La justicia bajo sospecha

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ZULU 031
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Mensaje por ZULU 031 »

Tambien para la seguridad social hay muchas autonomias y no es la casa de putas informatica que es la judicatura


Pues me temo que, en cuanto asistencia sanitaria sì, y te puedo decir que es distinta la de atención primaria, a la de especializada, incluso dentro de la misma Regíon. Y podemos seguir con las tarjetas sanitarias. En las cuales no viene reflejado el número de afiliación. Ejemplo las del servicio catalán de salud. No digamos cuando las quieres pasar por un lector que no lee ningúna ajena a la comunidad... Para todo hay


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JoseLuis
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Mensaje por JoseLuis »

maximo escribió:iEn realidad lo que estas revelando es la enorme inercia de un sistema que se niega a cambiar. Todas esas cosas que mencionas se llevaron a cabo en otros ambitos hace mas de diez años y aun asi se siguen viendo "resistencias" que tu mismo mencionas. El simple hecho de que digas que el papel sigue siendo necesario es sumamente revelador. El Papel en cualquier procedimiento burocratico solo es necesario al final y para entregar una copia fisica a quien asi la quiera. Se dice, falsamente, que los sistemas digitales son ¿inestable has dicho?, cuando la estabilidad de dicho soporte esta intimamente ligada a la capacidad de quien lo use. Hay las mismas posibilidades de que se te moje un legajo que el que pierdas unos datos.


Pues si, es revelador lo del soporte de papel, pero no por los motivos que te imaginas, sino por la cuestión de "fé pública" y/o autenticidad de las copias. En el ámbito judicial la "dación de fe", es decir, la aseveración de que los datos contenidos en el soporte corresponden con la realidad, es de los Secretarios judiciales, quienes, además, tienen la responsabilidad de la custodia. Vamos, lo mismo que los Notarios y Registradores. Por eso, en este último caso, el de los Registradores, cualquier Nota simple informativa que te puedas descargar telmáticamente tiene la salvedad de "siempre que no vaya en contra de lo asientos", es decir, que de momento y para todas las Administraciones, mientras no se solucione el tema de la firma electrónica, y con una sola Autoridad certificante de firma electrónica y medios que permitan reconocer la firma del autorizante, el soporte papel es necesario durante la tramitación de cualquier expediente, y durante el tiempo prudencial que se determine para evitar la responsabilidad de cualquier tipo (penal incluida) por la disfunción de archivos.

Y eso de la firma electrónica no es baladi. Por ejemplo, servidor tiene la firma electrónica emitida y certificada por la ACA, sigla que responden a la Autoridad Certificadora de la Abogacía, pero, sin embargo, esa firma electrónica sólo me sirve en el ámbito de la Abogacía y de aquellas entidades con las que la ACA ha suscrito acuerdos de colaboración(Hacienda y la TGSS), y no de foma general, cuando lo normal sería que existiese una única Autoridad Certificadora y que la firma digital tuviese eficacia universal.

Y eso de que hace diez años se llevaron a cabo en otros ámbitos ¿lo dices por Hacienda y la Seguridad Social?. Pues bien, eso es cierto, pero con matices: si bien cuando se inicia una inspección, y he pasado unas cuantas, el Inspector o Subinspector, solo tiene los datos que salen en su pantalla (y en esos tiempos a los que te refieres aún iban con el OS 6 cuando los demás ya estábamos en Windows98), pero las actuaciones de la inspeccion se tienen que documentar, y aún los inspectores levantan las sucesivas diligencias (vamos, las visitas que les haces aportado documentadión o dato) a mano, en papel autocalcable. Y lo mismo en la Inspección de Trabajo. Y no estoy hablando de actuaciones realizadas en la calle, sino en un despacho dentro de un edificio público, y con sistema informático centralizado, donde se echa mucho en falta un simple procesador de textos para poder realizar esas simples funciones: documentar una comparecencia. Pues bien, eso mismo, las declaraciones y demás documentos en los Juzgados, al menos en Barcelona y creo que en Madrid, cuando se efectuan, quedaban grabadas en la base de datos el Juzgado. Pero son simples copias sin valor legal alguno, por el simple hecho de que no están firmadas, y sobre todo por el interesado, es decir, por el que tiene que soportar sus consecuencias. Y por eso al fulano que en un juicio te niega lo que declaró, sino lo confrontas con el original firmado, y refrendado por el Secretario (es decir, el equivalente al Notario en un Juzgado), lo que ponga en una copia no firmada es, y valga la redundancia, papel mojado. Y ya no te digo si el fulano en cuestión es el acusado, el cual no tiene obligación de decir verdad.

Y si, los sistemas, al menos en la consideración de servidor, los considero "inestables", hasta el punto de que tengo tres copias de seguridad por si las moscas, en distintos discos duros extraíbles, los cuales los tengo, además, distribuídos en distintas ubicaciones, y, además, procuro que en el disco duro del PC, ni en el server del despacho, quede información demasiado sensible, ya no solo por el soporte sino por otras amenazas, que van desde el hackeo hasta el puro y simple robo, y ello por una experiencia desagradable cuando llevaba un caso sensible que tuvo una gran repercusión nacional en su momento, donde persona o personas no identificadas, entraron en mi despacho (eso sí, un trabajo muy "limpio", ya que no rompieron nada), y accedieron a mi ordenador para buscar información, pero fueron lo suficientemente chapuzas como para dejar "rastro" de su "hazaña".

Por otro lado, la falta de autenticidad de los volcados de información que realiza, por poner un ejemplo, la policía de ordenadores intervenidos en operaciones policiales, sin autoridad certificante, puede dar lugar a situaciones "incómodas". ¿Quien me acredita, por poner otro ejemplo, que los ficheros que dice la policía ha encontrado el ordenador del señor XXX, y que aporta en un CD/DVD como prueba, estaban realmente en ese ordenador?. Cuando se hace una intervención de efectos o documentos, que siempre se hace bajo la supervisión de un Secretario judicial (vuelvo a recordar que es el equivalente a un Notario), se reseñan en un acta que es firmada por todos los presentes, todos y cada uno de los documentos que se intervienen: por ejemplo, la blnaqueador de dinero YYY, se le intevienen las cartillas de ahorro, los estractos bancarios de la cuenta nº *********, las escrituras de propiedad de sus fincas y palacetes de Marbella, etc. Pero cuando se interviene un ordenador, se reseña sólo el aparato, no el contenido, y lo que es más importante, la autoria de los archivos, ficheros y documentos que obran en el mismo.

Y esto es importante, porque cuando estamos hablando de temas delicados, que afectan a la libertad y buen nombre de las personas, hay que ir con cuidado. Las recientes operaciones que se producen contra la pornografía infantil en internet, a las que se da enorme trascendencia mediática, con cientos y cientos de detenidos e implicados, al final quedan reducidas a los cuatro o cinco tarados pervertidos, porque el resto de "presuntos" no eran más que usuarios inexpertos, que al visitar una página cochina no se dieron cuenta que se les introducía un troyano en su ordenata, o que cuando les redirigían a la página de "lolitas" de turno no eran conscientes de que su IP quedaba regsitrada.

máximo escribió:Y quien tendria que haber hecho su trabajo para que todo estuviera centralizado y ordenado hace tiempo? ¿Que estandar de documentacion hay reglada en España? ¿Sabes que te acabo de preguntar?
.

Pues el Mnisterio de Justicia, en primera instancia, y el Gobierno como responsable.

Y documentación reglada no hay. Cada uno utiliza los estándares comerciales que hay en uso, siendo el formato generalmente aceptado el PDF, y dentro de este, la única Administración que se ha "lanzado" es la de Hacieda, con documentos para declaraciones de los diversos tipos de impuestos en PDF autorrellenables, que, además, generan el correspondiente código de barras para que el contenido sea automáticamente introducido en su base de datoscon un simple lector de códigos.

