Gobierno del Presidente Rafael Correa

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Albertopus
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Mensaje por Albertopus »

Estimados todos:

Me encanta la política de los países del ALBA que pretende eregirse en los nuevos Robin Hoods del mundo. La verdad es que Ecuador no fue quien buscó ser el protagonista de la noticia, que fue Assange quien eligió solicitar asilo en la embajada ecuatoriana en el Reino Unido, aunque Ecuador ha aceptado encantado el papel de redentor. Me gustaría hacer unos comentarios:

- La "amenaza" británica. No sé si los estimados foristas han leído la aburrida Ley de locales diplomáticos y consulares de 1987, que el es con la que se supone que el gobierno británico amenaza fieramente con violar la Embajada ecuatoriana. Si no la habéis leído está aquí:

http://www.legislation.gov.uk/ukpga/1987/46

Se refiere ÚNICAMENTE a las condiciones y procesos por los cuales el gobierno británico puede conceder o retirar terrenos e instalaciones para ser usados como representaciones diplomáticas o consulares. Es una auténtica pesadez y un documento aburrido. Lo único interesante es esto:

"1 Acquisition and loss by land of diplomatic or consular status.E+W+S+N.I.

(1)Subject to subsection (2) below, where a State desires that land shall be diplomatic or consular premises, it shall apply to the Secretary of State for his consent to the land being such premises.
(2)A State need not make such an application in relation to land if the Secretary of State accepted it as diplomatic or consular premises immediately before the coming into force of this section.
(3)In no case is land to be regarded as a State’s diplomatic or consular premises for the purposes of any enactment or rule of law unless it has been so accepted or the Secretary of State has given that State consent under this section in relation to it; and if—
(a)a State ceases to use land for the purposes of its mission or exclusively for the purposes of a consular post; or
(b)the Secretary of State withdraws his acceptance or consent in relation to land,
it thereupon ceases to be diplomatic or consular premises for the purposes of all enactments and rules of law.
(4)The Secretary of State shall only give or withdraw consent or withdraw acceptance if he is satisfied that to do so is permissible under international law.
(5)In determining whether to do so he shall have regard to all material considerations, and in particular, but without prejudice to the generality of this subsection—
(a)to the safety of the public;
(b)to national security; and
(c)to town and country planning.

(6)If a State intends to cease using land as premises of its mission or as consular premises, it shall give the Secretary of State notice of that intention, specifying the date on which it intends to cease so using them.
(7)In any proceedings a certificate issued by or under the authority of the Secretary of State stating any fact relevant to the question whether or not land was at any time diplomatic or consular premises shall be conclusive of that fact..."


No sé qué motivo pudiera encontrar el gobierno británico para retirar el estatuto a la representación ecuatoriana, pero me imagino que puede ser alguno de los marcados en negrilla. Yo me inclinaría por la razón de seguridad pública. Al fin y al cabo Assange pretende eludir la acción de la Justicia por un caso de un delito común.

- Los motivos ecuatorianos para dar el asilo. Ecuador, como país soberano tiene la capacidad para decidir a quién da o niega asilo y hubiera sido correcto no dar explicaciones de sus decisiones. Pero las ha dado... En resumidas cuentas, según el texto de la declaración del ministro Patiño, Ecuador asila a Assange porque sospecha que pueda ser perseguido por motivos políticos.

http://www.mmrree.gob.ec/2012/com042.asp

"el Gobierno ecuatoriano, tras realizar una justa y objetiva valoración de la situación expuesta por el señor Assange, atendiendo a sus propios dichos y argumentaciones, hace suyos los temores del recurrente, y asume que existen indicios que permiten presumir que puede haber persecución política, o podría producirse tal persecución si no se toman las medidas oportunas y necesarias para evitarla..."

El gobierno expone un montón de argumentos para apoyar su decisión... y es ahí donde uno se pregunta si en el Ministerio ecuatoriano no hay gente de mayor calidad profesional para servir a los intereses de su país. He aquí una cuantas incongruencias y citas que van contra la base legal argumentada por el gobierno ecuatoriano.

