Límites Marítimos Chile - Peru (archivo)

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
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Mensaje por Desinforumest »

CHONIX escribió:
Te ofreces a analizar...¿Entonces por qué Perú eligió el paralelo?


El Peru no eligio el paralelo, nadie le dio la opcion de escoger. Un pais establecio el paralelo, incluso antes de 1952, y lamentablemente el otro lo acogio pero como algo referencial y no establecido legalmente.


Perdón, eso lo puse yo.

Según lo que expones ¿se debe entender como que Perú acutó bajo amenaza del uso de la fuerza?...¿o que simplemente tomó las sobras de lo que quedaba por escoger?

Perú es un país soberano, podría haber escogido lo que quisiera, o por último haberse opuesto. Y sin embargo la Declaración peruana de 1947, hace expresa mención a la Declaración chilena y ambos coididen en el paralelo como fórmula delimitatoria.

¿Yo no he escuchado ningún motivo, razón, circunstancia o causa que haya llevado a Perú a modificar un límite adyacente...¿tu dices que Perú está en su derecho de modificar por qué la Declaración del 47 establece límites transitorios...entonces, cuáles son las causas para que Perú quiera ahora esa modificación?...para Bákula eran razones de seguridad.

A mí la entrevista Bákula - Del Valle deja de relieve que Perú entiende que el límite adyacente está vigente a 1986 e inicia donde la frontera terrestre toca el mar...y que cualquier modificación debe ser realizada de común acuerdo y que aún cuando Bákula pretenda limitarla a asuntos pesqueros, no puede evitar lo obvio que resulta que las zonas marítimas de cada país son un todo, que la CPPS indique que su creación emana de las Declaraciones Unilaterales de Zona Marítima, que existe una doctrina latinoaméricana en cuánto a la fijación de limites por intermedio de declaraciones unilaterales...y que por tanto es demasiado forzado hacer creer que las zonas marítimas en el Pacífico Sudeste nunca estuvieron delimitada y que además, eso significa que existen áreas físicas de aplicación de todos los acuerdos firmados son desconocidas...eso último es demasiado. El Tratado de 1952 no es otra cosa que la positivización colectiva de las Declaraciones Unilaterales.

Chonix...Chile, Ecuador, Colombia interpretan en un sólo sentido...el límite marítimo entre países adyacentes es el paralelo que inicia en el punto dende la frontera terrestre toca el mar.

Hasta el día de hoy.

Saludos

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GRUMO
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Mensaje por GRUMO »

Estimados amigos de ambos lados de la frontera

Todos sus argumentos tiene absoluta razón

Pero el quid del asunto, desde el cual deben partir todas las interpretaciones es "¿Existe o no existe un TRatado de Limites Marítimos entre Perú y Chile?"..No lo que haga sus veces, no lo que pueda interpretarse en tal o cual sentido conforme la Convención de Viena, sino este específico y determinado Intsrumento Jurídico Internacional.

Ahoram lo que pase entre Perú y Ecuador , es otro problema de igual importancia, aunque las cosas difieren mucho por la situación de islas en el litoral.

Saludos cordiales

Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Pathfinder
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Mensaje por Pathfinder »

CHONIX escribió:El Peru no eligio el paralelo, nadie le dio la opcion de escoger. Un pais establecio el paralelo, incluso antes de 1952, y lamentablemente el otro lo acogio pero como algo referencial y no establecido legalmente.


Negativa, mi estimado, fueron los propios peruanos:

Decreto Supremo Nº 781 (1947)
3.- Como consecuencia de las declaraciones anteriores, el Estado se reserva el derecho de establecer la demarcación de las zonas de control y protección de las riquezas nacionales en los mares continentales e insulares que quedan bajo el control del Gobierno del Perú, y de modificar dicha demarcación de acuerdo con las circunstancias sobrevinientes por razón de los nuevos descubrimientos, estudios e intereses nacionales que fueren advertidos en el futuro; y, desde luego, declara que ejercerá dicho control y protección sobre el mar adyacente a las costas del territorio peruano en una zona comprendida entre esas costas y una línea imaginaria paralela a ellas y trazada sobre el mar a una distancia de doscientas millas marinas, medida siguiendo la línea de los paralelos geográficos. Respecto de las islas nacionales esta demarcación se trazará señalándose una zona de mar contigua a las costas de dichas islas, hasta una distancia de doscientas millas marinas medidas desde cada uno de los puntos del contorno de ellas


Clarito, 200 millas medidas paralelas a la costa, siguiendo la línea de los paralelos, nada de paralelas matemáticas ni demases...clarito como el agua, las 200 millas se miden siguiendo los paralelos, luego, no puede haber bisectriz. Que luego lo cambiaron con la ley de lineas de base para crear el conflicto e ir a La Haya, ya es cuento aparte.



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Mensaje por Desinforumest »

GRUMO escribió:Estimados amigos de ambos lados de la frontera

Todos sus argumentos tiene absoluta razón

Pero el quid del asunto, desde el cual deben partir todas las interpretaciones es "¿Existe o no existe un TRatado de Limites Marítimos entre Perú y Chile?"..No lo que haga sus veces, no lo que pueda interpretarse en tal o cual sentido conforme la Convención de Viena, sino este específico y determinado Intsrumento Jurídico Internacional.

Ahoram lo que pase entre Perú y Ecuador , es otro problema de igual importancia, aunque las cosas difieren mucho por la situación de islas en el litoral.

Saludos cordiales

Grumo


Pero Grumo, la Corte como en otros casos no se vá a detener en la premisa peruana de: Existe tratado expreso...diga sí o no....ya se ha visto que el establecimiento de fronteras por una o ambas partes en muy relevante en sus decisiones.

Por otra parte y como indicas, también tendrán incidencia las interpretaciones y en esa perspectiva hay que agregar TODAS las interpretaciones...Chile, Perú, Ecuador, Colombia y CPPS....no sólo la de las partes directamente involucradas.

De la situación de Ecuador y el caso de islas, vá a estar sujeta a las mismas interpretaciónes y por las mismas entidades.

