 8 de julio 2014 en el que el Mº de Defensa convoca los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares, en la base Octava pone que la orden de prelación se realizará conforme a lo establecido en los Anexos I y II de la Orden DEF/792/2010 y el Anexo I de dicha Orden (Valoración del concurso de forma de ingreso directo si exigencia de titulación universitaria) pone que se realizará conforme a lo que determina el RD1892/2008 por las que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las univ.públicas españolas que según el Art.54 el ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS es:
a) En PRIMER LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA ORDINARIA DEL AÑO EN CURSO o en CONV. ORDINARIAS o EXTRAORDINARIAS DE AÑOS ANTERIORES
b) En 2º LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL AÑO EN CURSO ( y a los que hayan superado las enseñanzas que conducen a los títulos a que se refiere el artículo 26 después de la adjudicación realizada en primer lugar según lo establecido en el párrafo a) anterior. Según modificación del apartado 1b)
(En este apartado b están incluidas las nuevas calificaciones de subida de nota en la conv. extraordinaria del año en curso)
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Samagua escribió:Buenas tardes, voy a intentar aclarar algunas dudas. De ningún modo se podrá tener en cuenta la calificación de la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA antes que la CONVOCATORIA ORDINARIA (según RD1892/2008 al que remite el BOE nº165 de 8/07/14 convocatoria procesos selección ingreso centros docentes militares) por tanto el que haya habido conv. extraordinaria en algunas Com. Autónomas no afectaría nada el orden del listado de notas de los aspirantes SI SE HUBIERA HECHO CORRECTAMENTE según dicta el referido RD (incluidas todas las modificaciones de Orden DEF posteriores).
Yo voy a hacer mañana una reclamación basándome en lo expuesto anteriormente ya que lo que han hecho va en contra del BOE.
Voy a hacer referencia al BOE nº 165 de 8 de julio 2014 en el que el Mº de Defensa convoca los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares, en la base Octava pone que la orden de prelación se realizará conforme a lo establecido en los Anexos I y II de la Orden DEF/792/2010 y el Anexo I de dicha Orden (Valoración del concurso de forma de ingreso directo si exigencia de titulación universitaria) pone que se realizará conforme a lo que determina el RD1892/2008 por las que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las univ.públicas españolas que según el Art.54 el ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS es:
a) En PRIMER LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA ORDINARIA DEL AÑO EN CURSO o en CONV. ORDINARIAS o EXTRAORDINARIAS DE AÑOS ANTERIORES
b) En 2º LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL AÑO EN CURSO ( y a los que hayan superado las enseñanzas que conducen a los títulos a que se refiere el artículo 26 después de la adjudicación realizada en primer lugar según lo establecido en el párrafo a) anterior. Según modificación del apartado 1b)
(En este apartado b están incluidas las nuevas calificaciones de subida de nota en la conv. extraordinaria del año en curso)
Me temo que la disposición 1892/2008 se encuentra derogada: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-18947
No obstante, la nueva legislación viene a decir lo mismo, tal y como expuse post más arriba.
Un saludo.
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Samagua escribió:Buenas tardes, voy a intentar aclarar algunas dudas. De ningún modo se podrá tener en cuenta la calificación de la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA antes que la CONVOCATORIA ORDINARIA (según RD1892/2008 al que remite el BOE nº165 de 8/07/14 convocatoria procesos selección ingreso centros docentes militares) por tanto el que haya habido conv. extraordinaria en algunas Com. Autónomas no afectaría nada el orden del listado de notas de los aspirantes SI SE HUBIERA HECHO CORRECTAMENTE según dicta el referido RD (incluidas todas las modificaciones de Orden DEF posteriores).
Yo voy a hacer mañana una reclamación basándome en lo expuesto anteriormente ya que lo que han hecho va en contra del BOE.
Voy a hacer referencia al BOE nº 165 de 8 de julio 2014 en el que el Mº de Defensa convoca los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares, en la base Octava pone que la orden de prelación se realizará conforme a lo establecido en los Anexos I y II de la Orden DEF/792/2010 y el Anexo I de dicha Orden (Valoración del concurso de forma de ingreso directo si exigencia de titulación universitaria) pone que se realizará conforme a lo que determina el RD1892/2008 por las que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las univ.públicas españolas que según el Art.54 el ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS es:
a) En PRIMER LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA ORDINARIA DEL AÑO EN CURSO o en CONV. ORDINARIAS o EXTRAORDINARIAS DE AÑOS ANTERIORES
b) En 2º LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL AÑO EN CURSO ( y a los que hayan superado las enseñanzas que conducen a los títulos a que se refiere el artículo 26 después de la adjudicación realizada en primer lugar según lo establecido en el párrafo a) anterior. Según modificación del apartado 1b)
(En este apartado b están incluidas las nuevas calificaciones de subida de nota en la conv. extraordinaria del año en curso)
No sé por qué me da a mi que con las notas que tienen todos aprobaron la PAEG en primera convocatoria.
Que una cosa es aprobar la PAEG y otra subir notas en las específicas.
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jaea escribió:Javierre95 escribió:Buenas tardes, siento haber abierto un melón que está provocando tantas disputas.
