ñugares escribió:Isocrates escribió:¿Desobediencia al Agente de Movilidad en cuestión de Tráfico?
Delito de desobediencia.
De nada.
Como de costumbre : me puedes decir donde pongo yo que un agente de movilidad no sea competente en regular el trafico ? , precisamente esa es su función , lo que tu sostienes es que es tan agente de la autoridad como lo es un Policia Municipal .
Dejate de cuentos. Lo que has dicho con total claridad es que de haber desobedecido solo a los Agentes de Movilidad la lider no habría ni pasado por el juzgado. Incluso has dicho que no tenía que pagar la multa. Y TE HE PUESTO UNA SENTENCIA EN LA QUE SE CONDENA A UN CIUDADANO POR DESOBEDIENCIA A LAS INSTRUCCIONES DE UN AGENTE DE MOVILIDAD. ¿Realmente hace falta ponerlo mas claro? ¿De verdad no lo entiendes?
Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.
"Artículo 634
Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días."
en la regulación del trafico que es la función que tienen ni mas ni menos .
Para no extenderme el agente de movilidad se persona a titulo personal como acusación particular ( igualito que si fuera un agente de la autoridad , Policia Municipal ) y quien da veracidad a su testimonio es los compañeros , uno de ellos presencial y otros que ayudan a su detencion .
Mejor que no te extiendas.
Personarse como acusación no tiene nada que ver con ser, o dejar de ser agente de la autoridad. En este caso, sin duda, se debe a que el agente sufrió daños en el incidente.
si te refieres que es agente de la autoridad en ejercicio de sus funciones , unicamente en la regulacion del trafico , SI .
si vienes con milongas y le das rango de agente de la autoridad como lo es un Policia Municipal o un PN , NO
El único que viene con milongas y dice que la lider se estaría riendo de los Agentes de Movilidad porque el delito de desobediencia solo se produjo al no atender a los Policias Municipales, eres tú. Y ESO ES FALSO. No es verdad. La desobediencia a los Agentes de Movilidad que realizó Esperanza Aguirre es desobediencia a la autoridad y configura el delito (o la falta) de desobediencia sin necesidad de que estuviera presente ningún Policía Municipal.
si dices que te puede requerir para que no estaciones indebidamente o otras funciones de regulación del trafico SI , inmovilizar el vehículo , pedir papeles , etc NO , fuera de esas funciones no es ninguna autoridad y debe requerir la presencia de uno que si lo sea ; Policía municipal .
Por supuesto que puede pedir papeles (tiene la obligación de hacerlo) y mantener conductor y vehículo a su disposición mientras tramita la denuncia de la multa y su notificación. ¿O porque crees que condenan a la conductora en la Sentencia que he puesto?
Loq ue me parece curioso es que pongas la primera parte que es una sentencia , pero que el documento que traes en realidad es el recurso de impugnación de la abogada ( bastante torpe por lo que parece , pues pruebas de peso que pretendía aportar no se las admiten por no haberlas presentado en primera instancia ) . y te centras en la sentencia de primera instancia y no en el fallo a la impugnación .
Que absoluta falta de conocimiento... y de sentido.
El documento que "traigo" es la Sentencia de la Audiencia Provincial y me centro (resalto en rojo) el relato de hechos y la Sentencia definitiva: LA QUE CONDENA A LA CONDUCTORA COMO AUTORA DE UN DELITO DE DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD.
FALLO
Se estima parcialmente el recurso de apelación formulado por Consuelo contra la Sentencia n.º 598 de 01-12-2010, y su Auto aclaratorio de 22-12-2010, dictados en la causa arriba referenciada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal n.º 25 de Madrid, resolución que queda revocada parcialmente en el siguiente sentido:
-Condenamos a Consuelo como autora de un delito de desobediencia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
( coñ* ya a desaparecido lo de "agente de la autoridad " .
Claro, porque desobedecer al vecino del quinto es delito, como todo el mundo sabe. En fin...
Son reos de atentado, según dispone el artículo 550 del Código Penal, los que acometen a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones propias de sus cargos o con ocasión de ellas; castigando el artículo 551, inciso final, con pena de prisión de uno a tres años cuando el atentado se cometa contra todos los anteriormente señalados a excepción de la autoridad, que se castiga con pena superior.
Pena que se impondrá en grado superior siempre que la agresión se verificara con armas u otro medio peligroso, conforme señala el artículo 552.1.
Y, por la suya, el artículo 556 de dicho texto, castiga con pena de prisión de seis meses a un año a los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones.
Desobediencia a la autoridad. Ese el delito por el que se condena a esa conductora.
Yo nunca e negado que los agentes de movilidad sean "agentes de la Autoridad" en el desempeño de sus funciones que son la regulación de trafico , ahora el tratamiento de agentes de la autoridad que tu pretendes darles , por mucha ordenanza municipal , nada de nada , de hecho en ningun sitio veo que le den la categoría de veracidad que tiene cualquier agente de la autoridad , en la sentencia se habla que no entran en contradicciones los agentes de movilidad .
cuando pongas un enlace léelo entero .
Los leo y los entiendo. Evidentemente, no puedes decir lo mismo.
al taxista de la sentencia que ya fue aportada hace tiempo le pide la licencia del taxi un agente de movilidad el se niega y el asunto termina en los tribunales , el taxista tenia razón y el ayuntamiento a pagar 3000 , un policía municipal si puede hacer eso por que sus funciones son todas las asociadas a cualquier agente de la autoridad y no las escasas competencias que le dan una ordenanza municipal a un agente de movilidad ..
Te lo explique entonces y no quisiste entenderlo. La verdad es que no quieres entenderlo. Te he puesto una sentencia clara, diáfana, en la que la conductora hace casi exactamente lo mismo que la lider ante las ordenes de una Agente de Movilidad Y ES CONDENADA POR UN DELITO DE DESOBEDIENCIA. Y sigues sin querer abrir lo ojos.
Allá tú.