Límites Marítimos Chile - Peru (archivo)

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
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Arpia
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Mensaje por Arpia »

GRUMO escribió:Estimado Arpía

En el gráfico ¿Donde estaría ubicado el Puente sobre el río Lluta?

Creo que seria pertinente ubicarlo, pues a partir de ahí se parte el radio de 10 kms

Saludos

Estimado Grumo;

He procedido a editar mi post anterior, modificando el primer grafico y agregando uno adicional, con lo cual me parece que hemos acogido tu siempre interesante aporte para ayudar a clarificar nuestra exposición a los demás amigos foristas.

Quedo a tu disposición para cualquier otra sugerencia de tu parte.

Saludos cordiales;

Arpía.


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pupa
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Mensaje por pupa »

Arpia escribió:...tiene que CONSEGUIR el reconocimiento de la Corte de que la frontera terrestre se inicia en el hito Nº1 si o si, porque si no se le DERRUMBA toda la argumentación y estrategia


estimado Arpía, eso es la verdad de todo, por ello (y lo indique antes) era que quería precisar que iniciemos un debate punto por punto, y comenzado con cual es el inicio de la frontera maritima (que es el inicio del terminus terrestre o viceversa).
El resto caía por su propio peso.

solo quiero agregar algo más:
En marzo de 1930, el Ing Enrique Brieba entregó al Ministerio de Relaciones Exteriores una memoria en tres tomos llamándosele al mismo como:
Memoria sobre los límites entre Chile y Perú : de acuerdo con el tratado del 3 de Junio de 1929 (Instituto Geográfico Militar)
T.I. Estudio Técnico y Documentos Oficiales de la Demarcación Chileno-Peruana
T.II. Datos y Cálculos
T.III. Planos

Estos tomos estan refrendados por el Ministro de Relaciones Exteriores de esa época: Sr. Manuel Barros Castañón, y son anexos a los documentos del Tratado de Chile-Peru 1929

No es un libro o memoria escrita muy aparte del Tratado, o realizada en otro momento y en otro lugar, sino es una documentación oficial anexa al Tratado.


Mentor
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Mensaje por Mentor »

Buenas:

Acta de la Comisión Mixta Chileno-Peruana, 22 agosto de 1969


Los Representantes de Chile y del Perú, que suscriben, designados por sus respectivos Gobiernos con el fin de verificar la posición geográfica primigenia del Hito de concreto número uno (Nº 1) de la frontera común y de fijar los puntos de ubicación de las Marcas de Enfilación que han acordado instalar ambos países para señalar el límite marítimo y materializar el paralelo que pasa por el citado Hito número uno, situado en la orilla del mar, se reunieron en Comisión Mixta, en la ciudad de Arica, el diecinueve de agosto de mil novecientos sesenta y nueve.

A.- Acordaron adoptar el siguiente procedimiento de trabajo a realizar en el terreno:

1.- UBICACIÓN DEL PUNTO X.3. (Punto que sirvió para ubicar los lugares de erección del Hito de fierro número dos y del Hito de concreto número uno)

a) Estacionar en el Hito de concreto número tres.
b) Apuntar con Origen “0” al Hito del concreto número cuatro.
c) En la dirección 174º (determinada por los Demarcadores en el año 1930), jalonar hacia X.3.
d) Medir la distancia entre el Hito número tres y X.3 de manera que se cumpla la de 611 metros. (Cálculo de la Ordenada de X.3 al Hito número dos)
e) Estacar la posición de X.3.
f) Verificar que la distancia X.3. al Hito número dos sea de 13,32 metros. (Cálculo de la Ordenada de X.3. al Hito número dos)
g) Una vez determinado X.3., estacionar en él. Con Origen en el Hito número tres visar a 130º para continuar la alineación hacia la playa.
h) Medir la distancia de 435,7 metros en esa dirección y determinar la ubicación del Hito número uno.
i) La distancia del Hito número tres al Hito número uno debe ser de 1.046,7 metros.
j) Verificación: Estacionar en el Hito número uno y con péndulo giroscópico determinar el azimut del Hito número uno hacia X.3. Debe ser de 35º 48’ 30” (Según trabajos del año 1930).

