GALEONES ESPAÑOLES HUNDIDOS
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Dicho así, esta muy bien, pero no se ajusta al problema del galeón.
¿Puede Colombia entrar en las embajadas de los países extranjeros, detener al embajador, o abordar los buques de Estado de otras naciones que naveguen por sus aguas? La respuesta es no, así que como ves no es tan simple, y como mínimo en el caso del Galeón se enfrentaran dos legalidades.
¿Puede Colombia entrar en las embajadas de los países extranjeros, detener al embajador, o abordar los buques de Estado de otras naciones que naveguen por sus aguas? La respuesta es no, así que como ves no es tan simple, y como mínimo en el caso del Galeón se enfrentaran dos legalidades.
A todo hombre tarde o temprano le llega la muerte ¿Y cómo puede morir mejor un hombre que afrontando temibles opciones, defendiendo las cenizas de sus padres y los templos de sus dioses?" T. M.
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No se ajusta al problema de galeón desde los intereses españoles y su jurisprudencia, para Colombia el San José y todos los naufragios históricos que se encuentran en sus aguas territoriales pertenecen al patrimonio de la nación.Gaspacher escribió:Dicho así, esta muy bien, pero no se ajusta al problema del galeón.
¿Puede Colombia entrar en las embajadas de los países extranjeros, detener al embajador, o abordar los buques de Estado de otras naciones que naveguen por sus aguas? La respuesta es no, así que como ves no es tan simple, y como mínimo en el caso del Galeón se enfrentaran dos legalidades.
¿Se enfrentan dos legalidades? POR SUPUESTO... cada país tiene un marco legal para defender lo que considera propio.
El tema aquí es que no hay tribunal de ningún país del mundo que pueda condenar a Colombia por defender lo que considera suyo.
Tampoco veo claro que lo pueda hacer en éste momento un organismo de justicia internacional (si alguien lo conoce le agradezco nos informe) ya que Colombia no es firmante de tratado alguno con España en esa materia, así como no es firmante de la convención del mar ni de los tratados con la unesco en patrimonio subacuático, y como todos saben renunció a la jurisdicción de la corte penal internacional de la Haya.
Queda la justicia colombiana... y esta contempla como marco jurídico la constitución y las leyes colombianas y los acuerdos internacionales de los que el país sea firmante, aún si se llegara a dar un conflicto en éste sentido, ningún fallo que emita puede ir en contra de la constitución colombiana.
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Estimado amigo: permiteme algunas matizaciones:johnfredy escribió:Ese es el punto jandres... ningûn tribunal de país alguno puede condenar a Colombia -a diferencia de casos anteriores donde España entabló y ganó litigios contra empresas- como país.
Queda la posibilidad de una corte internacional tipo Haya... pero Colombia renunció a esta y ya no se acepta su jurisdicción.
Como tu dices la opción más obvia es la justicia Colombiana y esta por naturaleza no puede poner por encima de la constitución nacional ninguna ley foránea.
Este caso es clave porque se calcula que en aguas Colombianas existen cerca de mil naufrágios históricos... así que sentará un precedente tanto si se llega a un acuerdo entre las partes como si se van a litígio
la ley internacional, sus usos y costumbres, no son leyes externas a Colombia, sino que forman parte de su ordenamiento jurídico , y es más,forman parte del escalafón superior de este ordenamiento.Como tu dices la opción más obvia es la justicia Colombiana y esta por naturaleza no puede poner por encima de la constitución nacional ninguna ley foránea.
Hablando en plata, yo puedo demandar al Estado Español y tu tambien en mis propios tribunales por cualquier causa que contravenga una norma internacional, uso o costumbre. Y los tribunales fallar en derecho.
Al Estado Colombiano igual, y máxime cuando es un estado de derecho
hombre, haberlos haylosEl tema aquí es que no hay tribunal de ningún país del mundo que pueda condenar a Colombia por defender lo que considera suyo.
Ya te he dicho que este tema en principio en mi opinión, debe ser resuelto por la justicia colombiana....desconozco que dicen las convenciones de Viena sobre si hay un tribunal internacional competente.Tampoco veo claro que lo pueda hacer en éste momento un organismo de justicia internacional (si alguien lo conoce le agradezco nos informe
Discrepo. Una ley internacional está por encima de tu constitución, y de la mía, está justamente por encima en cuanto a rango.Queda la justicia colombiana... y esta contempla como marco jurídico la constitución y las leyes colombianas y los acuerdos internacionales de los que el país sea firmante, aún si se llegara a dar un conflicto en éste sentido, ningún fallo que emita puede ir en contra de la constitución colombiana.
La inmunidad de un buque de estado no descansa en la convención de la Unesco, y en la Convemar, sino que radica en multitud de tratados y convenciones(por lo menos en una veintena), de distinto indole.
Por poner un ejemplo extremo, si mañana el Estado Colombiano decide amparar y legalizar la esclavitud por ley constitucional, esta norma está por debajo de las convenciones, tratados y leyes internacionales reconocidas por tu Estado en dicho indole. Y tu poder judicial debe fallar en derecho sobre esa cuestión.
Última edición por jandres el 12 Dic 2015, 16:39, editado 1 vez en total.
Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.
Uy!!..ya no, ahora no hay que subirles el sueldo
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Eso está claro jandres... así como el hecho de que las sentencias deben estar ajustadas a la contitución colombiana.
Y repito si alguno conoce una corte -no colombiana- que pueda llevar el asunto, bien pueda y nos hace saber para enriquecer el debate.
