Independencia de Cataluña (III parte)

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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

Cuando nos vamos a reir es con el juicio a los "segundos espadas". A ver cuantos alegan "obediencia debida" o similar...Que los políticos tienen y tendrán mas recursos, pero los funcionarios, que gracia les va a hacer.


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
Domper
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Mensaje por Domper »

Me temo que pasará como en el 23F, que muchos saldrán de rositas a pesar de estar comprometidos. Porque si se juzga a todos los implicados la Generalitat va a quedar vacía de funcionarios. NO pasaría nada, que el acceso ha sido bastante sui generis.

Saludos



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Silver_Dragon
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Mensaje por Silver_Dragon »

Algunos ya empiezan, no han esperado a que se conozca la sentencia. Independentistas arrancan las protestas contra la sentencia y cortan la Gran Via de Barcelona. Una persona ha sido detenida por agredir a un agente de la Policía catalana en la estación de tren de Barcelona Sants y seguro que no será el unico.

https://www.elmundo.es/cataluna/2019/10 ... b466b.html

Calma tensa en los hoteles de la policia
https://elpais.com/politica/2019/10/12/ ... 60219.html


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Luis M. García
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Mensaje por Luis M. García »

La condena por Sedición no es pequeña para quienes sean autoridades públicas, son de 10 a 15 años. Y autoridades lo son todos menos los Jordis que recibirían una condena de 8 años me parece.

Luego está el tema de la malversación, que según las "filtraciones" periodísticas se daría en concurso medial con el delito principal, o sea que sería medio necesario para cometer la Sedición en su momento. Al parecer esto significa que el delito principal, la sedición, aumente en un grado la pena, de forma que para un acusado de Sedición y malversación que además sea autoridad pública saldría por unos doce añitos de condena, que no son pocos. La cuestión es que dada la discrecionalidad de la Gene a la hora de aplicar las penas y que el encargado de la administración penitenciaria catalana, el tal Amand Calderó, es un indepe confeso, pues hace suponer que para navidades comerán el turrón en casa.

Por mi parte, dado que no ha habido desgracias personales, me conformo con los dos añitos de maco que ya se han comido (aun con privilegios) más la inhabilitación que les impedirá volver a desempeñar cargo público por una década o así.

Si la Abogacía también hubiera pedido rebelión es de suponer que tanto esta instancia como la Fiscalía hubieran pedido sedición de forma subsidiaria; o si no estas instituciones pues la acusación particular de Vox, para cubrir las posibles contingencias.

Ahora es de esperar que el TS reactive las Órdenes europeas y a ver que pasa con el proceso ya concluido. Pero me da que un país como Bélgica, auténtico sagrado para todo tipo de malhechores (vease donde ha ido a parar Correa tras la acusación por el caso Odebrecht), va a continuar en sus trece, así que Puchi podrá quedarse allí a seguir disfrutando de mejillones con patatas fritas.

Yo tampoco creo que los magistrados del Supremo se hayan cagao, simplemente supongo que habrá habido diferentes "sensibilidades" y como Marchena quería llegar a un veredicto unánime a toda costa -imagino que para no dar ventajas a los condenados ante el TEDH- pues el mínimo común denominador habrá sido la Sedición.

Saludos.


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Domper
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Mensaje por Domper »

La Generalitat podrá hacer lo que quiera pero la concesión del tercer grado no puede ser arbitraria y puede recurrirse. Es más, en delitos que lleven más de cinco años puede estipularse (y lo ha pedido el fiscal) que no se pueda conceder hasta que no se haya cumplido la mitad de la pena. Además tienen que satisfacer la responsabilidad civil, y haber fundados motivos de que van a reinsertarse, algo cuestionable si van diciendo que lo volverán a hacer.

Saludos



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capricornio
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Mensaje por capricornio »

Hoy hay que darle la razón a los separatistas. En España no hay justicia. La sentencia que se ha filtrado así lo demuestra.
Una sentencia que deja la instrucción de Llarena por los suelos. Que da la razón a los alemanes y belgas cuando nos tratan como a un país bananero donde la justicia hace lo que quiere el poder político y donde las peticiones de rebelión de ese juez instructor han quedado rechazadas por sus compañeros jueces.

Para colmo de pleitesía a Sánchez, no se impondrá un mínimo de cumplimiento de la pena en prisión. De ese modo, en cuanto pasen las elecciones, serán las juntas de prisión catalanas las que pongan en la calle a los condenados con la concesión del tercer grado sin necesidad de que Sánchez se moje con un indulto.

Una tomadura de pelo en toda regla. Lo del socialismo en este país es de bochorno. El polvo del camino en las togas que dijera Conde Pumpido...
Última edición por capricornio el 14 Oct 2019, 00:12, editado 1 vez en total.


