Noticias sobre Seguridad Pública de España

Los servicios de seguridad e inteligencia españoles. La Guardia Civil, Policía, Centro Nacional de Inteligencia (CNI). La lucha contra el terrorismo.
jandres
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Mensaje por jandres »

Amiga María:

a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.


Han podido, implica pasado, no futuro ni probablidad futura.

Luego, esto:


Sin embargo el apartado a), puede ocasionar la injerencia en la vida privada en la forma de cualquier actividad sospechosa y subjetiva aplicable por quien aplique de forma excesivamente rígida este artículo de la ley.
Se podían enumerar muchos casos en los que los agentes pueden identificar a una persona si sospechan que van a dejar aparcado su vehículo en cualquier sitio, o si sospechan que van a echar un cigarrillo dentro de un local, o cualquier otra supuesta intención sancionable administrativamente.
Este apartado aplicado de forma rígida, puede tener mas inconvenientes que ventajas.


es una interpretación incorrecta.


Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.

Uy!!..ya no, ahora no hay que subirles el sueldo
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Ismael
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Mensaje por Ismael »

Alejandro Perez escribió:¿Y que problema hay en enseñarle el DNI a un policía cuando se requiere?


Que, ¿qué va a pasar entonces con el castizo "usted no sabe con quien está hablando"? :green:


Si Dios me hubiere consultado sobre el sistema del universo, le habría dado unas cuantas ideas (Alfonso X el Sabio)
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Alpese
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Mensaje por Alpese »

Un accidente de tráfico en la localidad madrileña de Torrejón de Velasco, que tuvo lugar el pasado 14 de abril en la M-404, necesitó tres horas y media de actuación de los bomberos de Parla y una posterior activación del equipo NBQ (nuclear, biológico, químico) para descontaminar y limpiar los instrumentos y los trajes utilizados en la excarcelación de una persona con VIH de uno de los coches . La Coordinadora estatal de VIH y sida, CESIDA, ha difundido un comunicado en el que califica de "absolutamente desproporcionada" la actuación dada "la escasa posibilidad de transmisión del VIH en este caso". Considera, asimismo, que se ha producido un "despilfarro" de recursos y que el hecho de que estos recursos se usen para la protección a la exposición de agentes químicos y para evitar el contacto con partículas radiactivas, entre otras cosas, "contribuye a crear alarma social" y a estigmatizar a aquellos que tienen el virus.



Pues a mi como que me da un poco igual lo que diga la coordinadora de marras , los bomberos corrieron un peligro y sin saberlo. Si se toman demasiadas precauciones, hay quejas, si no se toman y ocurre lo del Ébola ( que por cierto, parece ser que ya no muere nadie que interese de esta enfermedad y por eso ya los medios la han olvidado)pues también hay quejas. En mi opinión, es una pena lo que les ocurre a los enfermos de SIDA, pero creo que deberían llevar una chapita como los alérgicos a la penicilina para evitar poner en riesgo a otros, como por ejemplo en este caso.

http://www.20minutos.es/noticia/2435090 ... a/vih-nbq/


El fiero turco en Lepanto, en la Tercera el fránces y en todo mar el inglés, tuvieron de verme espanto
M a r i a
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Mensaje por M a r i a »

jandres escribió:Amiga María:

a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.


Han podido, implica pasado, no futuro ni probablidad futura.

Luego, esto:


Sin embargo el apartado a), puede ocasionar la injerencia en la vida privada en la forma de cualquier actividad sospechosa y subjetiva aplicable por quien aplique de forma excesivamente rígida este artículo de la ley.
Se podían enumerar muchos casos en los que los agentes pueden identificar a una persona si sospechan que van a dejar aparcado su vehículo en cualquier sitio, o si sospechan que van a echar un cigarrillo dentro de un local, o cualquier otra supuesta intención sancionable administrativamente.
Este apartado aplicado de forma rígida, puede tener mas inconvenientes que ventajas.


es una interpretación incorrecta.


