Ildefonso Machuca escribió:lo primero... que ha debido de hacer el capitan del RESOLUTE es ir a la capitania de puerto de Willemstad para hacer formal denuncia de lo ocurrido en su ultima navegación aportando detalles y pruebas de lo ocurrido, tras lo cual segun sea la legislacion portuguesa (casi todas las basadas en el derecho romano son mas o menos iguales), debe presentar copia ante el consulado o embajada de portugal en curazao u otra autoridad consular que tenga delegadas las funciones de parte del gobierno portugues (esto por bandera) y listo eso es todo
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El documento seria una "carta de protesta".
Ildefonso Machuca escribió:segundo... el regimen venezolano teniendo conocimiento del puesto de arribo del RESOLUTE ha debido de interponer una demanda contra el buque, el capitan y la empresa armadora del buque, por los daños y perjuicios causados aportando igualmente pruebas o reserva de presentacion de pruebas (es decir no las tengo ahora en las manos pero doy fe y constancia de que tengo las pruebas adecuadas y suficientes para sustentar la demanda), tras lo cual el juzgado de curazao que vea el caso ordena la detencion de la nave, de su capitan y embargo preventivo de los bienes de la empresa (en este caso el propio barco que es lo unico que de seguro hay a nombre de la empresa armadora) y fija una fianza que garantice parte de los daños reclamados y que ni el barco ni el capitan tengan libertad de movimiento...
No, la demanda (penal y civil) se hace en un tribunal venezolano, los hechos ocurrieron en agua jurisdiccionales venezolanas, Curacao no tiene arte ni parte en eso. A las autoridades de la isla se les notificara que esta demandado y actuaran en consecuencia con dicha demanda. Es posible que el armador tenga los tribunales alemanes como los indicados para cualquier querella y tambien alla se consigne una demanda.
Ildefonso Machuca escribió:paralelamente... el regimen debería plantar formal denuncia ante juzgados portuigueses que atiendan la materia maritima y de responsabilidad de la bandera, para dejar ante todo constancia de que el buque era de bandera portuguesa al momento del incidente, ello en vista de que para un buque es muy facil cambiar de bandera y si no se deja claro este punto, es muy dificil luego hacer un seguimiento correcto de los cambios de bandera del buque y por ende de las diversas legislaciones que se puedan aplicar al juicio del caso
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Y exhortar a una prohibicion de cambio de bandera.
Ildefonso Machuca escribió:y para ser mas exquisitos... tambien se debería demandar en canada o alemania (no esta claro aun por mi parte) a la empresa dueña/armadora asi como a la "manager" por los daños y perjuicios causados por el barco de su proiedad y/o a su cargo, todo ello para dejar "atado y bien atando" el caso, pues si un buque cambia rapido de bandera, su armador o manager se va a la quiebra aun antes
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Ildefonso Machuca escribió:ah... y armador del RESOLUTE no tiene razon alguna de demandar, ya que sus daños no lo ameritan y hacerlo seria darle importancia al caso y encima le obligaria a presentar pruebas... que desde luego te aseguro que no quiere presentar... pues no esta claro por que no atendio al alto del NAIGUATA y por que huyo del lugar del naufragio a sabiendas de que habia causado un importante daño al otro barco
Si pueden, y precisamente para eso es la carta de protesta, donde ellos dan su version de los hechos.
Que la presenten es otra cosa, pero en teoria tienen el derecho de reclamar los daños causados en el abordaje aunque solo sea una raspadura en la pintura.
Saludos
It matters not how strait the gate. How charged with punishments the scroll.
I am the master of my fate: I am the captain of my soul. - From "Invictus", poem by William Ernest Henley