Pero ojo, la Hacienda estatal, porque la Hacienda autonómica, al menos la catalana, ha ido en sentido contrario: el formulario 600, que es el utilizable para las declaraciones de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, que antes era bastante sencillo, no sólo no lo han digitalizado, sino que han cambiado el modelo, haciéndolo más complidado. Y lo mismo como el modelo 650, del Impuesto se sucesiones. Lo único que hay en la red es un PDF con instrucciones para rellenar el impreso de papel.

maximo escribió:Pues en el tema de la informatica y el estamento judicial pasa lo mismo, tienen el mismo conocimiento de la informatica que tu y yo tenemos de unos alicates cuando esa informatica es su herramienta de trabajo basica. No se trata de la inmensa cantidad de gente (y tu lo sabes perfectamente porque los habras visto igual que yo) que ha llegado tarde a este mundillo y estan mas perdidos que un pulpo en un garaje. Se trata de reactancia a niveles mucho mas bajos en gente que no deberia tenerla. No basta con saber encender el ordenador y saber mandar un correo electronico. Un sistema informatico para cualquiera metido en la justicia es su herramienta basica de trabajo a todos los niveles y no se saben usar al nivel que se les puede exigir. Como siempre aqui habra de todo, como en botica, pero lo normal es que cada cual vaya por su cuenta teniendo el nivel que le de la gana. A estas alturas de desarrollo es del todo inconcebible que no se tengan nociones de gestion documental, gestion de archivos, etc, etc....


Es cierto en parte. Pero la cuestión no es que haya esa "resistencia" o "reactancia" a los niveles más bajo, sino el desinterés en los niveles más altos. Y me explico: los niveles altos, Ministerio, etc, son los que tienen que dar las herramientas de trabajo a sus "trabajadores", y si estas "herramientas" no se facilitan, o se facilitan "capadas", poco rendimiento se les puede sacar. Dicho en cristiano: si la informatización de los Juzgados, hasta hace poco, ha consistido en cambiar la máquina de escribir por el ordenador, pero para utilizar este como máquina de escribir, pues poco rendimiento se le puede sacar, pero no por pereza del usuario, sino porque el programa sólo permite eso. Y como estamos hablando de la Administración, pues hay que estar a lo que hay. Eso no ha pasado, por ejemplo, con los despachos de abogados (me refiero a los despachos medios y grandes), donde no sólo desde hace 10 añs, sino casi 20, se esta trabajando con bases de datos, documentos estandar con campos que se rellenan automáticamente, control de asuntos (plazos, vencimientos, etc), que en ningún Juzgado se realiza. ¿Porqué? ¿Porque los abogados somos más listos? No. Simplemente porque nos movemos en el ámbito privado, donde la comptencia entre profesionales te obliga a estar siempre a la última, y donde si un programa estandar no satisface los requisitos de tu actividad, se confecciona un programa ad hoc, y donde somos conscientes de la "vida" de los sistemas y su amortización, donde somos conscientes que la "vida" de un pc es de cuatro años, y la de una intranet interna, como mucho de 10, y donde se programan las inversiones, que, además, sabes que vas a amortizar rápidamente y que te van a dar un impulso al negocio.

La cual no ocurre en el ámbito de la Administración pública, donde no se funciona bajo esos parámetros, y parece ser que las inversiones que se hacen en material (y prueba evidente es el campo de este foro, los ejércitos), han de durar toda la vida.

Es más, pues, cuestión de burocracia general, que de un estamento particular.

Cierto es que hay de todo, como en botica, pues cuando empezaron a llegar los primeros ordenadores a los despachos de abogados, aún había abogados que decían que lo procedente era dictar a la secretaria para que esta luego lo mecanografiara. Pero, ¿cuantos de estos abogados continuan hoy?. Ninguno, porque el mercado se los ha "comido": a trancas y barrancas tuvieron que admitir el PC, luego el Fax, más tarde la internet, el correo electrónico, la gestión electrónica, vamos, lo que hoy son las herramientas básicas.

máximo escribió:Existen multitud de estandares tanto de texto, como de hojas de calculo, como de bases de datos. Unos son propietarios y muchos mas que los suficientes son libres. Incluso se establecen a nivel internacional estandares... Pues bien, nada de eso esta aqui implementado, y la prueba es que tu te quejas de que al final hay que mandar un documento por correo porque los programas son incompatibles, que unos tienen W98 y otros Vista. De Linux ni hablemos. Seria tan sencillo como pedir que todos usen un estandar tipo extension .doc para intercambiar informacion. Pero, claro, no esta reglado y al final tiene que venir SEUR para arreglar el desaguisado. Despues tenemos bases de datos incompatibles cuando la realidad es que las ha hecho incompatibles el hecho de que, como nadie entendia muy bien para que se hacian, se hacian a la buena de dios y sin cristo que las mandara.


Si, pero eso es consecuencia de la propia dinámica de la informática, y hay que tener mente flexible, y sobre todo la paciencia de dejarse horas y horas ante el ordenador para estar al día y experimentar con las novedades. Esoty ahora experimentando con los ficheros en extensión DJVU, que ocupan menos con los PDF y su conversión a .doc es menos problemática. Y estoy convencido que incluso en este foro si hablo de ficheros DJVU creerán que hablo en chino. Pero hay que ser consciente del mundo en que vivimos: la gente, el común, quiere lo que se llama "informática para tontos", es decir abrir el ordenata, pulsar una tecla y que el PC lo haga todo. Lo demás es excepción. Y por desgracia no es en el único campo, porque parece ser que ultimamente el pensar produce cáncer. O al menos es lo que se vende.

La SS es otro cantar, como Hacienda: ahi el usuario es un mero sujeto pasivo. En Justicia no solamente es pasivo, sino también activo.


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UlisesII
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Mensaje por UlisesII »

Hola amigos:
Saludos de nuevo.
¿Pero cómo va a funcionar bien la justicia en España si los jueces y sus carreras dependen de los políticos? ¿Cómo va a funcionar si el CGPJ es nombrado por los políticos entre políticos o jueces aspirantes a serlo? ¿Cómo va a funcionar si los jueces son sus propios jueces? ¿Cómo va funcionar, en fin, si resulta que no aplican la ley sino que la mayor parte de las veces la interpretan o hacen un uso alternativo del derecho? Y para acabar de rematarlo lo de estos días, porque parece ser que lo de Bermejo y Garzón sólo es la punta del iceberg y que otros jueces y policías asisten a cacerías de 6000 € el puesto más luego las piezas (y hablaban del rey y Mitrofán) ¿realmente ganan tanto? ¿de dónde lo sacan? ¿o es que los invitan? y si es así ¿a cambio de qué?.
No es sólo la falta de medios, que también, es la falta de independencia, la falta de ganas, la desidia y el "trepismo" de, por desgracia, más de los que parece.
Hasta otra.


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maximo
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Mensaje por maximo »

Pues casi que Jose Luis me ha convencido, aunque rentengo para mi lo de la fobia a las teclas entre ciertas caspas... digooo "capas" de lo judicial y ademas, lo sumo a la cupula ejecutiva en general.

¿Ves como tu si sabias de que estaba hablando? :wink:

De todas maneras, todo esto venia a cuento de que me parecia que no era justo que la justicia pusiera todas las culpas en las cabezas de otros, que su palo tambien tenia que aguantar su vela. Y eso sigo pensandolo.


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JoseLuis
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Mensaje por JoseLuis »

maximo escribió:Pues casi que Jose Luis me ha convencido, aunque rentengo para mi lo de la fobia a las teclas entre ciertas caspas... digooo "capas" de lo judicial y ademas, lo sumo a la cupula ejecutiva en general.

¿Ves como tu si sabias de que estaba hablando? :wink:

De todas maneras, todo esto venia a cuento de que me parecia que no era justo que la justicia pusiera todas las culpas en las cabezas de otros, que su palo tambien tenia que aguantar su vela. Y eso sigo pensandolo.


Bueno, es que eso es cierto en parte, pero no por que las "caspas" o "capas" de lo judicial sean los raros, sino que es algo propio de la generación en que se han formado y han desarrollado su carrera judicial; las nuevas generaciones de jueces ya han "mamado" las nuevas tecnologías casi desde la cuna (y no es broma, mi hija, con dos añitos y pico, ya sabía cargar el CD con su juego de la Barbie princesa en el ordenador y con el ratón dar al icono del juego y empezar a jugar) y las aplican, en la medida que se les permite la informática con la que están dotados, internet incluido. Hay una empresa que suministra una base de datos (legislación y jurisprudencia), que hasta hace poco era mediante DVD, pero que ahora ya se puede acceder desde internet sólo con el nombre rgistrado y clave de usuario, y esa base de datos, o al menos es lo que dice la propaganda de dicha empresa, es la que usan también jueces y fiscales. O sea, ya se han acabado los tiempos de que un juez, para resolver un caso, o bien tenía que acudir a la biblioteca del palacio de justicia, eso sí, por las tardes y fuera de horario laboral, o a la del Colegio de Abogados, porque en su sede la biblioteca es exigua; ahora lo puede hacer desde el ordenata de su despacho, o desde el de su domicilio.

