Límites Marítimos Chile - Perú

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
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CZEKALSKI
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Mensaje por CZEKALSKI »

jandres escribió:A la que yo he tratado de exponer, que ni siquiera se ejerció

.... Y estamos esperando que pruebes que nunca se ejerció.
Saludos.


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Mensaje por Chuck »

comando_pachacutec escribió:No interpretes cosas donde no hay nada que interpretar.
Al Perú nadie lo obliga a firmar la CONVEMAR
El Perú no ha aceptado en ningún documento regirse por lo que diga la CONVEMAR.
EL alpiste es insistir que el Perú tiene alguna relación formal o informal con CONVEMAR.


El párrafo 178 citado concluye señalando que “la Corte toma nota de esta declaración que expresa un compromiso formal de parte del Perú”, lo que significa que no solo le son aplicables los principios de la CONVEMAR en tanto recoge normas consuetudinarias universales sino también porque estas fueron aceptadas por nuestro país a través de un acto unilateral como es el reconocimiento, en este caso, de una norma que le es aplicable. Este reconocimiento a los principios y por tanto a las zonas establecidas por la CONVEMAR fue ratificado en el acuerdo alcanzado en la Reunión del 2+2 Perú-Chile, el 6 de febrero
último, como lo indica el numeral 3 de este documento:

3. Conforme a lo dispuesto por la Corte Internacional de Justicia en el párrafo 178 del Fallo, el Perú ejercerá sus derechos y obligaciones en toda su zona marítima, en forma consistente con el Derecho Internacional como se encuentra reflejado en la Convención de 1982, tanto respecto de Chile como frente a terceros Estados.
Chile declara, a su vez, que continuará ejerciendo sus derechos y obligaciones en toda su zona marítima conforme a la Convención de 1982.

Estimado Comando, esto es "alpiste"?

Porqué se niegan a leer lo que tienen en sus propias narices?

Y ojo, deja de lado lo de FIRMAR SU INGRESO A LA CONVEMAR, a estas alturas nadie está diciendo eso.


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Mensaje por Chuck »

CZEKALSKI escribió:
jandres escribió:A la que yo he tratado de exponer, que ni siquiera se ejerció

.... Y estamos esperando que pruebes que nunca se ejerció.
Saludos.

Espera sentado, porque no las hay, así como tampoco hay pruebas de que lo hayan hecho.

Insisto, un elemento TAN relevante como ese no habría quedado fuera del juicio mismo.


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Mensaje por CZEKALSKI »

Estimado Chuck,
La señorita del artículo de la PUCP está en libertad de escribir, opinar, decir lo que ella considere verdad desde su punto de vista....
De igual manera puede salir algún jurista de los "territorialistas" a refutarla y volveríamos al principio ...
Lo que ella escribe no es la verdad absoluta, pero es la verdad absoluta para ustedes ...
Lo concreto es que la normativa está dada, gran parte de esa normativa está vigente y esa normativa no tiene por qué sujetarse estrictamente a la CONVEMAR, simplemente porque no formamos parte de esa convención.
Saludos.


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Mensaje por CZEKALSKI »

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Mensaje por Chuck »

CZEKALSKI escribió:Estimado Chuck,
La señorita del artículo de la PUCP está en libertad de escribir, opinar, decir lo que ella considere verdad desde su punto de vista....
De igual manera puede salir algún jurista de los "territorialistas" a refutarla y volveríamos al principio ...
Lo que ella escribe no es la verdad absoluta, pero es la verdad absoluta para ustedes ...
Lo concreto es que la normativa está dada, gran parte de esa normativa está vigente y esa normativa no tiene por qué sujetarse estrictamente a la CONVEMAR, simplemente porque no formamos parte de esa convención.
Saludos.

Oook? entonces maese Czekalski, según tu inagotable fuente de conocimiento jurídico internacional, cómo interpretas esto:

la Corte toma nota de esta declaración que expresa un compromiso formal de parte del Perú


Y esto:

Conforme a lo dispuesto por la Corte Internacional de Justicia en el párrafo 178 del Fallo, el Perú ejercerá sus derechos y obligaciones en toda su zona marítima, en forma consistente con el Derecho Internacional como se encuentra reflejado en la Convención de 1982


Qué es para tí compromiso formal y consistente en dichos contextos? Puede el Perú reclamar el ejercer soberanía sobre su territorio marítimo y al mismo tiempo cumplir con lo planteado por la Convemar?

