La Policia Aerea en el Ejercito del Aire
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- Capitán
- Mensajes: 1292
- Registrado: 22 Abr 2006, 04:30
como para un trabajo civil??? yo nunca he visto que pongan problemas, los que aprueban para policia,GC, policias autonomicas, municipales etc.... se pueden ir sin ningun problema lleven el tiempo que lleven, y luego aparte tengo montones de compañeros que aparte del ejercito, trabajan en la calle, con contrato y todo, y nadie les dice nada ni les ponen problemas.
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- Suboficial
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- Registrado: 24 Feb 2007, 09:38
- Ubicación: Francia
Buenas noches a todos.
Quisiera hacer una pregunta respecto a las unidades de policia y/o de seguridad.
Los zapadores paracaidistas y los personales de seguridad / tienen algun vinculo comun? Me explico en la Armada los Infantes pueden ser destacados en Tercios de seguridad o a la BRIMAR pero a la base son el mismo personal . Asi mismo los fusileros del aire del ejercito francés son el mismo personal (fusileros) que esten destacados en fuerzas de seguridad (que por cierto arman tambien los misiles AA Mistral y los 20mm...) o en los 3 commados del aire (mas o menos como los zapadores...) Siempre y cuando sigan los cursillos correspondientes evidentemente....
Muchas gracias de antemano.
Quisiera hacer una pregunta respecto a las unidades de policia y/o de seguridad.
Los zapadores paracaidistas y los personales de seguridad / tienen algun vinculo comun? Me explico en la Armada los Infantes pueden ser destacados en Tercios de seguridad o a la BRIMAR pero a la base son el mismo personal . Asi mismo los fusileros del aire del ejercito francés son el mismo personal (fusileros) que esten destacados en fuerzas de seguridad (que por cierto arman tambien los misiles AA Mistral y los 20mm...) o en los 3 commados del aire (mas o menos como los zapadores...) Siempre y cuando sigan los cursillos correspondientes evidentemente....
Muchas gracias de antemano.
Desperta Ferro Desperta
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- Suboficial
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- Registrado: 07 Mar 2007, 23:30
goleco escribió:como para un trabajo civil??? yo nunca he visto que pongan problemas, los que aprueban para policia,GC, policias autonomicas, municipales etc.... se pueden ir sin ningun problema lleven el tiempo que lleven, y luego aparte tengo montones de compañeros que aparte del ejercito, trabajan en la calle, con contrato y todo, y nadie les dice nada ni les ponen problemas.
Creo que no le has entendido bien. Lo que quiere decir es que si, por ejemplo, encuentra trabajo en El Corte Inglés, y quiere rescindir el contrato, le pueden poner pegas. Y en muchos casos, razón no le falta, incluso si la oposición que aprueban es para la Policía Nacional. Únicamente tienes garantizado que no te ponen pegas si ingresas en la Guardia Civil (por ser partede la FAS), aunque la verdad, es que es difícil que te las pongan para los otras casos (pero poder, pueden).
Y sobre compaginar con otro trabajo en la calle, es cierto que todo el que puede lo hace...ilegálmente. Se debería solicitar un permiso de compatibilidad, cosa que casi nadie hace, y no entiendo porque, ya que los poquísimos casos que conozco que lo han solicitado, les han contestado positivamente.
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- Capitán
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- Registrado: 22 Abr 2006, 04:30
Pues debo haber entendido mal, pero bueno, ahi hay debate, y de los buenos, por un lado, si firmas un contrato es para cumplirlo y encima siendo tan corto (a no ser lo de la GC, policia etc..) y no se puede estar ahi al capricho de la gente, pero por otro lado tener a una persona a disgusto, pensando en otro trabajo pues...... Cada cual tendra su opinion.
Yo desde luego no he visto que a ningun compañero le hayan puesto ninguna pega ni para GC, policias etc... ni para tener un segundo trabajo en la calle ya sea legal o ilegalmente, de todos los casos hay, y no pasa nada.
Yo desde luego no he visto que a ningun compañero le hayan puesto ninguna pega ni para GC, policias etc... ni para tener un segundo trabajo en la calle ya sea legal o ilegalmente, de todos los casos hay, y no pasa nada.