En ese aspecto, el de las herramientas o medios, los jueces tienen razón.

Como también tienen razón en la falta de previsión en la política judicial. Porque esa es una cuestión que raya lo kafkiano, y que dudo que se dé en cualquier otro país, y me refiero en cuanto a la plantilla de jueces y magistrados, que nunca está adecuada a la realidad de órganos judiciales. Dicho de otra manera, hay más Juzgados y Tribunales (órganos), que jueces y magistrados en la plantilla. Y esa es una situación, que, visto lo visto, parece ser que nunca tendrá solución, y precisamente por la falta de previsión de los políticos. Los sucesivos Gobiernos, todos y hayan sido o sean del color que sean, se lanzan de lleno a legislar a golpe de telediario o sin preveer las consecuencias, y claro, crear juzgados es muy fácil: basta con publicarlo en el B.O.E. y ya está creado. Pero no se prevee cómo se va a dotar a ese Juzgado que está creado sobre el papel, para que su funcionamiento sea efectivo. Y con esto me refiero a cuestiones tan nimias como es, de entrada, su ubicación: ¿donde pones, por poner un ejemplo, los XXX nuevos Juzgados que se han creado en la ciudad de HHH? Pues hay dos soluciones: o bien encajarlos con calzador entre los Juzgados ya existentes, es decir que la dependencia que ocupaba un Juzgado, que, normalmente comprende dos despachos para las secciones con cuatro o cinco funcionarios cada uno, el despachito de los agentes, el Archivo (donde se custodian los casos de los ultimos cinco años, ya que los viejos van a un archivo general, el despacho del Juez, el del Secretario y la Sala de vistas, pues pasa a ser sede de dos Juzgados: donde en una Sección se meten las dos de cada Juzgado, los Agentes Judiciales los pones en el pasillo, junto con el archivo, el nuevo Juez ocupa el despacho del Secretario del Juzgado antiguo, éste, a su vez va al despacho de los agentes, y el Secretario del nuevo Juzgado lo ubicas donde antes estaba el Archivo; o bien se alquila un local o piso, que no está adaptado para esas funciones, bien a particular o a otra Administración, con lo cual, de entrada, ya no goza de los beneficios de la intranet del edificio (que aunque limitada a la consulta de reparto de asuntos, al menos es algo), crea disfunciones en los usuarios, que muchas veces se despistan y no acuden a donde debían, y a los profesionales, que muchas veces tienen que ir con la lengua fuera de un lado a otro.

Y encima, con la agravante de que en la planificación de construcciones de sedes judiciales tampoco se ha previsto eso. Que servidor sepa, sólo se preveyó en la sede de Plaza de Castilla de Madrid, que cuando se erigió se cimentó con la previsión de que en un futuro pudieran levantase más plantas, creo que tres o cuatro, que ya se construyeron, y sigue estando dicha sede atiborrada de Juzgados, porque sean han creado más Juzgados que los que el edificio puede albergar en las condiciones "normales". Es la única excepción en toda España.

Y aún se dan paradojas más kafkianas: la Ciudad Judicial de Barcelona, que se levantó en la peor ubicación posible, en el solar de lo que fue el cuartel "Lepanto", fruto del plan de acuartelamientos de Primo de Rivera, y sede que fue del RMING nº 4, y que tiene el incoveniente de que la mitad pertenece al municipio de Barcelona y la otra a Hospitalet de Llobregat, y que aún no se ha estrenado (el traslado de los primeros Juzgados -Menores y Violencia de Género, que estan "realquilados", empezará en mayo), pues ya ha nacido inutil para el propósito que se concibio: concentrar todos los Juzgados en una única ubicación. De entrada, los Juzgados de lo Social (un total de 23) y los de lo Contencioso-Administrativo (sobre los 15), ya no irán a la Ciudad Judicial, sino que los de lo Contencioso-Administrativo seguirán en su ubicación, y los de lo Social se irán a lo que es la actual sede de los Juzgados de Primera Instancia en la Vía Layetana. Pero es que para los que vayan a la Ciudad Judicial, los edificios (repito que aún sin estrenar), ya son insuficientes, porque durante el tiempo en que ha tardado la ejecución de la obra, se han creado más Juzgados: dos de Menores, uno de Violencia de Género, dos más de lo Penal y tres de lo Mercantil.

También está pendiente, y esto es culpa de los ultimos Ministros del ramo (y me refiero a Michavila, López Aguilar y al actual Bermejo) en el diseño y regulación de la nueva oficina judicial. La actual oficina judicial hace más de 40 años que está obsoleta, y ello debido, entre otras cosas, al cambio social y a lo que servidor llama la "proletarización" del funcionario judicial. La oficina judicial vigente se remonta la Ley de 1870, que aunque
era una ley provisional pues duró 115 años, hasta la actual LOPJ (lo que demuestra es que antes se legislaba mejor), que contemplaba los Juzgados mixtos, con una Sección Penal y una Civil: al frente de cada Sección estaba un Oficial, que debía ser bachiller superior, quien tenía a su cargo diversos Auxiliares o escibientes; y todo ello bajo la supervisión del Secretario, que era y es el jefe de personal. Pues bien, bajo esa perspectiva, el Oficial era igual a la misma figura (Jefe de Sección) que en otras Administraciones: supervisaba el trabajo de los Auxiliares, despachaba los asuntos con el Juez, recogía las "minutas" de éste (los borradores a mano, para entendernos) y hacía que se cumpliesen. Conocía a algunos Oficiales de esa vieja escuela y eran todos unos personajes, con muchos años de experiencia, en los asuntos corrientes es que al Juez le daban el trabajo hecho, limitándose éste sólo a supervisar y firmar. Pero esto ocurría en los tiempos en que España era un país atrasado y con la población semianalfabeta, donde los bachilleres superiores no eran multitud y el trabajo funcionaba de esa manera. Pero eso se trastocó a finales de los 70, y se "proletarizó" en el momento en que las Secciones pasaron a ser de un Oficial y un Auxiliar (ahora hay Juzgados con cinco o seis Secciones), y los Oficiales a realizar idéntico trabajo que los Auxiliares y viceversa, de tal forma que reto a cualquiera que entre en un Juzgado cualquiera y me distinga qué funcionario es Oficial y cuál es Auxiliar.

De los estudios que han trascendido, parece ser (y esto es especulación), que se va adoptar el modelo francés de "tribunal de gran instancia", en que un Juzgado en realidad está formado por el Juez, el Secretario y uno o dos funcionarios para la llevanza y control de los asuntos, y el resto es despachado por los llamados "servicios comunes", que son los que hacen el trabajo mecánico para diversos Juzgados. Esto ya se viene haciendo en diversas ciudades a través de los llamados "Servicios Comunes", pero limitado a citaciones, notificaciones, lanzamientos y embargos, que funcionan relativamente bien para como está la Justicia. Pero en lo que es la Oficina Judicial, no creo que sea la solución el modelo francés, que, además, sólo se aplica en determinados partidos judiciales, no en las grandes capitales. Personalmente conocí uno de esos Tribunales de Grfan Instancia de un partido judicial de los alrededores París, donde acudí a entrevistarme con la Juez de instrucción, donde bajo el mismo edificio y con la oficina antes descrita funcionaban tres juzgados civiles, uno de instrucción y uno mercantil (allí lo llaman "de comercio").

Pero lo que sí es cierto es que el actual Juzgado unipersonal, tal como está concebido no funciona, en cuanto a Oficina pública, y o bien se copia el modelo francés, o vamos Juzgados con dos jueces, o a otro modelo, porque el actual no funciona.

A ello hay que unir que la excesiva judicialización de la vida española, y el hecho de que el acceso a determinadas jurisdicciones sea un chollo, lo que provoca es un aumento de litigiosidad, sin que las tímidas medidas correctaras (arbitrajes publicos o privados) sirvan para nada.

Realmente es una situación bastante caótica, donde o se trabaja con resignación, o con pasotismo o se llegan a situaciones extremas del personal. Os asombraríais del nivel de alcoholismo que se da en la carrera judicial, y el porcentaje de abandonos de la carrera que se producen en la categoría de Magistrado.