2.- DETERMINACIÓN Y MATERIALIZACIÓN DEL PARALELO QUE PASA POR EL HITO NÚMERO UNO.

a) Estacionar con el Giróscopo en el Hito número uno y determinar el paralelo en la dirección 90º-270º.
b) Materializar el paralelo por dos puntos (uno al Oeste y otro al Este del Hito número uno) de manera que permitan continuar la alineación del paralelo hacia el Este donde se ubicará la torre chilena y hacia el Oeste donde se erigirá la torre peruana.
c) Determinar, por nivelación trigonométrica, la diferencia de nivel entre los puntos donde se ubicarán la torre anterior y la torre posterior.
d) Verificación: Se hará a base del azimut obtenido en 1930 de la línea Hito número uno-X.3.

3.- INSTRUMENTOS A UTILIZAR.

- Teodolito Universal Wild T.2 sexagesimal.
- Geodímetro AGA Modelo 6.
- Giróscopo Wild GAK 1.
- Huincha metálica de 50 metros.

4.- SEÑALIZACIÓN.

a) Se señalizarán con pilar de concreto a ras del suelo y con señal de bronce los puntos: Hito número uno y los dos lugares de erección de las torres de enfilación.
b) Además se colocarán tres marcas de referencia (señales ocultas) por cada una de las indicadas en el párrafo anterior, con el fin de restablecer la posición de las marcas principales en caso de desaparecimiento o destrucción de éstas.
5.- REGISTROS DE CAMPO.
Se elaborarán en dos ejemplares; uno para cada país.

B.- TRABAJOS EN EL TERRENO:

1.- El día 20 de agosto se reunió la Comisión Mixta en el Hito número tres.
Se hizo Estación en el citado Hito número tres para medir el ángulo de 174º con Origen en el Hito número cuatro en la dirección del punto X.3. con Teodolito Universal Wild T-2, sexagesimal número 110553.
Con el Geodímetro AGA Modelo 6, Nº 6437, se midió una distancia entre el Hito número tres y un punto denominado Auxiliar de X.3., que dió 610,46 metros, a los que se sumó 0,54 metros medidos con huincha metálica para determinar el Punto X.3. en su distancia original de 611 metros.

Para verificar la posición obtenida del Punto X.3. se midió con huincha metálica la distancia entre este Punto y el Hito número dos, obteniéndose 13,30 metros, que difieren 0,02 metros de la distancia original de 13,32 metros, medida el año 1930; valor aceptable para la Comisión Mixta.

Con Estación en X.3. y Origen en el Hito número tres, se midió el ángulo de 180º hacia el mar, en la dirección de la ubicación original del Hito número uno, materializándose esta dirección con una señal (jalón) colocada en la orilla del mar y que se le denominó punto auxiliar del Hito número uno.

Con Estación en la señal antes mencionada, se midió con Geodímetro la distancia al Punto X.3. obteniéndose 436,71 metros. Se hizo la corrección restándose 1,01 metros, medidos con huincha metálica, para obtener el punto de la posición original del Hito número uno, a 435,7 metros del Punto X.3.

Revisados los cálculos de medición de ángulos y distancia quedó determinada la distancia del Hito número tres al Hito número uno en 1.046,7 metros.

2.- El día 21 de agosto se reunió la Comisión Mixta en el Hito número uno.

Haciendo Estación en dicho Hito número uno, con Giróscopo Wild GAK 1 número 2859, para verificar el azimut 35º 48’ 30” (según trabajos del año 1930) del Hito número uno al Punto X.3., encontrándose el siguiente azimut: 35º 54’ 04” que difiere en 5’ 34”; diferencia angular que la Comisión Mixta encontró aceptable, considerando principalmente, entre otros factores, las diferencias de sistemas e instrumentos utilizados con respecto a 1930.

En la misma Estación Hito número uno y con Origen en X.3. se midió con el Teodolito Wild T-2 número 24667 el ángulo de 54º 11’ 30” (complemento del azimut 35º 48’ 30”) para determinar topográficamente el paralelo que pasa por el Hito número uno.
Determinado el paralelo, se materializaron sobre esta línea los dos puntos donde se erigirán las torres anterior y posterior de la enfilación: torre anterior, a 6,0 metros al Oeste del Hito número uno, en territorio peruano; torre posterior, a 1.843,8 metros (distancia medida con Geodímetro) al Este del Hito número uno, en territorio chileno.