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- Suboficial
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- Registrado: 07 Mar 2007, 23:30
No es lo normal, desde luego, pero si indagas un poco seguro que encuentras mas de un caso de algunos a los que les han puesto pegas. Para la Guardia Civil no pueden ponerlas, desde luego, pero para la Policía Nacional te las podrían poner, pero repito, no es lo normal.
Y sobre tener un segundo trabajo, pues mas de lo mismo. Lo normal es que no te digan nada, si es que llegan a saberlo.
Y sobre tener un segundo trabajo, pues mas de lo mismo. Lo normal es que no te digan nada, si es que llegan a saberlo.
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- Soldado
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Fotos de la Policía Aérea
En primer lugar me gustaría que pusierais o me enviarais fotos de la P.A. de cualquier unidad para un trabajo que estoy realizando.
Y por otra parte me gustaría que alguien me explicara la forma de poner FOTOS en los foros. Gracias anticipadas a todos.
Y por otra parte me gustaría que alguien me explicara la forma de poner FOTOS en los foros. Gracias anticipadas a todos.
BUSCO PARCHES BORDADOS O PLÁSTICO DEL EJÉRCITO DEL AIRE PARA COMPLETAR LA MEJOR COLECCIÓN DE PARCHES E.A.
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- Soldado
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Parches PA
BUSCO PARCHES BORDADOS O PLÁSTICO DEL EJÉRCITO DEL AIRE PARA COMPLETAR LA MEJOR COLECCIÓN DE PARCHES E.A.
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- Soldado
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- Registrado: 19 Ene 2008, 11:39
EMBLEMA DEL CASYD
ALGUIEN PODRIA CONSEGUIRME EL ANTIGUO EMBLEMA DEL CASYD (CENTRO DE ADIESTRAMIENTO DE SEGURIDAD Y DEFENSA) EN VERDE O FAENA. ERA EL CENTRO DONDE SE FORMABA LA ESPECIALIDAD DE SEGURIDAD Y DEFENSA EN LOS ALCAZARES HASTA EL AÑO 1995, EN QUE SE TRASLADO AL ETESDA (ZARAGOZA). GRACIAS
BUSCO PARCHES BORDADOS O PLÁSTICO DEL EJÉRCITO DEL AIRE PARA COMPLETAR LA MEJOR COLECCIÓN DE PARCHES E.A.
- Soldierman
- Teniente Coronel
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- Registrado: 19 Ene 2007, 15:41
- Soldierman
- Teniente Coronel
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- Recluta
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- Registrado: 10 Feb 2008, 16:36
- Ubicación: Madrid
Agradecimiento a toda la policia aerea de nuestro ejercito
Buenas,de todas formas tambien deberiais saber que el destino de los mptm mas pringao son las escuadrillas de policia.curran mas que nadie y desde luego nuestro deber es agradecerles todo su esfuerzo por nuestra seguridad.son la verdadera elite del ejercito del aire.
- Soldierman
- Teniente Coronel
- Mensajes: 2011
- Registrado: 19 Ene 2007, 15:41
Buenas,de todas formas tambien deberiais saber que el destino de los mptm mas pringao son las escuadrillas de policia.curran mas que nadie y desde luego nuestro deber es agradecerles todo su esfuerzo por nuestra seguridad.son la verdadera elite del ejercito del aire.
Las verdades hasta cierto punto y en su justa medida. Todos tenemos ejemplos y mas aquellos que conocemos en cierto modo las funciones del Policia Aerea, tenemos ejemplos tanto buenos, como malos, por lo tanto en su justa medida. Incluso efectivos de otras unidades u ejercitos han visto de los efectivos P.A en situaciones cuestionables, incluso vergonzosas, pero tambien de sacrificio en sus funciones y ciertas virtudes caracteristicas de estos efectivos.
Por cierto en el Ala 14 a pasado a la historia las secciones de Intervencion Inmediata y Proteccion y Vigilancia, unificandose en una sola, SEGURIDAD Y VIGILANCIA, donde sus efectivos patrullan, vigilan mediante circuito cerrado de seguridad y realizan funciones comunes de centinela...en puestos de patrulla y reaccion, pantallas y destacamentos.
UN CORDIAL SALUDO
"LA LECTURA HACE AL HOMBRE COMPLETO, LA CONVERSACION LO HACE AGIL, LA ESCRITURA LE HACE EXACTO" (PLUTARCO).