Ahora bien, donde no tienen razón los jueces es lo que ellos llaman el "incumplimiento de los módulos de trabajo" por parte del Ministerio, que es el trabajo "asumible" por cada juez al año, y que creo (hablo ahora de memoria) que está en torno a las 850 asuntos al año. Y digo que no tienen razón porque meten en el mismo saco tantos los asuntos contenciosos, es decir, los de juicio con partes "combativas" y temas complejos (patentes y marcas, propiedad intelectual, etc, etc), con los asuntos que en el ramo llamamos de "cajón", como son los juicios en rebeldía, las ejecuciones sin oposición, los desahucios por falta de pago, etc, en la vía civil, o los juicios de conformidad en el campo penal, o los conciliados en el ámbito social. En estos casos, con un buen programa informático, la sentencias se podían hacer como churros, pues basta con tener un texto base y unos campos en las cuestiones clave, como las partes, el tipo de acción, los débitos, etc.

Pero es que, además, ellos mismos se complican la vida con normas absurdas de reparto de asuntos, y propiciados por una interpretación no acorde de las normas de procedimiento. Me explico: desde la entrad en vigor de la Ley 1/2000, cuando acaba un procedimiento civil con sentencia y la parte condenada no la cumple, hay que pedir la ejecución. Con la vieja Ley bastaba con un simple escrito para empezar la ejecución y la misma se seguía en el mismo procedimiento; ahora no, hay que formular, tras un plazo de veinte días, una demanda de ejecución, que se registra como asunto nuevo y se abre un nuevo expediente, con lo cual cuentan como dos asuntos lo que en realidad es uno solo. Eso es una trampa para justificar el exceso de trabajo, que vuelvo a repetir no es tal. O, como la última, al menos en Barcelona, que finalizado el asunto y finalizada la ejecución, se tienen que pedir las costas (antes era una, pero ahora son dos: procedimiento y ejecución), que se pedían y tasaban en el expediente respectivo, aunque si no las paga el condenado de grado, ¡¡hay que abrir un nuevo expediente de ejecución!!; pues bien la última parida, dicho sea con la salvaguarda de debidos respetos para los señores jueces y en términos meramente explicativos, es que la petición de costas ha de hacerse en forma de demanda y da origen ¡¡¡a otro nuevo expediente!! Y si la condena es monetaria, la liquidación de intereses ¡¡también tiene que hacerse en forma de demanda y da origen a otro expediente!! Es decir, que si máximo, por poner un ejemplo, me debe 4.000 euros, lo demando (primer expediente judicial), no va a juicio y lo condenan (sentencia de "cajón), y tras los 20 días de rigor pido la ejecución (segundo expediente), en la cual, tras muchas vicisitudes, logró cobrar porque le "trinco" una cuenta corriente con fondos. Bueno, pues el pedir las costas del juicio me supone formular una demanda incidental (tercer expediente judicial), y el pedir las costas de la ejecución otra demanda (cuarto expediente), y si quiero que me pague el interés de demora (el judicial, que es el tipo del Banco de España incrementado en dos puntos, a contar desde la demanda hasta el día en que se le embartgó la cuenta), tengo que iniciar una demanda incidental de liquidación de intereses (quinto expediente judicial). Es decir, lo que sehace es "maquillar" la realidad para demostrar la "enorme carga de trabajo por encima de los módulos" y que los expedientes no se demoran, porque cada vez que se presenta una demanda incidental o de ejecución, el anterior expediente del que dimanan se archiva, pero a lo que vamos es que lo que antes se ventilaba en un único expediente ahora puede dar lugar a cinco o más, siendo el trabajo el mismo, y es más, más mecanizado, o al menos debería serlo.

Por eso, en ese aspecto, los jueces no tienen razón. Los abogados soportamos mucho más trabajo, agravado con el incoveniente de los plazos, pues somos los únicos obligados a cumplirlos, porque los jueces salvan el expediente consignando "en la tramitación del presente expediente de han observado los plazos legales, excepto el de dictar sentencia debido a la acumulación de asuntos", pero si a un abogado se le pasa un plazo le cae la del pulpo, pudiendo llegar a constituir un delito de prevaricación profesional.

Y si no les gusta su trabajo, pues siempre pueden ejercer como abogados :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:


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JoseLuis
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Mensaje por JoseLuis »

UlisesII escribió:¿Pero cómo va a funcionar bien la justicia en España si los jueces y sus carreras dependen de los políticos? ¿Cómo va a funcionar si el CGPJ es nombrado por los políticos entre políticos o jueces aspirantes a serlo? ¿Cómo va a funcionar si los jueces son sus propios jueces? ¿Cómo va funcionar, en fin, si resulta que no aplican la ley sino que la mayor parte de las veces la interpretan o hacen un uso alternativo del derecho? Y para acabar de rematarlo lo de estos días, porque parece ser que lo de Bermejo y Garzón sólo es la punta del iceberg y que otros jueces y policías asisten a cacerías de 6000 € el puesto más luego las piezas (y hablaban del rey y Mitrofán) ¿realmente ganan tanto? ¿de dónde lo sacan? ¿o es que los invitan? y si es así ¿a cambio de qué?.
No es sólo la falta de medios, que también, es la falta de independencia, la falta de ganas, la desidia y el "trepismo" de, por desgracia, más de los que parece.
Hasta otra.


Bueno, estas afirmaciones hay que matizarlas muy mucho. De hecho, de los políticos sólo dependen directamente los nombramientos de los miembros del CGPJ, del que no todos son Magistrados, pues creo recordar que sobre el tercio de los Vocales se efectúa entre juristas de reconocido prestigio, normalmente abogados, procuradores, notarios y/o registradores, para que el Consejo refleje más o menos a todos los operadores jurídicos.

Y en este aspeco, hay que recalcar que el CGPJ no tiene funciones jurisdiccionales, sino solo administrativas, entre ellas el régimen disciplinario de la carrera judicial, y sus resoluciones, como cualquier otra resolución administrativa, son recurribles en la vía contencioso-administrativa. Y en esta vía disciplinaria se corrigen más asuntos de los que la gente se piensa, y hay varios casos de jueces suspendidos o simplemente apartados (eufemismo empleado en lugar de "expulsados") de la carrera judicial por distintos motivos, sobre todo por incapacidades psicológicas de diversos tipos. Lo que pasa es que, como en el ejército, esos expedientes son reservados, y sólo te enteras del resultado cuando de repetente al Magistrado XX dejas de verlo durante un tiempo y luego te llega que ha sido sancionado.

Lo lamentable son los casos "estrella", o de presión mediática, que empequeñecen la labor disciplinaria, y dan una imagen distorsionada del funcionamiento de la carrera judicial. Puedo poner el ejemplo más candente, que es el caso del juez Tirado, en que se ha resuelto su expediente con una sanción pecuniaria que, pese al revuelo mediático, considero que ha sido bastante ecuánime. Me explico: el único motivo por el que se le podía imputar la comisión de una falta era por el que ha sido sancionado, es decir, por no estar al tanto de lo que pasaba en su Juzgado y no haber puesto los medios para corregirlo. Vamos, un poco como en el ejército, donde cualquier barrabasada de un inferior supone de hecho la sanción del superior, precisamente por no haberla evitado. Recuerdo el caso del padrino de una de mis hermanas, ya fallecido, que se pasó una temporada en un castillo porque el brigada de la compañía desertó llevándose la caja; evidentemente el susodicho no había cometido delito alguno, sino el chorizó que robó fondos públicos, pero el mando tiene una carga, que también se da en el ámbito civil aunque a otro niveles, que se llama "culpa in vigilando", y que viene desde tiempos de los romanos, en que se considera que la situación de poder conlleva la obligación de vigilar que los subordinados cumplan con su deber "como lo haría un buen padre de familia" (el entrecomillado es la cita de un viejo aforismo romano). Pues bien, por eso mismo han sancionado al juez Tirado, porque es evidente que, con la actual composición y organización de la oficina judicial, si los funcionarios quieren el juez no se entera de lo que pasa en el juzgado, y en este caso, en un jugzado con cientos de asuntos pendientes, con juicios que realizar, con sentencias que redactar, y con las circunstancias concurrentes del caso (escaso personal, baja laboral de la persona que debía tramitar la ejecutoria, y el que no se reforzase la plantilla, a pesar de haberlo solicitado por escrito en varias ocasiones), entiendo que la sanción es acorde a derecho. Distinto es el caso de la Secretario judicial a quien le han metido un "cuerno" de agárrate y no te menees, porque entre sus funciones está la de ser jefe de personal del Juzgado, y por lo tanto tenía que haber reorganizado la plantilla para que las ejecutorias no quedaran paralizadas, y lo que es más importe, los Secretarios judiciales tienen la obligación de dar cuenta al juez de la situación procesal de cada expediente para que este acuerde lo oportuno; y evidentemente, en ese caso no hubo "dación de cuenta". Y aunque estoy convencido que no hubo ni mala fe ni intención culposa por parte de la Secretario, es la consecuencia, es decir, la carga que conlleva el puesto.

