la persona de Astiz surge para personificar el lamentable estado de la cosa pública, especialmente en cuestiones militares, de la República Argentina en 1982, la aventura de un gobierno, que se nos pretende presentar ahora como la aventura de unos uniformados que pasaban por allí.
La invasión de las Georgia, saldada con importantes bajas materiales y la incapacidad manifiesta de la ARA de mantener abastecida la guarnición, no hablemos ya de reforzarla, y la nula resistencia a la contra invasión británica, son muestras de lo anterior.
En cuanto a Astiz, presenta usted una serie de hechos, pero no todos los hechos, y es Usted quien decide que aparezca la figura de Dagmar.
Personalmente, a mí no me sorprende el cariz del asunto Apablaza, hayá su Gobierno, tenemos conocimiento de lo que ustedes llaman principio de territorialidad, si bien el fallecido Presidente Kichner mediante decreto 420/03 cambió algunos aspectos. Y no se preocupe, si la Administración de Justicia Española conoce de la presencia en la República Argentina de algún inculpado en cualquier tipo de delito, el Gobierno a través del Ministerio de Justicia será quien reclame la extradición del presunto delincuente para ser juzgado en España... dios me libre de presentarme como acusación particular en ningún Tribunal, argentino o español, o seré victima de un delito o alguien de mis allegados.
Lo inversores solo reclaman seguridad jurídica, la que al parecer su Gobierno ha decidido prescindir, como otros tantos de la región. Al no tener intereses en Aerolineas Argentina, ni en Aguas de Barcelona ni ser bonista de títulos argentinos no me corresponde ejercer acciones legales contra su Gobierno. Tras leer su mensaje he repasado mis inversiones en bolsa y en deuda pública, mi plan de pensiones, y ninguna de éstas me informa de tener posiciones en el mercado argentino, más allá de los derechos sobre unos futuros que al parecer se cancelan con el cambio de año
Sobre Bonafini, parece que en España tuvimos conocimiento de la catadura moral de esa señora antes que ustedes, y todo que sus declaraciones sean vomitivas, hasta el momento no ha cometido ningún crimen tipificado en España, a no ser que su alegría por el 11-S pueda entenderse como enaltecimiento del terrorismo Artículo 578 del código penal español:
El enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años. El Juez también podrá acordar en la sentencia, durante el período de tiempo que el mismo señale, alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 de este Código.
Y como ahora nuestros Jueces son muy dados a la Justicia Universal, desde que se abrió el melón del General Pinochet, no sea que alguien presente una demanda penal contra la susodicha señora.
Por cierto Francisco, que pinta una batalla de 1845 en todo esto... que los anglo franceses no consiguieron sus objetivos... puede que fuera así..
Y Mauricio, ni siquiera creo que a día de hoy el ordenamiento jurídico argentino reconoce la obediencia debida, las leyes que se vio obligado a redactar el Gobierno del Presidente Raúl Alfonsín para salvaguardar la democracia fueron derogadas por los Tribunales Argentinos entre 2003 y 2004.
Saludos.