Veamos,
Se está intentando limitar o suspender el derecho de movimiento a todo ciudadano del que se tenga la sospecha, de que ha cometido (Indicio acusador), no ya de un delito, ni siquiera de una falta, sino de una infracción administrativa, como puede ser aparcar durante cinco minutos en zona azul y no ponerle el correspondiente recibo en el paragolpes del coche, o echar un cigarrillo en el interior de una cafetería.
Yo no he dicho que la ley no esté para no cumplirla, pero si que su uso rígido o radical es contraproducente con los derechos fundamentales de cualquier persona.
Un saludo,


La verdad, la firmeza, la lealtad, el honor,... y la obediencia, fama, honor y vida son caudal de pobres soldados; que en buena o mala fortuna la milicia no es más que una religión de hombres honrados
Kraken
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Mensaje por Kraken »

M a r i a escribió:Se está intentando limitar o suspender el derecho de movimiento a todo ciudadano del que se tenga la sospecha, de que ha cometido (Indicio acusador), no ya de un delito, ni siquiera de una falta, sino de una infracción administrativa, como puede ser aparcar durante cinco minutos en zona azul y no ponerle el correspondiente recibo en el paragolpes del coche, o echar un cigarrillo en el interior de una cafetería.
Yo no he dicho que la ley no esté para no cumplirla, pero si que su uso rígido o radical es contraproducente con los derechos fundamentales de cualquier persona.


Venga ya...

No es detención, es identificación de quien haya podido cometer una infracción, si alguien fuma en un recinto en el que no se puede o cruza andando por donde no debe comete una infracción, se le identifica y sanciona.
¿Como sugieres entonces que se identifique al que comete una infracción?
¿Que la policía se fíe de que les diga su nombre verdadero?


Ningún plan, por bueno que sea, resiste su primer recorte presupuestario.
M a r i a
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Mensaje por M a r i a »

No es detención, es identificación de quien haya podido cometer una infracción, si alguien fuma en un recinto en el que no se puede o cruza andando por donde no debe comete una infracción, se le identifica y sanciona.
¿Como sugieres entonces que se identifique al que comete una infracción?
¿Que la policía se fíe de que les diga su nombre verdadero?


Bien, pero la Ley sólo habla de indicios de presunto infractor, no de certezas. Es decir, ¿se tiene que identificar a todo el que lleve un paquete de cigarros por que hay una colilla en el suelo?.
No se puede presumir la culpabilidad de antemano. Hasta ahora quedaba al prudente criterio de los agentes apreciar las circunstancias, la ocasión y el momento en cada caso.


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Mensaje por Luis M. García »

Pero si no hablamos de "detener" sino solo de "identificar" qué problema hay? La GC y las Policiías Autonómicas con competencias en Tráfico te hacen parar y te solicitan la identificación cuando les parece conveniente, sin tener que justificar por qué lo hacen.

Saludos.


Qué gran vasallo, si hubiese buen señor...
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Nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Mensaje por M a r i a »

Con respecto a las manifestaciones, la nueva ley expresa que "en caso de que se produzca una alteración de la seguridad ciudadana con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligrosos, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán disolver la reunión o manifestación o retirar los vehículos y obstáculos sin necesidad de previo aviso"

El punto de inflexión puede estar en el concepto de "objetos contundentes o de cualquier otro modo peligrosos".

Cuando esté claro que se están empleando estos objetos contundentes o peligrosos, que echen a correr, pues no habrá aviso previo para disolver la reunión o manifestación.


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Mensaje por Alpese »

Y si quieres, puedes considerar el pulpo como animal de compañía.

Te agradezco tu interpretación de la ley de seguridad ciudadana y que lo vayas poniendo poquito a poco así no se hace tan pesado el leerlo, que leer leyes siempre es aburrido, pero en serio, creo que tratas de buscarle los tres pies al gato. A falta de leerme todo el proyecto de ley, las partes que has puesto tú aquí son de lo más normal. O por lo menos yo no le veo nada raro.


