¿Militar o Guardia civil?

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z123456789
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Mensaje por z123456789 »

Laguarta escribió:ESCALA DE SUBOFICIALES

La obtención del primer empleo de la escala, SARGENTO, es equivalente al título de técnico superior del sistema educativo general de Técnico Superior.

FORMA DE INGRESO:

Promoción interna. Se reserva la totalidad de las plazas convocadas a los pertenecientes a la Escala de Cabos y Guardias, con al menos dos años de tiempo de servicios en la misma.

SISTEMA SELECTIVO:

- Concurso-Oposición. Máximo cinco convocatorias.

NIVEL DE ESTUDIOS REQUERIDOS:

- Título de Bachiller.

EDAD:

No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la eda de cincuenta años.

PLAN DE ESTUDIOS:

- Duración un año académico.

ASCENSOS DENTRO DE LA ESCALA:

. De Sargento a Sargento 1º, y de éste a Brigada por el sistema de antigüedad.
. De Brigada a Subteniente por el sistema de selección.
. De Subteniente a Suboficial Mayor por sistema de elección.

PASE A LA SITUACIÓN DE RESERVA:

Para todos los empleos de la escala, al cumplir la edad de cincuenta y ocho años. Los Suboficiales Mayores también pasarán a la situación de reserva al llevar seis años de permanencia en el empleo.

*Extraído integramente de la página de la Guardia Civil, y con respeto a lo que me dijo de que estudiase (extraído de la circular número 22 de 22 de diciembre de 1997 (BOC núm.1, de 10 de enero 1998):

La Guardia Civil es un Instituto armado de naturaleza militar y los guardias civiles militares de carrera no requiere mayores precisiones. Reconocida esta realidad, es evidente que las Reales Ordenanzas -Ley 85/1978- (en adelante RR.OO.) constituyen para nuestro Cuerpo su regla moral y el marco que definen las obligaciones y derechos de sus miembros (art. 1).


con esto que me dices dudo mucho que seas guardia
todo el mundo sabe que exciste en la guardia civil una casa que se llama cosideracion de suboficial

distintivo consideracion de suboficial
Imagen
todos los guardias veterandos lo llevan colcado en el brazo derecho


Laguarta
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Mensaje por Laguarta »

Soy Guardia Civil, de la 111 promoción, y le vuelvo a repetir que para ser suboficial de la Guardia Civil hay que aprobar una oposición interna, visite vd la página ofical de la Guardia Civil y en procesos formativos lo leerá. Lo que usted me señala es un distintivo de antigüedad en el cuerpo, no le produce un cambio de escala, es decir sigue siendo Guardia.


z123456789
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Mensaje por z123456789 »

Laguarta escribió:Soy Guardia Civil, de la 111 promoción, y le vuelvo a repetir que para ser suboficial de la Guardia Civil hay que aprobar una oposición interna, visite vd la página ofical de la Guardia Civil y en procesos formativos lo leerá. Lo que usted me señala es un distintivo de antigüedad en el cuerpo, no le produce un cambio de escala, es decir sigue siendo Guardia.



deja de mentir machote


Laguarta
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Mensaje por Laguarta »

Para los que esten interesados en las diferentes escalas del cuerpo en la página web de la Guardia Civil aparecen las formas de acceder a ellas, los requisitos que se exigen, etc, y a usted z123456789 le felicito por su "ascenso" sin necesidad de pasar ningún tipo de prueba, dado que al resto de los componentes del cuerpo, si nos las hacen para poder ascender.


z123456789
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Mensaje por z123456789 »

REAL DECRETO 1970/1983, DE 22 DE JUNIO, SOBRE CONSIDERACIÓN DE SUBOFICIALES A LAS CLASES DE TROPA DE LA GUARDIA CIVIL (BOE núm. 173, de 21 de julio)



Artículo 1. los cabos y guardias de la Guardia Civil, a partir de los seis años de servicio ininterrumpidos en dicho Cuerpo, disfrutarán de igual tratamiento y consideración que los Suboficiales. Los Cabos tendrán esa consideración desde el día de alcanzar ese empleo, si antes no lo hubieran obtenido.


ASUNTO: CONCESIÓN CONSIDERACIÓN DE SUBOFICIAL.