Pero aún hay un asunto que subyace y que hace ruido de fondo en la posición peruana...¿Por qué Perú y Chile escogen el paralelo el 47?...¿por qué si no estaba vigente el Tratado de 1952....el 54 se vuelve a elegir el paralelo?...¿por qué se estaban produciendo entre el 47 y el 54 violaciones a una frontera marítima por el paralelo por parte de pescadores artesanales?...¿por qué fué necesario acordar un sistema de sanciones reconociéndose mutuamente jurisdicción de tribunales nacionales?...¿por que se siguieron produciéndo esas violaciones hasta el 67, año en que ratifica Chile el Tratado del 54?....algo no cuadra.

En el intertanto seguiré analizando la zona geográfica y práctica en la aplicación de normas internas chilenas contenidas en los protocolos Frei-Fujimori de 1999 e integradas al tratado de 1929.

Saludos

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Arpia
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Mensaje por Arpia »

Desinforumest escribió:Pero Grumo, la Corte como en otros casos no se va a detener en la premisa peruana de: Existe tratado expreso...diga sí o no....ya se ha visto que el establecimiento de fronteras por una o ambas partes en muy relevante en sus decisiones.

Por otra parte y como indicas, también tendrán incidencia las interpretaciones y en esa perspectiva hay que agregar TODAS las interpretaciones...Chile, Perú, Ecuador, Colombia y CPPS....no sólo la de las partes directamente involucradas.

De la situación de Ecuador y el caso de islas, va a estar sujeta a las mismas interpretaciones y por las mismas entidades.

Hola a todos.

Han pasado casi 3 meses desde que tuve que dejar este debate y me sorprende seguir leyendo las mismas interpretaciones que ya fueron ampliamente rebatidas y desmontadas hace muchas páginas atrás.

Ecuador, COLOMBIA y no se olviden de Bolivia, que tienen que ver en este asunto???? Respuesta ABSOLUTAMENTE NADA. Pintan algo en este problema BILATERAL entre el Perú y Chile??? No. Querer convertir un problema entre 2 partes en uno MULTIRATERAL, es solo parte de la estrategia del gobierno de la Sra. Bachelet, que solo caben en sus más preciados sueños y que solo reflejan la orfandad de sus argumentos al no bastarse con los propios para defender su posición sino que tienen que recurrir a terceros para que los ayuden a defender lo indefendible.

Colombia ha pedido una copia de la demanda solo porque le interesa una sola cosa: LA JURISPRUDENCIA que el caso Peruano-Chile siente con su sentencia ya que ellos tienen un caso abierto en la CIJ de la Haya con Nicaragua y que tiene para más tiempo que el problema entre Perú y Chile por la complejidad del mismo. A Colombia no le va a afectar en lo más mínimo lo que suceda con la sentencia entre el Perú y Chile ya que para efectos de su frontera marítima con Ecuador esta fue definida tomando el artículo 4 de la Declaración de Santiago de 1952, solo para el caso de existencia de islas. Mismo caso pasa con la frontera marítima entre Ecuador y Perú. Con relación a Ecuador ellos mismo ya dijeron que si los llaman a declarar ante la corte, en ese momento ellos EVALUARAN si van o no ante la CIJ de la Haya. Claro ellos van a evaluar si les conviene o no ir y pelearse con el Perú, ya que, ellos saben muy bien, que si la corte declara, como sin dudas lo va a hacer, que los acuerdos de 1952 y 1954 no son tratados de límites, ellos se verán en la imperiosa necesidad de firmar un VERDADERO tratado de límites marítimos con el Perú y en ese caso obviamente LE CONVIENE al Ecuador tomar una actitud CAUTA en vez de incomodar mucho a aquel con el cual tendrá que conversar para firmar dicho futuro tratado de límites marítimos. La posición cauta e inteligente del gobierno ecuatoriano ya quedo demostrada cuando el canciller ecuatoriano salió a aclarar la posición de su país, de cuidar solo los interés del Ecuador y NO los de Chile, dejando en el más COMPLETO RIDICULO INTERNACIONAL al canciller Chileno Fernández y a la Cancillería chilena en Pleno, gracias a la prensa Chilena.

El PATETICO, triste, vergonzoso y LIMOSNERO papel que está desempeñando Bolivia no merece ni comentarse. El gobierno boliviano olvida quienes le ARREBATARON su mar territorial y quienes, sin tener por que hacerlo, los defendieron. Bolivia siempre fue un mal negocio para el Perú. Solo diremos que si Chile realmente le hubiese querido dar una salida al mar a Bolivia, hace muchísimos años se la hubiese dado por territorios que antes fueron bolivianos. Ósea eso de que les van a dar una salida soberana a Bolivia JUSTO AHORA por Arica, es una mentira inmensa y no pasa de ser una maniobra mediática.

Finalmente, en el caso de las islas y esa supuesta ‘’interpretación’’, pues es algo que existe solo y exclusivamente en los que defienden la posición chilena. En ese punto, tanto como en el del final de la frontera terrestre, la corte rapidito no más le va a decir a Chile: No pues hijito aquí dice claramente ‘’EN CASO DE TERRITORIO INSULAR’’, por lo que se aplica solo ante la presencia de islas, ósea no puedes pretender que si se está poniendo expresamente ese condicional, el articulo también aplique a territorio CONTINENTAL. Y para el caso del punto final de la frontera terrestre, aquí ya se demostró AMPLIAMENTE con documentos y hasta el cansancio donde finaliza la frontera terrestre, ósea en el Punto CONCORDIA y no a 182.3 metros tierra adentro en el Hito uno. Para cualquier duda por favor preguntarle al estimado forista chileno Pathfinder quien tiene claro el panorama en este punto.

La CIJ va a leer los convenios y va a ir a la UNICA fuente de interpretación autentica de los tratados, ósea las actas preparatorias y es allí donde le va a quedar clarísimo que el articulo 4 solo se aplica para el caso de presencia de islas, que NO EXISTEN entre el Perú y Chile por ende ese artículo no aplica para definir la futura frontera marítima entre ambos países

Desinforumest escribió:Pero aún hay un asunto que subyace y que hace ruido de fondo en la posición peruana...¿Por qué Perú y Chile escogen el paralelo el 47?...