1. Cita cosas que no le conciernen ni a Assange ni al gobierno ecuatoriano:

"p) Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2000: establece el derecho de protección diplomática y consular. Todo ciudadano de la Unión podrá acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sea nacional, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de este Estado (Artículo 46)..."

A menos que se pueda confirmar que el australiano Assange es ciudadano de la UE o que Ecuador pertenece a la misma... ¿a santo de qué viene citar esa Carta europea de Derechos?

"f) Convención sobre Asilo Diplomático de 1954: el Estado tiene derecho de conceder asilo y calificar la naturaleza del delito o de los motivos de la persecución (Artículo 4);"

Está muy bien citar esa Convención... pero precisamente en esa Convención se prohíbe expresamente dar asilo a los que deben responder por delito comunes:

http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-46.html

"Artículo III

No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas, ni a los desertores de fuerzas de tierra, mar y aire, salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo, cualquiera que sea el caso, revistan claramente carácter político.

Las personas comprendidas en el inciso anterior que de hecho penetraren en un lugar adecuado para servir de asilo deberán ser invitadas a retirarse o, según el caso, entregadas al gobierno local, que no podrá Juzgarlas por delitos políticos anteriores al momento de la entrega..."


¿No es verdad que Assange está buscado en Suecia por delitos de violación o de asalto sexual?

También está muy bien que se cite lo siguiente...

"e) Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, y su Protocolo de Nueva York de 1967: prohíbe devolver o expulsar a los refugiados a países donde su vida y libertad peligren (Artículo. 33.1);..."

Pero, resulta que aquí también se prohíbe refugiar a quienes sean perseguidos por graves delitos comunes...

http://www.acnur.org/t3/fileadmin/scripts/doc.php?file=biblioteca/pdf/0005

"F. Las disposiciones de esta Convención no serán aplicables a persona alguna respecto de la cual existan motivos fundados para considerar:

a) Que ha cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad, de los definidos en los instrumentos internacionales elaborados para adoptar disposiciones respecto de tales delitos;
b) Que ha cometido un grave delito común, fuera del país de refugio, antes de ser admitida en él como refugiada;
c) Que se ha hecho culpable de actos contrarios a las finalidades y a los principios de las Naciones Unidas."


No solamente eso, hay un Decreto ecuatoriano (si está derogado, por favor, corregidme el error) que dice lo mismo que esa convención respecto a quien pretenda refugiarse en Ecuador. El Decreto Nº 3.301 del 6 de mayo de 1992. Reglamento para la Aplicación de las Normas Contenidas en la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.

El gobierno ecuatoriano tendrá que explicarle a las víctimas de violación en su país que ese delito no lo considera espacialmente grave. No creo que tenga mucho éxito.

Hay más citas incomprensibles, como éstas:

"d) Convenio de Ginebra de 12 de agosto de 1949, relativo a la Protección Debida a las Personas Civiles en Tiempos de Guerra: en ningún caso se puede transferir a la persona protegida a un país donde pueda temer persecuciones a causa de sus opiniones políticas (Artículo 45);...

l) Convenio Europeo para la Represión del Terrorismo de 1977: el Estado requerido está facultado para negar la extradición cuando existan el peligro de que la persona sea perseguida o castigada por sus opiniones políticas (Artículo 5);..."


Simplemente no tenía noticias que a Assange le pudiera afectar un Convenio para casos de tiempo de guerra o uno relacionado con el terrorismo... :pena:

2. Ecuador cree que se va a perseguir políticamente a Assange y no puede aportar ni una sola pista que de pie a esa sospecha:

La declaración ecuatoriana dice, por ejemplo:

"el señor Assange ha tomado la decisión de solicitar el asilo y protección del Ecuador por las acusaciones que, según manifiesta, le han sido formuladas por supuesto “espionaje y traición”, con lo cual este ciudadano expone el temor que le infunde la posibilidad de ser entregado a las autoridades de los Estados Unidos de América por las autoridades británicas, suecas o australianas, pues aquel es un país, señala el señor Assange, que lo persigue debido a la desclasificación de información comprometedora para el Gobierno estadounidense. Manifiesta, asimismo, el solicitante, que “es víctima de una persecución en distintos países, la cual deriva no solo de sus ideas y sus acciones, sino de su trabajo al publicar información que compromete a los poderosos, de publicar la verdad y, con ello, desenmascarar la corrupción y graves abusos a los derechos humanos de ciudadanos alrededor del mundo”..."