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Luis M. García
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Mensaje por Luis M. García »

Domper escribió:La Generalitat podrá hacer lo que quiera pero la concesión del tercer grado no puede ser arbitraria y puede recurrirse. Es más, en delitos que lleven más de cinco años puede estipularse (y lo ha pedido el fiscal) que no se pueda conceder hasta que no se haya cumplido la mitad de la pena. Además tienen que satisfacer la responsabilidad civil, y haber fundados motivos de que van a reinsertarse, algo cuestionable si van diciendo que lo volverán a hacer.

Saludos
"Tras promulgarse la sentencia, los presos quedarán en manos de la autoridad penitenciaria, que depende de la Generalitat. Las Juntas de Tratamiento podrán dejarlos en semi libertad de manera casi inmediata, opción más segura que su acceso al tercer grado, que puede ser recurrido por la Fiscalía ante el juez de Vigilancia Penitenciaria y, después, ante la Audiencia Provincial.

Manteniendo el segundo grado pueden acceder a una situación similar a la del tercer grado mediante la aplicación del polémico artículo 100.2 del Régimen Penitenciario, un status a mitad de camino entre el segundo y el tercer grado.

Ese resquicio que da a la autoridad política (el secretario de Medidas Penales de la Generalitat, Amand Calderó, es un conocido independentista) la posibilidad de dejar salir a la calle a los condenados del procés en sólo unos días, hace innecesaria la petición de indulto al gobierno.
https://www.elindependiente.com/opinion ... dentistas/
O sea, el truquito que ya han empleado con Oriol Pujol, cuando se recurrió su tercer grado.

Saludos.


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Mensaje por Luis M. García »

capricornio escribió: Una tomadura de pelo en toda regla. Lo del socialismo en este país es de bochorno.
No, amigo Capricornio, si esos magistrados han manufacturado una sentencia política es responsabilidad suya y solo suya, no del Psoe o de Fráudez. Esos magistrados son inamovibles en sus magistraturas y estas representan el máximo grado profesional que pueden alcanzar, por tanto son absolutamente independientes y eso les debería hacer refractarios a cualquier tipo de presión.

Personalmente espero que hayan obrado en conciencia y en la seguridad de establecer la mejor justicia. En ese sentido te recuerdo que para esos paises, cuyas instancias judiciales nos han tratado de forma displicente, no había tampoco lugar para la Sedición y tan solo por malversación estaban dispuestos a entregar a Puigdemont.

En fin, en mi opinión lo mejor de todo esto es que con la sentencia que mañana conoceremos en toda su extensión se cerrará este ciclo y dudo mucho, pero que mucho, que ningún otro de estos supremacistas se atreva a repetir la jugada, aunque se produzcan aún altercados con los CDR y quizá todavía haya que inhabilitar a algún que otro sedicioso. Pero esto se acabó. Y lo saben.

Saludos.


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Mensaje por capricornio »

Siento discrepar Luis. Y aunque el PSOE sea el promotor de todo esto, cuyo inicio fue el cambio de abogado del Estado que llevaba el caso, también hay complicidad de los "chicos del PP" en el Supremo. Ya sabes que ahora han convencido a Pablito de que hay que centrarse....

Los jueces que deben su cargo a un partido, obedecen al partido que les nombró. De independencia nada. Esta es la sentencia que quería el PSOE, y con la que un PP "marianizado" traga sin problemas. Y la quiere el PSOE para entenderse con ERC. Sólo espero que a estos dos partidos traidores, las urnas les castiguen. Uno por crear ("Montesquieu ha muerto") y mantener, y el otro por mantenerlo cuando pudo cambiarlo, un sistema de elección del CGPJ a medida de las mayorías gobernantes, cuota nacionalista incluida. Y donde hemos asistido hace no mucho a filtraciones de whatsapp donde alguno se vanagloriaba de haber "atado" la sala que iba a juzgar a su partido. Estas sentencias no son "independientes". Ahora asistiremos a un paripé hasta las elecciones. Y luego sufriremos el escarnio de ver que estos tipos salen a la calle, y que la Justicia de otros países nos trata de bananeros con razones. Es durísimo. Y todo para que un tipo se mantenga en la poltrona a costa de vender lo que sea.


Domper
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Mensaje por Domper »

Solo una pregunta ¿Cómo se accede a las magistraturas del Supremo? ¿Por designación de los partidos? Si se cree eso se está en un error, porque en la ley no pone que sean designados por los partidos sino que es por concurso, en el que el tribunal está formado por otros magistrados. Puede meterse la zarpa pero no es nada fácil.

Las presiones pueden afectar a «jueces estrella» que quieran saltar a la política (como Garzón, que no estaba en el Supremo) peor para la inmensa mayoría les resbala. Están en lo más alto de su carrera, son profesionales, y a la mayoría les preocupa mucho más su prestigio que unas supuestas presiones. Porque ¿qué puede hacerles el gobierno para presionarles? ¿no dejarles salir al recreo?