A mí me parece que los ruidos que escuchas, son los que hacen las bases de la posición chilena que están a punto de quebrarse, ya que no soportan análisis jurídico alguno.

Es ciento que en 1947 se emitió el TRANSITORIO y ya DEROGADO D.S. Nº 781 del 1 de agosto de 1947. Sin embargo lo que convenientemente OMITES es que ese decreto, al igual que el decreto chileno, FUE TRANSITORIO y estuvo vigente SOLO hasta el 12 DE MARZO DE 1952, es decir 5 meses antes de siquiera empezar las negociaciones de la Declaración de Santiago de 1952. Esto ya se discutió y se demostró ampliamente sendas páginas hacia atrás. Por favor leerlas. También ya se demostró hasta el cansancio que ese D.S. fue REEMPLAZADO en todo sus alcances por un instrumento de mayor jerarquía jurídica, es decir por la Ley del Petróleo del Perú del 12 de Marzo de 1952, UNICO instrumento legal, que se tomo como base para negociar la Declaración de 1952, y en el que el Perú declara ante el mundo su derecho a tener como mínimo 200 millas mar adentro, proyectados en cada uno de los puntos de su costa, lo que implicaba un solapamiento con la proyección chilena.

Ósea eso de que el Perú ha reconocido el paralelo como frontera marítima con Chile, es otra de las tantas FALSEDADES que esgrime Chile en su desespero por no tener mayor sustento su posición.

Ahora sería conveniente entonces que nos expliques porque si el Perú ya le había reconocido el paralelo como frontera marítima, Chile le reconoce al Perú su derecho a tener 200 millas en cada uno de los puntos de su costa, ósea reconoce el solapamiento de las proyecciones marítimas de ambos países, con la redacción que hace CHILE del artículo 3 de la declaración de Santiago que luego se convierte en el articulo 4???? Esto está contenido en las actas preparatorias cuya copia la puedes obtener en la cancillería de tu país. Ósea el gobierno chileno estaba loco en 1952, por un lado, y solo según USTEDES, el Perú reconoce el paralelo como frontera entre ambos países y en las negociaciones de la Declaración de Santiago el propio gobierno chileno DESCONOCE el paralelo como frontera marítima entre el Perú y Chile y le reconoce su derecho , al Perú, de tener 200 millas a lo largo de la ‘’ORLA de sus costas’’??? Como es eso???? Me lo podrías explicar????

Entonces son las famelicas vigas que soportan la posición chilena las que están haciendo muchísimo ruido de quebrarse hace ya bastante rato.

Desinforumest escribió:¿por qué si no estaba vigente el Tratado de 1952....el 54 se vuelve a elegir el paralelo?...

Eso no es correcto. Nunca el Perú eligió ni muchos determino el paralelo como frontera marítima con Chile.

El hecho es simple: NO EXISTE tratado de límites marítimos alguno entre el Perú y Chile, por lo tanto al no existir y al no estar de acuerdo los 2 países en cuál es su frontera marítima común, la corte definirá la frontera marítima, que se hará de acuerdo a la jurisprudencia de la misma vía la línea Equidistante.

Desinforumest escribió:¿por qué se estaban produciendo entre el 47 y el 54 violaciones a una frontera marítima por el paralelo por parte de pescadores artesanales?...

Eso es falso. Por favor evidencia lo que acabas de afirmar con la documentación respectiva.

Antes de 1952 lo que existió entre nuestros países era una frontera ZONA sin soberanía de ninguna de las 2 partes. Era una zona de soberanía compartida. Esto era lógico ya que en esos años el dominio marítimo de los países no era mayor a 3 millas mar adentro, es decir a lo que alcanzaba el disparo de un cañón y Tacna y Arica eran, como hoy, ciudades que tenían y tienen una simbiosis muy particular y estrecha relación, por lo que los pescadores chilenos pescaban frente a las costas peruanas y viceversa.

Entonces eso de que existieron violaciones de alguno de los 2 lados es incorrecto, ya que no existía como hoy LIMITE MARITIMO ALGUNO.

Es recién a partir de 1952 en donde las cosas empiezan a cambiar ‘’OFICIALMENTE’’.

Desinforumest escribió:¿por qué fue necesario acordar un sistema de sanciones reconociéndose mutuamente jurisdicción de tribunales nacionales?...

Acordaron un sistema de sanciones????? Lo que se acordó fue exactamente lo contrario, es decir el acuerdo fue de EXENCION DE SANCIONES para pescadores artesanales.

Las cosas cambian a partir de 1952, en donde ya no eran 3 millas sino como mínimo 200 millas, lo cual si ameritaba una delimitación formal, vía un tratado o un acuerdo como sabiamente el Perú y Ecuador acordaron vía el artículo 4 de la declaración de Santiago. Entonces que paso??? Simple, Chile decide a rajatabla definir su frontera con el Perú UNILATERALMENTE por el paralelo a partir de de los años 80 y es en el año 2000 con el provocativo incidente de la caseta de la marina chilena en donde recién oficialmente Chile declara ante el mundo su descabellada teoría de que la frontera entre ambos países es el paralelo 18°21’00’’ esgrimiendo famélico y raquítico tinglado legal que todos HOY conocemos.

Desinforumest escribió:¿por qué se siguieron produciendo esas violaciones hasta el 67, año en que ratifica Chile el Tratado del 54?....algo no cuadra.

Bueno eso se lo debes preguntar al gobierno chileno, porque no respeta lo que firma. Si un barco de pesca está en la zona de exención de sanciones, este NO debe ser detenido, entonces lo que no cuadra es por que Chile no respeta lo que firma.

Ahora el hecho de definir esa zona de exención de sanciones DEFINE la frontera entre ambos países???? No pues. Lo único que define la frontera entre países son los TRATADOS de LÍMITES. Ningún otro instrumento pueden definir las fronteras entre los países.

