Límites Marítimos Chile - Peru (archivo)

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
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__DiaMoND__
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Mensaje por __DiaMoND__ »

me refiero a que habiendo islas el limite es el paralelo geografico

y si se proyectase desde isla alacran 200 millas nauticas hasta el paralelo geografico del hito nº1 el limite maritimo es praccticamente identico al que Chile conoce

el caso es similar con ecuador y la isla santa clara.

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interesante el punto de vista juridico de las ex islas y de las islas artificiales que estan de ultima moda en oriente

emiratos arabes unidos construllo 2 islas palmera artificialmente
y construlle la isla mapa mundi en este momento

China construllo el puerto de shangai en una isla artificial

singapur construlle islas artificiales con basura quemada

maldivas las construlle para sobrevivir

japon las construlle para hacer aeropuertos

la pregunta es si se puede proyectar soberania sobre una isla artificial?


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Pathfinder
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Mensaje por Pathfinder »

Arpia escribió:La pregunta es: a que dos países se refiere cuando los que firmaron fueron 3? La redacción es imprecisa y confusa, por lo que se debemos hacer es seguir el procedimiento que la CIJ va a seguir, es decir revisar las actas preparatorias de los acuerdos de 1952 y 1954 para saber REALMENTE que fue lo acordado por las 3 partes y en qué circunstancias aplica el párrafo que citas. Esto obviamente debido a que nuestras versiones son diametralmente opuestas. La única solución frente a eso son las actas. Y que dicen las actas y el propio Convenio de Zona Especial Fronteriza Marítima??? Que ese párrafo solo aplica al Perú y al Ecuador por que no existen islas entre Perú y Chile.


Ok, ok, fueron tres países los firmantes, pero es que nos estabamos refiriendo al problema Chile - Perú.

Código: Seleccionar todo

Los Gobiernos de las Repúblicas de Chile, Ecuador y Perú, de conformidad con lo acordado en la Resolución No. X, de 8 de Octubre de 1954, suscrita en Santiago de Chile por la Comisión Permanente de la Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, Después de conocer las proposiciones y recomendaciones aprobadas en Octubre del año en curso por dicha Comisión Permanente, Han nombrado a los siguientes Plenipotenciarios: Su Excelencia el señor Presidente de la República de Chile, al Excmo. señor don Alfonso Bulnes Calvo, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Chile en el Perú; Su Excelencia el señor Presidente de la República del Ecuador, al Excmo. señor don Jorge Salvador Lara, Encargado de Negocios a.i. del Ecuador en el Perú; y, Su Excelencia al señor Presidente de la República del Perú, al Excmo. señor don David Aguilar Cornejo, Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, Quienes; CONSIDERANDO:

Que la experiencia ha demostrado que debido a las dificultades que encuentran las embarcaciones de poco porte tripuladas por gente de mar con escasos conocimientos de náutica o que carecen de los instrumentos necesarios para determinar con exactitud su posición en alta mar, se producen con frecuencia, de modo inocente y accidental, violaciones de la frontera marítima entre los Estados vecinos; Que la aplicación de sanciones en estos casos produce siempre resentimientos entre los pescadores y fricciones entre los países que pueden afectar al espíritu de colaboración y de unidad que en todo momento debe animar a los países signatarios de los acuerdos de Santiago; y, Que es conveniente evitar la posibilidad de estas involuntarias infracciones cuyas consecuencias sufren principalmente los pescadores;CONVIENEN:

PRIMERO: Establécese una Zona Especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países.

SEGUNDO: La presencia accidental en la referida zona de las embarcaciones de cualquiera de los países limítrofes, aludidas en el primer considerando, no será considerada como violación de las aguas de la zona marítima, sin que esto signifique reconocimiento de derecho alguno para ejercer faenas de pesca o caza con propósito preconcebido en dicha Zona Especial.

TERCERO: La pesca o caza dentro de la zona de 12 millas marinas a partir de la costa está reservada exclusivamente a los nacionales de cada país.

CUARTO: Todo lo establecido en el presente Convenio se entenderá ser parte integrante, complementaria y que no deroga las resoluciones y acuerdos adoptados en la Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur, celebrada en Santiago de Chile, en Agosto de 1952.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Representantes Plenipotenciarios de los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú, firman este documento en tres ejemplares, en Lima, a los cuatro días del mes de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro.