Cuestión distinta es la exigencia de responsabilidades penales y/o civiles a jueces y magistrados, que eso es harina de otro costal, pero ha habido casos, como el del juez Calamita, en que aún siendo juzgado por sus propios compañeros de carrera, le han dado un palo de órdago.

Sobre el uso alternativo del derecho, pues esto, que servidor recuerde, ha existido desde que tengo conocimiento, y ha ido por épocas y en función de personajes que han ejercido la función jurisdiccional. Pero ello ha sido propociado por una falsa concepción del sistema judicial por parte de determinados "iluminados" que se creían que un juez en España (y en general en lo que se ha venido llamado el sistema "continental", por diferenciarlo del anglosajón) que un juez puede crear derecho a través de la interpretación de la norma. Y eso no es así. En el sistema contienental, en general, y en el Español en particular, por así disponerlo el artículo 1 del Código Civil, sólo puede crear doctrina, es decir, crear derecho, el Tribunal Supremo, no el juez de primera instancia de Villaconejos de Abajo, el cual queda vinculado por la doctrina, de tal forma que uno de los motivos de casación es la infracción de doctrina legal. Por eso, todos los que ha hecho uso del "derecho alternativo" han visto como sus resoluciones han sido revocadas, y han sido corregidos, normalmente con amonestación privada, y antaño, cuando la facultad disciplinaria estaba en manos de las Salas de Gobierno de las Audiencias, con algún correctivo mayor. Pero de cara al particular que ha sido víctima de uno de esos "iluminados" poco le sirve, porque ha tenido que gastarse dinero en abogados para recurrir y esperar a que se le diera la razón (normalmente algúnos años, aunque ahora la media se ha reducido mucho, casi al año o inferior, pero aún así es de escándalo).

Y la cuestión es un poco delicada, porque en temas de interpretaciones hay tantas como juristas, y quizás, y enlazando con la cuestión disciplinaria, se debería articular un medio para que el juez que haya cometido infracción notoria de la doctrina legal tuviese que pagar de su bolsillo, y no la Administración con los impuestos de todos, los daños y perjuicios causados por ese "uso alternativo del derecho". Quizás entonces se lo pensarían más de una vez antes de infringir la doctrina.

Sobre Garzón. Garzón es un caso aparte. Garzón es un "monstruo" credado artificialmente, un producto mediático, que se les fue de las manos a sus creadores, que lo hicieron con finalidad político-electoral, que consciente del poder de convocatoria mediática y arovechando los resquicios legales, echó a andar por su cuenta siguiendo sus propias inquietudes y/o ambiciones. Y no supieron o pudieron pararlo y le han cogido miedo. Pero miedo a la repercusión mediática y a los apoyos políticos soterrados que tiene en los partidos de izquierda, que le hacen creerse invulnerable. Y a pesar que tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo han tenido ocasiones y motivos para meterle más de un "cuerno", nadie se atreve para no complicarse la vida en los últimos años de carrera.

Quizás ahora haya cometido un error, porque se ha metido nada más y nada menos con el partido político en el que más abogados hay, bueno, mejor dicho juristas, porque hay desde abogados del estado, notarios, registradores, procuradores de los tribunales, o abogados corrientes y molientes, y le pueden dar una "batalla" que no le han podido dar los particulares, por más dinero o poder que pudieran tener. Veremos lo que pasa, porque en el llamado "caso del bórico" hizo lo mismo que está haciendo ahora y salió de rositas.

En cuanto al sueldo de jueces y magistrados, pues calculo, por encima, que Garzón, con los trienios por antigüedad, el complemento de peligrosidad, las guardias, etc, etc, pues puede que esté sobre los 6.000 euros al mes, euro arriba euro abajo, y completa sus ingresos con las conferencias y otras actividades, que le han sido previamente autorizadas por la superioridad. Ahora bien, esta actividad que desarrolla Gárzón ha dado lugar a muchas especulaciones y/o chascarrillos, pues con el gtrabajo que tiene un Juzgado Central de Instrucción, o bien tiene unos "negros" que le hacen el trabajo (que es quizás la hipótesis más probable), o bien se esnifa parte de los alijos que intervienen, porque ese ritmo no hay ser humano que lo aguante.

Y respecto a las invitaciones, pues hombre, haberlas haylas (servidor ha hecho algunas aunque modestas, como es alguna comida o unas rondas de copas), pero no con el fin que pudiera presumirse, sino por cortesía, por darse a conocer, para que te miren bien, o, como decía mi abuelo porque hay que tener amigos o conocidos hasta en el infierno.


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UlisesII
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Mensaje por UlisesII »

Hola amigos:
Pero amigo Jose Luis, el juez Calamita no puede ser ejemplo. El intentó defender el interés de un menor que iba a ser adoptado por una pareja de lesbianas solicitando informes. En otras palabras: hizo algo políticamente incorrecto y lo crujieron. Siendo mal pensado para hacer méritos ante sus superiores políticos y no molestar al poder que ha hecho la ley. ¿Qué pasó con los del "negro" en la Audiencia Nacional? Que al final salieron de rositas y al que crujieron fue a un psicólogo que tenía la pasta en casa y no a los jueces uno de los cuales recibía en casa a la mujer del narco.
En cuanto a lo del "uso alternativo del derecho", el problema no es sólo lo que tu señalas porque reclamarles se les podría reclamar de oficio, es que por lo general juez que lo hace, juez que sale de rositas. Y casualmente las interpretaciones suelen ser casi todas en el mismo sentido.
En cuanto a Garzón a ver si es verdad lo que dices. No es que el personaje me caiga mal, que me cae, es que no debería de haber vuelto a la judicatura tras su paso por la política. Y si gana más pasta con sus otras actividades pues hala, que deje de cobrar de nuestros impuestos. El problema es que probablemente entonces no ganaría tanto con sus actividades privadas.
Respecto a las invitaciones, bueno es discutible, pero fijate tu los Albertos: invitan a cazar al rey y casualmente no ingresan en la carcel ni tienen que pagar a los que estafaron ¡¡qué cosas!!
Hasta otra.


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maximo
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Mensaje por maximo »

hizo algo políticamente incorrecto


Posiblemente, pero para que le condenaran ademas debio hacer algo legalmente incorrecto tambien. Lo "politicamente incorrecto" no esta legislado en nuestro pais. Y eso que se sigue aceptando que la ley deriva de la costumbre, pero es incluso desde ese punto de vista, la costumbre mayoritaria va en contra de aquella decision. Lo que un juez no puede ser es cualquier otra cosa que no sea el ser interpretador de las leyes. Y las de los libros, no la de Dios o la "inglesia".


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JoseLuis
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Mensaje por JoseLuis »

UlisesII escribió:el juez Calamita no puede ser ejemplo. El intentó defender el interés de un menor que iba a ser adoptado por una pareja de lesbianas solicitando informes. En otras palabras: hizo algo políticamente incorrecto y lo crujieron. Siendo mal pensado para hacer méritos ante sus superiores políticos y no molestar al poder que ha hecho la ley. ¿Qué pasó con los del "negro" en la Audiencia Nacional? Que al final salieron de rositas y al que crujieron fue a un psicólogo que tenía la pasta en casa y no a los jueces uno de los cuales recibía en casa a la mujer del narco.