Lo que Chile no entiende es que las fronteras no se definen como consecuencia de lo que una u otra parte entiendan de manera UNILATERAL lo que es la frontera común. Son los tratados de limites los que definen las fronteras entre los países, claro si es que no hay mutuo acuerdo y entendimiento entre las partes.

Las conclusiones apresuradas derivados de documentos que nada tienen que ver con la definición de frontera marítima o terrestre alguna, no definen nada, ni tienen peso ante la CIJ de la Haya para ser tomada en cuenta para definir frontera marítima o terrestre entre países.

Sería bueno, ya que hablan de lo que va hacer la corte o lo que hace la corte, que nos muestren UN SOLO fallo en donde la jurisprudencia de la CIJ determine el paralelo como frontera marítima entre países con costas CONCAVAS como es el caso de Perú y Chile, es decir dándole la razón a la tesis chilena. Quedamos a la espera.

Saludos cordiales; :mrgreen: :mrgreen: :cool: :cool:

Arpía


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Mensaje por Desinforumest »

Arpia escribió:Ecuador, COLOMBIA y no se olviden de Bolivia, que tienen que ver en este asunto???? Respuesta ABSOLUTAMENTE NADA. Pintan algo en este problema BILATERAL entre el Perú y Chile??? No. Querer convertir un problema entre 2 partes en uno MULTIRATERAL, es solo parte de la estrategia del gobierno de la Sra. Bachelet, que solo caben en sus más preciados sueños y que solo reflejan la orfandad de sus argumentos al no bastarse con los propios para defender su posición sino que tienen que recurrir a terceros para que los ayuden a defender lo indefendible.


Yo veo que a Perú el asunto simplemente se le escapó de las manos. De defender lo indefendible, lo decidirá la corte. Es Perú quien manifiesta sostener una interpretación diferente a la de las demás partes en un tratado multilateral como lo es el de 1952. La simple intención de querer mantener el asunto en el plano bilateral no quita un ápice la preocupación que pueden manifestar los otros Estados parte.

Colombia ha pedido una copia de la demanda solo porque le interesa una sola cosa: LA JURISPRUDENCIA que el caso Peruano-Chile siente con su sentencia ya que ellos tienen un caso abierto en la CIJ de la Haya con Nicaragua y que tiene para más tiempo que el problema entre Perú y Chile por la complejidad del mismo.


Colombia tiene su interpretación respecto del Tratado del 52, y aunque diga que solicita la presentación peruana para "temas académicos", hay que saber leer el trasfondo real, Colombia es parte del Tratado del 52.

A Colombia no le va a afectar en lo más mínimo lo que suceda con la sentencia entre el Perú y Chile ya que para efectos de su frontera marítima con Ecuador esta fue definida tomando el artículo 4 de la Declaración de Santiago de 1952, solo para el caso de existencia de islas.


Colombia tiene su interpretación, y es similar a la chilena y ecuatoriana, esto es, que en el tratado del 52 los firmantes fijan su límite adyacente por el paralelo que inicia en el punto donde toca el mar la frontera terrestre, lo dijo el 75 ante la firma de su Tratado bilateral con Ecuador y posteriormene adhiere al Tratado del 52 y a la CPPS.

Mismo caso pasa con la frontera marítima entre Ecuador y Perú. Con relación a Ecuador ellos mismo ya dijeron que si los llaman a declarar ante la corte, en ese momento ellos EVALUARAN si van o no ante la CIJ de la Haya. Claro ellos van a evaluar si les conviene o no ir y pelearse con el Perú, ya que, ellos saben muy bien, que si la corte declara, como sin dudas lo va a hacer, que los acuerdos de 1952 y 1954 no son tratados de límites, ellos se verán en la imperiosa necesidad de firmar un VERDADERO tratado de límites marítimos con el Perú y en ese caso obviamente LE CONVIENE al Ecuador tomar una actitud CAUTA en vez de incomodar mucho a aquel con el cual tendrá que conversar para firmar dicho futuro tratado de límites marítimos. La posición cauta e inteligente del gobierno ecuatoriano ya quedo demostrada cuando el canciller ecuatoriano salió a aclarar la posición de su país, de cuidar solo los interés del Ecuador y NO los de Chile, dejando en el más COMPLETO RIDICULO INTERNACIONAL al canciller Chileno Fernández y a la Cancillería chilena en Pleno, gracias a la prensa Chilena.


A Chile le bastan por el momento las reiteradas declaraciones oficiales emanadas por de la Cancillería del Ecuador, en el sentido de que siempre a considerado Tratados de límites a los acuerdos del 52 y 54.
Perú ha reiterado en forma persistente que no tiene asuntos marítimos pendientes con Ecuador, justamente por el tema de las islas, por lo tanto cuando existen islas son tratados de límites y cuando no...no lo son.

Si la Corte les pidiese la interpretación auténtica ecuatoriana o colombiana es otro asunto y ya involucrarse como parte en el proceso es muy diferente.

El PATETICO, triste, vergonzoso y LIMOSNERO papel que está desempeñando Bolivia no merece ni comentarse. El gobierno boliviano olvida quienes le ARREBATARON su mar territorial y quienes, sin tener por que hacerlo, los defendieron. Bolivia siempre fue un mal negocio para el Perú. Solo diremos que si Chile realmente le hubiese querido dar una salida al mar a Bolivia, hace muchísimos años se la hubiese dado por territorios que antes fueron bolivianos. Ósea eso de que les van a dar una salida soberana a Bolivia JUSTO AHORA por Arica, es una mentira inmensa y no pasa de ser una maniobra mediática.


El caso es que existe jurisprudencia en que consta la preocupación de la Corte por no vulnerar cualquier futura delimitación en sus fallos con respecto a áreas sometidas a su conocimiento.

Finalmente, en el caso de las islas y esa supuesta ‘’interpretación’’, pues es algo que existe solo y exclusivamente en los que defienden la posición chilena.


Simplemente...no es así. Para los otros 3 Estados parte son tratados de límites que fijan por el paralelo la línea divisoria entre adyacentes, es lo que indica Colombia el 75 y su posterior adhesión y Ecuador desde siempre.