La posición del Hito número uno y los puntos de situación de las dos torres de enfilación, fueron señalados con marcas de bronce incrustadas en pilares de concreto de 0,30 por 0,30 metros, a ras del suelo. Cada una de estas señales tiene tres marcas de referencia (señales ocultas).
Se determinó por nivelación trigonométrica en 20,7 metros la diferencia de nivel entre los puntos donde se erigirán las torres anterior y posterior de la enfilación, con una distancia total entre ellos de 1849,8 metros.

C.- TORRES DE ENFILACIÓN.

Las características de las marcas de enfilación, teniendo en cuenta los valores determinados, tales como la distancia entre las indicadas marcas y su diferencia de nivel, serían las siguientes:

a) Torre anterior: altura 22 metros aproximadamente sobre el terreno al punto focal del faro.
b) Torre posterior: altura 20 metros sobre el terreno al punto focal del faro.
c) La señalización diurna estará compuesta por paneles alternados de color blanco y rojo-naranja, cubriendo tres de sus cuatro caras.
d) Por razones de la cercanía al aeropuerto de Chacalluta, el faro posterior deberá tener un sector de obscuridad comprendido entre el 060º y 160º verdaderos aproximadamente; y en el faro anterior, un sector de 068º al 140º verdaderos aproximadamente, que no interfiere en absoluto para los efectos de visibilidad desde el mar.
e) Las características de los fanales serán fijadas previamente a su funcionamiento, entre los organismos técnicos respectivos (Instituto Hidrográfico de la Armada de Chile y Dirección de Hidrografía y Faros del Perú).
f) Las demás características indicadas en el Documento suscrito el 26 de Abril de 1968 en la frontera peruano-chilena en el que se recomendaba a los respectivos Gobiernos la colocación de marcas de enfilación, permanecen inalterables.

D.- HITO NÚMERO UNO .

Al comenzar sus labores la Comisión Mixta pudo evidenciar que esta pirámide se encontraba caída y aparentemente desplazada de su ubicación original, desplazamiento que pudo comprobarse con las mediciones realizadas durante el trabajo.
Este hito ha perdido su forma original y se encuentra en mal estado por la acción del tiempo, especialmente en su base.
Con el fin de evitar falsas interpretaciones acerca del recorrido del límite internacional, se colocó este hito sin basamento y en forma provisional, junto a la señal construída donde inicialmente fué erigida esa pirámide de concreto.

E.- DOCUMENTOS ANEXOS.

Anexo 1. Estación Hito 3. con el ángulo Hito 4-X.3.(1930)
Anexo 2. Estación Hito 1 (señal) con el ángulo X.3. (1930) dirección del paralelo del Hito 1.
Anexo 3. Estación Hito 1 (señal) con la verificación del azimut por medio del Giróscopo.
Anexo 4. Formulario de distancia con Geodímetro del Auxiliar del X.3. al Hito Nº 3.
Anexo 5. Formulario de distancia con Geodímetro del Auxiliar del Hito Nº 1 al punto X.3.
Anexo 6. Formulario de distancia con Geodímetro del Hito 1 (señal) al Aux. línea paralelo.
Anexo 7. Formulario de distancia con Geodímetro del Aux. línea paralelo al Aux. Torre Posterior.
Anexo 8. Croquis del trabajo realizado.
Anexo 9. Croquis señales de referencia (ocultas) de Hito 1 (señal) y Torre Anterior.
Anexo 10. Croquis señales de referencia (ocultas) de la Torre Posterior.
Anexo 11. Registro de distancias.

F.- CONCLUSIONES.

1.- Hito número uno (Nº 1).
La Comisión Mixta sugiere se reconstruya el Hito de concreto número uno en el lugar donde fué erigido inicialmente en el año 1930, punto que ha quedado materializado en el terreno por una señal de concreto.
2.- Marcas de Enfilación.
La Comisión Mixta juzga que se han cumplido todas las condiciones necesarias para la erección de las torres de enfilación y que, en consecuencia, se puede proceder a ejecutar de inmediato los trabajos respectivos.
En cuanto a la coordinación para la puesta en servicio de las citadas marcas de enfilación, la Comisión Mixta recomienda que los organismos técnicos de ambos países la realicen directamente.

Se suscribe la presente Acta en dos ejemplares originales, en Arica, a los veintidós días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y nueve.