Sin embargo, cuando pregunta a los Estados Unidos qué es lo que quiere hacer con Assange, este último país, implícitamente reconoce que a él no le digan nada, porque Assange es un asunto que no le concierne.

"Finalmente, el Ecuador dirigió una comunicación al Gobierno de Estados Unidos para conocer oficialmente su posición sobre el caso Assange. Las consultas se referían a lo siguiente:

Si existe un proceso legal en curso o la intención de llevar a cabo tal proceso en contra de Julian Assange y/o los fundadores de la organización Wikileaks;
En caso de ser cierto lo anterior, qué tipo de legislación, en qué condiciones y bajo qué penas máximas estarían sujetas tales personas;
Si existe la intención de solicitar la extradición de Julian Assange a los Estados Unidos.
La respuesta de los Estados Unidos ha consistido en que no puede ofrecer información al respecto del caso Assange, alegando que es un asunto bilateral entre Ecuador y Reino Unido..."


También pregunta al Reino Unido sobre què le va a pasar a Assange en Suecia... y, obviamente obtuvo la única respuesta posible: Que el Reino Unido se ha comprometido a extraditar a Assange a Suecia. Nada más.

"nuestro país ha apelado a obtener de Reino Unido las garantías más estrictas para que Julian Assange enfrente, sin obstáculos, el proceso jurídico abierto en Suecia. Dichas garantías incluyen que, una vez ventiladas sus responsabilidades legales en Suecia, no sea extraditado a un tercer país; esto es, la garantía de que no se aplique la figura de la especialidad. Por desgracia, y a pesar de los repetidos intercambios de textos, el Reino Unido en ningún momento dio muestras de querer alcanzar compromisos políticos, limitándose a repetir el contenido de los textos legales..."

Curiosamente, Ecuador no se ha atrevido a preguntar a Suecia si allí Assange va a ser perseguido político o va a dejar que otros países lo persigan por esos motivos. No ha tenido cuajo para hacerlo. Supongo que porque si lo hubiera hecho las carcajadas de los suecos se habrían escuchado en el mismo Quito. Suecia, país sospechoso de perseguir o permitir la persecución política de nadie... :pena: :asombro3:

En fin, lamento el ladrillo, pero Assange ha conseguido la colaboración inapreciable de un país ansioso de defender a los indefensos del mundo simplemente porque resulta ser un personaje conocido y porque debe ser muy desagradable responder -con todas las garantías de la Ley- de un delito contra la libertad sexual en un país que persigue muy duramente cualquier menoscabo o crimen contra las mujeres.

Saludos.

Por cierto... acabo de mirar si se sabe algo de la reacción de alguna de las denunciantes a la decisión ecuatoriana y no he encontrado nada. Nada de Sofia Wilen y poco de Anna Ardin.No ha escrito nada en su blog

http://annaardin.wordpress.com/

Tampoco en su twitter. Lo último que comenta -mensaje de hace unos minutos- es algo sobre unos saludos a alguien que sale en una foto con una camisa de rallas.

http://twitter.com/therealardin


Albertopus
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Mensaje por Albertopus »

Estimdo Arpia:

Arpia escribió:... por que por este lado del mundo los ingleses nos importan un CARAXO...


No sé qué tiene que ver los que pienses los foristas de los ingleses y lo mucho o poco que les importe con el caso.

Arpia escribió:... Y la verdad me sorprende que haya tanto español opinando en favor de la actitud inglesa, cuando estos les refriegan en la cara la figura de la Reyna en pleno peñón de Gibraltar por la celebración de los 60 años de reinado de Isabel II. Otra actitud bastante cuestionable de sus siempre confiables ‘’aliados’’ ingleses. :desacuerdo: :desacuerdo: :pena: :pena: ...