El artículo 1 del Real Decreto 1970/83, de 22 de junio, sobre consideración de suboficial a los cabos y guardias dispone que, "los cabos y guardias de la Guardia Civil, a partir de los seis años de servicio ininterrumpidos en dicho Cuerpo, disfrutarán de igual tratamiento y consideración que los Suboficiales. Los Cabos tendrán esa consideración desde el día de alcanzar ese empleo, si antes no lo hubieran obtenido"'.

En razón de !a distinta regulación que en las materias de enseñanza y régimen del alumnado se ha producido en la diferente normativa que ha ido teniendo vigor desde la promulgación del Real Decreto 1¡970/83, de 22 de junio, y de acuerdo con lo dispuesto por la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, procede distinguir tres distintos períodos a los que será objeto de aplicación distintas normas a efectos de consideración del instante concreto en que debe arrancar el cómputo para la determinación del momento en que se cumplen los seis años de servicio para la obtención de la consideración de Suboficial para los integrantes de la actual Escala Básica que no tengan el empleo de Cabo o Cabo primero.


DEJA DE MENTIR CHAVALOTE

CODIGO PENAL
CAPITULO V Artículo 402.
El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.


loschatarras
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Mensaje por loschatarras »

Laguarta, z123456789 tiene razon, yo no soy GC, soy militar pero si que es cierto que muchas veces he oido que a partir de cierta antiguedad los GC tienen consideracion de suboficial (que no es lo mismo que ascender a sargento, ojo!!) igual que un alumno de la basica de primer año tiene consideracion de suboficial y no es sargento, ni sargento alumno, (aunque en este caso no es lo mismo, es para que te hagas una idea...)


Pro Patria Pugno
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Mensaje por Laguarta »

Dentro de esa misma Ley, y que vd claramente omite, y a lo que me refiero con que esa consideración no comporta cambio de escala (sigue siendo Guardia) es:
Artículo 4. La consideración de Suboficial no comportará derechos económicos o jerárquicos y, por tanto, no variará las condiciones de subordinación respecto a los componentes del Cuerpo de Suboficiales, ni su sistema retributivo.
Me parece que usted señor "superguardia" o no conoce nuestro cuerpo, o todavía esta opositando.

*Muchas gracias loschatarras le he entendido, pero como dije antes esa consideración no comporta un cambio de escalas, sigue siendo Guardia


loschatarras
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Mensaje por loschatarras »

Laguarta escribió:*Muchas gracias loschatarras le he entendido, pero como dije antes esa consideración no comporta un cambio de escalas, sigue siendo Guardia


Si si, eso por supuesto, es dentro de la escala a nivel de funcionariado, no me referia a que fueran suboficiales propiamente dicho.

Un saludo


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Mensaje por jake.holman »

Patiendo de la base de la base de que la tan manida consideración de suboficial es solo eso, consideración, a efectos administrativos, y no conlleva en absoluto un cambio de escala, ni de grupo retributivo. El del suboficial de FAS y GC es un tipo B, y el de la escala de cabos y guardias sigue siendo un tipo C, por mucha antigüedad que tenga. El equivalente a la tropa permanente de los ejércitos.
Concretamente esta consideración, la otorgó el gobierno en su momento, para asimilar su dedicación profesional con la escala más básica de profesionales de las FAS pues (salvo excepciones en algún cuerpo) no existía en aquellos una regulación concreta para tropa profesional permanente, desequiparándole así de la tropa de reemplazo, sin embargo esta consideración ha sido utilizada en casi la totalidad de sus efectos prácticos para el uso de alojamientos y centros socioculturales para suboficiales del ejército por parte de los miembros de la GC. Lo correcto sería hoy en día la equiparación de la escala de cabos y guardias con la de tropa permamente a todos los efectos.
.
Permítanme que no entienda tanto afán en desvincularse de la jerarquía militar, pero sí en seguir usando las residencias y centros creados para éstos, teniendo los suyos propios, que, por cierto, los militares no pueden utilizar. Si quieren desmilitarizarse, que sea con todas las consecuencias.
Bajo mi punto de visto no es justo que a personal de tropa permanente con mas de 20 años de servicio, y el mismo nivel que un GC se les haya negado y se les niegue la entrada, uso y disfrute de estos centros militares mientras a estos no.


Nemo
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Mensaje por Nemo »

tercioidiaquez escribió:
Que???eso será en las películas de vaqueros..y es más, en todo caso sería a la inversa. Un guardia civil equivale a un sargento en el ejército.


¿En qué capítulo de las Reales Ordenanzas viene esa equivalencia?


