Límites Marítimos Chile - Peru (archivo)

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
badghost
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Mensaje por badghost »

Novedad 1: La (supuesta) notificación formulada por el Tribunal Internacional de La Haya al Ecuador para que pueda intervenir en el proceso.


Eso no es novedad, si hubieras leído las intervenciones de Desinforumest en este mismo topic, te darías cuenta que la intervención de Ecuador a lo menos en consulta, es absolutamente lógica y se esperaba. Lo que ocurre que suelen creer al parecer las leseras que dice Torre Tagle, como que el paralelo va con las islas, que con Ecuador hay criterio delimitatorio y con Chile no, etc., etc., cuando los instrumentos son exactamente los mismos, y si Perú omitió en su momento dicho asunto, Chile obviamente lo puso en la mesa como corresponde, y hoy se le consulta a Ecuador, y ellos decidirán si intervienen directamente (como parte), o no, pero de que están involucrados y siempre han estado, eso es así.

Novedad 2: “hay una reserva del proceso y las cancillerías tienen que preservar que se mantenga la reserva del proceso” (Si la notificacion es cierta, entonces la parte Chilena esta incumpliendo con ello)


¿Y cual sería la sanción?...jejeje,...mira, son simples juegos diplomáticos, a Chile le conviene que la cosa se transparente, se abra y que se involucren mas países y organizaciones internacionales, a Perú no le conviene que se sepa nada y que todo se mantenga oculto y tranquilito. Por lo demás, la reserva no es del proceso, sino del "objeto o contenido" del proceso y ojo, puede relevarse este secreto en la etapa oral, asi que yo no veo la tremenda falta de Chile si filtró la información de que se solicitó información y que defina su actitud a Ecuador y a la CPPS...suponiendo que la filtración fue desde acá...

1) Apoyar la causa chilena, pues si Chile gana todo quedaria igual, pero eso no disminuiria en practicamente nada, el riesgo del que usted habla, y tendria q esperar al final del proceso.


La opción mas lógica. Ecuador ha dicho públicamente que no tiene problemas de límites pendientes, ni terrestres ni marítimos con el Perú, lo que implica que ellos entienden que los Tratados de 1952 y 1954, son Tratados de Límites...obviamente debe esperar que termine el proceso, pero una posición firme de Ecuador al lado de la chilena, creo que cerraría casi totalmente cualquier posible final favorable para Perú.

2) Restarse del asunto, tampoco disminuiria practicamente nada el riesgo mencionado y tendria que esperar al final del proceso.


No sería muy lógica esta posición, pero es posible. Creo que Ecuador no gana nada, quedaría tal cual y bajo el riesgo de que Perú obtuviera una sentencia favorable a sus pretensiones, con la cuasi certeza en ese escenario de que los próximos en ser demandados por Perú serán ellos.

Creo que puestos en la posición del Gobierno de Ecuador, una postura de ese estilo sería cómoda pero a mi juicio muy irresponsable para con sus obligaciones.

3) Darle seguridad juridica a su frontera maritima, mediante convenio expreso con la parte peruana. Eso dejaria en cero tal riesgo, y no tendria que esperar nada.


Eso es lo que quisiera Perú por cierto, dándole la razón y reforzando con mucho su postura en La Haya, pero dicho escenario de ensueño para Perú choca con la clara posición ecuatoriana: "NO TENEMOS ASUNTOS LIMÍTROFES PENDIENTES CON PERÚ", e innovar en dicha postura, es muy peligroso, si no lo sabremos nosotros con la Declaración de Rio de Janeiro...

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Mensaje por JavierX »

badghost escribió:
Novedad 1: La (supuesta) notificación formulada por el Tribunal Internacional de La Haya al Ecuador para que pueda intervenir en el proceso.