(Firmando:) Jorge Velando Ugarteche, Embajador, Presidente de la Delegación del Perú.
(Firmando:) Cap. Nav. Jorge Parra del Riego, Representante de la Marina de Guerra del Perú.
(Firmando:) Tte. Crl. Rodolfo Gaige Anzardo, Jefe del Departamento de Fotogrametría del Instituto Geográfico Militar del Perú.
(Firmando:) Cap. Corb. Jorge del Aguila S., Jefe del Departamento de Geofísica y Oceanografía de la Dirección de Hidrografía y Faros del Perú.
(Firmando:) Cap. Corb. (R) José L. Rivera L.A., Asesor Técnico de la Dirección de Hidrografía y Faros del Perú.
(Firmando:) Ing. Alejandro Forch Petit, Secretario General de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, Presidente de la Delegación de Chile.
(Firmando:) Ing. Ricardo Cepeda Marinkovic, Jefe del Departamento de Límites Internacionales de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, del Ministerio RR.EE. de Chile.
(Firmando:) Cap. Nav. (R) Alberto Andrade T., Consultor Marítimo de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, del Ministerio RR.EE. de Chile.


Saludos


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pupa
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Mensaje por pupa »

Mentor escribió:...
Con Estación en X.3. y Origen en el Hito número tres, se midió el ángulo de 180º hacia el mar, en la dirección de la ubicación original del Hito número uno, materializándose esta dirección con una señal (jalón) colocada en la orilla del mar y que se le denominó punto auxiliar del Hito número uno.

Con Estación en la señal antes mencionada, se midió con Geodímetro la distancia al Punto X.3. obteniéndose 436,71 metros. Se hizo la corrección restándose 1,01 metros, medidos con huincha metálica, para obtener el punto de la posición original del Hito número uno, a 435,7 metros del Punto X.3.
...


Gracias Mentor, en verdad que buscar el documento se me hacia pesado por todo lo que hemos escrito...

¿No es obvio que la orilla del mar es "el punto auxiliar del Hito número uno"?


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GRUMO
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Mensaje por GRUMO »

Estimado Mentor

Permiteme hacer alarde y orgullo de mi ignorancia

No entiendo los datos tecnicos del post.

¿Tendrías la amabilidad de comentarlo o hacerlo mas digerible para un profano en esta materia?

Muchas gracias

Grumo

PD
Gracias Arpía por tus palabras

Muy interesante el gráfico ..y también muy esclarecedor

Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
Corneta Cabrales
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Mensaje por Corneta Cabrales »

Pero Grumo, que explicacion necesita?

Esta claro, Mentor cita un documento integro, y en el mismo documento remarca en rojo lo mas importante...


"Marcas de Enfilación que han acordado instalar ambos países para señalar el límite marítimo y materializar el paralelo que pasa por el citado Hito número uno"


Con todas sus letras.....LIMITE MARITIMO Y PARALELO :wink:

atentos saludos


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Mensaje por pupa »

Pues entre la "Introducción" (que en parte remarca el sr. Mentor),

y el "CUERPO" del documento (el procedimiento del trabajo el cual dice claramente que es solo para ubicar los futuros faros) junto con las CONCLUSIONES (que no hablan de limites ni paralelo, pero si del procedimiento para construir los faros)...

entre ambas sólo existe la relación de construir faros y ubicar los hitos adecuadamente.

Y ESO tampoco lo hicieron bien ya que NUNCA se acercaron al punte sobre el río Lluta para medir los 10 km correspondientes


Mentor
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Mensaje por Mentor »

Buenas:

Estimado Grumo

La verdad, tampoco entiendo un carajo todas esas coordenadas y cifras.
Sólo postee el documento completo ( Y de VERDAD)ya que se me acusa de mentiroso y otra serie de insultos, que no me voy a rebajar a responder.No es mi estilo.

Sólo quiero dejar constancia que el que miente , es el que me acusa a mi de hacerlo.

Aquí va otro documento, para que se vea que al analizarlo con mayor perspectiva aclara lo que afirmo:

DECLARACIÓN DE SANTIAGO 1952
Por las consideraciones expuestas, los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú, decididos a conservar y asegurar para sus pueblos respectivos, las riquezas naturales de las zonas del mar que bañan sus costas, formulan la siguiente DECLARACIÓN:

I) Los factores geológicos y biológicos que condicionan la existencia, conservación y desarrollo de la fauna y flora marítimas en las aguas que bañan las cosas de los países declarantes, hacen que la antigua extensión de mar territorial y de la zona contigua sean insuficientes para la conservación, desarrollo y aprovechamiento de esas riquezas a que tienen derecho los países costeros.