No tengo ni idea qué nexo puede unir un español sobre la Reina, Gibraltar, y su "Jubilee" con el caso de un australiano, la justicia sueca y dos mujeres que denunciaron un delito. Tampoco sé qué es lo que le hace sospechar a un forista que los españoles podemos unir todas esas cosas en una sola.

Saludos.


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Urbano Calleja
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Mensaje por Urbano Calleja »

e encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas, ni a los desertores de fuerzas de tierra, mar y aire, salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo, cualquiera que sea el caso, revistan claramente carácter político.


Ya... pero debido a la justicia sueca no se puede inculpar, procesar o inputar a Assange hasta que este comparezca ante un tribunal sueco para una segunda ronda de preguntas.
Lo gracioso del tema es que no esta imputado.

La postura de Ecuador podra parecer mejor o peor... como a mi me pueda parecer mejor o peor segun que acciones de amparo otras embajadas o paises hayan podido aplicar antes o apliquen despues.
Pero tienen derecho a hacerlo, asi que veremos ahora en que queda la cosa pero el tema se pone interesante, voto a brios.

Me gustaria ver como acaba el desenlace, pero me pregunto hasta donde esta dispuesto a llegar el gobierno de Ecuador... se plantearan expulsar a todo el personal diplomatico britanico de su pais como contrapartida? Porque, de nuevo, pueden hacerlo sin mayores problemas.
Decidiran subirse al carrito bolivariano y aplicar el "expropiese" venezolano? Es esta la excusa que necesitan para volver pasos hacia la actitud argentina, venezolana y boliviana?


"Qué miedo me dais algunos, rediós. En serio. Cuánto más peligro tiene un imbécil que un malvado". Arturo Pérez-Reverte
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Mensaje por Triple777 »

Para un neófito como yo ¿como sacará el Gobierno de Ecuador a J. Assange de la Embajada y llevarlo sin problemas hasta el país sudamericano? :

1.- Escondido en la maleta de un auto con inmunidad diplomática
2. A través de otra embajada suramericana, la Argentina caería de perlas ... :green:
3. en Un Vuelo Oficial del Gobierno Ecuatoriano
4. Vía Marítima.

Es de lo más interesante, en los términos operativos ...


jandres
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Mensaje por jandres »

1.- Escondido en la maleta de un auto con inmunidad diplomática


El problema principal es que la embajada ecuatoriana está en un simple piso, que comparte rellano con otros pisos de vecinos y con otras oficinas comerciales de diverso indole.
Es abrir la puerta, y darte d ebruces con la escalera de la comunidad, es decir territorio británico sin ningún genero de dudas.
por no estar, no está ni comunicada la embajada con el parking

2. A través de otra embajada suramericana, la Argentina caería de perlas ..


idem anterior

3. en Un Vuelo Oficial del Gobierno Ecuatoriano

idem anterior

4. Vía Marítima.


Idem anterior.

Lo único que se me ocurre, es meter al Señor Julian en una maleta, y facturarlo como valija diplomática....

Y haber si sobrevive....

:green:


Voltaren!, Voltaren!!...a por ellos!! ..oe!!...a por ellos oe!!.

Uy!!..ya no, ahora no hay que subirles el sueldo
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Triple777
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Mensaje por Triple777 »

jandres escribió:
1.- Escondido en la maleta de un auto con inmunidad diplomática


El problema principal es que la embajada ecuatoriana está en un simple piso, que comparte rellano con otros pisos de vecinos y con otras oficinas comerciales de diverso indole.
Es abrir la puerta, y darte d ebruces con la escalera de la comunidad, es decir territorio británico sin ningún genero de dudas.
por no estar, no está ni comunicada la embajada con el parking

2. A través de otra embajada suramericana, la Argentina caería de perlas ..


idem anterior

3. en Un Vuelo Oficial del Gobierno Ecuatoriano

idem anterior

4. Vía Marítima.


Idem anterior.