Eso no es novedad, si hubieras leído las intervenciones de Desinforumest en este mismo topic, te darías cuenta que la intervención de Ecuador a lo menos en consulta, es absolutamente lógica y se esperaba. Lo que ocurre que suelen creer al parecer las leseras que dice Torre Tagle, como que el paralelo va con las islas, que con Ecuador hay criterio delimitatorio y con Chile no, etc., etc., cuando los instrumentos son exactamente los mismos, y si Perú omitió en su momento dicho asunto, Chile obviamente lo puso en la mesa como corresponde, y hoy se le consulta a Ecuador, y ellos decidirán si intervienen directamente (como parte), o no, pero de que están involucrados y siempre han estado, eso es así.


La novedad es la citacion en si. No es novedad que Ecuador vaya a ser citado, eso se sabia, pero no se sabia de la existencia de una notificacion ya realizada "hace 10 dias".

Novedad 2: “hay una reserva del proceso y las cancillerías tienen que preservar que se mantenga la reserva del proceso” (Si la notificacion es cierta, entonces la parte Chilena esta incumpliendo con ello)


¿Y cual sería la sanción?...jejeje,...mira, son simples juegos diplomáticos, a Chile le conviene que la cosa se transparente, se abra y que se involucren mas países y organizaciones internacionales, a Perú no le conviene que se sepa nada y que todo se mantenga oculto y tranquilito. Por lo demás, la reserva no es del proceso, sino del "objeto o contenido" del proceso y ojo, puede relevarse este secreto en la etapa oral, asi que yo no veo la tremenda falta de Chile si filtró la información de que se solicitó información y que defina su actitud a Ecuador y a la CPPS...suponiendo que la filtración fue desde acá...


Es cierto en gran parte, ahora es importante que el estado peruano muestre al mundo, lo poco serio que actua Chile, como pais que no respeta los procesos. Simple juego diplomatico.

Saludos.

JavierX


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Mensaje por JavierX »

¿Por qué interviene Ecuador en el diferendo ante La Haya?

Por: Cecilia Rosales Ferreyros

Los procesos en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) con sede en La Haya (Países Bajos) son netamente jurídicos y se rigen por el estatuto de la corte y su reglamento. El Comercio en base a esos documentos y en consulta con especialistas responde algunas preguntas claves en esta etapa del juicio denominada la fase escrita.

1 ¿Por qué la corte notificó a Ecuador?
El artículo 63 del estatuto de la corte la obliga a notificar a Ecuador en la medida que ese país suscribió los acuerdos que son materia de la controversia (Convenios de 1952 y de 1954). Es parte del procedimiento que ya se esperaba. No es un asunto de fondo.

El canciller José Antonio García Belaunde lo precisó de esta manera ayer por la mañana en RPP: “Esto es procesal, absolutamente procesal. La corte tiene que informar a quienes son parte de acuerdos a los que se hace referencia (y) los acuerdos de 1952 y 1954 están firmados por Ecuador. La corte no puede evitar hacer eso, como de hecho también ha procedido a informar a la Comisión del Pacífico Sur”.

Agregó que esta notificación “estaba dentro de los cálculos que nosotros habíamos previsto”.

2 ¿Se ha roto la reserva del proceso?
La reserva es inherente al proceso. Solo a partir de la etapa oral —actualmente el caso está en la fase escrita—se hacen públicos los documentos. Sin embargo, el canciller expresó ayer su malestar por la filtración de la información.

“Está muy mal que se filtren estas cosas. Hay una reserva del proceso y las cancillerías tienen que preservar que se cumpla con esa reserva”. Consideró que estas filtraciones no le hacen bien a un juicio “que está al más alto nivel”.

3 ¿Le conviene a Ecuador participar en el proceso?

Ecuador puede decidir participar o no participar. Si acepta, la corte consultará a las dos partes (el Perú y Chile) y a la luz de esas consultas la corte decidirá si Ecuador participa como Estado interviniente. No es automático.

Ecuador no tendría nada que ganar porque el Perú respeta el principio de delimitación marítima del paralelo según lo acordado en el artículo IV del acuerdo de 1952 ante la existencia de islas frente a las costas del Ecuador. (ver mapa).