A ver, el juez Calamita es un ejemplo de como, contra la opinión generalizada, cuando a un juez le cogen con "el carrito del helao", le crujen a base de bien sus propios compañeros. No he opinado sobre el fondo, pues no lo conozco, pero dudo que el motivo de la querella, a la que se adhirio el Ministerio Fiscal, haya sido por ese motivo. Tengo ahora pendiente un tema de divorcio donde nos estamos peleando a cara de perro (represento al marido) por la custodia compartida, y la juez, a petición de un servidor que indicó que la custodia sólo a favor de la madre con sólo régimen de visitas al padre podría afectar a los menores (que tienen cinco años y son gemelos), porque el padre ha estado muy volcado con sus hijos desde que nacieron, precisamente por ser gemelos y prematuros, ha solicitado un informe piscológico de uno d los gabinetes de apoyo y ninguna de las partes estamos pensando en querellarnos contra la juez. En en el caso del juez Calamita hay mucho mar de fondo, que sólo se puede conocer con un estudio detallado de la causa (entiéndase expediente judicial), y partiendo del hecho de que el motivo de la condena es por el retraso malicioso en la tramitación del expediente. Si se hubiera limitado a denegarlo, con las argumentaciones que hubiera querido, siempre dentro del marco de la ley, hubiera bastado la vía del recurso a la parte interesada y no se hubieran querellado.

¿Que qué pasó con el "negro" de la Audiencia nacional?. Pues de entrada que ese caso a sevidor le fastidió a base de bien un tema pendiente en esa misma Sala: tuve una vista contra una solicitud de extradición planteada por la justicia francesa, donde plantee la negativa a la extradición dada la inconcreción de la imputación y el hecho de que mi cliente tuviese causas abiertas en España que me salió tan "bordada" (perdón por el autobombo) que hasta los compañeros de Madrid me dijeron al salir que había "crujido" al Fiscal y que me iban a dar la razón, pero pasó lo del "negro", suspendieron al Tribunal, nombraron a otro, entre los que estaba "SuperBer", y me despacharon por la vía de urgencia. El único consuelo es que mis argumentos de fondo sirvieron al abogado francés para conseguir que en el plazo de un mes desde que el cliente fuese extraditado el mismo consiguiese la libertad. Pero esa es otra historia. De toda la vida la Sección 4ª de la Audiencia Nacional tenía la "fama" de ser la más benigna en el tratamiento de las prisiones provisionales, y bastó con el informe de un psicólogo (al que crujieron) para modificar el régimen de prisión, pero como habían hecho en muchos otros casos.

Hago un paréntesis aquí para indicar a los profanos que la situación de prisión provisional, tanto desde el punto de vista de la ley, como de la interpretación del TS, TC y TEDH, es una situacíón excepcional, y que el principio general es que durante la tramitación de la causa lo normal es que un imputado esté en libertad, con las garantías que se estime, salvo los supuestos excepcionales previstos, que son el riesgo de huida, la reiteración delictiva o la destrucción de pruebas La llamada "alarma social" ya no es, después de la reforma del año ¿2001? (es que de verdad no me acuerdo de la fecha exacta) un factor más a considerar, peo los principales son los indicados. Y ello para que la prisión provisional no sirva de imposición de pena anticipada a una persona que aún no ha sido juzgado y que goza de la presunción de inocencia.

Dicho lo cual, volvemos al tema de las interpretaciones: bajo ese prisma, solo se podía sancionar al que se cogió con el cuerpo del delito, es decir, al médico que le cogieron con el dinero, pero no se pudo probar que los magistrados hubieran sido "tocados" de igual forma.

Y no se fueron tan de "rositas", porque perdieron destino, amen del periodo de suspensión que tuvieron durante la instrucción del expediente.


UlisesII escribió:no a los jueces uno de los cuales recibía en casa a la mujer del narco.


No es una situación normal, pero tampoco tan anómala, el que algunos jueces reciban o den su teléfono particular, en según que casos y según a qué personas, porque si tuvieran que atender a todo el mundo en su despacho oficial, es que no saldrían del mismo en las 24 horas del día. De hecho hay jueces que a los abogados nos dan sus números de teléfono o direcciones para poder contactar con ellos, en aras a la celeridad en la resolución de asuntos urgentes. Particularmente, un juez de primera instancia, hoy presidende una Sala de AP de Barcelona, en un tema urgente como era el nombramiento de un administrador provisional de una sociedad cuyo administrador se había matado en un accidente de tráfico, quedando la sociedad descabezada y sin firma bancaria y con nóminas y facturas que pagar a fin de mes, no pudiendo convocarse junta de accionistas, porque sólo la puede convocar el administrador (el muerto), ni hacer una llamada junta universal, porque requiere la presencia de todo el capital, y el muerto era accionista, pues me soltó: "¿Qué opinan de esto "los sabios?", en relación a la doctrina y jurisprudencia, y al contestarle que lo poco que había mirado no se decía nada porque era una situación legalmente no prevista, me dijo: "Pues míratelo y si encuentras algo, me llamas a casa", dándome su trajeta particular, con dirección y teléfono.

Pero no es recomendable, precisamente por el "que dirán", sobre todo si es una situación contenciosa, es decir, que hay dos partes, ni porque la gente, en su mayoría, suele obrar con prudencia, y pueden pasar desde empezar a dar el peñazo por auténticas chorradas cuando estás en casa desconectando del trabajo (también nos pasa a los abogados), o a irse de la boca alardeando de situaciones que no se dan en la realidad.

En este caso, estoy convencido de que si recibió a la mujer del narco, es que esta iría acompañada del abogado de aquél, y por deferencia hacia el Letrado, el cual hizo al juez una gran putada al llevar a la señora en cuestión.

UlisesII escribió:En cuanto a lo del "uso alternativo del derecho", el problema no es sólo lo que tu señalas porque reclamarles se les podría reclamar de oficio, es que por lo general juez que lo hace, juez que sale de rositas. Y casualmente las interpretaciones suelen ser casi todas en el mismo sentido.


Hombre, de rositas no se van, porque las correcciones, aunque sean amonestaciones, consta en su expediente, lo cual es valorable luego cuando optan a una plaza en la que hay más solicitantes y se resuelve por concurso de méritos. Y no hay que olvidar que los expedientes sancionadores a los jueces (como en el ejército a los mandos) son reservados, y luego, con el tiempo te enteras que si el juez XXX ha dejado la carrera y ahora está ejerciendo como abogado, pues es porque le habían pillado en una falta muy grave por haberse saltado el criterio de la superioridad y le habían "recomendado" que le saldrá mejor en el campo de la iniciativa privada. Vamos, lo que le pasó a Gómez de Liaño.


UlisesII escribió:En cuanto a Garzón a ver si es verdad lo que dices. No es que el personaje me caiga mal, que me cae, es que no debería de haber vuelto a la judicatura tras su paso por la política.


Esos es muy relativo, ya que junto con Garzón fue en la lista del PSOE en esas elecciones otro Magistrado, Ventura Pérez Mariño, el cual también renunció a su acta y volió a la juridcatura y sigue siendo un personaje muy respetado, al margen de sus ideas políticas. Eso es más del personaje (Garzón) que del hecho de volver a la judicatura desde la política.

Lo que ya no era tan normal es que aparte de la excedencia por dedicarse a la política, hubiese reserva de plaza, como si en vez de excedencia pareciese que estuviese en comisión de servicios. Afortundamente esto se corrigió durante el ministerio de Margarita Mariscal de Gante (primer gobierno Aznar) y nadie le ha puesto pegas, señal de que fue una medida acertada, y a partir de entonces, el juez que quiera dedicarse a la política ya sabe que si retorna a la carrera habrá de ir a la plaza que esté vacante, aunque sea en el juzgado de Villaconejos de Abajo, porque si estaba muy cómodo en su despachito de HHHH, no haberse ido.

UlisesII escribió:Respecto a las invitaciones, bueno es discutible, pero fijate tu los Albertos: invitan a cazar al rey y casualmente no ingresan en la carcel ni tienen que pagar a los que estafaron ¡¡qué cosas!!


Ese tema excede propiamente de lo que es la Administración de Justicia, ya que el rey no es parte de la misma, sino el Jefe del Estado.

En todo caso es señal de que lo dice el dicho aquél de que "quien tiene padrinos se bautiza" es una realiad patente.


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Mensaje por UlisesII »

Hola amigos:
JoseLuis escribió:
UlisesII escribió:el juez Calamita no puede ser ejemplo. El intentó defender el interés de un menor que iba a ser adoptado por una pareja de lesbianas solicitando informes. En otras palabras: hizo algo políticamente incorrecto y lo crujieron. Siendo mal pensado para hacer méritos ante sus superiores políticos y no molestar al poder que ha hecho la ley. ¿Qué pasó con los del "negro" en la Audiencia Nacional? Que al final salieron de rositas y al que crujieron fue a un psicólogo que tenía la pasta en casa y no a los jueces uno de los cuales recibía en casa a la mujer del narco.