Por el Gobierno de Chile: (Firmado:) Alfonso Bulnes C.
Por el Gobierno del Ecuador: (Firmado:) J. Salvador Lara.
Por el Gobierno del Perú: (Firmado:) David Aguilar C.


Y la pregunta del millón...¿Dónde dice que se aplica sólo a Perú - Ecuador?
Solo dice que se aplicará el paralelo QUE CONSTITUYE EL LÍMITE ENTRE LOS DOS PAÍSES, o sea Chile - Perú (dos países) y Perú - Ecuador (Dos Países).




Arpia escribió:El Perú NUNCA ha aceptado el paralelo como frontera marítima entre el Perú y Chile. Esa la interpretación chilena de lo sucedido y nada más, la realidad va por otro lado. Esto es tan simple de demostrar como lo va a hacer la defensa peruana al mostrar los miles de documentos en los cuales chile detiene a naves pesqueras peruanas y notifica al consulado peruano en Arica manifestándole que las embarcaciones habían sido detenidas en mar chileno, a lo cual el consulado de manera constante y reiterada durante décadas le ha respondido a la Capitanía de Puerto de Arica que el limite marítimo entre nuestros países no ha sido fijado, que el paralelo que pasa por el punto 18º21’00’’, para el Perú, NO CONSTITUYE LIMITE MARITIMO ALGUNO, entre nuestros países. Todo esto a parte de las solicitudes OFICIALES de 1986 y 2004 para iniciar negociaciones para fijar nuestra frontera marítima, ambas rechazadas por Chile y de los informes de la propia asesoría jurídica de cancillería chilena en que claramente estipula que los acuerdos de 1952 y 1954 no son tratados de límites. Entonces como siempre digo, lo único que no ha hecho el Perú es tomar por la fuerza lo que por derecho le corresponde, y no lo ha hecho porque simplemente esa solución no es definitiva, prefiriendo la solución diplomática-judicial que si es definitiva en el tiempo. Entonces la versión de nuestros amigos del sur, que dice que nosotros hemos aceptado esa situación durante 50 años es correcta? No pues. Como se puede afirmar eso si durante ese tiempo ha protestado y ha tratado de iniciar negociaciones para fijar la frontera marítima común. Esa afirmación es inexacta por decir lo menos.


Pero Arpia, mi estimado, El Perú estableció por Decreto Supremo N° 781 del 1 de agosto de 1947, soberana y unilateralmente, que ejercerá control y protección sobre el mar y zócalo adyacente a las costas de su territorio: “...en una zona comprendida entre estas costas y una línea imaginaria paralela a ellas y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas (200) millas marinas, medida siguiendola línea de los paralelos geográficos";
Firmó el acuerdo el 54 (Que está transcrito íntegro más arriba);
Publicó su Resolución Suprema Nº23 del 12 de enero de 1955, en la que se indica:
“CONSIDERANDO: Que es menester precisar en los trabajos cartográficos y de geodesia la manera de determinar la zona marítima peruana de 200 millas a que se refiere el Decreto Supremo del 1° de agosto de 1947 y la Declaración Conjunta suscrita en Santiago el 18 de agosto de 1952 por el Perú, Chile y el Ecuador.
SE RESUELVE:
1.- La indicada zona está limitada en el mar por una línea paralela a la costa peruana y a una distancia constante de ésta, de 200 millas náuticas.
2.- De conformidad con el inciso IV de la Declaración de Santiago, dicha línea no podrá sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto en que llega al mar la frontera del Perú.” ;
El 68 se reunieron las comisiones de ambos países para resolver cómo marcar este límite, expresando por documento el Perú a la embajada de Chile en Lima en agosto del mismo año que "...el Gobierno del Perú prueba en su totalidad los términos del documento firmado en la frontera peruano-chilena el 26 de abril de 1968 por los representantes de ambos países, “referente a la instalación de marcas de enfilación que materialicen el paralelo de la frontera marítima";
El 69 el Perú participa en la comisión que va a terreno a marcar la posición de los famosos faros de enfilamiento;
Y el 71 construye su faro de enfilamiento.