II) [b]Como consecuencia de estos hechos, los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú proclaman como norma de su política internacional marítima, la soberanía y jurisdicción exclusivas que cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas.
III) La jurisdicción y soberanía exclusivas sobre la zona marítima indicada, incluye también la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde.

IV) En el caso de territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas. Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos.[/b]

V) La presente Declaración no significa desconocimiento de las necesarias limitaciones al ejercicio de la soberanía y jurisdicción establecidas por el Derecho Internacional en favor del paso inocente e inofensivo, a través de la zona señalada para las naves de todas las naciones.

VI) Los Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú, expresan su propósito de suscribir acuerdos o convenciones para la aplicación de los principios indicados en esta Declaración, en los cuales se establecerán normas generales destinadas
reglamentar y proteger la caza y la pesca dentro de la zona marítima que les corresponde y a regular y coordinar la exploración y aprovechamiento de cualquier otro género de productos o riquezas naturales existentes en dichas aguas y que sean de interés común.

Santiago, 18 de Agosto de 1952.


Aquí se aclara que la citada declaración tenía por objeto proclamar la soberanía de cada uno de los firmantes, hasta las 200 millas , pero que esta extensión no podría sobreponerse al de otro de los estados firmantes, aún cuando existieran islas que pudieren proyectar esta zona de soberanía.

Como pueden ver, el que corta y arregla los documentos a su amaño, no soy yo.

Saludos.


Mentor
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Mensaje por Mentor »

Pupa:

Estoy de acuerdo con que la frontera terrestre parte desde la orilla del mar.

Mi planteamiento tiene que ver con que , en varios documentos ENTRE ambos países, el Perú, ha aceptado el paralelo como límite marítimo.

ACTA de 26 de abril de 1968
Reunidos los Representantes de Chile y del Perú, que suscriben, en la frontera chileno-peruana, acordaron elaborar el presente documento que se relaciona con la misión que les ha sido encomendada por sus respectivos Gobiernos en orden a estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito número uno (N°.1).

Acta de la comisión mixta (1969)
Los Representantes de Chile y del Perú, que suscriben, designados por sus respectivos Gobiernos con el fin de verificar la posición geográfica primigenia del Hito de concreto número uno (Nº 1) de la frontera común y de fijar los puntos de ubicación de las Marcas de Enfilación que han acordado instalar ambos países para señalar el límite marítimo y materializar el paralelo que pasa por el citado Hito número uno, situado en la orilla del mar, se reunieron en Comisión Mixta, en la ciudad de Arica, el diecinueve de agosto de mil novecientos sesenta y nueve.

Saludos.


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Mensaje por badghost »

Con Estación en X.3. y Origen en el Hito número tres, se midió el ángulo de 180º hacia el mar, en la dirección de la ubicación original del Hito número uno, materializándose esta dirección con una señal (jalón) colocada en la orilla del mar y que se le denominó punto auxiliar del Hito número uno.


Bueno, ahi tienen su punto Concordia, mas conocido por la Comisión Mixta chileno-peruana como "punto auxiliar del Hito número uno", realmente un punto importantísimo...jajajaja.

Parece que queda claro, cual es la importancia del Hito Nº1 y la del supuesto punto Concordia ¿o no?...no se molesten en responder, ya me se la canción oficial...

Pero bueno, espero sentado su presentación en la CIDJ de La Haya, ya estamos en los plazos.

Saludos cordiales :cool:

P.D.: Buen aporte Mentor, ya pupa había posteado lo mismo aunque parcialmente.
Última edición por badghost el 05 Mar 2009, 05:26, editado 1 vez en total.