Porque hasta ahora, esa condición de soberanía dual nunca le había tocado las narices directamente a otro país... pero con el fallo, sí toca los intereses chilenos... así que decir que "se seguirá con el tema como hasta ahora" ya no es válido, no crees?


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Mensaje por CZEKALSKI »

Una cosa es que se te diga que se aplique "en forma consistente" y otra cosa es que se te diga que se aplique "de manera estricta"
¿Entiendes la diferencia???
De manera general se va a garantizar el libre tránsito y la libertad de las comunicaciones, pero tomando en cuenta los intereses y la legislación nacional, quien no atente contra uno u otra, no tendrá ningún problema ...
Nadie puede exigirnos que apliquemos la CONVEMAR a rajatabla porque no somos signatarios y porque la aplicación estricta de las nomas de la CONVEMAR no la ha exigido la CIJ ...
Saludos.


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Mensaje por Desinforumest »

CZEKALSKI escribió:No te confundas, siempre he dicho que no me molesta que el Perú se adhiera a la CONVEMAR, es que a diferencia tuya, trato de ser siempre coherente enlo que escribo y no soy amigo de cambiar de versión por conveniencia:
limites-maritimos-chile-peru-t29539-2790.html#p1552610


Ahummm...entre tratar y ser coherente hay mucha distancia, simplemente no dás pié con bola y pretendes mantener una coherencia desde el error. Es muy simple, la coherencia desde el error no deja de ser un error sobre otro...por lo que autoendilgársela se torna no sólo inútil sino majadera.


La única cantinflada que vislumbro es la que has escrito en el párrafo de arriba.
Pon un poco más de empeño en tu redacción amigo Chileno, que no se te entiende nada ....


A alguien le extraña que forista no pueda ver lo evidente. La cesión constante en legislación ante grupos territorialistas...y cada vez que Chile vea la intención de Perú en vulnerar derechos legítimos le dira...no es suficiente.

]
Bueno qué decir, necesitamos a un traductor ....
La realidad es simple: No estamos adheridos a la CONVEMAR y el concepto de Dominio Marítimo está vigente ...


Un "concepto"...nop, es un conjunto de normas que conforma una estructura que otorga identidad...es la diferencia...pero necesitas traductor...por que no sabes.

Sin embargo, noto un cambio en la versión del amigo Chileno (Para variar): En esta ocasión ya no nos dice que el concepto de Dominio Marítimo reniega del Derecho Internacional, la nueva versión de amigo Chileno es que el concepto de Dominio Marítimo es en realidad la CONVEMAR "asolapada" ...


Yyyyy...nop, puedes llamar a otro traductor para evitar mentir....sigo sosteniendo que la identidad del dominio marítimo no es la misma después del fallo, incluso queda expresamente limitada. Pero no lo entiendes.

Qué manera de tirar al tacho la poca credibilidad que le queda ....
Entonces, el amigo Chileno debería estar contento, porque toda la legislación aprobada y por aprobar estaría plenamente alineada con la CONVEMAR .. ¿De qué se queja entonces??


Pero que limitado....CONVEMAR no es el único derecho aplicable...quizás tu traductor te lo pueda explicar, pero si está fuera...Chile dirá que no es suficiente.

¿De que se pueda intervenir, perseguir y capturar a aquellas naves que infrinjan las normas nacionales, o sea, cometan delitos o que actúen en contra de los intereses nacionales en cualquier sector de sus aguas jurisdiccionales???
Bueno, allí está la diferencia entre el concepto de Dominio Marítimo la CONVEMAR, sin perjuicio de la libertad de tránsito y comunicaciones que se realicen respetando los intereses y la legislación nacional ...


Simple, entonces no es suficiente...pregúntale a tu traductor. Se nota que ni siquiera manejas el tema.