Es decir desde el 47 al 71 hay 24 años...ya, del 52 al 71 hay 19 años en que el Perú no hizo otra cosa que ratificar al tesis del paralelo, y la primera nota diplomática con un cambio de actitud data de mayo de 1986, cuando canciller chileno don Jaime del Valle recibió en audiencia al embajador del Perú don Juán Miguel Bákula, quien por encargo del canciller peruano Allan Wagner, expuso por vez primera la percepción peruana de la existencia de este problema. Por eso, para el terremoto del 2001 no volvieron a erigir su torre de enfilamiento, no porque ya no fuera parte del acuerdo, sino porque implicaba la aceptación empírica del paralelo como el límite marítimo.

De todo lo que he expuesto, te concedo que podriamos acordar (entre nosotros, simples foristas) la aceptación de que el paralelo que se debe proyectar 200 millas es el del punto Concordia, y no el del monolito del hito 1. Pero de que es el paralelo el límite...es el paralelo.

Ahora, reitero que el problema se lo crearon los propios peruanos, especialmente los integrantes de las comisiones de límites y las autoridades políticas que los aceptaron y ratificaron.

PD: A todo esto, de lo anterior se puede desprender que los errores han sido peruanos y en ningún caso que el estado de Chile no cumpla sus acuerdos, que harto hemos perdido por honrarlos.


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Mensaje por badghost »

la pregunta es si se puede proyectar soberania sobre una isla artificial?


Opino que en principio, si se podría. Se habla de islas a secas, sin referencia al origen de éstas, de hecho se trata el tema de las islas nuevas, las que nacen donde antes no había nada. Además, construcciones del hombre tales como puertos o diques, se toman en cuenta en materia de delimitaciones.

De la ex-Isla del Alacrán al punto en que actualmente el paralelo toca al mar (medido desde el Hito N°1), hay 15 kilómetros aprox. Es decir y reconociendo que se trata de una hipótesis marginal, si se considerara como isla con derecho a ZEE, pasaría su ZEE con creces el paralelo y con mayor razón una potencial bisectriz, aunque no creo que ocurra lo primero ni lo último.

Saludos

P.D.: Estoy de acuerdo con tu post Pathfinder. :cool:

P.D.: Una duda para Arpía que me quedó dando vueltas de tu última intervención, ¿podrías desarrollar mas tu postura de que el mar se subordina a la tierra o algo asi?, ¿hablas de contiguidad o Hinterland o qué?, quedo a la espera.


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Mensaje por pupa »

Pathfinder escribió:¿Dónde dice que se aplica sólo a Perú - Ecuador?


Creo que el tema ha sido desarrollado ampliamente en las paginas 108-109 por el amigo Arpía, estoy segura que has leido todo ello... pero si puedes vuelvelo a leer que se responde sola tu pregunta

saludos


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Mensaje por __DiaMoND__ »

si ya tratamos eso recuerdo

Perú no tiene limites maritimos fijados con ecuador segun Perú segun Ecuador si al = que Chile pero segun Perú con ninguno de los 2.



singapur es el pais que mas le han mostrado los dientes sus vecinos por construir islas artificiales

indonesia y malasya estan hartos de que singapur cresca ahora no le venden mas arena es impresionante el numero de islas artificiales de singapur y el numero de demandas ante cij que tiene por ello


badghost
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Mensaje por badghost »

Pathfinder escribió:
¿Dónde dice que se aplica sólo a Perú - Ecuador?


Creo que el tema ha sido desarrollado ampliamente en las paginas 108-109 por el amigo Arpía, estoy segura que has leido todo ello... pero si puedes vuelvelo a leer que se responde sola tu pregunta

saludos


Si pupa, todos lo leímos (por lo menos yo si lo hice), el asunto es que no estamos de acuerdo con la interpretación que ha hecho Arpía desde el punto de vista lógico, contexto fáctico y hermenéutico-jurídico, solo es eso.

Saludos :cool:


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Mensaje por pupa »

ah entiendo, pero volver a explicarlo por tener un lenguaje muy técnico(!), lo intentare muy resumido y solo ciertas partes, porque también lo leí y en verdad que es muy interesante:

Tratado para la Creación de la Zona Especial de Pesca:
PRIMERO: Establécese una Zona Especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países

AHi va la pregunta de Pathfinder ¿qué países? En la parte introductoria dice muy claro que este es "de conformidad con lo acordado en la Resolución No. X, de 8 de Octubre de 1954, suscrita en Santiago de Chile". O sea hablamos de la Declaración de Santiago, en este hay que revisar las declaraciones II y IV:

II. Como consecuencia de estos hechos, los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú proclaman como norma de su política internacional marítima, la soberanía y jurisdicción exclusivas que a cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas.