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Mensaje por pupa »

Si amigo Mentor, para mi se convierte en una paradoja cuando en las conclusiones de las actas que precisas no se llega ni al paralelo ni se habla de los límites... en verdad que dejan mucho que desear por ambos lados...

ah. estimado badghost... esta vez si me ha dolido tu sarcasmo :confuso: , solo precisaba porque tuvieron que medir en 180º y no la paralela a la orilla del mar, y no lo digo por inventar porque como te habrás dado cuenta así está escrito en el procedimiento.

en fin, ya me di cuenta que te has asustado al ver que sí existe el punto de La Concordia (no solo en estas actas sino en el tratado y otros documentos oficiales), pero no es para que... (MODERADO POR MI ANTES QUE EL MODERADOR -aunque no era para tanto-)

saludos y larga vida


badghost
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Mensaje por badghost »

Bueno estimado pupa, lo edité para que no suene tan feo, si yo igual tengo mi corazoncito...será porque estoy de cumpleaños...jejeje, pero es evidente que al manoseado punto Concordia, le dieron en la práctica casi nula importancia, salvo servir de una referencia auxiliar y, tienes que pensar que estos señores solamente ratificaron en el terreno lo que se hizo en 1930, asi que, que les puedo decir que no sea lo obvio.


Saludos :cool:


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Mensaje por pupa »

OFF TOPIC:
:mrgreen: no lo edites ni nada, no me creas fue una broma amigo :cool:

FELIZ CUMPLEAÑOS A LA DISTANCIA y corta la torta por el punto de LA concordia porque te va a ser imposible hacerlo por el hito 1

:mrgreen: :lol: :lol: :lol: :mrgreen:


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Arpia
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Mensaje por Arpia »

Corneta Cabrales escribió:Pero Grumo, que explicacion necesita?

Esta claro, Mentor cita un documento integro, y en el mismo documento remarca en rojo lo mas importante...


"Marcas de Enfilación que han acordado instalar ambos países para señalar el límite marítimo y materializar el paralelo que pasa por el citado Hito número uno"


Con todas sus letras.....LIMITE MARITIMO Y PARALELO :wink:

atentos saludos

Entonces si esta tan claro por qué no nos explicas lo que hasta este momento ninguno de tus compatriotas puede explicar, es decir que dice el acuerdo al que arribaron Perú y Chile en 1968 y que dio origen al relatorio técnico de 1968 y al acta de conclusión del trabajo de 1969??? Por que supongo que en ese acuerdo ambos países acuerdan hacer exactamente eso, es decir DELIMITAR; DEMARCAR O DETERMINAR la frontera marítima entre ambos países no???? Por que como tu bien sabrás no es posible que se acuerde hacer una cosa entre 2 países y se TERMINE haciendo OTRA, no???? Eso aparte de ILEGAL, es IRRITO y NULO, lo sabías no??????

Entonces quedamos a la espera que al menos tu publiques ese acuerdo entre el Perú y Chile de 1968 y que DEFINIO Y ACORDO los trabajos a realizarse entre 1968 y 1969, ya que ninguno de tus compatriotas hasta ahora ha tenido el valentía de publicarlo. Si en ese documento aparece mención a frontera marítima alguna entre el Perú y Chile o a demarcarla o a delimitarla o a determinarla, pues le damos la razón a la parte chilena y cerramos el debate diciendo que Chile tiene la razón.

Una vez mas, quedamos a la espera. :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :wink: :wink:

Atentamente;

Arpía


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Arpia
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Mensaje por Arpia »

Mentor escribió:Buenas:

Acta de la Comisión Mixta Chileno-Peruana, 22 agosto de 1969


Los Representantes de Chile y del Perú, que suscriben, designados por sus respectivos Gobiernos con el fin de verificar la posición geográfica primigenia del Hito de concreto número uno (Nº 1) de la frontera común y de fijar los puntos de ubicación de las Marcas de Enfilación que han acordado instalar ambos países para señalar el límite marítimo y materializar el paralelo que pasa por el citado Hito número uno, situado en la orilla del mar, se reunieron en Comisión Mixta, en la ciudad de Arica, el diecinueve de agosto de mil novecientos sesenta y nueve...

Saludos

Una vez más tendremos que publicar el acuerdo que origino esa acta de 1969 que como ya lo hemos dicho aquí, a pesar de tener un lenguaje ambiguo, confuso e inexacto y de no guardar lógica su contenido, no podría contener ningún acuerdo que no estuviese CONTENIDO en lo ORIGINALMENTE ACORDADO entre Perú y Chile en 1968, ni mucho menos DEFINIR, NI DEMARCAR, frontera marítima alguna, porque ese trabajo NO SE ACORODO realizar en 1968.