En ese punto, tanto como en el del final de la frontera terrestre, la corte rapidito no más le va a decir a Chile: No pues hijito aquí dice claramente ‘’EN CASO DE TERRITORIO INSULAR’’, por lo que se aplica solo ante la presencia de islas, ósea no puedes pretender que si se está poniendo expresamente ese condicional, el articulo también aplique a territorio CONTINENTAL.


Déjaselo a la interpretación de los Estados parte y a la Corte.

Y para el caso del punto final de la frontera terrestre, aquí ya se demostró AMPLIAMENTE con documentos y hasta el cansancio donde finaliza la frontera terrestre, ósea en el Punto CONCORDIA y no a 182.3 metros tierra adentro en el Hito uno. Para cualquier duda por favor preguntarle al estimado forista chileno Pathfinder quien tiene claro el panorama en este punto.


Ah, entonces basta que hubieses intentado demostrarlo para que automáticamente quede reconocido por todos. Las Actas están ahí.

La CIJ va a leer los convenios y va a ir a la UNICA fuente de interpretación autentica de los tratados, ósea las actas preparatorias y es allí donde le va a quedar clarísimo que el articulo 4 solo se aplica para el caso de presencia de islas, que NO EXISTEN entre el Perú y Chile por ende ese artículo no aplica para definir la futura frontera marítima entre ambos países


Si a tí las Actas y el Tratado te dejan conformes...bien por tí. Yo creo que el IV es clara referencia a una zona marítima preexistente limitada por el paralelo, tal como lo indica la R.S. Nº23 de 1955 en Perú...forma de delimitación que comarten en su visión Chile, Ecuador y Colombia.

A mí me parece que los ruidos que escuchas, son los que hacen las bases de la posición chilena que están a punto de quebrarse, ya que no soportan análisis jurídico alguno.


No es lo suficientemente ingenioso.

Es ciento que en 1947 se emitió el TRANSITORIO y ya DEROGADO D.S. Nº 781 del 1 de agosto de 1947. Sin embargo lo que convenientemente OMITES es que ese decreto, al igual que el decreto chileno, FUE TRANSITORIO y estuvo vigente SOLO hasta el 12 DE MARZO DE 1952, es decir 5 meses antes de siquiera empezar las negociaciones de la Declaración de Santiago de 1952. Esto ya se discutió y se demostró ampliamente sendas páginas hacia atrás. Por favor leerlas. También ya se demostró hasta el cansancio que ese D.S. fue REEMPLAZADO en todo sus alcances por un instrumento de mayor jerarquía jurídica, es decir por la Ley del Petróleo del Perú del 12 de Marzo de 1952, UNICO instrumento legal, que se tomo como base para negociar la Declaración de 1952, y en el que el Perú declara ante el mundo su derecho a tener como mínimo 200 millas mar adentro, proyectados en cada uno de los puntos de su costa, lo que implicaba un solapamiento con la proyección chilena.


No me vayas a salir tú también con las transversales...La Ley del Petróleo no derogó el 781.
Cuando léas los trabajos preparatorios del 52 y la minuta a tratar verás que en el primer punto, la legalización de las declaraciones unilaterales.

Ósea eso de que el Perú ha reconocido el paralelo como frontera marítima con Chile, es otra de las tantas FALSEDADES que esgrime Chile en su desespero por no tener mayor sustento su posición.


Mira, parece que eso de hablar pesado y golpear la mesa te diera más razón...pero aparte de ser grotesco...no aporta nada.

Perú se menciona expresamente la Declaración Unilateral chilena en la propia y opta por autolimitarse por el paralelo, el Tratado del 52 no estaba vigente y Perú ya invitaba a solucionar los asuntos de violaciones de fronteras...el 54 se firma pero entra en vigor el 67...y se aplicaba entre tanbto el sistema de sanciones.

Ahora sería conveniente entonces que nos expliques porque si el Perú ya le había reconocido el paralelo como frontera marítima, Chile le reconoce al Perú su derecho a tener 200 millas en cada uno de los puntos de su costa


Porque el 47 por declaración unilateral, el 52 por Ley del Petróleo, el 52 por Declaración de Santiago, el 54 por zona fronteriza marítima, el 55 por R.S. Nº23 peruana y el 68 y 69 por demarcación bilateral...Perú jamás dejó de limitarse por el paralelo con Chile. Puedes argüir cualquier cosa en ámbito interno, pero los documentos internos y externos están ahí...firmados, respetados y vigentes.

De hecho Perú modificó el 55 la forma de proyección de los puntos interiores por paralelo por el seguimiento de la orla de las costas, pero con la expresa limitación de no sobrepasar el paralelo de la frontera...tal como lo indica el IV de la Declaración de Santiago y el 781 de 1947.

, ósea reconoce el solapamiento de las proyecciones marítimas de ambos países, con la redacción que hace CHILE del artículo 3 de la declaración de Santiago que luego se convierte en el articulo 4???? Esto está contenido en las actas preparatorias cuya copia la puedes obtener en la cancillería de tu país.


No reconoce solapamiento, Perú tampoco...en ninguna de las fechas arriba expuestas.

Ósea el gobierno chileno estaba loco en 1952, por un lado, y solo según USTEDES, el Perú reconoce el paralelo como frontera entre ambos países y en las negociaciones de la Declaración de Santiago el propio gobierno chileno DESCONOCE el paralelo como frontera marítima entre el Perú y Chile y le reconoce su derecho , al Perú, de tener 200 millas a lo largo de la ‘’ORLA de sus costas’’??? Como es eso???? Me lo podrías explicar????


No necesito explicarlo...ya que es lo que tú indicas, dices que el 781 murió en 1952, dices que La Ley del Petróleo modifica las proyecciones desde la costa...y luego dices que Chile "lo reconoce", ahora, el que tú lo digas no es ningún índice de certeza.

Si fuese como dices...¿quién hace el loco el 54, el 55, el 68 y 69?...

Entonces son las famelicas vigas que soportan la posición chilena las que están haciendo muchísimo ruido de quebrarse hace ya bastante rato.