Los de los flacos consuelos no somos precisamente los Peruanos ¿Recuerdas???


Yo recuerdo 3 gobiernos que vendieron el análisis de que le fallo era inocuo...y si era inocuo, las cosas podían seguir como antes o mejor...bueno, el fallo no fué inocuo y las cosas no van a seguir siendo nunca como antes.

Los que se consuelan diciendo que el Perú "perdió" el mar de Grau para tapar una derrota político-Diplomática que les arde en el alma, no somos precisamente los Peruanos ¿Recuerdas?? ... Y peor que se lo digan a foristas que desde siempre han estado de acuerdo con que el Perú se adhiera a la CONVEMAR resulta risible porque esas cantinfladas no van a tener efecto sobre ellos (Y lo saben muy bien) entonces la única explicación es que lo único que les queda es decirlo como un flaco consuelo ....


Como siempre forista es tan altanero y cree que todo está dirigido exclusivamente a el...pero nop, todavía no entiende que es el medio risible para llegar a otros...pero bueno, no le vamos a pedir tanto.
Volviéndo, basta leer revistas peruanas de la época de Toledo, García y Humala para darse cuenta los intereses que corrieron entre partidarios y detractores de la Convemar. Incluso hubo quienes aseguraron que Perú debía firmarla antes de presentarse a La Haya pero nop. Finalmente Humala tuvo que agachar el moño...lo dados estaban hechados. ¿Cuántos peruanos están concientes hoy de lo que jurídicamente significó para el mar de Grau la pasada por la Haya? aseguro que muy pocos, la mayoría debe pensar aún que el dominio marítimo es el mismo y no ha mutado.

Sería lo usual y lo lógico en la relación entre Estados, el silencio es aceptación (¿Recuerdas que algo así pregonabas sobre la "práctica" Chilena durante cincuenta años, en el debate sobre el límite marítimo, o ahora también se te va a olvidar por conveniencia???).


¿Sabes forista? tu constante descontextualización "me parece insuficiente"....

Taba se fue derechito al tacho, lo sabes bien ...


Taba sigue ahí...o ya no te acuerdas como mentiste sobre los diferentes arbitrajes chilenos y ecuatorianos....en la ensalada conceptual sobre normas arbitrales.


Las que sí quedaron en blanco y negro son tus mentiras, como la alucinada teoría de la "retrotracción" ....
¿Recordará el amigo Chileno que aceptó que la línea de frontera terrestre, efectivamente terminaba en el Océano Pacífico???
¿Recordará también que después nos salió con que esa línea de frontera "se retrotrajo" hasta el Hito N° 1, pero no supo decirnos en qué instrumento se acordó tamaña tontería???


Alguien que arrancó en forma burda sin responder si las instrucciones era de naturaleza delimitatoria o demarcatoria.

Alguien que corrió antes de atreverse a responder con una "definición jurídica" de orilla de mar.

Alguien que sostuvo la ignorancia de que Perú iba por mapas... y el laudo de Taba indica que ante discordancias opera la demarcación...y que el punto 266 no es parte de la demarcación...pero forista jamás respondió con la verdad sino con evasivas.

¿Recordará el amigo Chileno que siempre rehuyó a aceptar la diferencia entre delimitar y demarcar o la diferencia entre Hito y línea de frontera???


Lo siento...1929 es un tratado sin mapas...ante cualquier discrepancia opera la demarcación bilateral.
y que el acuerdo delimitador establece que la frontera partida de un punto de la costa, el acuerdo demarcador indica la orilla de mar, y la metodología establece que el inicio es efecto del cruce entre el arco y la orilla de mar. Jurídicamente la orilla de mar está establecida.

Nunca, nunca pudo ser respondido con argumentos jurídicos...sólo con la ponzoña de quien no sabe lo que habla.

Afortunadamente cualquiera puede comprobar tu incoherencia en éste mismo tópic, así como también tu mala fe en el debate ...


limites-maritimos-chile-peru-t29539-3915.html
limites-maritimos-chile-peru-t29539-4050.html

Jajajá...fué una fleta de aquellas....quedaste bueno para nada.