Ojo, que no estamos diciendo que ese documento sea falso, lo que estamos diciendo que el contenido de ninguna manera nos puede llevar a pensar que la intención de ambos países en 1968 y 1969 fue la de definir, o demarcar o delimitar frontera marítima alguna entre nuestros países ya que eso NO FUE LO QU SE ACORDO por iniciativa del Perú en 1968. Los países serios y respetuosos del derecho internacional se guían por los acuerdos que deben de ser reflejados estrictamente en los trabajos en el terreno.

Tanto el relatorio de 1968 como el acta de finalización de los trabajos de 1969, si se leen por separado de las instrucciones, podría llevar a la EQUIVOCADA conclusión de que la intención tanto de Perú como de Chile era modificar lo acordado en 1929, 1952 y 1954 debido al lenguaje confuso, ambiguo e inexacto de los documentos mencionados. PERO, si se leen PRIMER el ACUERDO que da lugar a los trabajos realizados en 1968 y 1969 y finalmente las actas, quedara claro que la intención era la de erigir faros que guiasen a las pequeñas embarcaciones pesqueras en la zona de exención de sanciones, nasa MAS, ni nada menos.

Entonces muy aparte que el contenido del documento se contradice, este no podría contener algo que no estuviese contemplado dentro del acuerdo al que el Perú y Chile llegaron en 1968. En el extremo, cualquier acto acordado fuera del acuerdo entre el Perú y Chile en 1968, seria IRRITO, NULO, FALTO DE VALIDEZ JURIDICA y no reconocido por el Perú.

Entonces publicaremos una vez mas lo relacionado a los acuerdos que dieron origen a los documentos de jerarquía jurídica INFERIOR de 1968 y 1968, sin poder para modificar el tratado de 1929, ni para definir, ni modificar, ni demarcar frontera marítima alguna:

Arpia escribió:Esto es totalmente inexacto y FALSO. Fíjate los trabajos de 1968 y 1969 se llevan a cabo por solicitud del Perú a Chile, para erigir faros que orientasen las faenas de las pequeñas embarcaciones pesqueras en la Zona de exención de sanciones. Es decir nunca se pidió demarcar absolutamente nada, ni mucho menos se DEMARCO absolutamente nada. Para muestra un extracto de la solicitud peruana y la respuesta chilena:

El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú el 6 de febrero de 1968, remitió al Encargado de Negocios de Chile, José Oyarzun González, la nota N° 6-4-9, en la que le informaba que, luego de conversaciones sostenidas con el Embajador Fabio Pío Valdivieso y el Coronel Alejandro García, Director de Fronteras del Estado y Jefe del Departamento de Límites de la Cancillería chilena, respectivamente, el gobierno peruano consideraba:

‘’(…) conviene que se proceda a construir por ambos países postes o señales de apreciables proporciones y visibles a gran distancia, en el punto en el que la frontera común llega al mar, carca del hito Nº 1’’ (Extracto de la nota dirigida por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú a la Embajada de Chile en Lima el 6 de febrero de 1968.)

El texto de la nota es preciso y sin ambigüedad alguna. La Cancillería peruana propuso construir postes o señales en el punto en el que la frontera llega al mar, cerca del Hito N°1 con la finalidad de orientar a las pequeñas embarcaciones y evitar los incidentes pesqueros en la zona de exención de sanciones. No hay ninguna referencia a la supuesta instalación de hitos que demarquen o materialicen frontera marítima ALGUNA, lo que además es un imposible técnico. De la misma manera, en la nota peruana hay una comprensión y una referencia explícita a la diferenciación existente entre el punto final de la frontera terrestre (‘’en el punto en el que la frontera común llega al mar’’) y el punto en el que por convención ambas partes erigirían las señales para los pescadores (‘’cerca del hito número uno de la frontera’’).

