GMSA escribió:Duda: ¿¨Por qué salió al baile el "triángulo exterior"?. No se supone que esas son aguas internacionales por que están a más de 200 millas de la costa chilena (y peruana). ¿Si la corte se las adjudica a Perú protestarán otros países? (1).
(1) A Chile sólo lo afectaría si en el futuro se amplía la ZEE a más de 200 millas. Cosa que veo dudosa por que los paises desarrollados, que acostumbran a pescar en esa zona, de seguro se opondrían.
PS: ¿Cómo vamos? ¿Colocamos a secar la pólvora y comenzamos a afilar los corvos o esperamos?... (para los "termocéfalos": es broma, por si acaso).
El triángulo en la actualidad es alta mar...Perú lo solicita de una forma muy desprolija : el trángulo...donde termina la frontera. En serio...no es chiste...ni una solicitud en subsidio de.
Déjame ampliar el panorama en mi visión GMSA
Una de las razones de los tiritones de Pera de Wagner fué por algo muy claro....si Perú no logra probar que el Tratado del 52..."no es un tratado"..."y que el paralelo aplica única y solamente para islas"....QUEDA CONDENADO A QUE SE LE APLIQUEN LAS NORMAS DEL TRATADO Y NO LAS NORMAS CONSUETUDINARIAS.
Esa era la insistencia de Wagner en su presentación....que Perú pese a no firmar la Convemar eso o lo otros....."dominio marítimo peruano" vs "normas de la Convemar"....mejor dicho "dominio marítimo peruano vs. Declaración de Santiago".
Ahora, si se aplica la Declaración de Santiago, o la Corte establece que pese a no ser un tratado expreso, específico y expreso (como no lo son las notas reversales)...o aún si dijese que son todos y absolutamente denunciables, pisoteábles y escupibles....si la Corte indica que pese a todo lo anterior....SI SE CONCLUYÓ UN ACUERDO DE FRONTERA EN SU CONTENIDO....listo, las normas de la Declaración aplica otra vez.
Triángulo exterior: En ese sentido hay un acuerdo expreso en 1952 relativo a la extensión de las 200 millas...deberá seguir siéndo por el paralelo. También el triángulo exterior...es alta mar...lo que un Estado solicita para sí...se lo quita a la comunidad internacional. Y claro la preocupación de Wagner...si es "dominio marítimo peruano" vs "Convemar"...la Corte estaría otorgándo a Perú algo que conversábamos hace un par de años...le extendería su "dominio marítimo" y no una ZEE y plataforma reconocida en esa convención.
Hay temas que son más discutibles...pero hoy quedará asentado que 1952 es un tratado y que el tema de las islas...no es tema, de hecho era tan débil de defensa peruana del punto...que editaron las Actas....y llegaron a decir que e 1954...en realidad no era claro que delegado inicio el punto en que el delegado peruano termina reconociendo que el acuerdo de fronteras se había perfeccionado en 1952...SIN ISLAS.
Saludos
Des