Ah!...ahora veo venir que dices...¡como dejo expreamente demostrado!...o...¡como es jurídicamente lo correcto!...entonces no hay nada más de que tratar...Perú bueno...Chile malo.

El hecho es simple: NO EXISTE tratado de límites marítimos alguno entre el Perú y Chile, por lo tanto al no existir y al no estar de acuerdo los 2 países en cuál es su frontera marítima común, la corte definirá la frontera marítima, que se hará de acuerdo a la jurisprudencia de la misma vía la línea Equidistante.


No es simple, Perú sostiene que no exsten Tratados de limites...Chile, Ecuador y Colombia indican que sí lo son.

Antes de 1952 lo que existió entre nuestros países era una frontera ZONA sin soberanía de ninguna de las 2 partes. Era una zona de soberanía compartida. Esto era lógico ya que en esos años el dominio marítimo de los países no era mayor a 3 millas mar adentro, es decir a lo que alcanzaba el disparo de un cañón y Tacna y Arica eran, como hoy, ciudades que tenían y tienen una simbiosis muy particular y estrecha relación, por lo que los pescadores chilenos pescaban frente a las costas peruanas y viceversa.


Frontera Zona...o zona de frontera...antes del 52...¿y después del 52?...para mí zona de frontera ya es suficiente.

Entonces eso de que existieron violaciones de alguno de los 2 lados es incorrecto, ya que no existía como hoy LIMITE MARITIMO ALGUNO.


Enrique García Sayán indica que Perú ejerció soberanía efectiva desde el 47 en adelante al norte del paralelo. Pero bueno, si el Tratado del 52 no estaba vigente para 1954...¿que límite provocaba posibles roces entre pescadores?...independientemente que Perú indique que jamás lo hubo, establece una línea de facto respetada hasta hoy...para mí es suficiente.

Acordaron un sistema de sanciones????? Lo que se acordó fue exactamente lo contrario, es decir el acuerdo fue de EXENCION DE SANCIONES para pescadores artesanales.


Entonces respódente tu mismo...si el Tratado del 52 no estaba vigete...¿sanciones por qué?.

Las cosas cambian a partir de 1952, en donde ya no eran 3 millas sino como mínimo 200 millas, lo cual si ameritaba una delimitación formal, vía un tratado o un acuerdo como sabiamente el Perú y Ecuador acordaron vía el artículo 4 de la declaración de Santiago. Entonces que paso???


Ah! entonces los 3 países se juntan, los 3 países abogan por las 200 millas pero el Tratado es de límites sólo para Ecuador y Perú...nop, tan forzado que los otros 3 Estados partes no lo consideran así.

Simple, Chile decide a rajatabla definir su frontera con el Perú UNILATERALMENTE por el paralelo a partir de de los años 80 y es en el año 2000 con el provocativo incidente de la caseta de la marina chilena en donde recién oficialmente Chile declara ante el mundo su descabellada teoría de que la frontera entre ambos países es el paralelo 18°21’00’’ esgrimiendo famélico y raquítico tinglado legal que todos HOY conocemos.


Lo curioso es que hay otros países del Pacífico Sur que no entienden las cosas como las planteas...la CPPS como OI...tampoco.

Bueno eso se lo debes preguntar al gobierno chileno, porque no respeta lo que firma. Si un barco de pesca está en la zona de exención de sanciones, este NO debe ser detenido, entonces lo que no cuadra es por que Chile no respeta lo que firma.


Antes de que sigas insultando gratuítamente...del Tratado de 54...
se deja constancia de que la “presencia accidental” a que se refiere el artículo segundo del mismo será calificada exclusivamente por las autoridades del país cuyo límite marítimo jurisdiccional hubiere sido sobrepasado.


Es cada país quien califica...cuando se traspasa el límite jurisdiccional...ahí opera el tribunal expresamente indicado multilateralmente quien aplica la sanción correspondiente....el sistema de sanciones es otro...no la zona de tolerancia.


Ahora el hecho de definir esa zona de exención de sanciones DEFINE la frontera entre ambos países???? No pues. Lo único que define la frontera entre países son los TRATADOS de LÍMITES. Ningún otro instrumento pueden definir las fronteras entre los países.


¿La frontera o el límite?

Lo que Chile no entiende es que las fronteras no se definen como consecuencia de lo que una u otra parte entiendan de manera UNILATERAL lo que es la frontera común. Son los tratados de limites los que definen las fronteras entre los países, claro si es que no hay mutuo acuerdo y entendimiento entre las partes.


¿La frontera o el límite?, el asunto es que en este caso hay interpretación multilateral, aparte de lo firmado y lo actuado.

Las conclusiones apresuradas derivados de documentos que nada tienen que ver con la definición de frontera marítima o terrestre alguna, no definen nada, ni tienen peso ante la CIJ de la Haya para ser tomada en cuenta para definir frontera marítima o terrestre entre países.


Ah!...ahora dás lecciones...¿frontera o límite?

Sería bueno, ya que hablan de lo que va hacer la corte o lo que hace la corte, que nos muestren UN SOLO fallo en donde la jurisprudencia de la CIJ determine el paralelo como frontera marítima entre países con costas CONCAVAS como es el caso de Perú y Chile, es decir dándole la razón a la tesis chilena. Quedamos a la espera.


¿Quedamos a la espera...tú y quienes más?

Saludos

Des


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Mensaje por GRUMO »

Yo tambien quedo en espera

Saludos

Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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pupa
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Mensaje por pupa »

ídem
:cool:
saludos


badghost
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Mensaje por badghost »

Hace timpo que no teníamos el placer de disfrutar los cuidados modales de ARPIA y parece que de su "travesía en el desierto", no sacó nada en limpio...solo un comentario:

Lo que Chile no entiende es que las fronteras no se definen como consecuencia de lo que una u otra parte entiendan de manera UNILATERAL lo que es la frontera común. Son los tratados de limites los que definen las fronteras entre los países, claro si es que no hay mutuo acuerdo y entendimiento entre las partes.


No ARPIA, estás equivocado y tu bien lo sabes, asi que te voy a dar la oportunidad que reformules tu cita.