IV) En el caso de territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas.
Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes conviene a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos.

COMO ya lo explico Arpía solo el delegado de Ecuador exigio la inclusión de este artículo por la existencia de la isla Santa Clara, al exirtir "territorio insular" se traza un paralelo, lo que no ocurría con Chile ni hubo ninguna indicación, intervención o exigencia por su lado.

El artículo II es pertinente porque como con Ecuador tenemos un paralelo ambos gozamos a plenitud de las 200 millas, pero con Chile NO, nuestras costas forman un ángulo y por lo tanto no puede existir un paralelo sino una bisectriz, linea equidistante o línea media para "gozar a plenitud nuestra soberanía" y de forma equilibrada "la distancia de 200 millas"

Existe otra objeción mucho mas importante y que nadie más que arpía lo ha tocado, es que según las actas de estos tratados las zonas marímas pueden ser DENUNCIABLES... ¿que tratado de limites puede indicar zonas limitrofes denunciables?


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GRUMO
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Mensaje por GRUMO »

badghost escribió:
Pathfinder escribió:
¿Dónde dice que se aplica sólo a Perú - Ecuador?


Creo que el tema ha sido desarrollado ampliamente en las paginas 108-109 por el amigo Arpía, estoy segura que has leido todo ello... pero si puedes vuelvelo a leer que se responde sola tu pregunta

saludos


Si pupa, todos lo leímos (por lo menos yo si lo hice), el asunto es que no estamos de acuerdo con la interpretación que ha hecho Arpía desde el punto de vista lógico, contexto fáctico y hermenéutico-jurídico, solo es eso.

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¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por Arpia »

GRUMO escribió:
badghost escribió:
Pathfinder escribió:
¿Dónde dice que se aplica sólo a Perú - Ecuador?


Creo que el tema ha sido desarrollado ampliamente en las paginas 108-109 por el amigo Arpía, estoy segura que has leido todo ello... pero si puedes vuelvelo a leer que se responde sola tu pregunta

saludos


Si pupa, todos lo leímos (por lo menos yo si lo hice), el asunto es que no estamos de acuerdo con la interpretación que ha hecho Arpía desde el punto de vista lógico, contexto fáctico y hermenéutico-jurídico, solo es eso.

Saludos :cool:


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:aplausos3: :aplausos3: :champion: :champion: :claps: :claps: :alegria2: :alegria2: :risa3: :risa3:

Estimado Grumo;

Lo que quiere decir badghost con esa excusa, es que a pesar de la abrumadora evidencia EDITADO POR EL MODERADOR el siguira INVENTANDO supuestos sustentos imaginativos a su elocuente teoria, no pasando estas de ser opinions personales, creencias o dibujitos por demas inexactos en el Google Earth.

No tengo mucho tiempo hoy, pero a ver si luego o a mas tardar manaña respoderemos a todas las intervenciones mas resaltantes, dentro de las cuales por supuesto estara la del forista badghost

Saludos cordials;

Arpia

Estimado Forista

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Mensaje por Arpia »

__DiaMoND__ escribió:si ya tratamos eso recuerdo

Perú no tiene limites maritimos fijados con ecuador segun Perú segun Ecuador si al = que Chile pero segun Perú con ninguno de los 2.



singapur es el pais que mas le han mostrado los dientes sus vecinos por construir islas artificiales

indonesia y malasya estan hartos de que singapur cresca ahora no le venden mas arena es impresionante el numero de islas artificiales de singapur y el numero de demandas ante cij que tiene por ello

__DiaMoND__;

Una chiquita, solo para aclarar lo dicho por ti con relacion a mi exposicion.

La posicion peruana y la de este humilde forista es que NO EXSTEN tratados de limites ni entre el Peru y el Ecuador, ni muchisimo menos entre el Peru y Chile. Lo que existe con relacion al Ecuador es un criterio por medio del cual se DEFINIO la frontera maritima entre los 2 paises utilizando el paralelo geografico. Este criterio, por los motivos y razones ya expuestas hasta el cansancio, no aplican a la frontera entre el Peru y Chile, no existiendo para este caso ni criterio, ni acuerdo entre las partes ni mucho menos tratado de limites alguno.