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Nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Mensaje por M a r i a »

las partes que has puesto tú aquí son de lo más normal. O por lo menos yo no le veo nada raro.


Vayamos por partes (Como decía Jack el destripador), no puede resultar de lo mas normal, que una persona que cometa una infracción el día 30 de junio tenga que pagar una multa de 301 euros, y si la comete el día 1 de julio la multa sería de 601 euros.

Aunque para algunas personas resulte de lo mas normal, (que Yo respeto), se ve a todas luces que no ha habido una progresión en la graduación de las sanciones. No se ha tenido en cuenta ni el ipc, ni la bajada generalizada de los sueldos, ni el aumento o disminución de la delincuencia.

Aprovecho esta respuesta para apuntar que si es normal reunir en esta ley algunos artículos procedentes de otras leyes, como el c.p. la lec, y otras, que tienen que ver con la seguridad ciudadana, pero con una redacción mas actualizada.


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Alpese
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Mensaje por Alpese »

El truco, María, está en no cometer la acción ilegal para no pagar la multa. Yo me lo tomo más como medida disuasoria que como ganas de recaudar ( Que al fin y al cabo eso nos lo pueden colar por otros muchos frentes y ni nos enteraríamos) .

Saludos :wink:


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Mensaje por ñugares »

que problema hay en que te pidan identificarte ? , a día de hoy también es obligatorio la identificación cuando un agente te la solicita . que ganas de enredar las cosas :pena:


Año de Rojos , año de hambre , peste y piojos
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Mensaje por gabriel garcia garcia »

¿Por cuanto tiempo limita el movimiento enseñarle el DNI a un agente si no has cometido ninguna infraccion?, ¿desde cuando estaban en vigor los anteriores importes de las sanciones?, para calcular bien la subida del IPC y esas cosas..., y yo creo que esta claro cuando en una manifestacion se altera la seguridad ciudadana con objetos contundentes o peligrosos, si llevas un paraguas a una manifestacion y lo usas para protegerte de la lluvia no alteras la seguridad ciudadana, si golpeas a alguien con el , si.
Yo no veo motivo para la indignacion ciudadana ni recorte de las libertades como quieren vender algunos a la masa borreguil protesta sin saber ni por que esactamente. :confuso1:


Nunc minerva, postea palas
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Nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Mensaje por M a r i a »

La GC y las Policías Autonómicas con competencias en Tráfico te hacen parar y te solicitan la identificación cuando les parece conveniente, sin tener que justificar por qué lo hacen...

Si, efectivamente hasta ahora ocurría así, pero no había una Ley que respaldaba la identificación aleatoria, por los agentes de seguridad, para que no ocurriese como ya ha mencionado el forista Ismael con la famosa frase: "usted no sabe con quien está hablando"?, y otras situaciones peores.
Para que la simple identificación por los agentes se realizase legalmente, había que recurrir a otros subterfugios (también legales), pero que indudablemente el respaldo pleno a su actuación se consigue con la garantía de una ley para la seguridad ciudadana, que la anterior ley no recogía con la suficiente claridad.


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Mensaje por M a r i a »

. . . y yo creo que esta claro cuando en una manifestacion se altera la seguridad ciudadana con objetos contundentes o peligrosos, si llevas un paraguas a una manifestacion y lo usas para protegerte de la lluvia no alteras la seguridad ciudadana, si golpeas a alguien con el , si.


Está claro que hablar sólo de objeto contundente no es suficiente para definir la alteración de la seguridad ciudadana. Una vez aclarado el tipo de objeto peligroso, e incluso armas, los agentes de seguridad pueden actuar inmediatamente contra esos "supuestos manifestantes", sin necesidad de demora por las ordenes que tengan que dar los mandos y órganos superiores con la competencia en seguridad ciudadana.
De esta forma se consigue más eficiencia y rapidez a la hora de impedir males mayores, y destrozos, así como una mejor defensa en su actuación de los agentes.


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