Leída la convocatoria, lo que procede es hacer una reclamación al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar; después, y si uno no está satisfecho con la resolución/respuesta, queda a su criterio la reclamación por vía judicial ante un Ministerio (Defensa), como en cualquier otro caso.
Sigo intentando aclarar que esto no tiene nada que ver con la normativa de acceso a las distintas Universidades de este país; se trata de un agravio comparativo producido este año por las fechas de la convocatoria y no contemplar que algunos pueden presentarse una vez más en Julio para aumentar sus "méritos", hecho no producido en otros años por las fechas de las convocatorias y las condiciones. Todos deben concurrir con las mismas oportunidades de aportar "méritos", decidan usarlas o no queda a su criterio, pero nunca más. En cuanto a los que tienen 20 años y se han podido presentar este año una vez más, salvo que fueran adivinos o tuvieran información privilegiada poco más pueden haber hecho, pero si está puesto en la convocatoria no hay más que hablar.
La intención es que en el momento de llegar a la meta todos lo hagan en las mismas condiciones y obtengan un resultado acorde con su esfuerzo.
Mañana entregaremos en la Delegación de Defensa la reclamación y a esperar, creo que este es el camino correcto y si alguien más quiere hacerlo, que lo haga a título individual; suerte a todos, ya falta menos.
No sienta usted nada, aquí debatimos, no disputamos, y el debate es bueno y nos enriquece a todos.
Me parece perfecto que vaya a presentar una reclamación, porque lo que no sirve de nada es quejarse en los foros y no hacer nada, así que adelante y ya nos contará como le va.
Respecto a los opositores de 20 años, no hacía falta ser adivino para saber que este año se iban a poder presentar, se sabía desde el 31 de mayo de 2014, fecha en la que publicaron en el BOE el "Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero".
En esa norma, que obliga a todas las de menor rango (la convocatoria lo es, por tratarse de una Resolución) pone lo siguiente:
"Cuatro. Las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 16 quedan redactados como sigue:
«a) Para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
1.º Ingreso directo sin exigencia previa de titulación universitaria: 21 años"
Si lo sabía yo, que no soy militar, pues imagine otros.
Precisamente usted dice desde el 31 de mayo de 2014 (este año) ya se habia acabado el plazo de inscripción para hacer la PAU; tengo cuatro conocidos que se la jugarón dejando sus carreras en Enero por que se filtro información diciéndose que se iba a poder hacer. Un saludo y para los demás damnificados, yo el lunes a las 11.30 voy a reclutamiento a hablar con el Capitán , su nombre no lo recuerdo, pero se trata de un hombre que se toma en serio su trabajo, ya fui la semana pasada a intentan aclarar otro tema. Un saludo compañeros
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jaea escribió:Samagua escribió:Buenas tardes, voy a intentar aclarar algunas dudas. De ningún modo se podrá tener en cuenta la calificación de la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA antes que la CONVOCATORIA ORDINARIA (según RD1892/2008 al que remite el BOE nº165 de 8/07/14 convocatoria procesos selección ingreso centros docentes militares) por tanto el que haya habido conv. extraordinaria en algunas Com. Autónomas no afectaría nada el orden del listado de notas de los aspirantes SI SE HUBIERA HECHO CORRECTAMENTE según dicta el referido RD (incluidas todas las modificaciones de Orden DEF posteriores).
Yo voy a hacer mañana una reclamación basándome en lo expuesto anteriormente ya que lo que han hecho va en contra del BOE.
Voy a hacer referencia al BOE nº 165 de 8 de julio 2014 en el que el Mº de Defensa convoca los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares, en la base Octava pone que la orden de prelación se realizará conforme a lo establecido en los Anexos I y II de la Orden DEF/792/2010 y el Anexo I de dicha Orden (Valoración del concurso de forma de ingreso directo si exigencia de titulación universitaria) pone que se realizará conforme a lo que determina el RD1892/2008 por las que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las univ.públicas españolas que según el Art.54 el ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS es:
a) En PRIMER LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA ORDINARIA DEL AÑO EN CURSO o en CONV. ORDINARIAS o EXTRAORDINARIAS DE AÑOS ANTERIORES
b) En 2º LUGAR se adjudicarán las plazas a los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad en la CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL AÑO EN CURSO ( y a los que hayan superado las enseñanzas que conducen a los títulos a que se refiere el artículo 26 después de la adjudicación realizada en primer lugar según lo establecido en el párrafo a) anterior. Según modificación del apartado 1b)
(En este apartado b están incluidas las nuevas calificaciones de subida de nota en la conv. extraordinaria del año en curso)
No sé por qué me da a mi que con las notas que tienen todos aprobaron la PAEG en primera convocatoria.
Que una cosa es aprobar la PAEG y otra subir notas en las específicas.
Obviamente todo el mundo aprobó la fase general a la primera, pero en las específicas es donde "se da la campanada", alguien que hubiera sacado un 4 en fisica podria tener de media un 10/14 por ejemplo,y sacando un 5 en fisica un 11,adelantando a unos 500 aspirantes
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