Lo único que se me ocurre, es meter al Señor Julian en una maleta, y facturarlo como valija diplomática....

Y haber si sobrevive....

:green:


Y si un vehículo, digamos, de la embajada brasileña, venezolana o uruguaya -aunque la idea de que lo haga la argentina me cae de perlas- que visite la oficina de la embajada ecuatoriana y se pare en la calle frente a la puerta de la entrada y conducen a J. Assange hasta la maleta del vehículo y lo llevan hasta otra embajada o al aeropuerto hasta el hangar donde esté el avión oficial de tal o cual país?


Vanguardia
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Mensaje por Vanguardia »

Triple777 escribió:
Y si un vehículo, digamos, de la embajada brasileña, venezolana o uruguaya -aunque la idea de que lo haga la argentina me cae de perlas- que visite la oficina de la embajada ecuatoriana y se pare en la calle frente a la puerta de la entrada y conducen a J. Assange hasta la maleta del vehículo y lo llevan hasta otra embajada o al aeropuerto hasta el hangar donde esté el avión oficial de tal o cual país?


¿Que es inmunidad diplomatica?¿afecta al vehículo de estos?

Lo comento,por la teoría del compañero 777,pero con un coche de la embajada de Ecuador y sin meter a Assange en el maletero.


Vanguardia
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Mensaje por Vanguardia »

Vanguardia escribió:
Triple777 escribió:
Y si un vehículo, digamos, de la embajada brasileña, venezolana o uruguaya -aunque la idea de que lo haga la argentina me cae de perlas- que visite la oficina de la embajada ecuatoriana y se pare en la calle frente a la puerta de la entrada y conducen a J. Assange hasta la maleta del vehículo y lo llevan hasta otra embajada o al aeropuerto hasta el hangar donde esté el avión oficial de tal o cual país?


¿Que es inmunidad diplomatica?¿afecta al vehículo de estos?

Lo comento,por la teoría del compañero 777,pero con un coche de la embajada de Ecuador y sin meter a Assange en el maletero.


Londres no reconoce el 'asilo diplomático' de Ecuador y niega el salvoconducto a Assange

Nada más concerse la noticia de que Ecuador concedía el asilo político a Assange, Reino Unido aseguraba estar "decepcionado" con esta decisión y aseguraban desde un comunicado emitido desde el ministerio de exteriores que esto "no cambia nada. Estamos obligados a extraditarlo".

En línea con lo que ya había avanzado en el documento el Foreign Office, el ministro británico de Asuntos Exteriores, William Hague ha vuelto a insistir en que la obligación legal del Reino Unido es entregar al fundador de WikiLeaks a Suecia, donde se le acusa de delitos sexuales que él niega, y dijo que su país no reconoce el concepto de "asilo diplomático" otorgado por Ecuador.

El ministro ha dicho que la resolución del caso puede llevar "bastante tiempo" y lamentó que el Gobierno ecuatoriano haya decidido otorgar asilo a Assange, refugiado en la embajada de Quito en Londres desde el 19 de junio.

"No otorgaremos un salvoconducto a Assange para que salga del Reino Unido, no hay ninguna base legal que nos obligue a ello", apuntó Hague, que señaló además que la inmunidad diplomática no debe ser utilizada para "dar refugio" a supuestos delincuentes y que el proceso en Suecia tendría "garantías" legales.

"La inmunidad existe para permitir que las embajadas lleven a cabo funciones diplomáticas adecuadas y dar refugio a supuestos delincuentes no es una de ellas y tampoco impedir el proceso legal en un país", apuntó William Hague en rueda de prensa.

Aún así, indicó que no hay riesgo de que el Reino Unido vaya a "asaltar" la embajada ecuatoriana pues, aun en el caso de que utilice una ley de 1987 que le permitiría revocar su estatus diplomático, debería estar sustentado en las leyes internacionales.

"Esto es una complicación para Ecuador y para Assange, y es extraño que una embajada se coloque en esta posición", señaló.

¿Qué puede hacer Reino Unido?