Ahora, respecto del "...mutuo acuerdo y entendimiento...", seguramente también tendrás tus teorías supongo, y me imagino que el entendimiento mutuo acerca de cual es nuestra frontera marítima refrendada por sendas declaraciones unilaterales, acuerdos multilaterales, mediciones bilaterales, instalación de faros bilaterales, mapas bilaterales, cartas náuticas y derroteros bilaterales, actuaciones como miembros de Organizaciones Internacionales, sanciones aplicadas por los Tribunales de Justicia de ambos lados de la frontera ante las violaciones de la misma, entre otras manifestaciones y todos estos asuntos, con mas de 50 años de vigencia en muchos casos, eso supongo que para ti no significa "mutuo acuerdo y entendimiento" entre Chile y Perú ¿no es cierto?.


Saludos cordiales :cool:


Para que los malos ganen, basta que los buenos no hagan nada...
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Mensaje por Desinforumest »

RPT.

Des
Última edición por Desinforumest el 11 Jun 2009, 20:49, editado 1 vez en total.


Desinforumest
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Mensaje por Desinforumest »

...bueno ya que hay taaaantos interesados usemos la misma base dialéctica...

Me siento libre de responder en el mismo contexto... contrario censu...muéstrenme un fallo donde un grupo regional de países haya emitido declaraciones unilaterales fijándo sus zonas marítimas, que sea reconocida regionalmente como "doctrina"...que 3 de los 4 firmantes indiquen que el paralelo es la forma de delimitación escogida y que al mismo tiempo uno de ellos que se limitó unilateralmente por el paralelo, haya acordado internacionalmente en 3 y más oportunidades el paralelo, haya emitido legislación propia conforme a su delcaración unilateral y pactos internacionales siguiéndo el paralelo, haya actuado conforme a los documentos firmados respecto de respetar el paralelo, haya demarcado la línea de frontera bilateralmente por el paralelo, que se haya creado una OI especialmente al efecto de resguardar zonas marítmas y sus contenidos limitadas de antemano por el paralelo para generar acuerdos entre los países y presentarse conjuntamente ante otros países y otras OI...y que haya jurisprudencia favorable a la posición peruana.

Podría haber escogido aleatoriamente casi cualquiera de los argumentos previos, habérlo aislado o sumado algunos...pero es simple...ni vale la pena esperar la respuesta de Uds. porque simplemente...
1) La respuesta es conocida : "no hay caso igual a otro" y
2) luego se exije una demostración indemostrable...entonces tienes una respuesta conocida y una solicitud viciada..
...

Se conoce la respuesta y se quiere forzar a la contrapate a reconocer lo por todos sabido planteándolo como una exijencia lógica determinante para probar una linea argumental...¿así se queda como buen debatiente?...mejor dejarlo para debate estudiantil y no desgastarse en retótica de cafetín...101.

Si alguuunos quieren responder la mía...haya uds. yo no necesito ni leer la respuesta.

Pero bueno, vá a ser entretenido ya que la Corte conocerá entre otras cosas de la doctrina latinoamericana sobre derecho del mar en cuanto a las declaraciones unilaterales validándolas o no...lo que es un elemento novedoso.

Al fín y al cabo Chile vá por lo firmado, actuado y respetado...Perú vá por una interpretación que choca con la de los otros firmantes.


Ah! se me olvidaba...Arpía:
Desinforumest escribió:
¿por qué se estaban produciendo entre el 47 y el 54 violaciones a una frontera marítima por el paralelo por parte de pescadores artesanales?...

Eso es falso. Por favor evidencia lo que acabas de afirmar con la documentación respectiva.


Convenio "pesquero" de 1954:
Que la experiencia ha demostrado que debido a las dificultades que encuentran las embarcaciones de poco porte tripuladas por gente de mar con escasos conocimientos de náutica o que carecen de los instrumentos necesarios para determinar con exactitud su posición en alta mar, se producen con frecuencia, de modo inocente y accidental, violaciones de la frontera marítima entre los Estados vecinos;
Que la aplicación de sanciones en estos casos produce siempre resentimientos entre los pescadores y fricciones entre los países que pueden afectar al espíritu de colaboración y de unidad que en todo momento debe animar a los países signatarios de los acuerdos de Santiago; y
Que es conveniente evitar la posibilidad de estas involuntarias infracciones cuyas consecuencias sufren principalmente los pescadores
;

Saludos a tooodos los interesados

Des


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pupa
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Mensaje por pupa »

Desinforumest escribió:...ni vale la pena esperar la respuesta de Uds...
Si alguuunos quieren responder la mía...haya uds. yo no necesito ni leer la respuesta.

Por eso digo, no vale la pena responderle, su posicion es unica y universal, no entiende ni lo intenta. Por eso no queria contestarle pero usted que me insiste, pero veo que era por gusto al leer sus "razonamientos", en fin ya falta una semana para ver si Chile manda alguna excepción:

La UNICO que hará es decir que La Haya no se meta aunque ya ha aceptado por medio televisivos y periodisticos que si puede, pero para ganar tiempo es lo que unico que les queda hacer.
Por favor Desinforumest, no te agotes pensando tanto, en todo momento has respaldado la posición "sólida" de la parte chilena con tu irrebatibles posición entonces en menos de una semana ya ganaron el juicio y me callaste la boca
Suerte
bye bye
:noda:


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Mensaje por hunterhik »

Quien esta en una posición cerrada??? :conf: ....en todo caso Chile tiene todo el derecho de hacer lo que estime conveniente, ha sido llevado a una situación absolutamente artificial e innecesaria y si quiere impugnar la decisión de la Haya lo puede hacer, esta dentro de todo marco legal, si quiere presentar su contrapropuesta también..aquí no se esta violando ningún espacio marítimo Peruano, que quede eso bien claro, aquí se esta violando claramente espacio y soberanía Chilena, y si para mantener los limites y espacios actuales hay que hacer alguna cosa que le moleste al vecino pues mala suerte no mas, y se hará.punto :wink:


