Ouroboros escribió:.
Como bienvenida de momento el 22 de abril, ¡¡¡¡ TODOS A MADRID¡¡¡¡.-
Eso, militares movilizándose, la verdad....... no me extraña que Bono haya dimitido.
Ouroboros escribió: Y además para conseguir mejoras laborales, salariales y de formación.
La desmilitarización, sabemos actualmente que es un brindis al sol, pero hay que reivindicar, por supuesto algunos compañeros están a favor del "status quo" actual, pero el sentimiento generalizado es este.-
champy69 escribió:Ouroboros escribió: Y además para conseguir mejoras laborales, salariales y de formación.
La desmilitarización, sabemos actualmente que es un brindis al sol, pero hay que reivindicar, por supuesto algunos compañeros están a favor del "status quo" actual, pero el sentimiento generalizado es este.-
Vamos a ver, yo me planteo una cosa. El que quería ser un Funcionario de un Cuerpo Nacional de Policía tenía el CNP. El que opositó para la Guardia Civil sabía perfectamente cuales eran las prevendas y que tendría limitados los derechos constitucionales. Es decir, que tiene el mismo derecho de manifestación que cualquier miembro de las Fuerzas Armadas, luego esas reivindicaciones por esa vía son del todo ilegales y el gobierno debería actuar con contundencia ante un presunto delito en mi opinión. Mire los salarios de los militares y nadie sale a la calle.
brujachillona escribió:champy69, si no sabes pide opinion y despues opina, pero opinar sin saber es cosa de ignorantes.-
Los unicos que pueden hablar de lo que ocurre en la Guardia Civil, somos los propios Guardias Civiles, que somos lo que sabemos lo que pasa y de como nos sentimos animicamente, los demas no teneis ni idea, y yo ni me siento Militar ni me gusta el Cuerpo Nacional de Policia, y me siento legitimado para intentar cambiar lo que no me gusta, tanto de mi cuerpo, como de todos lo demas.
¿Delito de opinion? ¿quien te crees que eres? ¿un despota o un dictador?
Y los Guardias Civiles, nunca, repito nunca, estaremos suficientemente pagados.
Gerion escribió:¿Y si se moviliza la GC quien va a controlar la manifa?, ¿la PN?
Puede dar lugar a situaciones un poco embarazosas ¿no?
champy69 escribió:brujachillona escribió:champy69, si no sabes pide opinion y despues opina, pero opinar sin saber es cosa de ignorantes.-
Los unicos que pueden hablar de lo que ocurre en la Guardia Civil, somos los propios Guardias Civiles, que somos lo que sabemos lo que pasa y de como nos sentimos animicamente, los demas no teneis ni idea, y yo ni me siento Militar ni me gusta el Cuerpo Nacional de Policia, y me siento legitimado para intentar cambiar lo que no me gusta, tanto de mi cuerpo, como de todos lo demas.
¿Delito de opinion? ¿quien te crees que eres? ¿un despota o un dictador?
Y los Guardias Civiles, nunca, repito nunca, estaremos suficientemente pagados.
Pues disculpe usted por ser un ciudadano (que no un ignorante), si, un ciudadano y además contribuyente. Contribuyente que viene del verbo contribuir y que es lo que hago con la parte proporcional de mis impuestos al mantenimiento de ese Cuerpo suyo que tanto quiere usted cambiar e incluido en ese Cuerpo suyo está su salario. Luego entonces me permito informarle en auxilio de su tan enarbolado desamparo que su problema es el de 40 millones largos de ciudadanos y no solo suyo, espero con este dato que se encuentre más socorrido. Entro en este foro Foro Militar General para dar mi opinión y cuando se habla de la Guardia Civil o de cualquier institución dependiente del Estado estoy en derecno de expresarla como ciudadano y como contribuyente amén de como respetuoso expectador.
No gana usted mucha credibilidad empleando la descalificación y el insulto pues me llama entre otras cosas dictador. Pues mire usted (no se si señor o señora) ni soy un déspota ni un dictador por pretender creer que puede suponer un presunto delito el hecho de que un Instituto Armado de Carácter Militar se exprese en la calle detrás de pancartas. A mí, como ciudadano me preocupa este suceso y me parece un gesto de indisciplina intolerante.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
Artículo 29:
Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.
Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.
CODIGOO PENAL MILITAR
Artículo 10. A los efectos de este Código se entenderá que constituyen fuerza armada
los militares que, portando armas y vistiendo el uniforme, presten servicios legalmente
encomendados a las Fuerzas Armadas, reglamentariamente ordenados, así como, en las
mismas circunstancias, los miembros de la Guardia Civil, cuando prestando servicio
propio de su Instituto, así lo disponga la Ley a la que se refiere el Artículo 104.2 de la
Constitución
CODIGO PENAL MILITAR
Artículo 92. Se considerarán también reos de sedición militar los militares que, en
número de cuatro o más, hicieren reclamaciones o peticiones colectivas en tumulto,
con las armas en la mano o con publicidad. En tales casos, se impondrá la pena de
prisión de uno a seis años a los meros ejecutores y la de dos a ocho años a los
promotores, al cabecilla y a los oficiales y suboficiales que intervinieren.
Las demás reclamaciones o peticiones colectivas, así como las reuniones clandestinas
para ocuparse de asuntos del servicio serán castigadas con la pena de tres meses y un
día a un año de prisión; sin embargo podrán corregirse en vía disciplinaria, si la
trascendencia fuera mínima.
No soy un jurista pero si un ciudadano en un Estado Libre de Derecho y como tal me preocupa que se pudieran vulverar ciertas prevendas.
Un saludo
si, un ciudadano y además contribuyente. Contribuyente que viene del verbo contribuir y que es lo que hago con la parte proporcional de mis impuestos al mantenimiento de ese Cuerpo suyo que tanto quiere usted cambiar e incluido en ese Cuerpo suyo está su salario.
por pretender creer que puede suponer un presunto delito
La Ley 85/78, especifica también en su artículo 180, que los militares podrán reunirse libremente para fines lícitos, en lugares públicos o privados, observando lo que, con carácter general o específico establezcan las disposiciones vigentes.
La concentración cívica multitudinaria se realizará una vez autorizada por la Autoridad competente, amparada en la consecución de los fines estatutarios:
La organización, asumiendo la representación otorgada por sus 25.000 asociados, convoca a TODOS LOS GUARDIAS CIVILES, familiares y amigos a un acto social que tiene como finalidad promover la plenitud de los derechos constitucionales, potenciar y preservar su imagen profesional y el de la Guardia Civil; la mejora de las condiciones laborales y de vida de los profesionales de esta institución y de sus familias, todo ello en pos de un servicio de seguridad público eficaz y de calidad.
La Ley Orgánica 97/83, reguladora del Derecho de Reunión, determina que la asistencia de militares haciendo uso de su condición, a reuniones o manifestaciones públicas se regirá por su legislación específica.
La Ley 85/1978, de 28 de diciembre, de Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, marco legal donde se definen las obligaciones y derechos de los militares, establece en su articulo 178, que el militar tiene derecho a la libertad de expresión, pero necesitará autorización previa para su ejercicio cuando trate cuestiones que pudieran perjudicar a la debida protección de la seguridad nacional o utilice datos que sólo pueda conocer por razón de su destino o cargo en las Fuerzas Armadas. En la convocatoria que se va a llevar a cabo en el próximo mes de abril, no va a ser abordado ningún aspecto de los recogidos en artículo citado, y por tanto se hará conforme a derecho.
La Ley 85/78, especifica también en su artículo 180, que los militares podrán reunirse libremente para fines lícitos, en lugares públicos o privados, observando lo que, con carácter general o específico establezcan las disposiciones vigentes.
La restricción al derecho de reunión sólo se ejercerá en los supuestos tipificados legalmente, como puede ser la alteración del orden público, con peligro para personas y bienes.
La Guardia Civil, como Cuerpo de Seguridad del Estado, no tiene competencias en seguridad ciudadana en la demarcación urbana de Madrid, por tanto, en atención al apartado anterior, las identificaciones individuales que se produzcan, deberán llevarse a cabo por el dispositivo de seguridad, establecido al efecto por la Autoridad gubernativa.
