Argumentación pueril. La descrpción "genérica" se afina o detalla mediante las respectivas coordenadas BILATERALMENTE DETERMINADAS por Chile y Perú.La confusión persiste porque el amigo Chileno quiere hacernos creer que el Acta se refiere a la línea de frontera lo cual hemos probado que no es verdad...
En la Réplica del Perú durante los alegatos escritos en la CIJ, nuestro país dejó bien en claro por qué, por ejemplo, el "lugar de situación" del Hito N° 1 aparece como "orilla del mar" en aquella Acta:
2.48 La referencia a la ubicación del Hito No. 1 en la “Orilla del mar”, tanto en el Acta Final como en el Acta del 5 de agosto de 1930 no era más que una descripción general de donde estaba ubicado, en un área adyacente al mar y cerca a él. Tanto en el Acta Final como en el Acta del 5 de agosto de 1930 se usaron descripciones similares para muchos otros hitos. Por ejemplo, se declaró que los Hitos Nos. 3, 4, 5, 6, 7 y 8 fueron todos ubicados en la pampa de Escritos al oeste del F.C. [ferrocarril] de Arica a Tacna”. El Hito No. 13 fue colocado en la “Quebrada de Escritos”, y la ubicación de varios otros hitos fue descrita empleando un lenguaje genérico similar. Ninguna de estas descripciones refería a un punto específico; todas eran generales por naturaleza.
Y esa es la razón lógica, porque la orilla del mar no se encuentra a 300 metros tierra adentro y porque los seis hitos que se colocaron en la pampa de Escritos no se colocaron uno sobre otro en un punto específico, sino que se encontraban distribuidos en diferentes puntos a lo largo de esa pampa, es decir, que el "lugar de situación" de esos seis hitos fue descrito de manera general en la pampa de escritos, de la misma manera que el Hito N° 1 lo fue en la "orilla del mar" de manera general, porque es lógico que hubiera sido imposible que se encontrara específicamente en la orilla del mar....
A buen entendedor, pocas palabras (¿Lo entenderán??).
La línea de la frontera terrestre entre Chile y Perú va de hito a hito y todos tienen su referencia geaográfica con latitud y longitud, o son mínima y públicamente conocidas como un cerro también perfectamente determinado.
Todo, todo está en las Actas de 1930. Chile y Perú delimitaron y fijaron con hitos (demarcaron) toda su frontera terrestre, y ambas acciones, la delimitación y la demarcación son 2 actos o momentos pero referidos a una misma cosa. Para delimitar y para demarcar actuaron plenipotenciarios de ambos países, con amplísimas facultades, y ambos actos deben ser interpretados de manera sistémica, ya que en el fondo, SON UN MISMO ACTO encaminado a FIJAR NUESTRAS FRONTERAS. No hay ni puede haber diferencias lógicas entre uno y otro acto, ya que si bien Basadre y Brieba eran personal "técnico", NO SE MANDABAN SOLOS. La decisión política, técnica, JURISDICCIONAL en el fondo, provenía de ambas Cancillerías, al más alto nivel político...no puede haber duda en eso, son actos que en términos jurídicos equivalen a una verdadera concesión de soberanía del Estado-Nación.
Como segunda cosa, se que el punto se perdió en la discusión, pero por supuesto, no puedo estar de acuerdo con la afirmación de que el vértice del "triángulo terrestre" que desde el Punto 266 o "Concordia peruano" y sigue paralelo la línea de la bajanarea y termina en el punto de inicio del límite marítimo fijado por la CIDJ de la La Haya sea un límite internacional y si asi lo fuera, no estoy de acuerdo que es la línea de bajamarea quien determina dicho límite. ¿Una lancha de la Armada de Chile no podría desembarcar en la playa?, ¿no podría fiscalizar a un contrabandista o traficante sobre la playa?...yo creo que si puede...
Saludos