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Mensaje por GRUMO »

hunterhik escribió:Quien esta en una posición cerrada??? :conf: ....en todo caso Chile tiene todo el derecho de hacer lo que estime conveniente, ha sido llevado a una situación absolutamente artificial e innecesaria y si quiere impugnar la decisión de la Haya lo puede hacer, esta dentro de todo marco legal, si quiere presentar su contrapropuesta también..aquí no se esta violando ningún espacio marítimo Peruano, que quede eso bien claro, aquí se esta violando claramente espacio y soberanía Chilena, y si para mantener los limites y espacios actuales hay que hacer alguna cosa que le moleste al vecino pues mala suerte no mas, y se hará.punto :wink:


Solo unos puntos

aquí no se esta violando ningún espacio marítimo Peruano, que quede eso bien claro, aquí se esta violando claramente espacio y soberanía Chilena


No se esta violando ninguna soberanía. Todo queda igual y tal como está mientras la CIJ no diga lo contrario Perú respeta el paralelo y esta zona esta bajo la soberania de Chile...No hay violacion a ninguna soberanía. Ahora es obvio que de ser favorable a Perú la resolucion de la CIJ, solo en ese momento, existira una nueva definicion de limites, pero nunca antes.

si para mantener los limites y espacios actuales hay que hacer alguna cosa que le moleste al vecino pues mala suerte no mas, y se hará.punto


Interesante el punto. Es obvio que estamos hablando de recurrir a organismos internacionales, porque hablar de una guerra santa, en lo personal es una verdadera estupidez cuando existen otros mecanismos que nos permiten lograr lo mismo sin llegar a esta culminacion de la estupidez humana.

Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por Desinforumest »

pupa escribió:
Desinforumest escribió:...ni vale la pena esperar la respuesta de Uds...
Si alguuunos quieren responder la mía...haya uds. yo no necesito ni leer la respuesta.

Por eso digo, no vale la pena responderle, su posicion es unica y universal, no entiende ni lo intenta. Por eso no queria contestarle pero usted que me insiste, pero veo que era por gusto al leer sus "razonamientos", en fin ya falta una semana para ver si Chile manda alguna excepción:


No pupa, cualquier contraargumentación tú la tomas como algo personal...y está lejos de ser así.

Si partes planteándo una pregunta cuya respuesta es conocida y la cambias por una de tipo mentirosa forzando un imposible...no estás debatiendo de buena fé...simple....¿merece respuesta?...no, ya que la respuesta es conocida por todos los debatientes...y no porque me arrogue una verdad absoluta...el debatiente de buena fé no actúa así...¿pregunté a Arpía tú y quienes más?...bueno, aparecieron solitos.

Y en lo que corresponde a retórica jurídica es lo mismo...el mérito de los antecedentes globales o particulares puede ser tan gravitante que la única respuesta conocida verdadera y no tan sólo verosímil ni viciada será : la evaluación del mérito de los antecedentes aplicado a cada caso en particular...y no lo que se persigue en la pregunta de Arpía...que es una ventaja retórica simplista basada en debate de mala fé...a ver si le queda claro ahora y deja de victimizarse.

De la excepciones u otras formas procesales para conseguir objetivos parciales dentro de la estrategia de defensa general...bueno hay varias en distintos momentos...no sólo las que Ud. menciona ni en los plazos restrctivos que pudiera deducirse como última oportunidad...

Afortunadamente el sentido común es patrimonio de toda la gente, así que tampoco es taaan necesaria una respuesta a tu "PROFECIA AUTOCUMPLIDA" y que reiteras apenas puedes : "ya veremos si es tan sólida la postura de Chile si no presenta una excepción preliminar de competencia"...¿en realidad espera una respuesta seria a ese planteamiento?...tampoco merece la respuesta en buena fé ya que está igual de viciado que el razonamiento de Arpía...

¿Valen la pena una ventajas así?...al parecer para tí sí ya que vuelves una y otra vez sobre lo mismo...y luego solitariamente o quizás "acompañado por tus...quienes más", llenaras el ciberespacio en forma reiterada con una serie de autoloables: "SE LOS DIJE"...en "CONCLUSIÓN" y como lo "PREDIJE" la postura chilena se cae a pedazos...clap, clap, clap.

Menos mal que no necesito impresionar a nadie...y si lo necesitara en extremo...no utilizaría esas herramientas.

La UNICO que hará es decir que La Haya no se meta aunque ya ha aceptado por medio televisivos y periodisticos que si puede, pero para ganar tiempo es lo que unico que les queda hacer.
Por favor Desinforumest, no te agotes pensando tanto, en todo momento has respaldado la posición "sólida" de la parte chilena con tu irrebatibles posición entonces en menos de una semana ya ganaron el juicio y me callaste la boca
Suerte
bye bye
:noda:


De las excepciones me remito a mi párrafo anterior, los recursos procesales no terminan ni se agotan en unos días más.

Pero además, yo tampoco ni me canso, ni me agoto...será lo que tenga que ser a su tiempo...escenarios para evaluar hay múltiples...unos más cortos que otros...personalmente prefiero que sea de largo aliento, ya que dará más certeza y establidad futura que un simple y eventual...no tengo competencia...prefiero algo más imperativo para ambos países.

Lo que no pueden pretender es que cada vez que se presentan contraargumentaciones a la postura peruana...se vuelva constantemente a atacar a las personas y no los argumentos...cuándo ya no quedan...entonces uno es inflexible...cuando uno no comparte una argumentación entonces es ciego o bloqueado...cuando se presenta una interpretación divergente es un absurdo sin sustentos jurídicos...pero pocas veces hay una contrargumentación en contrario.

Subyace un insulto no solo asolapado sino que absurdo en tu post...si yo fuera por la incompetencia y me considerara irrebatible...simplemente "debato sobre el punto" a como dé lugar... pero como siempre, tú "creas y asignas las intenciones de otros foristas" para luego sacar conclusiones que deben ser aceptadas por "todos los que son...los quienes más y los otros".

De callarte o no la boca...bueno, el asunto es que no todo se trata de tí...poco me importa callarte la boca...prefiero un buen debate....uno de buena fé.

Saludos, para todos los "quienes más" también...


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