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- Recluta
- Mensajes: 1
- Registrado: 17 Feb 2008, 12:55
Ex-Casyd y Ex-C.G.E.A.
Un saludo a todos,me llevé una grata sorpresa hace pocos días al descubrir este foro (menéame.net creo que fué) y rememorar una época de mi vida que si volviera a nacer sin dudar repetiría.Ingresé en el Casyd en Septiembre del 90,me ahorraré las penalidades que allí se sufrieron durante los meses que allí pasé,si mal no recuerdo durante el 1º mes de reclutada la gente caía como moscas y a la jura bandera solo llegó menos de la cuarta parte de los que nos presentamos a las pruebas.Tuve la suerte o desgracia de tener como cabo instructor a un personaje cuya máxima era el hacernos la vida imporsible las 24 horas del dia si alguien lo recuerda su apellido era Barea.-a este sujeto muchos lo tendremos en el recuerdo de por vida-.
Una vez terminado el curso por promoción fuí uno de los de 10 creo que éramos en obtener plaza para el C.G.E.A.,allí llegamos la 1ª semana de Enero y nada mas llegar nos pusieron a hacer el curso de protección de personalidades para cubrir los puestos que quedaban vacantes.Dicho curso y por lo tanto el puesto de escolta no se conseguia no si antes no se pasaba el famoso campamento en Hoyo de Manzanares a cuya finalización obtenías la preciada boina negra.
Podria extenderme durante horas en contar mis vivencias pero seguramente aburriría al personal y el motivo de mi post es precisamente encontrar a alguien que por aquellas fechas coincidiéramos bien en el Casyd o en el Cuartel General.
Mil perdones por el tocho y de verdad que me he alegrado mucho encontrar este foro.
Una vez terminado el curso por promoción fuí uno de los de 10 creo que éramos en obtener plaza para el C.G.E.A.,allí llegamos la 1ª semana de Enero y nada mas llegar nos pusieron a hacer el curso de protección de personalidades para cubrir los puestos que quedaban vacantes.Dicho curso y por lo tanto el puesto de escolta no se conseguia no si antes no se pasaba el famoso campamento en Hoyo de Manzanares a cuya finalización obtenías la preciada boina negra.
Podria extenderme durante horas en contar mis vivencias pero seguramente aburriría al personal y el motivo de mi post es precisamente encontrar a alguien que por aquellas fechas coincidiéramos bien en el Casyd o en el Cuartel General.
Mil perdones por el tocho y de verdad que me he alegrado mucho encontrar este foro.
- Soldierman
- Teniente Coronel
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- Registrado: 19 Ene 2007, 15:41
- Soldierman
- Teniente Coronel
- Mensajes: 2011
- Registrado: 19 Ene 2007, 15:41
Normativa de la POLICÍA AÉREA
Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
TÍTULO XIX.
DE LA POLICÍA AÉREA.
Artículo 442.
Las Unidades de Policía Aérea estarán organizadas básicamente para desempeñar, tanto en paz como en guerra, misiones específicas de seguridad y orden.
Artículo 443.
Su personal será especialmente seleccionado e instruido para el desempeño de sus competencias específicas. En todo momento se le exigirá aquellas condiciones que lo cualifiquen para su misión, a la que deberá estar exclusivamente dedicado.
Artículo 444.
El que preste servicio como policía habrá de ser firme sin violencia y prudente sin debilidad. Tendrá presente que sus principales armas son la persuasión y la entereza moral, y sólo hará uso de la fuerza cuando sea necesario.
Artículo 445.
Los miembros de la Policía Aérea estarán capacitados para cumplir cometidos de vigilancia, custodia, protección de autoridades e instalaciones, escolta y regulación de transportes y convoyes militares, identificación de personal y vehículos, y otros análogos que se les pueda encomendar de los que figuren en su reglamentación específica.
Artículo 446.
Podrán actuar en auxilio de jueces y tribunales militares y efectuar detenciones con arreglo a lo dispuesto en las leyes procesales militares y demás disposiciones de aplicación. De igual forma podrán custodiar y conducir prisioneros, presos y arrestados, y desempeñar cometidos de seguridad en prisiones militares.
Artículo 447.
En los establecimientos del Ejército del Aire que cuenten con unidad de Policía Aérea, la Guardia de Seguridad se montará con efectivos de ésta, bien sea totalmente o sólo para los cometidos que exijan una especial preparación, también podrán tener a su cargo la Guardia Interior, cuando la haya, el control de la circulación dentro del recinto militar y otros análogos que se les encomienden.