EDITADO POR EL MODERADOR


Saludos cordiales desde USA; :cool: :lol:

Arpia

Señor Forista

Se le vuelve a reiterar una vez más

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Mensaje por __DiaMoND__ »

El ministro de Relaciones Exteriores de Perú, José Antonio García Belaúnde, negó ayer que su país intente revisar la frontera terrestre con Chile, establecida en el tratado de 1929.

Y afirmó que tampoco quieren recusar los acuerdos de 1952 y 1954, que Chile considera como de fijación de límites fronterizos marítimos, aunque admitió que "tenemos una diferencia de opinión, respecto a su interpretación, con Chile".

De esta manera, respondió a los análisis realizados a este diario por el abogado experto en Derecho Internacional, Hernán Salinas, quien estima que la pretensión peruana en su presentación ante la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya es revisar la frontera terrestre.

Según Salinas, Perú aborda este tema "cuando habla de que la delimitación debe comenzar en un punto de la costa denominado Concordia, punto terminal de la frontera terrestre establecido conforme al Tratado y Protocolo complementario para resolver la cuestión de Tacna y Arica, conocido como 'Tratado de Lima'. Y además establece las coordenadas que ellos fijaron unilateralmente el año 2005".

García Belaúnde reaccionó sorprendido. "La memoria peruana es reservada. No sabía que alguien haya podido leerla", respondió, aunque argumentó que no había leído las declaraciones.

Pero afirmó que para su país "el tratado (de 1929) es intangible; no sólo lo que dice el tratado sino que también las actas de delimitación, que hablan del punto de Concordia".

Sin embargo, la directora de Fronteras y Límites de la Cancillería, María Teresa Infante, recordó que el Gobierno chileno ya objetó las coordenadas que Perú fijó en 2005 (ver recuadro), para establecer lo que llaman "el punto de Concordia", desde donde comienza la medición de la frontera terrestre.

"Tenemos los antecedentes que Perú presentó en su demanda -que es un documento breve con anexos-, y en la lectura de su conjunto, podemos concluir cuáles son las líneas principales de argumentación que podría desarrollar en su memoria", dijo la embajadora.

Respecto de las coordenadas que Perú fijó en forma unilateral en 2005, María Teresa Infante precisó que cuando eso ocurrió, y al dictar ese país la nueva Ley de Líneas de Base de Dominio Marítimo que estableció el punto 266 que denominó 'Concordia', "fue objetado por Chile porque correspondió a una medición unilateral y con coordenadas que excedían cualquier medición hecha entre los dos países".

Según la embajadora, ese punto "estaba y está ajeno a la práctica bilateral". Y Perú sí la tomó como argumento en la presentación de la demanda que hizo en enero del año pasado ante la Corte de La Haya.

La ley peruana que movió el Hito 1 al sur

En noviembre de 2005, bajo la presidencia de Alejandro Toledo, en Perú, y Ricardo Lagos, en Chile, el congreso del vecino país aprobó una Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo que estableció el principio de equidistancia por sobre el paralelo.

En este acto, Perú fijó nuevas coordenadas a la posición del Hito 1, que fija el inicio de la frontera terrestre, moviéndolo en 230 metros al sur. Ello provocó la inmediata reacción de La Moneda, que desconoció cualquier efecto de esa ley y protestó por un acto unilateral del gobierno peruano.

Según la postura chilena, los dos países fijaron el límite entre sus espacios marítimos adyacentes mediante la línea del paralelo geográfico del punto que llega al mar, la frontera terrestre.

Y ese límite quedó establecido en los tratados tripartitos con Ecuador, de 1952 (sobre Declaración de Zona Marítima) y de 1954 (de Zona Especial Fronteriza Marítima) y acuerdos complementarios.



eso salia en el periodico

segun leo el tratado de lima de 1929 el punto concordia es el hito numero 4

Artículo Segundo.- El territorio de Tacna y Arica será dividido en dos partes, Tacna para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas dos partes y; en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará “Concordia”, distante diez kilómetros al Norte del puente del Río Lluta, para seguir hacia el Oriente paralela a la vía de la sección chilena del Ferrocarril de Arica a La Paz y distante diez kilómetros de ella,

el hito nuemero 4 esta a 10km al norte del puente del Río Lluta


badghost
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Mensaje por badghost »

Dice "...de la costa...", ahora bien, nosotros interpretamos hasta el día de hoy esa expresión como referida al Hito N°1 y los señores peruanos lo intepretaban igual hasta por lo menos 1986 (oficialmente), nada que ver con el Hito N°4.