El Gobierno de Chile, respondió afirmativamente, aceptando la propuesta peruana y reiterando así su naturaleza y fin. La respuesta se hizo llegar al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú a través de la nota (J) 6-4/19, del 8 de marzo de 1968, dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, suscrita por el Encargado de Negocios de Chile, Francisco José Oyarzun González, quien transmite la conformidad y acuerdo del Gobierno de Chile con la propuesta de erigir las señales para orientar a los pescadores en los siguientes términos:

‘’Tengo el honor de dar respuesta a la atenta nota de Vuestra Excelencia (...) de fecha 6 de febrero pasado, por medio de la cual me comunica que, a raíz de las conversaciones celebradas en Lima por las autoridades peruanas y chilenas de fronteras y límites, se llegó a establecer la conveniencia de que se proceda a construir por ambos países, postes o señales de apreciables proporciones y visibles a gran distancia, en el ''punto en el que la frontera común llega al mar, cerca del Hito número Uno.'' Sobre este particular, puedo informar a Vuestra Excelencia que mi gobierno estima aceptable vuestra proposición, para que dicha reunión de técnicos peruanos y chilenos se lleve a efecto en el Hito número Uno, en la fecha y hora que disponga Vuestra Excelencia (...)’’ (Extracto de la nota de la Embajada de Chile en Lima dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. del 8 de mano de 1968.)


En su comunicación, la Embajada de Chile acepta en todos sus términos y con la misma redacción la propuesta peruana que pasa a constituirse en el OBJETO del acuerdo establecido a través del intercambio de notas, es decir:

‘’(.. .) que se proceda a construir por ambos países, postes o señales de apreciables proporciones y visibles a gran distancia, en el punto en el que la frontera común llega al mar, cerca del Hito número Uno.’’ (Extracto de la nota de la Embajada de Chile en Lima dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. del 8 de mano de 1968.)

En ninguna de las notas cursadas por los dos países, en las que acuerdan el OBJETO y la naturaleza jurídica de las torres o los faros de enfilamiento, se hace referencia a la delimitación marítima, a la materialización del límite marítimo alguno o a la colocación de señales que delimiten las respectivas soberanías en relación con sus mares adyacentes.

La naturaleza jurídica del acuerdo que emana del intercambio de las notas citadas corresponde a una iniciativa para construir señales, marcas o faros que guiaran u orientasen a los pescadores artesanales a fin de evitar los continuos incidentes de una y otra parte. El objeto del acuerdo es erigir las ya citadas señales cerca del punto en el que la frontera terrestre llega al mar, específicamente en las proximidades del Hito N°1.

Del intercambio de notas se deriva también que ambas partes tenían una MUY CLARO el punto de final de la frontera terrestre, el cual como no podía ser de otra manera está de acuerdo al Tratado de 1929, es decir ‘’el punto en el que la frontera terrestre llega al mar’’, registrado con la misma redacción tanto en la nota peruana como en la chilena, así como el punto en el que se deberían emplazar las torres de orientación (‘’cerca del hito número uno’’).

La intención y decisión manifiesta del Perú era erigir faros que ayudasen a la orientación de las embarcaciones artesanales. Esta determinación está claramente referida en las comunicaciones que dirige al Gobierno de Chile. En ellas se diferencia claramente el límite terrestre del punto en el que se construirían los faros de enfilamiento para guiar a los pescadores: ‘’(...) que se proceda a construir por ambos países, postes o señales de apreciables proporciones y visibles a gran distancia, en el punto en el que la frontera común llega al mar, cerca del Hito número Uno.’’ (Extracto de la nota dirigida por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú a la Embajada de Chile en Lima el 6 de febrero de 1968.)

Entonces queda DEMOSTRADO y PROBADO que la intención, objeto y el acuerdo a los que arribaron el Perú y Chile no fue delimitar frontera marítima, ni terrestre alguna sino simplemente erigir faros que orientasen las faenas de las pequeñas embarcaciones pesqueras, nada más, ni nada menos.

Entonces es claro que el único objetivo y trabajo que se acordó y REALIZO en 1968 y 1968 fue el de erigir faros a ambos lados de la frontera terrestre para orientar a los pescadores artesanales en la zona de exención de sanciones. El Perú al firmar esos documentos lo hizo en el entendido EN ESE ENTENDIDO ósea que se estaba dando cumplimento a lo acordado en 1968 con Chile y NO a que se estaba NI DEFINIENDO, NI DELIMITANDO, NI DEMARCANDO, frontera marítima alguna. Por lo que poniéndonos en el caso extremo de la argumentación chilena, una vez más decimos que cualquier acto realizado fuera del acuerdo entre el Perú y Chile en 1968, seria IRRITO, NULO, FALTO DE VALIDEZ JURIDICA y no reconocido por el Perú.

Atentamente; :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :wink: :wink:

Arpía


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