¿No es verdad que te hiciste suspender de este foro a propósito, porque ya no te quedaban más alucinaciones por escribir???


Forista!! Ni siquiera pudiste responder lo básico...¿cómo te voy a tomar en serio?...juego contigo y tu crees que los insultos me afectan...me indican hace rato que topaste fondo intelectual, de hecho, los busco porque te deja más en evidencia, como a otro.

¿No es verdad que tus colegas, los borreguitos del pozo séptico, vinieron a este foro a tu llamado, para trolear y crearte una conveniente cortina de humo cuando se te terminaron los argumentos???


Lo único cierto forista es que recurres a esta estratagema cada vez que no puedes responder porque no sabes de lo que hablas.

¿No es verdad que te tomas convenientes "vacaciones" (ya sabemos de que verbo deriva "conveniente") cuando escasean las suposiciones, las presunciones, las especulaciones y las fantasías???


Forista!! Responde alguna vez con fundamento jurídico, no desde la ignorancia...alguien que no sabe ni le interesa ni siquiera leer lo más mínimo de doctrina y se autoensalsa e insulta en forma permanente.

Es verdad y cualquiera puede comprobarlo a lo largo del tópic
[/quote]

Jajajá...cuando respondas sabiendo de lo que hablas valdrá la pena, por mientras sólo para reírme.

Saludos

Des


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CZEKALSKI escribió:Una cosa es que se te diga que se aplique "en forma consistente" y otra cosa es que se te diga que se aplique "de manera estricta"
¿Entiendes la diferencia???
De manera general se va a garantizar el libre tránsito y la libertad de las comunicaciones, pero tomando en cuenta los intereses y la legislación nacional, quien no atente contra uno u otra, no tendrá ningún problema ...
Nadie puede exigirnos que apliquemos la CONVEMAR a rajatabla porque no somos signatarios y porque la aplicación estricta de las nomas de la CONVEMAR no la ha exigido la CIJ ...
Saludos.


Jajaja...¿entiendes la diferencia?...Chuck, forista no sabe de las normas de derecho consuetudinario en que se basa la Convemar, es más créo que no sabría identificar cuales responden a la costumbre y cuales al derecho positivo...y aún así de las últimas no sabría cuales debería respetar Perú..."consistentemente"...jajajá.

Pero es categórico en que nadie los puede obligar a nada...y no sabe en que materias, ni como, ni porque.

Hay Dios mío...

Saludos

Des


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CZEKALSKI escribió:Una cosa es que se te diga que se aplique "en forma consistente" y otra cosa es que se te diga que se aplique "de manera estricta"
¿Entiendes la diferencia???
De manera general se va a garantizar el libre tránsito y la libertad de las comunicaciones, pero tomando en cuenta los intereses y la legislación nacional, quien no atente contra uno u otra, no tendrá ningún problema ...
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Bueno, para que seguir. Si tu crees que la Convemar, que otorga derechos soberanos a las respectivas ZEE, es compatible con un país que le concede soberanía a su territorio marítimo hasta la milla 200... bueno, es cosa tuya. Consistencia implica no tener contradicciones lógicas... como una soberanía dual.

Saludos.


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Chuck escribió:Bueno, para que seguir. Si tu crees que la Convemar, que otorga derechos soberanos a las respectivas ZEE, es compatible con un país que le concede soberanía a su territorio marítimo hasta la milla 200... bueno, es cosa tuya. Consistencia implica no tener contradicciones lógicas... como una soberanía dual.

Garantizar el libre tránsito y la libertad de comunicaciones no contradice se ninguna manera el compromiso adoptado por el Perú en la CIJ ¿O sí??
Esa garantía está sujeta al respeto por los intereses y las normas nacionales, y si las naves extranjeras transitan respetándolos, entonces podrán hacer de cuenta que están transitando por la ZEE de cualquier país signatario de la CONVEMAR.
Por el contrario, si infringen las leyes, si cometen delitos, tendrán que sujetarse a la normatividad Peruana vigente ...
Yo no creo que las naves Chilenas en tránsito lo hagan con la finalidad de infringir las leyes o cometer delitos, entonces no tendrían nada que temer ...
Saludos.


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