por mi experiencia...
buque con bandera venezolana es abordado y hundido por barco granelero de bandera liberiana en aguas de la "bocana" del canal de panama (costa pacifica)... el granelero abandona el lugar del accidente e interviene la guardia costera de los EEUU con base en el canal...
el capitan hizo protesta de mar en el puerto de colon (panama) y ratifica la misma ante el consulado de venezuela en panama, inscribiendo copia de la misma en la capitania de puerto de cumana (venezuela)
identificado completamente el granelero y habiendo este violado las normas de navegacion del canal, se apoderan e instruyen abogados en vancuver (canada) y se detiene y embarga el buque y a los aseguradores de este (P&I), que notificados abonan la correspondiente fianza de liberacion en un juzgado de panama, que retuvo la jurisdiccion legal del caso por 1) violacion de normar y reglas especifical que regulan la navegacion del canal de panama 2) el armador venezolano y su aseguradora vieron mas conveniente esta opcion que exigir el posible juicio en venezuela (panama no iba a dejar facilmente ceder el caso por la bandera de venezuela) 3) el armador del buque (griego) no opuso problema alguno, ni su P&I ni la bandera (liberia)
KL Albrecht Achilles escribió:Estimado Ildefonso, nos guste o no la demanda va primero en un tribunal venezolano ya que el incidente fue en aguas jurisdiccionales de Venezuela. Antes de proceder con la demanda puedes dar conocimiento a las autoridades curazoleñas de que el buque tiene una querella legal con el Estado venezolano (aqui la cosa se pone interesante, ¿reconoceran a los bandidos?) y se le solicitaria la inmovilizacion del buque a traves de una fianza.
1) SI el accidente no ocurrio en aguas de curzao, pero si se hacen bien las cosas y se demanda el buque en la isla, un juzgado podrá atender el caso y sobre todo garantizar el deposito de la fianza por la indemnizacion de los daños, segun UNCLOS art. 97 la base de jurisprudencia serian las nacionalidades de los buques, portugal (RESOLUTE) y venezuela (NAIGUATA), paises ambos en los que ni el manager, ni el armador tienen a fecha de hoy ningun tipo de interes, por lo que no hay forma de que se establezca la correspondiente garantia o fianza... una opcion (y volvemos a curazao) es que demandado el buque en la isla, se pida que el buque (ya sea su propietario u operador) abonen la correspondiente fianza... en un juzgado venezolano o portuges... PERO, si el caso se juzga en curazao y se abona la fianza en esa jurisdiccion, el capitan de la nave puede ser detenido y retenido en la isla para el juicio... LO QUE ES MUY DIFICIL SI EL CASO SALE DE LA JURISDICCION CURAZOLEÑA, pues el capitan que sabe dios que nacionaldad tenga, quedara libre con el pago de la fianza y quedar libre de responsabilidad ante la justicia de la isla (no lo pueden detener, retener ni extraditar)KL Albrecht Achilles escribió:Curacao no tiene arte de ni parte para la demanda de manera directa porque:
1) El evento no sucedio en aguas jurisdiccionales de la isla.
2) Los tribunales en Curacao no tienen competencia para dirimir casos en aguas de un pais extranjero.
3) La bandera no es holandesa.
4) El armador del Resolute no esta domiciliado en Holanda o en la isla.
Saludos
2) estas seguro???? no soy experto en la legislacion curazoleña ni holandesa, pero de seguro que sus tribunales pueden juzgar la materia objeto de discusion, por ser miembros de UNCLOS...
3) SI, las banderas/nacionalidades son venezolana y portuguesa, pero el barco es operado por una empresa canadiense y el armador creo que es aleman... si juzgas en venezuela corres el riesgo de que no se presente ningun defensor, pues para que van a hacerlo... luego juzgarias en ausencia de defensa y aplicar luego cualquier sentencia condenatoria en cualquier puerto del mundo donde puedas localizar dentro de n años al RESOLUTE o como se llame para la fecha y propiedad de sabe dios quien y transferida la nave libre de cargas por que nunca fue oportunamente embargada y demandada... venga!!!!
4) SI NADIE TIENE DOMICILIO EN LA ISLA... pero el barco, su valor e interes estan allí ahora (si no se ha ido ya) y por ende el buque, su bandera, su capitan, el operador y el armador "estan alli" junto al barco y lo que representa... cuando zarpe será "dust in the wind"
en derecho maritimo es IMPORTANTISIMO definir la jurisprudencia y desde luego es preferible demandar casos maritimos en tribunales anglosajones y no en tribunales de derecho romano, las aseguradoras y clubes de PANDI los respetan mas y sobre todo les temen mas por las repercusiones que tiene el no atender oportunamente a una defensa.
agur