No es que para el Perú se haya establecido un límite marítimo con Ecuador, sino que existe un criterio de delimitación acordado y respetado por los dos países. Es decir, no hay controversia. Con Chile sí existía una controversia porque, ante la inexistencia de un tratado de límites marítimos, el Perú le pide a la corte que delimite aplicando el criterio de equidad. Según Chile, ya existe un tratado de límites marítimos. El artículo IV del convenio de 1952 no se aplica entre el Perú y Chile ante la inexistencia de islas en la zona fronteriza.

Además si Ecuador decide participar el fallo es obligatorio, y si la corte resolviera que los acuerdos de 1952 y 1954 no son tratados de límites se vería obligado a negociar un tratado de límites con el Perú.

El Perú está reclamando la equidistancia en el caso de Chile, porque con ellos no hay un compromiso como el que existe con el Ecuador de respetar el paralelo según lo establecido en la Declaración de Santiago de Chile por la existencia de islas próximas a las costas.

El canciller José Antonio García Belaunde declaró que si Ecuador decide ser Estado interviniente su participación solo será un elemento más del proceso.

“Será uno de los elementos más que toma (la corte), pero tampoco es definitivo. Para algo hay esos dos documentos sustanciales que son la memoria y la réplica en el caso del Perú, y la contramemoria y la dúplica en el caso de Chile”.

4 ¿Se transformará en un juicio entre tres?
Es una decisión política importante para el Ecuador, pero no cambia la naturaleza del caso.

Sigue siendo un caso de delimitación marítima entre el Perú y Chile, no entre el Perú y Ecuador. No se transformará en un caso entre tres estados.

El Estado interviniente lo único que puede hacer es entregar su opinión por escrito. Luego en la fase oral puede también expresar su posición. La corte la tomará en cuenta en aquello que le preocupa respecto a los tratados que están siendo materia del juicio. La materia del juicio seguirá siendo el límite marítimo entre el Perú y Chile.

Ecuador podrá participar como país interviniente que no es lo mismo que participar en el proceso como Estado parte en el caso. Seguirá siendo una controversia entre el Perú y Chile, en la cual Ecuador hace una presentación y al hacerlo se atiene a las consecuencias del fallo de la corte.
5 ¿Hasta cuándo tiene tiempo Ecuador para contestar?
Tiene tiempo hasta antes del inicio de la fase oral del proceso. La corte ha fijado el 11 julio del 2011 como plazo final para que Chile presente su dúplica (primero el Perú presentó la memoria, luego Chile su contramemoria. El Perú presentará su réplica el 9 de noviembre del 2010 y Chile finalmente su dúplica en julio del 2011, lo que dará por finalizado la etapa escrita del proceso).

Después de eso la Corte fijará el inicio del juicio oral lo que podría ocurrir seis meses después.

El cálculo que se hace es que el juicio oral podría iniciarse en enero del 2012.

Ecuador puede desde que fue notificado hasta esa fecha responder a la corte si participará como Estado interviniente. No como Estado parte. Los estados parte son el Perú y Chile.


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Mensaje por badghost »

1 ¿Por qué la corte notificó a Ecuador?
El artículo 63 del estatuto de la corte la obliga a notificar a Ecuador en la medida que ese país suscribió los acuerdos que son materia de la controversia (Convenios de 1952 y de 1954). Es parte del procedimiento que ya se esperaba. No es un asunto de fondo.

El canciller José Antonio García Belaunde lo precisó de esta manera ayer por la mañana en RPP: “Esto es procesal, absolutamente procesal. La corte tiene que informar a quienes son parte de acuerdos a los que se hace referencia (y) los acuerdos de 1952 y 1954 están firmados por Ecuador. La corte no puede evitar hacer eso, como de hecho también ha procedido a informar a la Comisión del Pacífico Sur”.

Agregó que esta notificación “estaba dentro de los cálculos que nosotros habíamos previsto”.


¿Cómo va a ser "absolutamente procesal" el hecho de que Ecuador intervenga en el proceso?, es acaso ingenuidad de García Belaúnde, o simplemente trata de "bajarle el perfil" a un hecho tan importante...si 2 de 3 dicen que los Tratados de 1952 y 1954 son Tratados de Límites, ¿cómo no va a ser importante?...

