No especificó para nada que fuera en tiempos de paz, manifestó una afirmación absoluta que no admite prueba en contrario, en cuyo caso yo le respondí, que en tiempos de guerra, diga lo que diga esa ley, no se cumplirá jamás.
desde el momento en que un prisionero no puede ir a dónde le de la gana, está físicamente detenido ¿verdad?
Vamos a separar terminos. Un prisionero de guerra no esta detenido ni es un detenido, es un prisionero. Semanticamente es lo mismo pero juridicamente no.
Un prisionero de guerra tiene limitados una serie de derechos como persona precisamente por estar englobado dentro de esa definicion pero es muy distinto legalmente a estar detenido por las FSE. El detenido lo es por haber cometido un delito o ser sospechoso de ello y esta a la espera de ser puesto a disposicion judicial, el prisionero de guerra lo es por pertenecer a una fuerza armada enemiga y cumplir una serie de condiciones que especifican los Convenios internacionales.
Y ser prisionero de guerra o estar retenido por las Fas por alguna otra causa no es un delito y por tanto se le aplican esos convenios y su trato esta regulado tanto por la Convencion de Ginebra como por las RROO de las FAS, mientras que a un detenido se le aplica el Codigo Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Las Fas, tanto en tiempo de paz como de guerra no detienen a nadie, retienen o hacen prisionero. Que el prisionero no pueda andar por donde quiera no significa que este detenido aunque a la hora de hablar estar detenido, retenido o ser prisionero sea equivalente.
en todos esos casos se produjo detenciones por parte de grupos armados, guerrillas, milicias, ejércitos etc etc
En ninguno de esos casos se produjeron detenciones, sino retenciones. Nuevamente la diferencia entre la semantica y la normativa juridica.
con independencia de la ley, en situación de grave crisis, haya o no haya DECLARACIÓN de estado de guerra... la ley será papel mojado.
Pues como dice el anuncio de la tv, va a ser que no. Las leyes en tiempo de guerra siguen siendo igual de validas y continuan estando en vigor excepto aquellas que el poder ejecutivo en virtud de sus atribuciones decida suspender y en nuestro caso estan reguladas por la propia Constitucion. Y tanto es asi que, en el caso de los miembros de las Fas o personal encuadrado en una fuerza armada, el propio Codigo Penal Militar prevee un endurecimiento de ciertas penas en caso de cometer la falta o delito en tiempos de guerra o frente al enemigo, lo que seria incongruente en caso de que las leyes fueran papel mojado.
Distinto es que dadas las dificultades existentes en tiempos de guerra para que los organismos encargados de ello hagan cumplir las leyes habra quien se aproveche para hacer de su capa un sayo. Pero al que comete un delito en tiempo de guerra se le aplican exactamente las mismas leyes que si lo hace en tiempo de paz, y si es miltar esas mismas leyes que en teoria son papel mojado se encargan de endurecer las penas precisamente para evitar que se aproveche de la situacion. El que sea mas dificil hacer cumplir la ley no significa que esta deje de existir.