ñugares escribió:estas diciendo exactamente lo mismo que ponías en su momento con la salvedad que siempre te referiste a la actual y ahí esta el post en que me recriminas referirme al anterior , yo se leer lo mismo tu no .
de tu anterior post :Duración del mandato
1 Los jueces son elegidos por un período de seis años. Son reelegibles. No obstante, los mandatos de la
mitad de los jueces designados en la primera elección terminarán al cabo de tres años.
2 Los jueces cuyo mandato concluya al término del período inicial de tres años serán designados por
sorteo efectuado por el Secretario General del Consejo de Europa inmediatamente después de su
elección.
3 A fin de asegurar, en lo posible, la renovación de las funciones de una mitad de los jueces cada tres
años, la Asamblea Parlamentaria podrá decidir, antes de proceder a una elección ulterior, que uno o
varios mandatos de los jueces que deban elegirse tengan una duración distinta de los seis años, sin que
ésta pueda, sin embargo, exceder de nueve años ni ser inferior a tres.
cualquiera que se moleste en leer el mandato en principio era de 6 años , pero la mitad de los "nuevos" eran reelegibles a los 3 años ( osea pueden no ser reelegidos ) con lo que concluye su mandato y tenían que entrar en sorteo ( tampoco explica cuantos entran ni cuantos se quedan fuera . los que entraban en los 6 años , podían ser ampliado a 9 años y hay volvían a tener que ser reelegidos .
¿Pero de QUE estás hablando?
El periodo del mandato es, en principio, de seis años (no de 3, como decías). Sea cual sea el periodo, cuando se acaba el juez puede no ser "reelegido". El sorteo es para determinar quienes de entre los elegidos por primera vez van a tener un periodo de 3 años y cuales uno de 6. Y entran en el sorteo todos los que han sido elegidos por primera vez y el mandato de la mitad de ellos expira a los tres años y el de la otra mitad a los seis.
No debería sorprenderme.
4. Un juez sólo podrá ser relevado de sus funciones si los demás
jueces deciden, por mayoría de dos tercios, que dicho juez ha dejado
de reunir las condiciones requeridas para serlo.
ahora veremos que dice su parte estrella :
pone ni mas ni menos que un juez del TECH no puede ser apartado de sus funciones , si no es por los mismo jueces del TECH [b]siempre que este en funciones su mandato , no dice nada que a los 3 años , cuando se renuevan esos mandatos el pais al que representa pudiera pedir su sustitución o a los 6 años
No son renovaciones. Son reelecciones, y por supuesto que no hay ninguna obligación de presentar siempre al mismo candidato. Y no se espera que se presente siempre el mismo candidato. De hecho, el Convenio señala que se hará lo posible por cambiar la mitad de los jueces cada tres años lo que no parece que sea una forma de recomendar a los Estados que presenten constantemente a los mismos candidatos.
Y ahora no podría hacer eso ningún país , ese es el cambio y tu desde el principio te agarraste que el gobierno anterior no podía hacer eso .
igualito a la parte modificada .
No faltes a la verdad, por favor. Yo siempre he dicho que el Estado no puede cesara un juez del Tribunal, y tú has mantenido siempre que sí. Evidentemente, un gobierno no va presentar a elección a un juez que no sea de su confianza.
ARTÍCULO 23
Duración del mandato y revocación
1. Los jueces son elegidos por un período de nueve años. No son
reelegibles.
2. El mandato de los jueces finalizará cuando alcancen la edad de
70 años.
3. Los jueces permanecerán en funciones hasta su sustitución. No
obstante, continuarán conociendo de los asuntos que tengan ya
asignados.
el mandato termina en 2007 pero eso no significa que no optara a otro mandato .
Pues claro que no optó a otro mandato. Los jueces que optan al mandato son decisión de los Estados. ¿López Guerra opta a la reelección? Solo va a estar seis años y el límite son nueve.
y de hecho todo el mundo le daba 6 años al juez borrego , se equivoca todo Dios o es el gobierno anterior el que pide su sustitución ?. que casualidad que todo Dios se equivoque menos el GRAN Isocrates . No estoy poniendo titulares que pueden ser equívocos , son noticias y de muy diferentes medios . TODOS ESTÁN EQUIVOCADOS
Qué disparate. El mismo día de su nombramiento ya se sabía cual día era el último de su mandato: el 31 de Octubre de 2.007. El que no lo supiese, hizo mal su trabajo.
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http://elpais.com/diario/2003/01/30/esp ... 50215.html
Con la elección de Borrego para participar durante seis años en la institución encargada de interpretar el Convenio Europeo de Derechos Humanos en los 44 países del Consejo de Europa se normaliza la presencia española en el Tribunal de Estrasburgo, tras el frustrado intento gubernamental de promover para ese cargo a la ex Defensora del Pueblo en funciones Margarita Retuerto, licenciada en Derecho,
El redactor de El País se equivoca. Borrego es nombrado para terminar el periodo de mandato de Ridruejo.
" lo de debajo del link es lo que pone la noticia no baya a ser que como de costumbre digas que no distingues entre la noticia y mis opiniones "
Después de ver de primera mano como interpretas lo que lees, no me extraña que digas cosas así.
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Estamos reproduciendo la misma discusión que tuvimos en las paginas ya señaladas , así que si no tienes nada mas que aportar , que ya se ve que pegas partes de post anteriores , bastante fáciles de manipular por que no están enteras , si alguien tiene interés saben donde están .
No sé si son fáciles de manipular, no me fijo en esas cosas porque yo no lo hago.
[/quote]Por mi parte esta todo dicho y en las paginas que reseñe en anteriores post ya dije lo que tenia que decir .
Pon lo que te de la gana que no pienso seguir perdiendo el tiempo contigo .