Es procesal el hecho de la obligación de la notificación de la Corte, pero la respuesta o postura que asuma Ecuador no tienen nada de "absolutamente procesal" y puede ser eventualmente muy importante y hasta decisiva a mi juicio, si optan por apoyar a Chile.

2 ¿Se ha roto la reserva del proceso?
La reserva es inherente al proceso. Solo a partir de la etapa oral —actualmente el caso está en la fase escrita—se hacen públicos los documentos. Sin embargo, el canciller expresó ayer su malestar por la filtración de la información.


El mismo lo dice: "LOS DOCUMENTOS...", no las notificaciones ni los pasos del iter procesal...pura polémica y de la baratita...

3 ¿Le conviene a Ecuador participar en el proceso?
Ecuador puede decidir participar o no participar. Si acepta, la corte consultará a las dos partes (el Perú y Chile) y a la luz de esas consultas la corte decidirá si Ecuador participa como Estado interviniente. No es automático.


Consulta a los intervinientes, pero la Corte DECIDE, ojo!...y lo ha hecho otras veces. No se trata de que a Ecuador si decide participar "le afecte el fallo, pero no es parte" como trata de decir Torre Tagle, eso es enredar y falsear la información...

Además si Ecuador decide participar el fallo es obligatorio, y si la corte resolviera que los acuerdos de 1952 y 1954 no son tratados de límites se vería obligado a negociar un tratado de límites con el Perú.


¿Por qué se vería obligado a negociar?, ¿no es que había un criterio claro?...este es el escenario real, si Ecuador decide no intervenir y la Corte falla a favor de Perú, queda en una posición muy precaria el límite marítimo de Ecuador con Perú. Ecuador DEBE intervenir para cautelar su interés nacional...

El Perú está reclamando la equidistancia en el caso de Chile, porque con ellos no hay un compromiso como el que existe con el Ecuador de respetar el paralelo según lo establecido en la Declaración de Santiago de Chile por la existencia de islas próximas a las costas.


Falacia argumentativa que ha sido destruída cientos de veces en este mismo tópic...

El canciller José Antonio García Belaunde declaró que si Ecuador decide ser Estado interviniente su participación solo será un elemento más del proceso.

“Será uno de los elementos más que toma (la corte), pero tampoco es definitivo. Para algo hay esos dos documentos sustanciales que son la memoria y la réplica en el caso del Perú, y la contramemoria y la dúplica en el caso de Chile”.


Demagogia pura y dura. García Belaúnde sabe a ciencia cierta que si Ecuador se involucra activamente en el juicio, desde ese día, Perú está prácticamente perdido en La Haya.

4 ¿Se transformará en un juicio entre tres?
Es una decisión política importante para el Ecuador, pero no cambia la naturaleza del caso.

Sigue siendo un caso de delimitación marítima entre el Perú y Chile, no entre el Perú y Ecuador. No se transformará en un caso entre tres estados.

El Estado interviniente lo único que puede hacer es entregar su opinión por escrito. Luego en la fase oral puede también expresar su posición. La corte la tomará en cuenta en aquello que le preocupa respecto a los tratados que están siendo materia del juicio. La materia del juicio seguirá siendo el límite marítimo entre el Perú y Chile.

Ecuador podrá participar como país interviniente que no es lo mismo que participar en el proceso como Estado parte en el caso. Seguirá siendo una controversia entre el Perú y Chile, en la cual Ecuador hace una presentación y al hacerlo se atiene a las consecuencias del fallo de la corte.


La parte final deja en claro lo falaz de la argumentación: si Ecuador al intervenir "NO como parte", se debe atener a las consecuencias del juicio, ¿cómo pasa este efecto tan extraño?...no soy parte pero el juicio me afecta, ¿efecto absoluto de las sentencias judiciales?...por favor.

El tema es mas simple y depende del fallo que la Corte dicte en definitiva. Si el fallo de la Corte le da la razón a Perú y señala que los Tratados de 1952-54 no son Tratados de Límites, ¿cómo afecta esa resolución a la posición de Ecuador?...al revés, si la Corte le da la razón a Chile y dice por ejemplo que los Tratados de 1952-54 constituyen Tratados de Límites, ¿cómo afecta eso a Ecuador?...