Londres amenazó a Ecuador con intervenir y sacar al fundador de Wikileaks, Julian Assange, en caso necesario por la fuerza, de su embajada en Londres y para elló alegó el Acta de Premisas Consulares y Diplomáticas de 1987.

Pero esta ley fue aprobada bajo un trasfondo muy diferente: después de que una policía británica recibiera un disparo durante una manifestación de los seguidores del ex dictador Muamar al Gadafi desde la embajada libia en Londres. Entonces, Reino Unido expulsó a todos los diplomáticos y suspendió las relaciones con Libia.

Ante esa situación tuvo que aprobar una normativa que le permitiera entrar en un bien inmueble diplomático abandonado. Pero en este caso no puede hablarse de un peligro de terrorismo.

En todo caso, no puede olvidarse la Convención de Viena de 1961, que contempla que una representación diplomática en el extranjero es intocable para el país anfitrión.

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/08/1 ... 23131.html


jandres
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Mensaje por jandres »

Vanguardia escribió:
Triple777 escribió:
Y si un vehículo, digamos, de la embajada brasileña, venezolana o uruguaya -aunque la idea de que lo haga la argentina me cae de perlas- que visite la oficina de la embajada ecuatoriana y se pare en la calle frente a la puerta de la entrada y conducen a J. Assange hasta la maleta del vehículo y lo llevan hasta otra embajada o al aeropuerto hasta el hangar donde esté el avión oficial de tal o cual país?


¿Que es inmunidad diplomatica?¿afecta al vehículo de estos?

Lo comento,por la teoría del compañero 777,pero con un coche de la embajada de Ecuador y sin meter a Assange en el maletero.



Si, afecta a los vehiculos oficiales.

Pero el Señor Triple 777, sigue sin entender el problema.

EL PARKING NO ESTA COMUNICADO CON LA EMBAJADA.
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Mensaje por Girardot »

Tocaría incrustrar el vehículo diplomático en la embajada simulando un accidente :green:
Última edición por Girardot el 16 Ago 2012, 21:40, editado 1 vez en total.


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Mensaje por Andrés Eduardo González »

Imagen

:cool: :cool: Pues veo muy difícil incluso incrustar el carro en la Embajada...

Assange está perdido...

Por cierto, en primer plano está la Embajada de Colombia y al ladito (a la izquierda) está la de Ecuador...


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Mensaje por Sensei »

Respetados foristas.

Viendo la imagen anterior, lo podrían arrojar por la ventana (con todas las precauciones) para que caiga en un vehículo preparado para ello, aunque el espacio aéreo tambíen es británico, no creo que sus sistemas de interceptación en QRA alcancen su objetivo en el momento requerido.

Mil gracias.

Sensei.


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Andrés Eduardo González
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Mensaje por Andrés Eduardo González »

:alegre: :alegre: :alegre: :green: :green: :green:

Buena, buena, buena.... Sensei...

Pero no creo que los "tommys" necesiten de Typhoon o Tornado para interceptar a Assange en la caída. Sólo tienen que dejar unos policías en el andén y esperar que se lance para cogerlo en vuelo...

Veo jodida la vaina. Cómo que le tocó de por vida vivir en la Embajada....

NOTA: Sensei, creo que tu plan no podría funcionar, Assange podría terminar como pincho de parque de pueblo....

Imagen

Assange no está jodido, está rejodido...


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Mensaje por Anderson »

Como decimos en paisalandia: Eso se volvió una papa caliente... :pena:


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Mensaje por Vanguardia »

jandres escribió:
Vanguardia escribió:

Si, afecta a los vehiculos oficiales.

Pero el Señor Triple 777, sigue sin entender el problema.

EL PARKING NO ESTA COMUNICADO CON LA EMBAJADA.
Hagas lo que hagas tocas territorio británico


¿Y si Ecuador le da un cargo diplomático?

O aunque lo tengan 3 meses viviendo en el sofá del salón de la embajada,¿no le pueden dar la ciudadanía y después darle un cargo diplomático?

A eso se refiere el artículo de El Mundo que puse.


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