Artículo 448.
Los miembros de la Policía Aérea que formen parte de una patrulla de vigilancia velarán por el orden, comportamiento y estado de policía del personal de tropa que, estando fuera de los recintos militares, no se halle bajo el control directo de un Oficial o Suboficial.
Artículo 449.
Durante su servicio, de acuerdo con las disposiciones en vigor, prestarán auxilio a la Policía Militar de los otros Ejércitos, y, en caso de urgente necesidad, a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad a petición de los mismos.
Artículo 450.
En ausencia de miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dichas patrullas intervendrán ante flagrantes delitos, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tan pronto como les sea posible recabarán su presencia y darán cuenta de su actuación a sus superiores.
Artículo 451.
En el ejercicio de sus funciones tendrá el carácter de agentes de la autoridad. Cuando por la índole del servicio que presten porten armas de guerra, tendrán el carácter de fuerza armada.
Artículo 452.
Cuando no se disponga de Policía Aérea, determinados cometidos de ésta podrán ser desempeñados por otro personal designado al efecto, el cual llevará durante su servicio un distintivo que acredite su condición.
Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire.
TÍTULO XIX.
DE LA POLICÍA AÉREA.
Artículo 442.
Las Unidades de Policía Aérea estarán organizadas básicamente para desempeñar, tanto en paz como en guerra, misiones específicas de seguridad y orden.
Artículo 443.
Su personal será especialmente seleccionado e instruido para el desempeño de sus competencias específicas. En todo momento se le exigirá aquellas condiciones que lo cualifiquen para su misión, a la que deberá estar exclusivamente dedicado.
Artículo 444.
El que preste servicio como policía habrá de ser firme sin violencia y prudente sin debilidad. Tendrá presente que sus principales armas son la persuasión y la entereza moral, y sólo hará uso de la fuerza cuando sea necesario.
Artículo 445.
Los miembros de la Policía Aérea estarán capacitados para cumplir cometidos de vigilancia, custodia, protección de autoridades e instalaciones, escolta y regulación de transportes y convoyes militares, identificación de personal y vehículos, y otros análogos que se les pueda encomendar de los que figuren en su reglamentación específica.
Artículo 446.
Podrán actuar en auxilio de jueces y tribunales militares y efectuar detenciones con arreglo a lo dispuesto en las leyes procesales militares y demás disposiciones de aplicación. De igual forma podrán custodiar y conducir prisioneros, presos y arrestados, y desempeñar cometidos de seguridad en prisiones militares.
Artículo 447.
En los establecimientos del Ejército del Aire que cuenten con unidad de Policía Aérea, la Guardia de Seguridad se montará con efectivos de ésta, bien sea totalmente o sólo para los cometidos que exijan una especial preparación, también podrán tener a su cargo la Guardia Interior, cuando la haya, el control de la circulación dentro del recinto militar y otros análogos que se les encomienden.
Artículo 448.
Los miembros de la Policía Aérea que formen parte de una patrulla de vigilancia velarán por el orden, comportamiento y estado de policía del personal de tropa que, estando fuera de los recintos militares, no se halle bajo el control directo de un Oficial o Suboficial.
Artículo 449.
Durante su servicio, de acuerdo con las disposiciones en vigor, prestarán auxilio a la Policía Militar de los otros Ejércitos, y, en caso de urgente necesidad, a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad a petición de los mismos.
Artículo 450.
En ausencia de miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dichas patrullas intervendrán ante flagrantes delitos, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tan pronto como les sea posible recabarán su presencia y darán cuenta de su actuación a sus superiores.
Artículo 451.
En el ejercicio de sus funciones tendrá el carácter de agentes de la autoridad. Cuando por la índole del servicio que presten porten armas de guerra, tendrán el carácter de fuerza armada.
Artículo 452.
Cuando no se disponga de Policía Aérea, determinados cometidos de ésta podrán ser desempeñados por otro personal designado al efecto, el cual llevará durante su servicio un distintivo que acredite su condición.
"LA LECTURA HACE AL HOMBRE COMPLETO, LA CONVERSACION LO HACE AGIL, LA ESCRITURA LE HACE EXACTO" (PLUTARCO).
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