En términos simples, si Chile gana, Ecuador gana y viceversa...ahora, Ecuador puede evaluar que aún absteniéndose de participar, Chile podría ganar. En esta postura, no se producirían roces innecesarios con Perú y su posición respecto a Perú se fortalecería enormemente, o tal vez, aprovechar la coyuntura a su favor y pactar un Tratado de Límites ventajoso para ellos, pero yo no creo que eso ocurra, Ecuador va a informar y va a señalar que los Tratados de 1952-54 son Tratados de Límites, otra cosa sería una irresponsabilidad y un riesgo que no se pueden permitir los ecuatorianos.

Por otro lado, Perú no va regalarle nada a Ecuador para lograr que ellos firmen un Tratado expreso de límites marítimos, primero, porque sería políticamente injustificable para cualquier gobernante peruano y segundo, porque Perú sabe que su posición en La Haya es muy débil, aún cuando logre que Ecuador firme un Tratado expreso de límites, tiene las mayores chances de perder en La Haya y, por lo tanto, ante esa eventualidad escasa de obtener, "no van a invertir en un muerto"...jejeje.

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Mensaje por comando_pachacutec »

Mmmm con lo poco que se de leyes, como E puede ratifcar que son tratados de limites cuando estos son convenios de pesca, que regulan la pesca para favorecer a los pescadores de la frontera y se firmaron como convenios de pesca?

Y como podria afectar, si es que el E decide decir algo, la imagen de Ch si es que se hace de conocimiento de la corte la venta de armas de Ch a E cuando este era garante de paz entre ambos paises?

Saludos


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Mensaje por Chuck »

comando_pachacutec escribió:Mmmm con lo poco que se de leyes, como E puede ratifcar que son tratados de limites cuando estos son convenios de pesca, que regulan la pesca para favorecer a los pescadores de la frontera y se firmaron como convenios de pesca?

Y como podria afectar, si es que el E decide decir algo, la imagen de Ch si es que se hace de conocimiento de la corte la venta de armas de Ch a E cuando este era garante de paz entre ambos paises?

Saludos

Comando, yo tampoco entiendo demasiado de leyes, pero por que un tratado "pesquero" puede considerarse como de limites con Ecuador, pero solo se considera pesquero con Chile? Porque el mismo Alan dijo que "no hay pendientes con Ecuador"... solo pque hay islitas de por medio?

Raro el cambio de significado que toma el instrumento pesquero... con la inclusión de dichas islas. A sola conveniencia del Perú. Como ya te dijeron, Ecuador tiene la opción de decir "son tratados pesqueros" o "son tratados de límites". Lo primero es un suicidio fronterizo, quedando a merced de la "buena voluntad" del Perú que dice que no hay pendientes... la otra opción da la razón a Chile en lo que se refiere al elemento mismo del "tratado pesquero" usado para definir limites maritimos.

La verdad, Ecuador puede ser una pieza clave en este juicio.

Saludos.


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Mensaje por JavierX »

Inclusión de Ecuador no favorece a Chile

Destacados diplomáticos e internacionalistas consideran que eventual intervención de Ecuador en el diferendo marítimo Perú-Chile no le sería favorable, porque corre el riesgo de perder el statu quo donde se deja en claro que no tiene problema de delimitación con Perú. Descartan que implique una ventaja para Chile en el proceso que se sigue ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

