Kerigma89 escribió:culebrillanbq escribió:lochopo escribió:culebrillanbq escribió:Muy buenas. Llevo leyendo las últimas páginas del foro y creo que estamos perdiendo el norte, discutiendo sin aportar nada de interés y hablando del sexo de los ángeles. ¿ Este foro no se hablaba del ingreso en las Academias militares, sobre todo de las de oficiales?
Se puede hablar de lo que se quiera, pero hay otros sitios para "ponerse verde". Aquí se escribe para aportar, solventar dudas, ayudar.
Ante todo: No jugar con la vocación de mucha gente que de verdad quiere ser militar y llevan 1, 2 ó 3 años intentado ingresar en la escala de oficiales.
Un saludo
Una pregunta, ¿has entrado en la academia por promoción interna o AD?¿Te respetarán los días de asuntos propios y sueldo mientras estés en la academia?
Muy buenas.He entrado por promoción.Los días de asuntos propios los he cogido todos por si acaso. No he leído la legislación con respecto a los días de asuntos propios de los alumnos.Ya me enteraré y cuando sepa algo, ya te cuento.
Sueldo:Se sigue cobrando, pero varía algún complemento ( a la baja- no es lo mismo estar en la Bripac, por ejemplo que estar en la academia). Tanto los de ingreso por promoción que los que ingresan por acceso directo y eran militares ( no se pierden los derechos administrativos adquiridos). De todas formas leeré sobre este adunto también.
Un saludo
Buenas culebrillahq. Te quería consultar una duda. Tu que eres de promocion, la condicion de MPTM la sigues teniendo hasta que finalizas la academia con la entrega de despachos, pero; ¿al llegar a teniente, el periodo de academia como quedaria, como MPTM o se consideraria como oficial? Lo digo por el tema de antiguedades y tal, que la verdad no sé si a los de acceso directo, esos 5 años de academia les computan como algo, a efectos de antiguedad o retribucion...
No sé si me he explicado, bueno gracias de antemano, y por cierto. Enhorabuena y mucha suerte
Muy buenas. Leyendo la convocatoria tanto de acceso directo como la de ingreso por promoción, y en relación con los derechos administrativos dice lo siguiente:
Convocatoria acceso directo 2011:
Duodécima. Nombramiento de alumnos.
6. Los nombrados alumnos que previamente tuvieran un empleo militar cesarán en su destino de origen, en la fecha de ingreso, siendo destinados con carácter voluntario o pasando a depender, en su caso, de la Dirección de Enseñanza correspondiente, conservando los derechos administrativos inherente al empleo militar que tuvieran. Estarán sujetos al régimen del alumnado de los centros docentes militares de formación, establecido por la Orden Ministerial 43/1993 de 21 de abril, (BOE número 101, de 28 de abril), modificada por la orden DEF/1968/2006, de 14 de junio, sobre régimen de alumnado de los centros docentes militares de formación. Al ingresar en los centros docentes militares de formación permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo, excepto para aquellos aspirantes nombrados como alumnos de la Guardia Civil y que ya sean miembros del citado Cuerpo, que pasarán a la situación de excedencia voluntaria.
Al incorporarse a una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo de servicios que tuvieran cumplido.
Convocatoria de ingreso por promoción 2011:
Bases comunes
Decimotercera. Nombramiento de alumnos.
6. Los nombrados alumnos cesarán en su destino de origen, en la fecha de ingreso, siendo destinados con carácter forzoso o pasando a depender, en su caso, de la Dirección de Enseñanza correspondiente, conservando los derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Estarán sujetos al régimen del alumnado de los centros docentes militares de formación establecido en la Orden Ministerial número 43/1993, de 21 de abril («BOE» número 101 de 28 de abril), modificada por la Orden DEF/1968/2006, de 14 de junio («BOE» número 148, de 22 de junio), sobre régimen del alumnado de los centros docentes militares de formación. al ingresar en los centros docentes militares de formación permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo.
Leyendo estas dos bases, tanto el que ingresa como militar por acceso directo o por promoción, se siguen conservando los derechos administrativos (sueldo, trienios, tiempo de servicio)
Un saludo