Conclusiones:
La convocatoria se va a circunscribir al régimen de actividades amparado en la Ley de Asociaciones.
Si bien la legalidad aplicable impide a los militares tomar parte en manifestaciones de tipo político, social o reivindicativo, de la mera asistencia a un acto asociativo no implica ese carácter.
Por lo tanto el acto convocado queda enmarcado dentro de los fines lícitos reconocidos en nuestros Estatutos.
Reiteramos que no se trata de una manifestación reivindicativa sino de una actividad tendente a la consecución y alcance pleno de los derechos y beneficios reconocidos en la Constitución Española para nuestro colectivo laboral, todo ello sin vulnerar la legislación vigente y siguiendo los cauces específicos contemplados en las leyes.
Al respecto hay que aclarar que ostentar anagramas, pancartas o banderines de AUGC no conlleva necesariamente una actitud reivindicativa, dado que tan sólo es indicio de afinidad o pertenencia a una asociación legal.
Por lo tanto, los participantes podrán portar durante la celebración del acto banderines con anagramas de la organización o pancartas en donde se lea la provincia de procedencia y el eslogan motivo de la convocatoria:
“GUARDIAS CIVILES POR LA DIGNIDAD Y CON LA DEMOCRACIA”
Estos banderines o pancartas serán las únicas autorizadas por la organización para portar durante la celebración del acto. La organización se reserva el derecho de retirar cualquier otro eslogan o mensaje que no se ajuste a lo anteriormente referido y, tras ser requerido para su retirada si se observa que no se ajusta a lo citado, será responsabilidad única de quién lo porte.
Se solicitará a todos los asistentes la obligatoriedad de portar una prenda común que identifique a los participantes del acto. Esta será un chaleco reflectante de color amarillo.
SECRETARÍA JURÍDICA- SECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL – AUGC
En la actualidad, el 1º de mayo se celebra el Día Internacional del trabajo en todos los países del mundo. Desde la revolución industrial, donde los obreros fueron sistemáticamente reemplazados por las máquinas, el hombre viene luchando por mejores condiciones laborales.
Las manifestaciones en Estados Unidos llegaron al límite cuando el 1 de mayo de 1886 en Chicago, un grupo de dirigentes y trabajadores anarquistas hicieron una huelga masiva para reclamar que las jornada laboral sea de ocho horas y que las condiciones de trabajo sean mejores. Hubo enfrentamientos violentos con la policía y por un grupo privado de seguridad al servicio de los industriales y empresarios: la compañía Pirketon. La sangrienta represión causó varios muertos y medio centenar de heridos.
Aquellas personas fueron juzgadas en un bochornoso proceso judicial. Los jueces fueron nombrados de manera fraudulenta y se condenó (sin pruebas) a la hora a los líderes anarquistas. Años después, se los llamó "Los Mártires de Chicago".
El I Congreso de la Internacional Socialista, reunido en París, decidió declarar el 1º de mayo de 1889 "día mundial de la lucha obrera", en conmemoración de la masacre de Chicago. Un año después, obreros de todas partes del mundo, manifestaron por primera vez el Día de los Trabajadores.
Alguno de los logros conseguidos por la clase trabajadora son pertenecer a un sindicato que los defienda de injusticias patronales, contar con servicio médico, así como con incapacidades por accidentes o enfermedades, obtener indemnizaciones, jubilaciones, días de descanso semanales, vacaciones, jornadas de 8 horas de trabajo, sueldos y trato justos. Sin embargo, aún falta mucho por hacer en materia laboral. Es justo rendirle un homenaje a aquellas personas que dieron su vida por que se reconocieran estos derechos.
El Día internacional de los Trabajadores, el Primero de Mayo, es la fiesta, por antonomasia, del Movimiento Obrero Mundial.
Curiosamente en EE.UU. no se celebra esta conmemoración. Allí celebran la Fiesta de los que trabajan el primer lunes de septiembre que se viene celebrando desde 1882 a propuesta del dirigente Peter J. Mac Guire de la Central Labor Union. Esta celebración ha sido apoyada e impulsada por los patrones y gobierno para eclipsar sentido real del 1º de mayo
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