Duda razonable
El internacionalista Miguel Ángel Rodríguez Mackay manifestó sus dudas de que Ecuador decida participar en el proceso porque estaría poniendo en el tapete la lectura histórica aceptada hasta ahora por ambos países, la cual deja en claro que Perú y Ecuador no tienen problema de límites.
“Yo pregunto si Ecuador realmente estaría en condiciones de asumir la regla internacional, de que para Ecuador también sería vinculante el fallo”, señaló en diálogo con EXPRESO.
Explicó que en la delimitación entre Perú y Ecuador, establecida en el inciso 2 de la Declaración de Santiago, el método de delimitación por el paralelo le da dominio sobre las islas que están en la frontera.
“Si participa en el proceso, Ecuador se convertiría en una parte y le sería obligatorio el fallo final de la Corte. Es lo que denomino la teoría del riesgo”, aseveró.
La eventual inclusión de Ecuador en el proceso tampoco significaría una desventaja para el Perú en el proceso –afirmó el experto– tras señalar que los fallos de la Corte de La Haya no se dan en función de la cantidad de países que se sumen a una determinada posición, sino de la calidad de los argumentos de las partes.

Bumerang para Chile
Aunque reconoció que es un tema que causa cierta preocupación, el ex canciller Luis Solari señaló que se resiste a creer en una eventual participación de Ecuador en el litigio Perú-Ecuador porque de hacerlo sería un “bumerang” para Chile.
Sostuvo que en ese caso la defensa peruana podría rebatir esa posición haciendo ver a la Corte que lo que hace Ecuador es devolverle el favor a Chile por la venta de armas durante el conflicto del Cenepa cuando tenía que mantenerse neutral.
“Eso descalifica la posición ecuatoriana porque es interesada, es una retribución de un favor que recibieron en algún momento”,
dijo.

Objetivo: que ecuador fije una posición
El jurista José Antonio Saavedra Calderón, ex agregado en asuntos legales y jurisdiccionales de la Embajada de Perú en La Haya, precisó que el objetivo de la notificación que se le ha hecho llegar a Ecuador es que fije una posición jurídica en la medida en que considere que hay una posibilidad o riesgo contra su soberanía, y en ese sentido declararse legítimamente interesados en el caso.
Mencionó que una vez trasmitida esa comunicación, la Corte recién decide si procede o no su participación como tercero en el proceso.

Vilma Ayala Rojas


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Mensaje por badghost »

Destacados diplomáticos e internacionalistas consideran que eventual intervención de Ecuador en el diferendo marítimo Perú-Chile no le sería favorable, porque corre el riesgo de perder el statu quo donde se deja en claro que no tiene problema de delimitación con Perú. Descartan que implique una ventaja para Chile en el proceso que se sigue ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.


¿Pierde el status quo?...jajaja, ¿que es eso?. Se supone que el "status quo" significa que los Tratados de 1952-54 fijan un criterio delimitatorio claro, por lo tanto, si Ecuador dice en La Haya que son Tratados de límites, ¿por qué perderían lo que ya tienen?...simplemente esta declaración es una amenaza velada del Perú y bastante poco original.

El internacionalista Miguel Ángel Rodríguez Mackay manifestó sus dudas de que Ecuador decida participar en el proceso porque estaría poniendo en el tapete la lectura histórica aceptada hasta ahora por ambos países, la cual deja en claro que Perú y Ecuador no tienen problema de límites.


Pero entonces ¿cual es el problema?, si Ecuador en la eventualidad de que concurra al llamamiento que le hace la Corte de La Haya, va a decir que "NO TENEMOS PROBLEMAS LIMÍTROFES CON PERÚ".

Realmente extraña la posición del señor que escribe, o sea, Ecuador no tiene problemas de límites con Perú, pero si lo dice en La Haya, es malo...

“Yo pregunto si Ecuador realmente estaría en condiciones de asumir la regla internacional, de que para Ecuador también sería vinculante el fallo”, señaló en diálogo con EXPRESO.
Explicó que en la delimitación entre Perú y Ecuador, establecida en el inciso 2 de la Declaración de Santiago, el método de delimitación por el paralelo le da dominio sobre las islas que están en la frontera.
“Si participa en el proceso, Ecuador se convertiría en una parte y le sería obligatorio el fallo final de la Corte. Es lo que denomino la teoría del riesgo”, aseveró.


Ahí está la amenaza velada de nuevo...es mas o menos equivalente a decir: "si Ecuador concurre a La Haya y apoya la posición chilena, que después no se queje si pierden, porque no vamos a reconocer el límite marítimo actual...", o sea que el "status quo" y el criterio delimitatorio de las islas, le da lo mismo al Perú...super serio de su parte.