Saludos



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Mensaje por Domper »

Sobre el tercer grado penitenciario: puede concederse en cuanto la sentencia sea firme, pero hay algunos requisitos:

Requisitos del tercer grado penitenciario

El detalle crucial es que se exige el pago de la responsabilidad civil (corto y pego el texto de la ley):
5. La clasificación o progresión al tercer grado de tratamiento requerirá, además de los requisitos previstos por el Código Penal, que el penado haya satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito, considerando a tales efectos la conducta efectivamente observada en orden a restituir lo sustraído, reparar el daño e indemnizar los perjuicios materiales y morales; las condiciones personales y patrimoniales del culpable, a efectos de valorar su capacidad real, presente y futura para satisfacer la responsabilidad civil que le correspondiera; las garantías que permitan asegurar la satisfacción futura; la estimación del enriquecimiento que el culpable hubiera obtenido por la comisión del delito y, en su caso, el daño o entorpecimiento producido al servicio público, así como la naturaleza de los daños y perjuicios causados por el delito, el número de perjudicados y su condición.

Singularmente, se aplicará esta norma cuando el interno hubiera sido condenado por la comisión de alguno de los siguientes delitos:

a) Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico que hubieran revestido notoria gravedad y hubieran perjudicado a una generalidad de personas.
b) Delitos contra los derechos de los trabajadores.
c) Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.
d) Delitos contra la Administración pública comprendidos en los capítulos V al IX del Título XIX del libro II del Código Penal.
Lo más divertido es que el Capítulo VII del Título XIX del Código Penal incluye la malversación (artículos 432 a 435).

Aunque la Generalitat tenga competencias sobre la vigilancia penitenciaria, con lo antedicho va a ser un tanto difícil la concesión del tercer grado, y además podrá ser recurrido (inclus por la acusación particular).

Saludos



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Luis M. García
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Mensaje por Luis M. García »

Yo diría que los presuspulitics comerán los turrones en casa estas navidades, aunque el 27 de Diciembre tengan que volver al Hotel Lledoners.

Prisiones quiere "regular" en la ley orgánica el artículo 100.2, que permitió a Oriol Pujol salir de la cárcel
El director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, ha dicho, sin citar ningún caso en concreto, que su intención es "regular con rango legal" el actual artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, "precisando los trámites y la intervención que en estos casos tiene que tener el órgano directivo". La aplicación de este artículo ha sido objeto de polémica por casos mediáticos como el de Oriol Pujol.

Los servicios penitenciarios catalanes --con competencias transferidas en esta materia-- aplicaron el artículo 100.2 del reglamento, lo que permitió al hijo del expresidente Jordi Pujol salir a diario de la cárcel para trabajar y realizar tareas de voluntariado social. Este artículo también fue analizado en otro caso polémico, el de Iñaki Urdangarin, aunque en este caso el juez autorizó la salida de prisión en base al artículo 117 del Régimen Penitenciario.
https://www.lavanguardia.com/vida/20190 ... arcel.html

Los cerca de dos años de prisión preventiva que acumulan cada uno de los nueve presos del procés facilitarán tanto que accedan a permisos carcelarios como a la semilibertad. Los primeros los podrán solicitar cuando hayan cumplido una cuarta parte de la condena. Su concesión depende de la Administración Penitenciaria de la Generalitat, al estar en prisiones catalanas.

Si la Junta o los tribunales propone el segundo grado —en el que está la inmensa mayoría de los reclusos—, los presos aún podrán acceden a algunas de las ventajas de la semilibertad si les aplican los dos artículos del Régimen Penitenciario que contemplan flexibilizar la vida de los reos para facilitar su reinserción: el 100.2 y el 117. El último es el que permite a Iñaki Urdangarin salir dos veces a la semana de prisión para colaborar con una ONG. En este caso, el fiscal también puede recurrir.
https://elpais.com/politica/2019/10/12/ ... 73204.html


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Mensaje por Ismael »

capricornio escribió:Siento discrepar Luis. Y aunque el PSOE sea el promotor de todo esto, cuyo inicio fue el cambio de abogado del Estado que llevaba el caso,....
Hola, que yo sepa, un tribunal no puede condenar a alguien por algo de lo que no se le ha acusado en el juicio. Como la fiscalía los acusaba de rebelión, el cambio de abogado del estado para poder acusarles también de sedición es lo que ha hecho posible esta condena.

Un saludo


Si Dios me hubiere consultado sobre el sistema del universo, le habría dado unas cuantas ideas (Alfonso X el Sabio)
Debemos perdonar a nuestros enemigos, pero nunca antes de que los cuelguen (H.Heine)
Domper
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Mensaje por Domper »

También estaba la acusación particular, es decir, que el TS podía condenarlos por rebelión.

Por otra parte, un reglamento de prisiones tiene bastante menos jerarquía que una ley orgánica, así que no sería muy difícil recurrir una clasificación de tercer grado.

Saludos



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Mensaje por jandres »

pregunto: la sentencia es firme?


Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.

Uy!!..ya no, ahora no hay que subirles el sueldo

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