Hoy en día, han elaborado la teoría del punto "Concordia" señalando que el Hito N°1 no se encuentra "en" la costa, entendiéndola como el lugar en donde el mar toca la tierra, y como el Hito N°1 se encuentra a mas de 100 metros de la playa (línea de alta marea) o a mas de 200 metros de la línea de baja marea, ubican su punto Concordia, en la línea de baja marea y señalan que ese es el punto en donde se inicia "verdaderamente" la frontera terrestre según el Tratado de 1929. ¿Creo que es así o no?.

Ahora bien, yo al igual que la Directora de Límites, M. T. Infante, estimo que lo preseñalado significa modificar unilateralmente el límite terrestre, habrá que esperar hasta Marzo para ver los verdaderos alcances de la memoria peruana, pero infiero que la cosa va a ser mas o menos asi.

Saludos :cool:


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Mensaje por __DiaMoND__ »

cual es el famoso puente el del tren sierto?


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Mensaje por comando_pachacutec »

badghost escribió:Dice "...de la costa...", ahora bien, nosotros interpretamos hasta el día de hoy esa expresión como referida al Hito N°1 y los señores peruanos lo intepretaban igual hasta por lo menos 1986 (oficialmente), nada que ver con el Hito N°4.

Hoy en día, han elaborado la teoría del punto "Concordia" señalando que el Hito N°1 no se encuentra "en" la costa, entendiéndola como el lugar en donde el mar toca la tierra, y como el Hito N°1 se encuentra a mas de 100 metros de la playa (línea de alta marea) o a mas de 200 metros de la línea de baja marea, ubican su punto Concordia, en la línea de baja marea y señalan que ese es el punto en donde se inicia "verdaderamente" la frontera terrestre según el Tratado de 1929. ¿Creo que es así o no?.

Ahora bien, yo al igual que la Directora de Límites, M. T. Infante, estimo que lo preseñalado significa modificar unilateralmente el límite terrestre, habrá que esperar hasta Marzo para ver los verdaderos alcances de la memoria peruana, pero infiero que la cosa va a ser mas o menos asi.

Saludos :cool:


esto ya se trato tiempo atras en el foro, solo que en esa caso se hablo que la "frontera maritima chilena" cambiaba el tratado de limites terrestres a sus anchas.

el Peru en ningun momento a dicho algo sobre el T.L. terrestres... eso ya es una maniobra de Chile o del diario en cuestion (el mercurio?) para confundir a su gente, asi es mas facil...

saludos


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CZEKALSKI
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Mensaje por CZEKALSKI »

Hola:
__DiaMoND__ escribió:segun leo el tratado de lima de 1929 el punto concordia es el hito numero 4 ……
Artículo Segundo.- El territorio de Tacna y Arica será dividido en dos partes, Tacna para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas dos partes y; en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará “Concordia”, distante diez kilómetros al Norte del puente del Río Lluta, para seguir hacia el Oriente paralela a la vía de la sección chilena del Ferrocarril de Arica a La Paz y distante diez kilómetros de ella,
el hito nuemero 4 esta a 10km al norte del puente del Río Lluta

badghost escribió:Dice "...de la costa...", ahora bien, nosotros interpretamos hasta el día de hoy esa expresión como referida al Hito N°1 y los señores peruanos lo intepretaban igual hasta por lo menos 1986 (oficialmente), nada que ver con el Hito N°4.
Hoy en día, han elaborado la teoría del punto "Concordia" señalando que el Hito N°1 no se encuentra "en" la costa, entendiéndola como el lugar en donde el mar toca la tierra, y como el Hito N°1 se encuentra a mas de 100 metros de la playa (línea de alta marea) o a mas de 200 metros de la línea de baja marea, ubican su punto Concordia, en la línea de baja marea y señalan que ese es el punto en donde se inicia "verdaderamente" la frontera terrestre según el Tratado de 1929. ¿Creo que es así o no?.