La eventual inclusión de Ecuador en el proceso tampoco significaría una desventaja para el Perú en el proceso –afirmó el experto– tras señalar que los fallos de la Corte de La Haya no se dan en función de la cantidad de países que se sumen a una determinada posición, sino de la calidad de los argumentos de las partes.


Primera cosa razonable que dice este señor, ¿no será pariente del otro Rodriguez que hablaba tanta divina tontera...?. Si, de acuerdo en principio, pero tampoco es "nada" que el Ecuador entregue su interpretación auténtica, en su calidad de tercer miembro de los Tratados de 1952-54, al revés, diría que es MUY importante....

Bumerang para Chile
Aunque reconoció que es un tema que causa cierta preocupación, el ex canciller Luis Solari señaló que se resiste a creer en una eventual participación de Ecuador en el litigio Perú-Ecuador porque de hacerlo sería un “bumerang” para Chile.
Sostuvo que en ese caso la defensa peruana podría rebatir esa posición haciendo ver a la Corte que lo que hace Ecuador es devolverle el favor a Chile por la venta de armas durante el conflicto del Cenepa cuando tenía que mantenerse neutral.
“Eso descalifica la posición ecuatoriana porque es interesada, es una retribución de un favor que recibieron en algún momento”, dijo.


Esto es simplemente patético...¿realmente son capaces de plantearse ante La Corte de La Haya con ese tipo de "argumentos"?...por si no se acuerdan, se trata de un Tribunal de Derecho Internacional del mas alto nivel en el mundo, ¿y creen que la Corte será permeable a esos alegatos mas propios de "chimuchina barriobajera"?...

Un par de preguntas atingentes serían: ¿la venta de armas fue en que año?, ¿cual fue la posición jurídica de Ecuador acerca de los Tratados en 1952 o antes incluso?...¿cual fue la posición de Ecuador después de 1954 y hasta antes de 1995?...CRITICAL DATES!!!, recuerden señores...

Objetivo: que ecuador fije una posición
El jurista José Antonio Saavedra Calderón, ex agregado en asuntos legales y jurisdiccionales de la Embajada de Perú en La Haya, precisó que el objetivo de la notificación que se le ha hecho llegar a Ecuador es que fije una posición jurídica en la medida en que considere que hay una posibilidad o riesgo contra su soberanía, y en ese sentido declararse legítimamente interesados en el caso.
Mencionó que una vez trasmitida esa comunicación, la Corte recién decide si procede o no su participación como tercero en el proceso.


Este parece que sabe de lo que habla...

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Mensaje por __DiaMoND__ »

pero que hablamos Ecuador esta dentro en todos las situaciones

como es esto posible dado que firmo un convenio con Perú y Chile

documento clave en el litigio que la corte deberá interpretar para dar solución al problema.

y la solución que de la interpretación de dicho convenio es vinculante para los firmantes del mismo.

no solo para 2 de las 3 partes.

entonces la corte le da la posibilidad a la 3ª parte de defenderse oficialmente o bien no hacerlo y asumir las consecuencias pero dejándola claramente advertida.


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Mensaje por The Doors »

Sobre el tema de limites maritimos, que la Haya a llamado a consultas a Ecuador y lo del cenepa, no son vinculantes, aquí se nota claramente la improvisación e ingenuidad de la diplomacia peruana. Como dirían algunos: "Se van por las ramas"
Ecuador debe actuar unica y exclusivamente apegado a sus interes nacionales, y lamentablemente para la diplomacia P, para nada comulgan con la tesis peruana.


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Mensaje por comando_pachacutec »

hola Chuck

Comando, yo tampoco entiendo demasiado de leyes, pero por que un tratado "pesquero" puede considerarse como de limites con Ecuador, pero solo se considera pesquero con Chile? Porque el mismo Alan dijo que "no hay pendientes con Ecuador"... solo pque hay islitas de por medio?


es un solo convenio de pesca, inclusive la cancilleria propuso tomar el tratado de pesca (en lo que respecta con E) y plasmarlo en un tratado de limites.

la otra opción da la razón a Chile en lo que se refiere al elemento mismo del "tratado pesquero" usado para definir limites maritimos.