Yo no sé en qué capítulo vendrá, pero a partir de cierto número de años de permanencia en el Cuerpo, los guardias civiles tienen consideración de suboficial, lo cual no quiere decir que sean suboficiales, sino que tienen consideración de... O al menos antes la tenían. Tengo un familiar, ya retirado, que llevaba en la bocamanga del uniforme 3 galones en ángulo (parecidos a los de los cabos alemanes de la 2ª guerra mundial) y que cuando se desplazaba fuera de su ciudad dormía en residencias de suboficiales del ET.


Nemo
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Mensaje por Nemo »

jake.holman escribió:Permítanme que no entienda tanto afán en desvincularse de la jerarquía militar, pero sí en seguir usando las residencias y centros creados para éstos, teniendo los suyos propios, que, por cierto, los militares no pueden utilizar. Si quieren desmilitarizarse, que sea con todas las consecuencias.
Bajo mi punto de visto no es justo que a personal de tropa permanente con mas de 20 años de servicio, y el mismo nivel que un GC se les haya negado y se les niegue la entrada, uso y disfrute de estos centros militares mientras a estos no.


En primer lugar, no todos los miembros de la G C quieren que el Cuerpo se desmilitarice. Y aunque así fuera, mientras lo sean deben tener derecho a utilizar las mismas instalaciones que el resto de personal de las FAS. Si se es militar para lo malo también se es para lo bueno. Por otra parte, no es cierto que el personal militar no pueda utilizar las instalaciones de la G C. Yo he visto con mis propios ojos solicitudes de residencias de la G C donde preguntan: "En caso de ser militar indicar Arma o Cuerpo". O sea, que los miembros de las FAS también pueden solicitar alojamiento en residencias de la G C.


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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

Nemo escribió:
tercioidiaquez escribió:
Que???eso será en las películas de vaqueros..y es más, en todo caso sería a la inversa. Un guardia civil equivale a un sargento en el ejército.


¿En qué capítulo de las Reales Ordenanzas viene esa equivalencia?


Yo no sé en qué capítulo vendrá, pero a partir de cierto número de años de permanencia en el Cuerpo, los guardias civiles tienen consideración de suboficial, lo cual no quiere decir que sean suboficiales, sino que tienen consideración de... O al menos antes la tenían. Tengo un familiar, ya retirado, que llevaba en la bocamanga del uniforme 3 galones en ángulo (parecidos a los de los cabos alemanes de la 2ª guerra mundial) y que cuando se desplazaba fuera de su ciudad dormía en residencias de suboficiales del ET.


No viene en ninguno.
Una cosa es que tengan consideración de suboficial a partir de determinados años de servicio, y otra es que en los empleos en la GC sean uno superior al resto de las FAS (vieja leyenda urbana que todos hemos oido).


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
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Mensaje por z123456789 »

tercioidiaquez escribió:No viene en ninguno.
Una cosa es que tengan consideración de suboficial a partir de determinados años de servicio, y otra es que en los empleos en la GC sean uno superior al resto de las FAS (vieja leyenda urbana que todos hemos oido).


es una realidad todos los guardias razos que trabajan en unidades conjuntas con militares o bajo mando de la FAS se les trata como suboficiales. igual que el personal docente civil en academia militares tienen la consideracion de oficial


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Mensaje por tercioidiaquez »

Que no, que no es así.

El tener la consideración, no implica "ser".
Y eso del "personal docente civil" ¿que significa?
Porque un alumno de una academia militar tiene la consideración de militar, ya no es civil, y obviamente los alumnos de la básica tienen consideración de suboficial, y no de oficial.

Pero vamos, una pregunta muy sencilla, ¿se le puede llamar la atención (modo disciplinario) a un cabo del ET (por ejemplo) por no saludar a un guardia con consideración de suboficial?


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RAMEGOR
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Mensaje por RAMEGOR »

Bueno respondiendo a la pregunta de que si un Guardia Civil para a un Cabo del Ejercito estaria en la obligacion de saludarlo, la respuesta es NO, de la misma manera que un Soldado de Aire no esta obligado a saludar a un Cabo de Tierra y viceversa.
Las RROO son bastante claras en el tema del saludo diciendo que el Soldado o Marinero estara en la obligacion de saludar a los Cabos de su Unidad y a los Cabos Primeros de su propio Ejercito.
Asi que si no se obliga a los miembros de otros Ejercito, ni de coña se le va a obligar a la Guardia Civil.

Saludos


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