A veces me sorprende la cantidad de veces que los foristas Chilenos aludidos hacen papelones al intentar “interpretar” los textos de los Acuerdos y de los Tratados que nos ocupan, y lo digo por lo que pueden llegar a pensar los lectores imparciales respecto a la seriedad de sus intervenciones.
Ahora __DiaMoND__ nos sale con la idea luminosa de que el Punto Concordia es nada más y nada menos que el Hito Nº 4 y badghost nos sale con que el Punto Concordia es el Hito Nº 1.
Dios Mío.
Bueno, vamos a desbaratar ambas teorías y vamos a citar al mismísimo Enrique Brieba, Jefe de la Delegación Chilena en los trabajos de demarcación en 1930 para hacerlo.
Brieba en su obra “Límites entre Chile y Perú" expone las instrucciones que recibió de la Cancillería Chilena respecto a este punto:
Santiago, 28 de Abril de 1930.
HITO CONCORDIA.- Punto inicial, en la costa, de la línea fronteriza.
“Para fijar este punto: Se medirán 10 Kms. desde el primer puente del ferrocarril de Arica a la Paz sobre el rio Lluta, en la dirección hacia el norte. En la Pampa de Escritos, y se trazará, hacia el poniente, un arco de diez kilómetros de radio, cuyo centro estará en el indicado puente y que vaya a interceptar la orilla del mar, de modo que cualquier punto del arco, diste 10 kilómetros del referido puente del ferrocarril de Arica a la Paz sobre el río Lluta.
Este punto de intersección del arco trazado, con la orilla del mar, será el inicial de la línea divisoria entre Chile y el Perú.
Se colocará un hito en cualquier punto del arco, lo mas próximo al mar posible, donde quede a cubierto de ser destruido por las aguas del océano.”

El texto es clasísimo, la frontera terrestre entre Perú y Chile es un arco y para establecerlo se tomó como punto central de referencia el primer puente del ferrocarril de Arica a la Paz sobre el rio Lluta, por lo cual cualquier punto de la frontera debería estar distante 10 Km. de aquel puente, inclusive cada uno de los 80 Hitos que se colocaron.
El texto también es claro al señalar que aquel "arco" debería terminar en un punto en la orilla del mar y que el hito debería colocarse en cualquier punto de aquel "arco" de tal manera que estuviera a salvo de ser destruído por la fuerza del mar (Osea que sólo por aquel motivo el hito se colocó a 200 Mts. de la orilla).
La prueba de que el arco no culminaba en el Hito Nº 1 sinó más al Sur y concretamente en la orilla del mar son los croquis de las Actas de 1930, firmados por el propio representante Chileno Enrique Brieba (Hacer Clic para ver imagenen tamaño más grande):

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Nótese la firma del Representante Chileno en el lado inferior derecho del croquis.

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A confesión de parte relevo de prueba. Con estos croquis, cae por los suelos la absurda interpretación de los foristas Chilenos sobre de dónde se inicia la frontera terrestre Peruano-Chilena, porque según la posición Chilena a partir del Hito Nº 1 se tendría que trazar una línea paralela hacia el mar, mientras que en el croquis firmado y aprobado por el representante del gobierno de Chile, la línea continúa hacia el Sur para completar el arco y efectivamente culmina completándolo en la orilla del mar. Ese es el Punto Concordia.
Es un absurdo que Chile pretenda modificar lo establecido en el Tratado de 1929 y sus Actas complementarias señalando como tal el Hito Nº 01 y no el punto en la orilla del mar y con ello mutilar el "arco" que ambas Cancillerías señalaron como referencia para trazar el límite terrestre. Este "arco" culmina en el punto de La Concordia, que se halla mucho más al Sur del referido Hito Nº 01.
La Armada Chilena en sus mapas oficiales hasta 1998 también respetaba lo establecido en 1930, pero sospechosamente en ese año los cambia, seguramente para posteriormente poder presentar su "nueva" cartografía en la ONU en el año 2000. Este es el mapa oficial de la Armada Chilena de 1973, sospechosamente modificado en 1998:

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Ante esta prueba, de nada valen las "interpretaciones" que se hagan de la parte Chilena y que intentan vanamente modificar un Tratado de Límites Específico oleado y sacramentado como lo es el de 1929.
Saludos.


"Vivir Venciendo, Morir Matando"
https://youtu.be/ZN4r2WrYBys

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