No define limites maritimos.

Saludos compa


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Mensaje por comando_pachacutec »

The Doors escribió:Sobre el tema de limites maritimos, que la Haya a llamado a consultas a Ecuador y lo del cenepa, no son vinculantes, aquí se nota claramente la improvisación e ingenuidad de la diplomacia peruana. Como dirían algunos: "Se van por las ramas"
Ecuador debe actuar unica y exclusivamente apegado a sus interes nacionales, y lamentablemente para la diplomacia P, para nada comulgan con la tesis peruana.


No se si sera vinculante, simplemente es una muestra de como toma Ch los compromisos firmados.

cual es el "interes nacional" del E si dice que con Pe no hay problema? y lo mismo me dice Pe...

Mejor pon las fotos de los SU22 con alas delta...

Saludos


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Mensaje por Chuck »

comando_pachacutec escribió:
la otra opción da la razón a Chile en lo que se refiere al elemento mismo del "tratado pesquero" usado para definir limites maritimos.


No define limites maritimos.


Hola Comando,

pero es exactamente lo que usa Pe-Ec para definir sus limites maritimos, dado que no hay ningun pendiente entre ambos países!

Si no los definiera, tendrían pendientes.

Yo lo veo como una dualidad que Perú trata de usar a su conveniencia, basados en la existencia de islas o no. Pero es el mismo instrumento, que por un lado permite que no hayan problemas limitrofes, mientras por el otro si.

No te suena raro?

Saludos.


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Mensaje por comando_pachacutec »

No, no me suena raro, me suena mal planteado. No hay ningun doc firmado entre Pe y E que delimiten la frontera marina, y ambos toman la del convenio de pesca como la linea de frontera, por eso la cancilleria del Pe planteo plasmarlo en un Tratado de Limites, solo que la epoca no se presta.

Por eso se habla (mal desde mi punto de vista) de la frontera con E cuando se pregunta sobre este. Pero no existe un tratado como tal. Porque se trae esto a colacion, porque en caso de firmarse un tratado ambos estan dea cuerdo con la linea que usa el acuerdo de pesca para la frontera marina.

Con Ch es diferente, y como no hay un tratado de limites marinos se va a la caorte de la Haya... Inclusive este acuerdo toma como punto de partida un hito en tierra que corta el territorio peruano y entramos en la discucion de que un acuerdo de Pesca vulnera un Tratado de limites terrestres.

Saludos


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Chuck
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Chile

Mensaje por Chuck »

comando_pachacutec escribió:porque en caso de firmarse un tratado ambos estan dea cuerdo con la linea que usa el acuerdo de pesca para la frontera marina.

Jeje, claro, pero ese acuerdo es "de palabra", no?

Que obliga a Perú, en un escenario en que gana en la Haya, demostrando que el acuerdo pesquero no es de límites (e involucrando directamente a Ecuador por ser signatario del mismo), repito, que obliga a Perú en ese escenario a no revisar los limites con Ecuador?

Su gran amistad? Oseaaaa, la amistad y los buenos deseos son una cosa, pero en temas territoriales y de soberania cambia la cosa.

Ecuador solo podría estar realmente y 100% seguro que su frontera no será modificada si Chile vence en la Haya, ratificando doblemente los limites maritimos de Chile y Ecuador. En caso contrario, tendrá un panorama incierto, ya se ha planteado que Ec no firmará un tratado de limites con Perú previo a la resolucion de la Haya.

Que harias tu si fueses el presi ecuatoriano? Tratarias de asegurarte 100% o confiarias en un vecino con quien ya has tenido roces en el pasado?

Creo que la politica exterior de los países debe basarse en hechos concretos, mucho mas si la soberania nacional puede verse afectada.

Saludos.


[quote=JRIVERA Te doy la razón en cuanto a que nunca he trabajado

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