caudete escribió:Ferchol555 escribió:Hasta que día se puede enviar lo de la PAEG, porque las notas el papel oficial me lo darán el martes.
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Hoy ya las he llevado al mismo recibirlas jeje.
caudete escribió:Ferchol555 escribió:Hasta que día se puede enviar lo de la PAEG, porque las notas el papel oficial me lo darán el martes.
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Ferchol555 escribió:caudete escribió:Ferchol555 escribió:Hasta que día se puede enviar lo de la PAEG, porque las notas el papel oficial me lo darán el martes.
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Hoy ya las he llevado al mismo recibirlas jeje.
mikeloncio escribió:10 julio, digo yo, aunque se quemen mas calorias abriendo un pdf, es bastante mas rapido que esperar a que te contesten aquí...
Log39 escribió:Buenas soy nuevo aqui, y me gustaría saber si ya estan seguros de que no va a salir ninguna plaza de PI a Ad ¿?
davidzgz escribió:Hola a to2
Al final se sabe algo de si los que van por grado superior solo pueden optar a los que corresponden a la rama de la prueba de acceso que tienen aprobada??
En otro foro que se centra en la promocion interna,lo dan por hecho y están quemados con esto.
Un saludo
Log39 escribió:Entoces con un 8,5 de nota de acceso es mejor que me vaya olvidando
Darr escribió:davidzgz escribió:Hola a to2
Al final se sabe algo de si los que van por grado superior solo pueden optar a los que corresponden a la rama de la prueba de acceso que tienen aprobada??
En otro foro que se centra en la promocion interna,lo dan por hecho y están quemados con esto.
Un saludo
Eso es correcto. Lo pone la convocatoria de P.I.
Saludos.
heart escribió:Viene al principio del todo en Bases comunes/requisitos de los aspirantes:
1.7.2. Escala de Suboficiales:
a) Con exigencia previa de un título de técnico superior: los aspirantes deberán poseer
un título de técnico superior, que pertenezca a una de las familias profesionales que se establecen
en el Anexo II, apartado 3.A del Reglamento, de los contemplados en el artículo 2
de la ORDEN DEF/1097/2012.
b) Sin exigencia previa de un título de técnico superior:
1) Título de bachiller o de una titulación equivalente de las contempladas en la letra b)
de la disposición adicional tercera del Real Decreto 1147/2011.
2) Poseer un título de Técnico de Grado Medio y haber superado el curso de formación
específico, conforme determina el artículo 19 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio
(«BOE» número 182, de 30 de julio), por el que se establece la ordenación general de la
formación profesional del sistema educativo, siempre que las materias de la parte específica
del citado curso den opción de acceso a las familias profesionales que contengan títulos
de técnico superior de los requeridos para la incorporación a la escala y para la adquisición
de la especialidad fundamental que el aspirante haya solicitado.
3) a) Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior,
siempre que las materias de la parte específica de la prueba den opción de acceso a las
familias profesionales que contengan títulos de técnico superior de los requeridos para
la incorporación a la escala y para la adquisición de la especialidad fundamental que el
aspirante haya solicitado.
b) Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años a
la que hace referencia el artículo 69.6 de la Ley Orgánica 2/2006.
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