Y repito si alguno conoce una corte -no colombiana- que pueda llevar el asunto, bien pueda y nos hace saber para enriquecer el debate.
- tercioidiaquez
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Una matización. Las leyes internacionales firmadas por España son reconocidas y cumplidas siempre que no vayan contra la Constitución.Discrepo. Una ley internacional está por encima de tu constitución, y de la mía, está justamente por encima en cuanto a rango.
“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
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Por lo que agrega: "Tan súbditos del rey católico eran los habitantes de Cartagena de Indias como los de Cádiz, y no resulta fácil argumentar por qué los descendientes de estos tienen más derechos que los de aquellos sobre un galeón construido con los impuestos de los antepasados de unos y de otros".
Tal como les decía ninguna corte imparcial decidiría lo contrario pues es un soberano absurdo. Y es la diferencia que existe entre litigios entre el estado español vs privado y los litigios contra estados latinoamericanos. Si España se va por ese camino se dará una mala imagen internacional que no valen los 10.000 millones del tesoro.
Que si es un buque de Estado, la misma constitución española declaraba que los virreinatos capitanias y audiencias eran el Estado español. Por ese motivo es que Santos dice que el Galeón es patrimonio de los colombianos, lease patrimonio como herencia. La única forma de vencer ese argumento es decir que ese oro es de España porque en ese tiempo despojaban de sus recursos a latinoamerica y eso les da derecho a seguirlo haciendo años después.
Tal como les decía ninguna corte imparcial decidiría lo contrario pues es un soberano absurdo. Y es la diferencia que existe entre litigios entre el estado español vs privado y los litigios contra estados latinoamericanos. Si España se va por ese camino se dará una mala imagen internacional que no valen los 10.000 millones del tesoro.
Que si es un buque de Estado, la misma constitución española declaraba que los virreinatos capitanias y audiencias eran el Estado español. Por ese motivo es que Santos dice que el Galeón es patrimonio de los colombianos, lease patrimonio como herencia. La única forma de vencer ese argumento es decir que ese oro es de España porque en ese tiempo despojaban de sus recursos a latinoamerica y eso les da derecho a seguirlo haciendo años después.
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Ninguna corte colombiana emitirá un fallo que vaya en contra de la constitución nacional.
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Obviamente no se puede firmar un acuerdo que vaya contra la Constitución, por eso se modifica para adecuarla a los acuerdos internacionales.
Ningún plan, por bueno que sea, resiste su primer recorte presupuestario.
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La inmunidad soberana no va contra la Constitución de Colombia, así que por ahí no hay peligro.johnfredy escribió:Ninguna corte colombiana emitirá un fallo que vaya en contra de la constitución nacional.
dice eso ¿no?Artículo 9. Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia.
Ningún plan, por bueno que sea, resiste su primer recorte presupuestario.
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España tan solo reclama la soberanía de los buques de la Armada o Estado, no de lo galeones y otros buques fletados por particulares que fueron la mayoría. Da la casualidad que el San José si era un galeón de la Armada, y por lo tanto sujeto a esa soberanía reconocida por los tratados internacionales.
Tal vez quien daría una mala imagen es quien no respeta un buque de soberanía nacional y no quien la defiende, al fin y al cabo todas las naciones tienen pecios repartidos por los mares del mundo, y permitir ese "expolio", sentaría un mal precedente en el concierto de naciones.
Tal vez quien daría una mala imagen es quien no respeta un buque de soberanía nacional y no quien la defiende, al fin y al cabo todas las naciones tienen pecios repartidos por los mares del mundo, y permitir ese "expolio", sentaría un mal precedente en el concierto de naciones.
A todo hombre tarde o temprano le llega la muerte ¿Y cómo puede morir mejor un hombre que afrontando temibles opciones, defendiendo las cenizas de sus padres y los templos de sus dioses?" T. M.
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Si dice eso "aceptados por Colombia"...Kraken escribió:La inmunidad soberana no va contra la Constitución de Colombia, así que por ahí no hay peligro.johnfredy escribió:Ninguna corte colombiana emitirá un fallo que vaya en contra de la constitución nacional.
dice eso ¿no?Artículo 9. Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia.
Para Colombia los naufragios historicos en aguas territoriales pertenecen a la nación.
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Solo por curiosidad
¿Qué diferencia hay entre un naufragio histórico y uno no histórico?
¿Qué diferencia hay entre un naufragio histórico y uno no histórico?
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El tiempo transcurrido desde el naufragio del buque. Debe ser mayor a cien años.Gaspacher escribió:Solo por curiosidad
¿Qué diferencia hay entre un naufragio histórico y uno no histórico?
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El principio de soberanía es aceptado por Colombia (como por casi todos los Estados del mundo), en caso contrario ni sus embajadas, ni sus valijas, ni sus aviones, ni sus buques tendrían inmunidad soberana.johnfredy escribió: Si dice eso "aceptados por Colombia"...
Para Colombia los naufragios historicos en aguas territoriales pertenecen a la nación.
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Repito: En Colombia los naufragios históricos le pertenecen a la nación.Kraken escribió:El principio de soberanía es aceptado por Colombia (como por casi todos los Estados del mundo), en caso contrario ni sus embajadas, ni sus valijas, ni sus aviones, ni sus buques tendrían inmunidad soberana.johnfredy escribió: Si dice eso "aceptados por Colombia"...
Para Colombia los naufragios historicos en aguas territoriales pertenecen a la nación.
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