A ver, el juez Calamita es un ejemplo de como, contra la opinión generalizada, cuando a un juez le cogen con "el carrito del helao", le crujen a base de bien sus propios compañeros. No he opinado sobre el fondo, pues no lo conozco, pero dudo que el motivo de la querella, a la que se adhirio el Ministerio Fiscal, haya sido por ese motivo. Tengo ahora pendiente un tema de divorcio donde nos estamos peleando a cara de perro (represento al marido) por la custodia compartida, y la juez, a petición de un servidor que indicó que la custodia sólo a favor de la madre con sólo régimen de visitas al padre podría afectar a los menores (que tienen cinco años y son gemelos), porque el padre ha estado muy volcado con sus hijos desde que nacieron, precisamente por ser gemelos y prematuros, ha solicitado un informe piscológico de uno d los gabinetes de apoyo y ninguna de las partes estamos pensando en querellarnos contra la juez. En en el caso del juez Calamita hay mucho mar de fondo, que sólo se puede conocer con un estudio detallado de la causa (entiéndase expediente judicial), y partiendo del hecho de que el motivo de la condena es por el retraso malicioso en la tramitación del expediente. Si se hubiera limitado a denegarlo, con las argumentaciones que hubiera querido, siempre dentro del marco de la ley, hubiera bastado la vía del recurso a la parte interesada y no se hubieran querellado.

¿Que qué pasó con el "negro" de la Audiencia nacional?. Pues de entrada que ese caso a sevidor le fastidió a base de bien un tema pendiente en esa misma Sala: tuve una vista contra una solicitud de extradición planteada por la justicia francesa, donde plantee la negativa a la extradición dada la inconcreción de la imputación y el hecho de que mi cliente tuviese causas abiertas en España que me salió tan "bordada" (perdón por el autobombo) que hasta los compañeros de Madrid me dijeron al salir que había "crujido" al Fiscal y que me iban a dar la razón, pero pasó lo del "negro", suspendieron al Tribunal, nombraron a otro, entre los que estaba "SuperBer", y me despacharon por la vía de urgencia. El único consuelo es que mis argumentos de fondo sirvieron al abogado francés para conseguir que en el plazo de un mes desde que el cliente fuese extraditado el mismo consiguiese la libertad. Pero esa es otra historia. De toda la vida la Sección 4ª de la Audiencia Nacional tenía la "fama" de ser la más benigna en el tratamiento de las prisiones provisionales, y bastó con el informe de un psicólogo (al que crujieron) para modificar el régimen de prisión, pero como habían hecho en muchos otros casos.

Hago un paréntesis aquí para indicar a los profanos que la situación de prisión provisional, tanto desde el punto de vista de la ley, como de la interpretación del TS, TC y TEDH, es una situacíón excepcional, y que el principio general es que durante la tramitación de la causa lo normal es que un imputado esté en libertad, con las garantías que se estime, salvo los supuestos excepcionales previstos, que son el riesgo de huida, la reiteración delictiva o la destrucción de pruebas La llamada "alarma social" ya no es, después de la reforma del año ¿2001? (es que de verdad no me acuerdo de la fecha exacta) un factor más a considerar, peo los principales son los indicados. Y ello para que la prisión provisional no sirva de imposición de pena anticipada a una persona que aún no ha sido juzgado y que goza de la presunción de inocencia.

Dicho lo cual, volvemos al tema de las interpretaciones: bajo ese prisma, solo se podía sancionar al que se cogió con el cuerpo del delito, es decir, al médico que le cogieron con el dinero, pero no se pudo probar que los magistrados hubieran sido "tocados" de igual forma.

Y no se fueron tan de "rositas", porque perdieron destino, amen del periodo de suspensión que tuvieron durante la instrucción del expediente.


UlisesII escribió:no a los jueces uno de los cuales recibía en casa a la mujer del narco.


No es una situación normal, pero tampoco tan anómala, el que algunos jueces reciban o den su teléfono particular, en según que casos y según a qué personas, porque si tuvieran que atender a todo el mundo en su despacho oficial, es que no saldrían del mismo en las 24 horas del día. De hecho hay jueces que a los abogados nos dan sus números de teléfono o direcciones para poder contactar con ellos, en aras a la celeridad en la resolución de asuntos urgentes. Particularmente, un juez de primera instancia, hoy presidende una Sala de AP de Barcelona, en un tema urgente como era el nombramiento de un administrador provisional de una sociedad cuyo administrador se había matado en un accidente de tráfico, quedando la sociedad descabezada y sin firma bancaria y con nóminas y facturas que pagar a fin de mes, no pudiendo convocarse junta de accionistas, porque sólo la puede convocar el administrador (el muerto), ni hacer una llamada junta universal, porque requiere la presencia de todo el capital, y el muerto era accionista, pues me soltó: "¿Qué opinan de esto "los sabios?", en relación a la doctrina y jurisprudencia, y al contestarle que lo poco que había mirado no se decía nada porque era una situación legalmente no prevista, me dijo: "Pues míratelo y si encuentras algo, me llamas a casa", dándome su trajeta particular, con dirección y teléfono.

Pero no es recomendable, precisamente por el "que dirán", sobre todo si es una situación contenciosa, es decir, que hay dos partes, ni porque la gente, en su mayoría, suele obrar con prudencia, y pueden pasar desde empezar a dar el peñazo por auténticas chorradas cuando estás en casa desconectando del trabajo (también nos pasa a los abogados), o a irse de la boca alardeando de situaciones que no se dan en la realidad.

En este caso, estoy convencido de que si recibió a la mujer del narco, es que esta iría acompañada del abogado de aquél, y por deferencia hacia el Letrado, el cual hizo al juez una gran putada al llevar a la señora en cuestión.

UlisesII escribió:En cuanto a lo del "uso alternativo del derecho", el problema no es sólo lo que tu señalas porque reclamarles se les podría reclamar de oficio, es que por lo general juez que lo hace, juez que sale de rositas. Y casualmente las interpretaciones suelen ser casi todas en el mismo sentido.


Hombre, de rositas no se van, porque las correcciones, aunque sean amonestaciones, consta en su expediente, lo cual es valorable luego cuando optan a una plaza en la que hay más solicitantes y se resuelve por concurso de méritos. Y no hay que olvidar que los expedientes sancionadores a los jueces (como en el ejército a los mandos) son reservados, y luego, con el tiempo te enteras que si el juez XXX ha dejado la carrera y ahora está ejerciendo como abogado, pues es porque le habían pillado en una falta muy grave por haberse saltado el criterio de la superioridad y le habían "recomendado" que le saldrá mejor en el campo de la iniciativa privada. Vamos, lo que le pasó a Gómez de Liaño.


UlisesII escribió:En cuanto a Garzón a ver si es verdad lo que dices. No es que el personaje me caiga mal, que me cae, es que no debería de haber vuelto a la judicatura tras su paso por la política.


Esos es muy relativo, ya que junto con Garzón fue en la lista del PSOE en esas elecciones otro Magistrado, Ventura Pérez Mariño, el cual también renunció a su acta y volió a la juridcatura y sigue siendo un personaje muy respetado, al margen de sus ideas políticas. Eso es más del personaje (Garzón) que del hecho de volver a la judicatura desde la política.

Lo que ya no era tan normal es que aparte de la excedencia por dedicarse a la política, hubiese reserva de plaza, como si en vez de excedencia pareciese que estuviese en comisión de servicios. Afortundamente esto se corrigió durante el ministerio de Margarita Mariscal de Gante (primer gobierno Aznar) y nadie le ha puesto pegas, señal de que fue una medida acertada, y a partir de entonces, el juez que quiera dedicarse a la política ya sabe que si retorna a la carrera habrá de ir a la plaza que esté vacante, aunque sea en el juzgado de Villaconejos de Abajo, porque si estaba muy cómodo en su despachito de HHHH, no haberse ido.

UlisesII escribió:Respecto a las invitaciones, bueno es discutible, pero fijate tu los Albertos: invitan a cazar al rey y casualmente no ingresan en la carcel ni tienen que pagar a los que estafaron ¡¡qué cosas!!


Ese tema excede propiamente de lo que es la Administración de Justicia, ya que el rey no es parte de la misma, sino el Jefe del Estado.

En todo caso es señal de que lo dice el dicho aquél de que "quien tiene padrinos se bautiza" es una realiad patente.


:claps: :claps: :claps: :claps: :claps: :claps:
Amigo lo puedes decir más alto, pero no más claro.
El problema quizá radique entonces en que el ruido político, la intromisión de los partidos en el poder judicial, lo envenena todo y evita que se puedan solucionar los temas de "diario" que son el meollo del problema de la justicia, porque las prioridades son otras. De todos modos lo del juez Calamita habría que verlo más detenidamente porque tanto tu como yo sabemos lo de la prensa y según esta el retraso se debió precisamente a la solicitud de informes, pero ya se sabe el poder del lobby gay... y aquí volvemos a la política.
Lo de las invitaciones, al menos algunas, sigo pensando que un juez no debe aceptarlas por razones estéticas, pero como bien dices el que tiene padrinos....

Hasta otra.


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AFOCES
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Registrado: 16 Dic 2006, 14:41

Un ejemplo.

Mensaje por AFOCES »

La justicia norteamericana ha condenado al financiero Madoff a 150 años de cárcel por un fraude de 50.000 millones de dólares. No voy a entrar en los problemas de los afectados para lo que no tengo la información necesaria. Solo voy a mencionar un factor, de los necesarios, para que la justicia se considere tal. El Sr Madoff fue detenido el pasado 11 de diciembre, por agentes del FBI en las oficinas de su empresa, permaneció en arresto domiciliario hasta el 12 de marzo en que fue encarcelado - tras declararse culpable - y, en esa situación, ha permanecido a la espera del veredicto que se dio a conocer este lunes en el juzgado federal de Nueva York.

¿Qué hubiera sucedido en España? Pues… probablemente demoras y más demoras, recursos y más recursos… Su avanzada edad quizás fuese, también, un factor a tener en cuenta… En resumen: ¿juzgado en siete meses? Bueno eso es imposible porque como dijo el Sr Pacheco…

La verdad es que llama la atención la celeridad con la que se ha desarrollado el proceso, y llama la atención, porque contrasta con la lentitud, y otros factores peculiares, de la justicia española. Los ejemplos no son precisamente escasos y, por ello, no es extraño que la justicia sea la institución peor valorada por los españoles.

Tomemos nota.
Saludos.


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Durruti
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Ubicación: Al fondo,que hay sitio

Re: Un ejemplo.

Mensaje por Durruti »

AFOCES escribió:¿Qué hubiera sucedido en España? Pues… probablemente demoras y más demoras, recursos y más recursos…
.........................................
Tomemos nota.


Pues no. Parece ser que no tomamos nota. Ahí tienes los casos Forum y Afinsa...tres años de diligencias y aún sin juicio...que envidia dan algunos... :evil:

Saludos


Las batallas contra las mujeres son las únicas que se ganan huyendo. (Napoleón Bonaparte)
................................
Estos son mis principios. Si a usted no le gustan, tengo otros. (Groucho Marx)
AFOCES
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Demos sosiego al Tribunal Constitucional.

Mensaje por AFOCES »

Hace algún tiempo predije en este foro – y me he equivocado – que el Tribunal Constitucional dictaría sentencia, sobre el Estatuto catalán, en el mes de agosto. Mi fallida predicción se basaba en que “ya era hora”, después de tres años, y que en agosto su dictamen, favorable o desfavorable, pasaría más desapercibido. Pues no ha sucedido así y, por el contrario, el portavoz del partido socialista – Sr Alonso - pide “sosiego para que el Tribunal Constitucional pueda trabajar con tranquilidad y dictar sentencia en el caso del estatuto catalán”. Parece que el tiempo transcurrido no ha sido suficiente para estudiar menos de un artículo/día del Estatuto. Bueno, pues sigamos el consejo del Sr Alonso. Dejemos que los miembros del Tribunal disfruten de los últimos días de vacaciones y concedámosles, también, unas semanas para que se pongan al día y puedan tomar el trabajo donde lo han dejado.

Sin embargo, hay movimientos en la prensa - y en los medios políticos - por lo que la sentencia parece que no tardará en materializarse. Mientras, y en previsión de que la sentencia no fuese favorable, los partidos catalanes ejercen presiones sobre el Tribunal e, incluso, anuncian que no acatarán el fallo si cuestiona el texto del Estatuto.

Todo esto mueve a la indignación porque es un ataque a la democracia y al estado de derecho y, al mismo tiempo, porque la situación sería menos “complicada” si el Tribunal Constitucional hubiese hecho su trabajo con más diligencia. En este dilatado tiempo, se han promulgado normas en Cataluña – contando con la constitucionalidad del Estatuto - que ahora, si no se declara así, serán muy difíciles de anular o modificar.
Saludos.


Geromin
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Mensaje por Geromin »

PORQUE SE NEGÓ A LEVANTARSE
CONDENADO POR TIRAR DE LA CAMA CON COLCHÓN INCLUIDO AL HIJO DE SU PAREJA

La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha condenado a 36 días de trabajos en beneficio de la comunidad a un hombre que tiró de la cama, volteando el colchón sobre el que reposaba, al hijo de su pareja ya que se negó a levantarse.

Según recoge la sentencia, que también impone al acusado la prohibición de acercarse a la víctima, un menor de 17 años de edad, durante un plazo de seis meses, los hechos ocurrieron sobre las 9,30 horas de la mañana del pasado día 19 de mayo, cuando el procesado

se encontraba en el domicilio familiar donde convivía con su compañera sentimental, así como con la hija común de ambos y con el hijo de ella, ambos, menores de edad.

El imputado recriminó al chico, de 17 años de edad, que no se levantara de la cama, iniciándose una discusión entre ambos. Dado que el joven se negó a levantarse, el acusado volteó de forma brusca

el colchón en el que descansaba, lo que provocó que el menor cayera al suelo y se golpeara contra una de las mesillas de noche.

La juez considera los hechos constitutivos de un delito de malos tratos en el ambito familiar, dado que el sujeto de la agresión es el hijo de la compañera sentimental del acusado, que convivía con la pareja en el mismo domicilio, y que se encontraba sujeto a la potestad o guarda de su madre, esto es, de la compañera sentimental del acusado.

La sentencia aplica como agravante el que los hechos sucedieran en el domicilio familiar donde tanto el acusado como el menor convivían, así como el tipo atenuado dadas las circunstancias del autor y del hecho, ya que el motivo por el cual sucedieron los hechos, no fue otro que la discrepancia existente acerca de la educación del menor, actuando el acusado inicialmente con el ánimo de lograr que el hijo de su compañera sentimental le obedeciera, se levantara de la cama e iniciara "una actividad provechosa", si bien se excedió "notablemente en el medio empleado a dicho fin", indica la juez.

http://www.elfarodecantabria.com/articl ... icle=57472


AFOCES
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Y van...

Mensaje por AFOCES »

"El Rafita" - famoso criminal por su participación en el horrible asesinato de Sandra Palo - que fue violada, atropellada y quemada - ya se ha hecho mayor de edad pero continúa siendo un peligro para la sociedad.

Estaba en busca y captura desde hace un año y, una vez conocido su paradero, la policía le detuvo después de una acción de película en la que los agentes se disfrazaron para pasar desapercibidos en la zona. Fue detenido por décima vez desde que alcanzó la mayoría de edad y, como las anteriores, a las 24 horas ya estaba en libertad . No ha sido juzgado ni ha ido a prisión porque en todas las ocasiones ha cometido delitos considerados menores. En esta última ocasión la Policía le imputa - junto a la banda de la que forma parte - "el robo, desguace y venta de 175 vehículos, 110 furgonetas y 65 coches".

El magistrado encargado de tomarle declaración no tuvo en cuenta ni el riesgo de fuga ni que es "superreincidente" y decretó su libertad sin fianza. Sale del juzgado con una triple imputación : "robo con fuerza a vehículos, pertenencia a un grupo criminal o asociación ilícita (la banda actuaba de forma coordinada para robar, desguazar y quemar coches) y atentado contra agente de la autoridad" - ya que durante este último arresto lesionó a dos agentes -.

La operación fue la culminación de varios meses de trabajo de una docena de agentes para los que la solución tiene que ser frustrante. A buen seguro que los jueces aplican la legislación en vigor pero la verdad es que cuesta entender situaciones como esta y quizá sería conveniente modificar las leyes que las permiten.

El caso es que el ahora adulto Rafael está en libertad listo para nueva acción.
Saludos.


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